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Jornadas Ambientales del Bicentenario. Exploración y explotación de hidrocarburos: Operaciones off-shore. Dr. Eduardo Ramón Zapata. 4 de junio de 2010. 90% +. H. 15/8/5(?). 70u$s(?). 50% +. 2. Régimen Dominial: Nacional. Régimen Reservas Const. Nac. 1949 Ley 14.773.
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Jornadas Ambientales del Bicentenario Exploración y explotación de hidrocarburos: Operaciones off-shore Dr. Eduardo Ramón Zapata 4 de junio de 2010
90%+ H 15/8/5(?) 70u$s(?) 50% + 2
Régimen Dominial: Nacional Régimen Reservas Const. Nac. 1949 Ley 14.773 Contribución decisiva: Inversión Pública Contribución decisiva: Inversión Privada H Explotación por Administración YPF – ENARSA Soc. Mixtas Conc. Mineras – Conc. Petroleras Locaciones de obras y servicios Otras Modalidades Contractuales Régimen Dominial: Provincial Cod. De Minería – Ley 12.161 Ley 17319 – Const. Nac. 1994 Ley 26.197 3
El Mundo: Matriz Energética Primaria Año 2005: 11.433,9 Millones de TEP NUCLEAR (6,3%) RENOVABLES (10,5%) HIDRAULICA (2,2%) CARBON (25,3%) GAS NATURAL (20,6%) PETROLEO (35,0%) Fuente: I.E.A. – Energy Statistics 4
Argentina: Balance Energético NacionalDemanda Primaria Interna 1986-2006 (En Porcentajes) Fuente: Secretaría de Energía (Provisorio) 5
Argentina: Matriz Energética Primaria Año 2006: 77,92 Millones de TEP HIDRAULICA (4,90%) NUCLEAR (2,85%) PETROLEO (39,03%) RENOVABLES (3,04%) CARBON (0,49%) GAS NATURAL (49,69%) Fuente: SECRETARIA DE ENERGIA (Provisorio) 6
Argentina: Matriz Energética Primaria Año 2006: 77,92 Millones de TEP HIDRAULICA (4,90%) NUCLEAR (2,85%) PETROLEO (39,03%) RENOVABLES (3,04%) HIDROCARBUROS 88,72% CARBON (0,49%) GAS NATURAL (49,69%) Fuente: SECRETARIA DE ENERGIA (Provisorio) 7
Mercado Petrolero Argentino Evolución Histórica 1950 -2007 MMm3/año MMm3/año Saldos Exportables Demanda Interna Petróleo Importado Producción Otras Compañías Producción YPF / Repsol-YPF 8 Fuente: SECRETARIA de ENERGIA - IAPG
Resumen de la situación Exploratoria La comprometida situación de las reservas de petróleo y gas natural debería ser considerada prioritaria, ya que –además- la casi totalidad de las Concesiones de Explotación vigentes en el país caducan entre los años 2016 y 2017, y ese plazo es limitante para llevar a cabo inversiones destinadas a mantener y más aún para incrementar las reservas. • La República Argentina presenta una geología de petróleo y gas de reducido interés para los inversores internacionales, y ello resulta más evidente en las Areas de Alto y Muy Alto Riesgo, carentes de infraestructura, o en el amplio Mar Argentino, o en profundidades cada vez mayores, que se encuentran inexploradas. • Desde hace varios años no se han producido descubrimientos importantes para revertir esa tendencia y se redujo la actividad exploratoria, entre otras razones, por la grave crisis que ha padecido la Argentina, en un escenario complicado por los elevados costos financieros empujados por el “riesgo país”. 9
Cuencas Productivas: 590.400 Km2 (32 %) Cuencas No Productivas: 1.254.600 Km2 (68%) 200 Mts. OCEANO ATLANTICO Argentina: Potencial Exploratorio Cuencas Sedimentarias Total Cuencas: 1.845.000 Km2 Cuencas On Shore: 1.457.550 km2 (79 %) Cuencas Off Shore ( hasta 200 mts. ): 387.450 km2 ( 21%) 10 (*) Hasta la isobata de 200 mts. de agua
