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DISCAPACIDADES Y SU CALIFICACIÓN. DRA CECILIA PORTILLA HOSPITAL SAN LÁZARO. SE EXPIDE LA CODIFICACIÓN DE LA LEY VIGENTE SOBRE DISCAPACIDADES EL 6 DE ABRIL DEL 2001 DE ACUERDO AL NUMERAL 2 DEL ART 139 DE LA CONSTITUCIÒN. LEY SOBRE DISCAPACIDADES. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
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DISCAPACIDADES Y SUCALIFICACIÓN DRA CECILIA PORTILLA HOSPITAL SAN LÁZARO
SE EXPIDE LA CODIFICACIÓN DE LA LEY VIGENTE SOBRE DISCAPACIDADES EL 6 DE ABRIL DEL 2001 DE ACUERDO AL NUMERAL 2 DEL ART 139 DE LA CONSTITUCIÒN
LEY SOBRE DISCAPACIDADES • PRINCIPIOS Y OBJETIVOS • CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDADES • PATRIMONIO, RENTA Y DESTINO DE LOS FONDOS • COBERTURA • DERECHOS Y BENEFICIOS • PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES
OBJETIVOS PRINCIPALES ENTRE OTROS RECONOCIMIENTO PLENO DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ELIMINAR DISCRIMINACIÓN, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, ETC • PRINCIPIOS DE IGUALDAD ANTE LA LEY SE BASAN EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, ARTS 23, 43, 53 Y 102
OTROS OBJETIVOS SON LA INTEGRACIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL AREA LABORAL, CONCESIÓN DE BECAS, SUBSIDIOS, CREACIÓN DE RESIDENCIAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ETC
PATRIMONIO • PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO • 25% DE MULTAS POR FALTA DE MEDIDAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD • 50% DE MULTAS POR FALTAS A LA LEY DE DISCAPACIDADES • 50% DE MULTAS QUE IMPONGAN LOS MUNICIPIOS POR FALTAS A SUS ORDENANZAS • AUTOGESTIÓN
COBERTURA • PERSONAS AMPARADAS NATURALES, NACIONALES O EXTRANJERAS CON DISCAPACIDAD • PADRES, MADRES O REPRESENTANTES LEGALES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO SIN FINES DE LUCRO, QUE TRABAJEN EN DISCAPACIDAD
DERECHOS Y BENEFICIOS • ACCESIBILIDAD Y UTILIZACIÓN DE BIENES DE LA SOCIEDAD EVITANDO Y SUPRIMIENDO BARRERAS QUE DIFICULTEN SU NORMAL DESENVOLVIMIENTO • ACCESO A LA SALUD Y REHABILITACION • ACCESO A EDUCACIÓN, CON SERVICIOS ESPECIALES Y ESPECÍFICOS PARA LOS QUE NO PUEDAN ASISTIR CON REGULARIDAD
ACCESIBILIDAD AL EMPLEO • ACCESIBILIDAD EN EL TRANSPORTE • ACCESIBILIDAD A LA COMUNICACIÓN • 50% EN TRANSPORTE TERRESTRE, AÉREO, FLUVIAL, ETC • 5O% ESPECTÁCULOS PÚBLICOS
