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Evolución Esperable del Sistema de Compensación de Emisiones al de Ley de Bonos de Descontaminación y su Aplicación en el Plan de Descontaminación de Santiago…. Alejandro Cofré Ingea Ltda Septiembre 2004. Introducción. En la Región Metropolitana ya opera un Sistema:
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Evolución Esperable del Sistema de Compensación de Emisiones al de Ley de Bonos de Descontaminación y su Aplicación en el Plan de Descontaminación de Santiago… Alejandro Cofré Ingea Ltda Septiembre 2004
Introducción • En la Región Metropolitana ya opera un Sistema: • La Compensación de Emisiones. (DS 4 y SEIA) • La Ley de Bonos de Descontaminación permitirá: • Mayor robustez jurídica. • Mayor claridad en reglas del juego. • Ampliar aplicación del sistema. • Rediseño institucional. (Registros) • La Ley es marco. Sólo funcionará junto con los Decretos Supremos y reglamentos que la apliquen. • Actualmente CONAMA Tramita un Ante Proyecto de Ley sobre el cual se basa esta presentación.
Ley de Bases del Medio Ambiente Nº 19.300 Artículo 47: Los planes podrán utilizar: a) Normas de emisión b) Permisos de emisión transables c) Impuestos a las emisiones d) Otros instrumentos de estímulo a acciones de mejora- miento y reparación ambientales. Artículo 48: Una ley establecerá la naturaleza y las formas de asignación, división, transferencia, duración y demás características de los permisos de emisión transables Artículo 3 Transitorio: Para efectos del Art. 48, dentro de 1 año se presentará al Presidente 1 estudio técnico para la formulación de los PET.
Agenda Pro Crecimiento 31 de enero 2002: I. Modificaciones Regulatorias para favorecer la competitividad I.7 Bonos de Descontaminación: Un anteproyecto de ley será discutido con todos los actores involucrados, el que establecerá las condiciones de la compensación entre distintos tipos de fuentes emisoras
Antecedentes • Actual Sistema de Compensación de Emisiones: • DS N4 de marzo 1992, estableció emisión diaria inicial (EDI), a las fuentes industriales existentes categorizadas como calderas. • La asignación fue proporcional a una tasa de emisiones predeterminada (Caudal x 56 mg/m3 x24hr), uniforme para todas las fuentes. • Esta tasa disminuye en el período 2000-2004 a 50 mg/m3 y del 2005 en adelante a 32 mg/m3.
Antecedentes (continuación) • Restricciones que enfrentan las fuentes: • Las fuentes existentes deben mantener suficientes emisiones disponibles para cubrir el nivel máximo de emisiones proyectado para un día cualquiera. • Las fuentes nuevas y expansiones de fuentes existentes deben compensar sus emisiones en 150% • Todas las fuentes nuevas y existentes, no pueden exceder el límite de concentración de 112 mg/m3
Antecedentes (continuación) • Actuales Mecanismos de compensación de emisiones: • Compensación MP para Calderas Industriales (DS 4 y modificaciones) • Compensación MP a través de creación áreas verdes (según exigencias en SEIA) • Compensación emisión CO y NOx retirando taxis no catalíticos, mediante conversión de buses a GN, • DS 58 (PPDA 2004) define criterio para compensación de MP para procesos; y NOx para calderas y procesos.
Nº de proyectos ingresados al SEIA años 1996-2002 con RCA con exigencias de compensación 14 grandes ftes c/exigencias (2345 taxis x CO 415 buses GNC x NOx 384 has (polvo) Nº de calderas que han compensado vía DS Nº4 188 fuentes Fuente: CONAMA 2003
Sistema de Compensación • Paso 1: Asignación de Emisiones • Asignación Inicial MP • Calderas tienen definida su Asignación Inicial en kg/día, desde DS 4/92 y su modificación del PPDA 97, PPDA 2004 ratifica. SESMA ha implementado y aplicado procedimiento. • Procesos Industriales tienen definida su Asignación inicial en ton/año con DS 58/04. Mecanismo de implementación está en desarrollo por CONAMA-SESMA. Hay discusión respecto al criterio empleado. • Asignación Inicial NOx • Calderas, Procesos Industriales y Mayores Emisores (80%) tienen definida su Asignación Inicial en ton/año con DS 58/04. Mecanismo de implementación está en desarrollo por CONAMA-SESMA.