Conclusiones • En la Matriz Energética Primaria de la Argentina para el año 2009, el petróleo y el gas participan con el 92,05%, y esta demanda requiere contar con mayores reservas de hidrocarburos, lo que implica un desafío para el Estado y las empresas petroleras. • Se debe solucionar el plazo del próximo vencimiento de las Concesiones vigentes, aún pendientes de negociación. • Es imprescindible estimular el incremento del factor de recuperación final de las reservas, con la aplicación de nuevas herramientas tecnológicas (IDEM régimen del Gas Plus, y Petróleo Plus). • Estamos en buenas condiciones para reactivar el sector, ya que la infraestructura operacional está intacta, aunque ha llegado al límite de su capacidad instalada y necesita ampliarse. • El factor confianza y seguridad jurídica es clave para el futuro 11
Ley 26.197 – Sumario de sus principales disposiciones • Las Provincias asumen en forma plena el ejercicio del dominio originario y la Administración de los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios y en el lecho y subsuelo del mar territorial del que fueren ribereñas, quedando transferidos de pleno derecho todos los permisos de exploración y concesiones de explotación. • COMENTARIOS: • La ley Corta otorga a las Provincias el ejercicio del dominio originario y la administración de los recursos hidrocarburíferos ubicados en su ámbito territorial, pero no la facultad de legislar en la materia. Es decir, de reglar las relaciones que nacen por el uso y goce de los yacimientos de hidrocarburos. • Ello, porque la reforma constitucional de 1994, fuente de la ley, no modificó en nada el ejercicio de la jurisdicción exclusiva de Nación en materia de Hidrocarburos (Art. 75, Inc. 12,18 y 32 de la CN, compatible con el Art. 124) 12
CONCLUSIONES: • La ley Corta declara que las Provincias son titulares del dominio originario y de la facultad de administrar los yacimientos de hidrocarburos situados en su territorio, pero sin las facultades de regulación de fondo en materia hidrocarburífera( normativa y reglamentaria). • Ello es competencia propia y exclusiva del Gobierno Nacional. • La aplicación de la ley 17.319 y de su reglamento compete al Estado Nacional o a las Provincias en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones 13
El diseño de las políticas energéticas a nivel federal será responsabilidad del PEN, pero las provincias podrán elaborar políticas energéticas complementarias a nivel local • Las Provincias tienen el derecho exclusivo para otorgar, prorrogar y declarar la caducidad de permisos de exploración y concesiones de explotación de hidrocarburos. • La ley Corta no trata cuestiones ambientales relacionadas con la exploración o la explotación de los yacimientos de Hidrocarburos. 14
OPERACIONES OFF SHOREALGUNAS CONSIDERACIONES GENERALES: DENOMINAMOS OPERACIONES OFF SHORE AL CONJUNTO DE ACTIVIDADES DESTINADAS A LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DEL LECHO Y SUBSUELO MARINO EN BUSQUEDA DE HIDROCARBUROS. (HIDRATOS DE METANO) PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL AREA DE OPERACIONES: LAS OPERACIONES EN PROFUNDIDADES MARINAS EN LAS QUE UN SER HUMANO NO PODRÍA SOBREVIVIR PLANTEA OBSTACULOS DIFICILES DE SUPERAR Y REQUIEREN SOLUCIONES ESPECIALES Y EXCEPCIONALES.
SE DESTACA QUE: EN SUPERFICIE: LA INSTALACION Y OPERACIÓN DE LAS PLATAFORMAS DEBEN SUPERAR COMPLEJOS PROBLEMAS: DIFERENTES ALTURAS DE MAREAS, FUERTES VIENTOS, HURACANES. MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LA BIODIVERSIDAD ( AVES MIGRATORIAS, FAUNA ICTICOLA Y DE MAMIFEROS MARINOS) EN LAS PROFUNDIDADES MARINAS: LA PRESION DEL AGUA ES APLASTANTE; LA TEMPERATURA EN EL LECHO MARINO SE HALLA EN PUNTO DE CONGELACIÓN; LAS CONDICIONES DE LAS FORMACIONES GEOLOGICAS EN EL SUBSUELO MARINO SON EXPLOSIVAS; EN BÚSQUEDA DE NUEVOS HORIZONTES HIDROCARBURÍFEROS LAS OPERACIONES SE DESARROLLAN CADA VEZ A MAYOR PROFUNDIDAD.