EXONERACION DE IMPUESTOS ARANCELARIOS, IVA, CONSUMOS ESPECIALES EXCEPTO TASAS PORTUARIAS Y ALMACENAJE DE EQUIPOS MEDICOS • TRAMIENTO PREFERENCIAL EN INSTITUCIONES BANCARIAS PARA CRÉDITOS
SE ESTABLECE EL 3 DE DICIEMBRE COMO DIA CLASICO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD • LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR PÚBLICO COORDINARÁN CON EL CONADIS LO RELACIONADO A PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
SE CONSIDERA PERSONA CON DISCAPACIDAD A TODA PERSONA QUE COMO CONSECUENCIA DE UNA O MAS DEFICIENCIAS FÍSICAS, MENTALES Y O SENSORIALES, CONGÉNITAS O ADQUIRIDAS, PREVISIBLEMENTE DE CARÁCTER PERMANENTE, SE VEA RESTRINGIDA EN AL MENOS UN 30% SU CAPACIDAD DE REALIZAR ACTIVIDADES DENTRO DEL MARGEN NORMAL
CALIFICACIÓN • MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA • INNFA • IESS • UNIDADES AUTORIZADAS DE LA POLICÍA NACIONAL Y LAS FUERZAS ARMADAS
EQUIPOS CALIFICADORES • CALIFICACIÒN GRATUITA • SISTEMA ÚNICO DE CALIFICACIÓN • EN CASO DE DUDA, EL CONADIS PODRÁ ANULAR LA CALIFICACIÓN • LA CALIFICACIÓN FACULTA PARA OBTENER EL CARNET
CALIFICACIÒN • LAS UNIDADES AUTORIZADAS DEBEN • EVALUAR Y DIAGNOSTICAR PRESENCIA DE DEFICIENCIAS • DE EXISTIR DEFICIENCIAS IRREVERSIBLES DETERMINAR EL GRADO DE DISCAPACIDAD • PORCENTAJE DE LAS LIMITACIONES • OBSERVAR EL SISTEMA UNICO DE CALIFICACION
NOMBRES DE LOS PROFESIONALES, ESPECIALIDAD, CODIGOS, SELLOS , FIRMAS, FECHA Y LUGAR DE EMISIÓN DEL CERTIFICADO • ORIENTAR A LOS EVALUADOS DE ACUERDO A SU NECESIDAD A OTRAS UNIDADES ESPECIALIZADAS PARA REHABILITACIÓN • DERIVAR A LAS PERSONAS CALIFICADAS AL CONADIS PARA CARNETIZACIÓN
NORMAS GENERALES PARA EVALUACION • LAS ENFERMEDADES CONGÉNITAS O ADQUIRIDAS DEBEN SER: • DIAGNOSTICADAS PREVIAMENTE • DEBIDAMENTE DOCUMENTADAS O CON CERTIFICADO MEDICO EN EL CASO DE NO SER DE LA ESPECIALIDAD DEL EVALUADOR • HABER RECIBIDO TRATAMIENTO CORRESPONDIENTE • TENER UN GRADO DE SEVERIDAD DE LAS CONSECUENCIAS DE LA ENFERMEDAD, POR LO TANTO QUE PRODUZCA DISCAPACIDAD • HECTOR BECERRA
SEVERIDAD DE LAS LIMITACIONES PARA LAS ACTIVIDADES ES EL CRITERIO FUNDAMENTAL PARA LA ELABORACIÓN DE LOS BAREMOS • DISCAPACIDADSEGÚN LA OMS ES LA RESTRICCIÓN O AUSENCIA DE LA CAPACIDAD PARA REALIZAR UNA ACTIVIDAD EN LA FORMA O DENTRO DEL MARGEN QUE SE CONSIDERA NORMAL PARA UN SER HUMANO • HÉCTOR BECERRA