Sistema de Compensación Paso 2: Definir mecanismo para determinar emisión real • Emisión real = Emisión Unitaria medida o estimada x Nivel de Actividad Declarado. Paso 3: Definir regla de operación: • Emisión Real < Cupo Asignado + Cupo transado. • Fuentes nuevas tienen cupo asignado cero: Compensan 100%, o negativo: Compensan 150%.
Sistema de Compensación Paso 4: Compatibilización con SEIA • Según SEIA todo proyecto que emite más de: • 10 ton/año de PM10 • 100 tonaño de CO • 50 ton/año de NOx • 100 ton/año de COV • 150 ton/año de SOx • Deben compensar en 150% las emisiones. • Con quién compensan?
Sistema de Compensación Paso 4: Compatibilización con SEIA • Con quién compensan? • Con fuentes que tienen cupos asignados. • Con otras fuentes que acreditan reducciones por sobre el nivel establecido con la legislación ambiental vigentes. (Fuentes voluntarias). • Fuentes voluntarias pueden someterse al SEIA para acreditar su reducción de emisiones.
Cómo transitamos con Ley de Bonos. • Asignación Inicial. • Debiese validarse. • Emisión Real. • Actúa “entidad acreditadora de emisiones”. • Procedimientos y metodologías se establecerán en normas técnicas. • Regla de operación. • Excedentes se traducen en bonos mediante registro respectivo, según opción (puro y simple o con acreditación previa). • Reglamento establece procedimiento de inscripción y registro. • Si se justifica, se establecen limitaciones y restricciones.
Cómo transitamos con Ley de Bonos. • Regla de operación. • Permite incorporar fuentes voluntarias • Permite incorporar sumideros. • Participantes no emisores • Transacción bajo la modalidad de venta directa o a través de intermediario, remate, subasta continua, u otra, según establezca Reglamento. • Permite intermediarios. Reglamento establecerá requisitos.
Cómo transitamos con Ley de Bonos. • Reglamento general • Procedimientos de inscripción y registro de fuentes existentes, nuevas, voluntarias, sumideros y participantes no emisores; • Procedimiento de acreditación y autorización de ahorro intertemporal; • Procedimientos de registro de intermediarios, cupos, bonos, y entidades acreditadoras de emisiones; • Procedimiento de reclamo; • Procedimiento sancionatorio, incluyendo los mecanismos de acreditación del pago de multas y su ejecución; • Características, requisitos y condiciones del remate, subasta o licitación de bonos de descontaminación, y • Características, requisitos y condiciones de las licitaciones que se autorizan en la ley.
Beneficios Ley de Bonos y Sistema Compensación de Emisiones • Único mecanismo que logra congelación de emisiones a nivel meta deseado • Es posible modificar la meta (sujeto a procedimiento claro y debidamente justificado). • Es factible corregir las estimaciones de emisión. • Las fuentes emisoras se obligan a “sincerar” sus emisiones. • Permite Costo-efectividad: Sistema eficiente disminuyen costos agregados de abatimiento, ya que realizan reducciones las fuentes con menores costos. 4.Permite ingreso de fuentes nuevas sujeto a la condición de cero emisión neta.
Conclusiones • Con el Sistema de Compensación de emisiones podemos y debemos avanzar bastante. El conocimiento está, pero falta trabajar los procedimientos. • Los pasos son: • Definir asignación inicial • Mecanismo para determinar emisión de la fuente • Definir regla de operación y transacción. • Con Ley de Bonos los procedimientos y registros quedan reglamentados, habría mayor flexibilidad en reglas de operación y transacción, hay señal clara respecto a validez de la medida en el mediano y largo plazo.
El sistema es perfectible en el tiempo • Posibilidad de variar en el tiempo los FE, los cupos de emisión y las metas, debido a avances tecnológicos y nuevas investigaciones. • Lo anterior sujeto a la aplicación de procedimientos claros y sometidos a consulta.