EL CONTENIDO DE LAS OPERACIONES NO ES UNIVOCO SINO EXTREMADAMENTE COMPLEJO Y VARIABLE EN FUNCIÓN DE LAS CONDICIONES DONDE SE DESARROLLAN LAS TAREAS. SE DEBE REALIZAR UNA INNUMERABLE CANTIDAD DE OPERACIONES TÉCNICAS Y DE SERVICIOS, EQUIPAMIENTO ADECUADO A LA SEVERIDAD DEL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO, RECURSOS HUMANOS ESPECIALIZADOS, INGENTES RECURSOS ECONÓMICOS, FORMAS JURIDICAS CONTRACTUALES, LOCATIVAS, ASOCIATIVAS Y DE CONTROL EXISTE UNA INTENSA REGULACIÓN Y CONTROL ESTATAL SOBRE EL TOTAL DE LAS OPERACIONES PRINCIPALES Y DE APOYO QUE SE REALIZAN EN LAS AREAS SOMETIDAS A SU COMPETENCIA Y CONTROL CON ESPECIAL CONSIDERACION AL ANALISIS DEL IMPACTO SOBRE LOS ECOSISTEMAS. ESTRICTA Y ADECUADA PLANIFICACIÓN PARA ENFRENTAR CUALQUIER SITUACIÓN IMPREVISTA QUE SIEMPRE GENERA ENORMES Y GRAVES RIESGOS A PERSONAS, SERVICIOS ASOCIADOS, BIENES, FLORA Y FAUNA MARINA O COSTERA, PESCA, BIODIVERSIDAD Y ECOSISTEMAS EN GENERAL.
UNA BREVE REFERENCIA HISTORICA: LOS ÚLTIMOS 20 AÑOS DE OPERACIONES EN AGUAS PROFUNDAS EN EL MUNDO, HAN ESTADO SIGNADOS POR MILES DE PLATAFORMAS DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE HIDROCARBUROS CON RESULTADOS EXITOSOS Y OPERACIONES SEGURAS. SIN EMBARGO, TAMBIEN HEMOS ASISTIDO A : VARIOS Y SERIOS ACCIDENTES E INCIDENTES COMO SER: INCENDIOS DE PLATAFORMAS E INSTALACIONES FIJAS DE PRODUCCIÓN, FALLAS DE EQUIPOS, POZOS E INSTALACIONES DE POZOS QUE COLAPSARON, PLATAFORMAS FIJAS DE PRODUCCIÓN O MÓVILES DE PERFORACIÓN Y SERVICIOS QUE SE HUNDIERON O COLAPSARON, CON PERDIDAS DE VIDAS HUMANAS Y COSTOSO EQUIPAMIENTO. HOY ASISTIMOS AL TERRIBLE ACCIDENTE Y DESASTRE ECOLOGICO GENERADO POR UNA EXPLOSION DE GAS EN LAS INSTALACIONES DE LA PLATAFORMA DEEPWATER HORIZON OPERADA POR BRITISH PETROLEUM EN LAS COSTAS DEL GOLFO DE MEXICO. EN ESTE ACCIDENTE SE HUNDIÓ LA PLATAFORMA, MURIERON 11 PERSONAS Y EL POZO QUE OPEERABAN ESTÁ FUERA DE CONTROL
ELLO CAUSA EL DERRAME AL MAR DE MILES DE BARRILES DE PETRÓLEO QUE CONTAMINARÁN LA COSTA DE LOS ESTADOS RIBEREÑOS AFECTANDO GRAVEMENTE LA BIODIVERSIDAD DE EL AREA DE INFLUENCIA. MAS ALLA DE LOS RESULTADOS DE LAS INVESTIGACIONES TÉCNICAS Y OPERATIVAS, Y DEL ACIERTO O NO DE LAS TECNICAS DE PERFORACION UTILIZADAS, PARECE CLARO QUE EL OPERADOR DE LA PLATAFORMA: O NO ESTABA PREPARADO CON UNA ESTRATEGIA ACORDE A LA MAGNITUD DE LA OPERACIÓN PARA DETENER O CONTENER EL DERRAME DE UN POZO FUERA DE CONTROL, O NO CONTABA CON EL EQUIPAMIENTO NECESARIO, O TAL EQUIPAMIENTO ES CLARAMENTE INADECUADO POR FALENCIAS TECNOLÓGICAS DE LOS EXISTENTES EN PLAZA. ESTE ES UNO DE LOS INTERROGANTES QUE SE FORMULA HOY LA INDUSTRIA: ESTAMOS TECNOLOGICAMENTE PREPARADOS PARA ENFRENTAR LOS RIESGOS DE TODO TIPO EN OPERACIONES SIMILARES A LAS DEL GOLFO DE MÉXICO ? NO ESTÁ AVANZANDO LA INDUSTRIA MAS ALLÁ DE SUS PROPIAS LIMITACIONES TÉCNICAS ?