LAS DEFICIENCIAS FUNCIONALES U ORGÁNICAS: • PERMANENTES • NO RECUPERABLES • AFECTAN LA ESTRUCTURA O LA FUNCIÓN DEL ÓRGANO AFECTADO Y SIN POSIBILIDAD RAZONABLE DE RESTITUCIÓN O MEJORÍA EN LAS MISMAS • TIEMPO MÍNIMO ENTRE EL DIAGNÓSTICO, TRATAMIENTO Y LA VALORACIÓN • HÉCTOR BECERRA
LA EVALUACION DE LAS DEFICIENCIAS PERMANENTES: • MEDIANTE LAS TABLAS DE VALORACIÓN O BAREMOS • LA EVALUACIÓN MEDIANTE LOS BAREMOS DEBE SER LO MAS EXACTA POSIBLE PARA OBTENER RESULTADOS COMPARABLES
LOS BAREMOS ESTABLECEN NORMAS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS CONSECUENCIAS DE LA ENFERMEDAD DE ACUERDO AL MODELO PROPUESTO POR LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DE DEFICIENCIAS , DISCAPACIDADES Y MINUSVALÍAS DE LA OMS
DEBEN RESPONDER A CRITERIOS HOMOGÉNEOS BASADOS EN EL EFECTO DE LA DISCAPACIDAD SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA DIARIA • LAS AVD A SU VEZ SON: • DE AUTOCUIDADO • OTRAS COMO COMUNICACIÓN, MOVILIZACIÓN, ACTIVIDADES LABORALES, SOCIALES, OCIO, ETC • HÉCTOR BECERRA
LA DEFICIENCIA OCASIONADA POR ENFERMEDADES QUE CURSAN EN BROTES DEBE SER EVALUADA EN PERÍODOS INTERCRÍTICOS • SE DEBE TENER EN CUENTA LA FRECUENCIA Y DURACIÓN DE LOS BROTES POR SU INTERFERENCIA EN LAS AVD
GRADOS Y PORCENTAJES DE DISCAPACIDAD • GRADO I O DISCAPACIDAD NULA CON 0% DE DISCAPACIDAD CORRESPONDE A CLASE I • SECUELAS NO DISMINUYEN LA REALIZACIÓN DE LAS AVD • GRADO II O DISCAPACIDAD LEVE CON 1 A 24% DE DISCAPACIDAD CORRESONDE A CLASE II • SECUELAS DETERMINAN ALGUNA DIFICULTAD PARA REALIZAR AVD
GRADO III O DISCAPACIDAD MODERADA CON 25- 49% DE DISCAPACIDAD O CLASE III • LAS SECUELAS IMPOSIBILITAN LA REALIZACIÓN DE ALGUNAS AVD • GRADO IV O DISCAPACIDAD SEVERA O GRAVE CON 50-70% DE DISCAPACIDAD O CLASE IV • SECUELAS IMPOSIBILITAN LA MAYORÍA DE LAS AVD GENERALES MÁS ALGUNA DE AUTOCUIDADO
GRADO V O DISCAPACIDAD MUY GRAVE CON UN 75% DE DISCAPACIDAD O MAS CORRESPONDE A CLASE V • LAS SECUELAS IMPOSIBILITAN LA REALIZACIÓN DE LAS AVD Y DE AUTOCUIDADO, EL PACIENTE DEPENDE DE OTRA PERSONA • HÉCTOR BECERRA
EN LA EVALUACIÓN DE LA DISCAPACIDAD DEBIDA A RETRASO MENTAL , SE DEBE TOMAR EN CUENTA QUE LAS DEFICIENCIAS INTELECTUALES POR LEVES QUE SEAN DETERMINAN UN GRADO DE INTERFERENCIA EN LAS AVD