UNA SINOPSIS DE LA SITUACION EN LA REPUBLICA ARGENTINA. EL OFFSHORE ARGENTINO ES UNA ZONA DEL TERRITORIO NACIONAL DONDE TODAVIA RESTA EXPLORAR MAS DETALLADAMENTE SU POTENCIAL HIDROCARBURIFERO
Cuencas Productivas Areas Bajo Riesgo: 55.350 Km2:3,0% 200 Mts. Areas Mediano Riesgo: 110.700 Km2: 6,0% Areas Alto y Muy Alto Riesgo: 424.350 Km2: 23,0% Cuencas Improductivas OCEANO ATLANTICO Areas Muy Alto Riesgo: 1.254.600 Km2: 68% Argentina: Potencial Exploratorio Riesgo Exploratorio Areas con Potencial Exploratorio: 1.678.950 Km2 (91%) 21 (*) Hasta la isobata de 200 mts. de agua
BREVE RESUMEN DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS: EL MARGEN CONTINENTAL ARGENTINO POSEE MAS DE TRES MILLONES DE KILOMETROS CUADRADOS HASTA LA BASE DEL TALUD, E INCLUYE 980.000 KM2 DE SUPERFICIE OCEANICA POR ENCIMA DE LA ISOBATA DE 200 METROS, QUE CORRESPONDE AL BORDE DE LA PLATAFORMA CONTINENTAL. EN UN PRIMER PERIODO LA ACTIVIDAD SE CONCENTRÓ EN LAS CUENCAS DEL COLORADO Y DEL GOLFO SAN JORGE, CONTINUANDO LUEGO POR LA CUENCA AUSTRAL., Y SUS SUBDIVISIONES. A PARTIR DEL AÑO 1968 PERO EN FORMA DISCONTINUA SE COMENZÓ CON LA ACTIVIDAD DE TENDIDO DE LINEAS SISMICAS Y PERFORACIÓNES EXPLORATORIAS A LO LARGO DE LA COSTA ARGENTINA, ALCANZANDOSE RESULTADOS DISPARES. HASTA EL DÍA DE HOY SE PERFORARON 173 POZOS EN ÁREAS COSTA AFUERA
PUEDEN CITARSE COMO EXITOSAS LAS OPERACIONES EN LA CUENCA AUSTRAL (99 POZOS) DONDE SE DESCUBRIERON LOS YACIMIENTOS DE ARIES, CARINA FRENTE A LAS COSTAS DE TIERRA DEL FUEGO TODOS ELLOS OPERADOS POR CONCESIONARIOS PRIVADOS Y CON UN GRAN POTENCIAL PRODUCTIVO. DE TODAS MANERAS SE OBSERVA UN PROCESO DISCONTINUO EN LA ACTIVIDAD DE ZONAS OFF SHORE DERIVADAS DE MULTIPLES CAUSAS. CON EL OTORGAMIENTO DE TODOS LOS PERMISOS DE EXPLORACION OFF SHORE A LA EMPRESA ESTATAL ENARSA PARECE INICIARSE UN NUEVO CAPITULO QUE HOY SE TRADUCE EN ALGUNAS ACTIVIDADES QUE INDICAN UN NUEVO IMPULSO. DE TODAS MANERAS ESTAS OPERACIONES NO PARECEN INDICAR, HASTA AHORA, UNA MASIVA INCURSION DE COMPAÑÍAS EXPERTAS EN ESTAS OPERACIONES NI DE INVERSORES DESEOSOS DE CORRER LOS RIESGOS CONSIGUIENTES. LA CONVENCIÓN DE LA COPLA Y EL CONFLICTO CON EL REINO UNIDO
ASPECTOS NORMATIVOS Y AMBIENTALES: LA REPUBLICA ARGENTINA NO POSEE UNA NORMA QUE REGULE EN FORMA EXCLUSIVA EL CONJUNTO DE LAS OPERACIONES OFF SHORE NI LOS ASPECTOS AMBIENTALES ESPECIFICOS DE ESTA ACTIVIDAD. • EN EL AMBITO MARITIMO SE DESARROLLAN MULTIPLES ACTIVIDADES REGULADAS POR UN CONJUNTO NORMATIVO DISPERSO, CON DISTINTO RANGO JERÁRQUICO, Y SOMETIDO A MULTIPLES CONTROLES DE DISTINTAS AUTORIDADES DE APLICACIÓN - NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES - CON OBJETIVOS GENERALMENTE DISIMILES O POR LO MENOS NO COMUNES. • ES DECIR CONVIVEN EN UN MISMO AMBITO GEOGRAFICO Y PARA UNA SOLA ACTIVIDAD UN CONJUNTO DE REGULACIONES CON DISTINTOS OBJETIVOS. • ES FÁCIL ENTONCES DEDUCIR QUE, TARDE O TEMPRANO O ANTE UNA AMPLIACIÓN DE LA ACTIVIDAD SE PRODUCIRÁ UN PERMANENTE RIESGO DE CONFLICTOS INTERJURISDICCIONALES CON UNA MARCADA INEFICIENCIA EN OBJETIVO DE CONTROL DE LAS OPERACIONES.
LAS SOLUCIONES INTENTADAS SIGUIENDO LAS SOLUCIONES DEL DERECHO COMPARADO PARECE CONVENIENTE LA EXISTENCIA DE UN ORDENAMIENTO JURIDICO COMUN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL QUE COMPRENDA TODAS LAS OPERACIONES HIDROCARBURÍFERAS QUE SE REALIZAN EN EL MAR TERRITORIAL ARGENTINO. A ESE FIN, EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, REGLAMENTANDO LA LEY 17,319 QUE RIGE TODO LO RELATIVO A LA EXPLORACION, EXPLOTACION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS EN JURISDICCIÓN NACIONAL POSEE COMPETENCIA LEGAL ESPECIFICA EN SU CALIDAD DE AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA CITADA LEY. EL PODER EJECUTIVO NACIONAL PODRÁ FUNDAR SUS FACULTADES REGLAMENTARIAS EN LAS PREVISIONES DEL ARTÍCULO 99 – INC. 2 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, EL ARTICULO 3 DE LA LEY 17.319 Y EL ART. 2º IN FINE DE LA LEY 26.197.
ESTAS DISPOSICIONES CONSAGRAN LA RESPONSABILIDAD DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL EN EL DISEÑO Y FIJACION DE LAS POLITICAS ENERGETICAS A NIVEL FEDERAL, INCLUIDAS AQUELLAS RELACIONADAS CON LA PROTECCIÓN DEL AMBIENTE EN EL QUE SE DESARROLLAN LAS OPERACIONES COMPRENDIDAS POR LA ACTIVIDAD DE LOS OPERADORES DE LAS AREAS DE HIDROCARBUROS. PARA EL CASO DE LAS ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLEN EN EL AMBITO DEL MAR TERRITORIAL SOMETIDO A JURISDICCIÓN PROVINCIAL, SERIA NECESARIO QUE LA PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LAS AREAS COMPRENDIDAS SEA REGULADA POR ACUERDOS INTERJURISDICCIONALES SOMETIDOS A APROBACION DEL CONGRESO NACIONAL. LO HECHO: LA SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN, EN SU CALIDAD DE AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY 17.319 PROMOVIÓ EL DICTADO DE UNA REGLAMENTACIÓN DE LAS OPERACIONES COSTA AFUERA A LOS FINES DE LA PROTECCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS Y LA BIODIVERSIDAD Buenos Aires, 4 de junio de 2010