EL GRADO DE MINUSVALÍA SE DETERMINARÁ SUMANDO EL PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD RESULTANTE DEL BAREMO ESPECÍFICO PARA CADA APARATO O SISTEMA, MÁS EL BAREMO DE FACTORES SOCIALES • CUANDO COEXISTAN DOS O MAS DEFICIENCIAS SE COMBINAN LOS PORCENTAJES SEGÚN LA TABLA DE VALORES
ENFERMEDAD MENTAL • SE REALIZA DE ACUERDO A LOS CRITERIOS DEL CIE 10 Y DSM IV • SE CLASIFICAN PARA EFECTOS DE LA VALORACIÓN EN : • TRASTORNOS MENTALES ORGÁNICOS • ESQUIZOFRENIAS Y TRASTORNOS PSICÓTICOS
TRASTORNOS DEL ESTADO DE ÁNIMO • TRASTORNOS DE ANSIEDAD • TRASTORNOS ADAPTATIVOS Y SOMATOMORFOS • TRASTORNOS DISOCIATIVOS Y DE PERSONALIDAD
SE DEFINE TRASTORNO MENTAL COMO EL CONJUNTO DE SÍNTOMAS PSICOPATOLÓGICOS IDENTIFICABLES QUE INTERFIEREN EL DESARROLLO PERSONAL, LABORAL Y SOCIAL DEL INDIVIDUO, DE MANERA DIFERENTE EN INTENSIDAD Y DURACIÓN
LA VALORACIÓN DE UN TRASTORNO MENTAL SE REALIZARÁ TOMANDO EN CUENTA: • DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD DEL INDIVIDUO PARA LLEVAR A CABO UNA VIDA AUTÓNOMA • DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL • AJUSTE A LA SINTOMATOLOGÍA PSICOPATOLÓGICA UNIVERSALMENTE ACEPTADA
NORMAS GENERALES • 1.- CAPACIDAD PARA LLEVAR UNA VIDA AUTÓNOMA: • A.-RELACIÓN CON EL ENTORNO QUE EN GENERAL ES LA CAPACIDAD DE INICIATIVA, VOLUNTAD Y ENJUICIAMIENTO CRÍTICO DE SU ACTIVIDAD Y LA ACTIVIDAD DE OTROS • B.-ACTIVIDADES DE CUIDADO PERSONAL PRINCIPALMENTE DESPLAZAMIENTO, ASEO, VESTIDO, EVITACIÓN DE LESIONES Y RIESGOS
2.- REPERCUSIÓN DEL TRASTORNO EN SU ACTIVIDAD LABORAL: • A.- DÉFICIT EN EL MANTENIMIENTO DE LA CONCENTRACIÓN, CONTINUIDAD Y RITMO DE LA EJECUCIÓN DE TAREAS • B.- DETERIORO O DESCOMPENSACIÓN DE LA ACTIVIDAD LABORAL DEBIDO AL FRACASO EN ADAPTARSE A CIRCUNSTANCIAS ESTRESANTES
3.- PRESENCIA Y ESTUDIO DE LOS SÍNTOMAS Y SIGNOS CONSTITUYENTES DE CRITERIOS DIAGNÓSTICOS: • A.- EVIDENCIA RAZONABLE DE SÍNTOMAS AJUSTADOS A CRITERIOS CLÍNICOS DE CIE 10 Y DSM IV
B.- POSIBILIDAD DE ESTABLECER CRITERIOS DE PROVISIONALIDAD, SIN EMBARGO ANTE UNA CRONICIDAD CLARA, LA CALIFICACIÓN ES DEFINITIVA • C.- POSIBILIDAD DE SOLICITAR INFORMES PSIQUIÁTRICOS Y PSICOLÓGICOS COMPLEMENTARIOS
D.- AJUSTE DE LA VALORACIÓN AL TIPO DE TRASTORNO, TENIENDO EN CUENTA LA GRAVEDAD DEL MISMO • E.- LA DEPENDENCIA A SUSTANCIAS PSICOACTIVAS NO SE VALORARÁ EN SÍ MISMA , SINO LAS PATOLOGÍAS ASOCIADAS, PREVIAS Y PREDISPONENTES.
CRITERIOS DE VALORACIÓN CRITERIO GENERAL: • SINTOMATOLOGÍA PSICOPATOLÓGICA AISLADA, SIN DISMINUCIÓN DE CAPACIDAD FUNCIONAL, SE INCLUIRÁ EN CLASE I
CUANDO CUMPLA LOS REQUISITOS SEÑALADOS ANTERIORMENTE • CAPACIDAD O NO PARA LLEVAR VIDA AUTÓNOMA • REPERCUSIÓN EN VIDA LABORAL • PRESENCIA DE CRITERIOS DIAGNÓSTICOS • MAS CRITERIOS ESPECÍFICOS
CRITERIOS ESPECÍFICOS • CLASE I: SINTOMATOLOGÍA AISLADA • CLASE II: LEVE • A.- CAPACIDAD PARA LLEVAR VIDA AUTÓNOMA ESTÁ CONSERVADA O LEVEMENTE DISMINUÍDA PARA SU EDAD Y CONDICIÓN, EXCEPTO EN PERÍODOS DE DESCOMPENSACIÓN
B.- ACTIVIDAD LABORAL NORMALIZADA EXCEPTO EN PERÍODOS DE DESCOMPENSACIÓN • C.- CUMPLIR CRITERIOS DIAGNÓSTICOS REQUERIDOS
CLASE III: DISCAPACIDAD MODERADA • A.- RESTRICCIÓN MODERADA DE LAS ACTIVIDADES DE LA VIDA CUOTIDIANA Y DE LA CAPACIDAD DE TRABAJAR • MEDICACIÓN HABITUAL Y SI PERSISTEN SÍNTOMAS, ESTOS SERÁN VALORADOS EN SU N IVEL DE INTERFERENCIA EN LAS AVD
B.- DIFICULTADES Y SÍNTOMAS SE AGRAVAN EN PERÍODOS DE CRISIS • FUERA DE LOS PERÍODOS DE CRISIS: • SI REALIZA ACTIVIDAD NORMAL LABORAL EN CENTROS ESPECIALES O SI NECESITA SUPERVISIÓN MÍNIMA • C.- PRESENTA SÍNTOMAS QUE EXCEDEN LOS CRITERIOS DIAGNÓSTICOS
CLASE IV: DISCAPACIDAD GRAVE • A.- GRAVE RESTRICCIÓN DE AVD, CON SUPERVISIÓN EN AMBIENTES PROTEGIDOS Y FUERA DE ELLOS • B.-GRAVE DISMINUCION DE CAPACIDAD LABORAL Y AUN EN CENTROS PROTEGIDOS EL RENDIMIENTO ES POBRE • C.- SINTOMATOLOGÍA EXCEDE CRITERIOS DIAGNÓSTICOS
CLASE V: DISCAPACIDAD MUY GRAVE • A.-REPERCUSIÓN INVALIDANTE, INCAPACIDAD PARA CUIDAR DE SI MISMO • B.- NO ACTIVIDAD LABORAL, NI SUPERVISADA • C.-SINTOMATOLOGÍA EXCEDE CRITERIOS DIAGNÓSTICOS
RETRASO MENTAL • ES LA DISMINUCIÒN DE LA CAPACIDAD INTELECTUAL SIGNIFICATIVAMENTE INFERIOR AL PROMEDIO GENERAL Y QUE SE ACOMPAÑA DE LIMITACIONES PARA LAS AVD, DEL DESARROLLO PERSONAL , LABORAL Y SOCIAL DEL INDIVIDUO
CAPACIDAD INTELECTUAL LIMITE • CI DE 80- 70 • PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD DE 15-29% • NIÑOS DE 0- 6 AÑOS: • NIÑOS CON CLARO PRONÓSTICO DE DISCAPACIDAD PERMANENTE COMO EL SD DOWN SE OTORGARÁ TENDENCIA AL 30% • RESTO DE NIÑOS CON ALGÚN PROBLEMA ADICIONAL, SE OTORGARÁ PRESUNTA MINUSVALÍA O PRESUNTA DISCAPACIDAD DEFINITIVA
ETAPA ESCOLAR • CAPACIDAD INTELECTUAL LÍMITE Y ALGÚN PROBLEMA ADICIONAL, SE OTORGARÁ DISCAPACIDAD PROVISIONAL DEL 30% • REVISABLE PERIÓDICAMENTE HASTA LOS 16 AÑOS
16-18 AÑOS • CRITERIOS ESTABLECIDOS PARA LOS 18 AÑOS • 18 AÑOS • TENDENCIA AL 30%, SI PRESENTA: • INCAPACIDAD PARA RUTINA DIARIA • POCA HABILIDAD PARA RELACIONES SOCIALES