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Los Desafíos del Nuevo Milenio para las Mujeres con Discapacidad Conferencia Internacional CERMI Madrid 27, 28 y 29 de junio. Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Artículo 25, Salud Isabel Caballero Comisión de la Mujer CERMI.
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Los Desafíos del Nuevo Milenio para las Mujeres con DiscapacidadConferencia InternacionalCERMIMadrid 27, 28 y 29 de junio Convencion sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.Artículo 25, SaludIsabel CaballeroComisión de la Mujer CERMI
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad • establece en su artículo 25 que "los Estados Partes reconocen que las • personas con discapacidad tienen derecho a gozar del más alto nivel • posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad. • Asimismo se adoptarán las medidas pertinentes para asegurar el acceso • de las personas con discapacidad a servicios de salud que tengan en • cuenta las cuestiones de género, incluida la rehabilitación relacionada • con la salud."
Por su parte, la Constitución española de 1978 reconoce en el artículo 43 el • "derecho a la protección de la salud, siendo competencia de los poderes • públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y • de las prestaciones y servicios necesarios." • DOBLE DESAFÍO: Repensar el modelo de • salud desde un doble enfoque: • GÉNERO/DISCAPACIDAD
Crítica al androcentrismo en la medicina. • Crítica al modelo biomédico. • (fibromialgia, catálogo ortoprotésico) • Interseccionalidad • Salud desde sus componentes sociales • Protocolos: normatividad imperante. • Cribado oportunista • Vis atractiva de la discapacidad en la salud
OMS: “Asistencia sanitaria esencial accesible a todos las personas y • familias de la comunidad a través de medios aceptables para ellas, con • su plena participación y a un costo asequible para la comunidad y el • país.” • Contacto directo con las y los profesionales de atención primaria. • Eliminar relaciones jerárquicas y de poder / reconocimiento de la • interlocución. Lenguaje claro. • Violación de la intimidad: Autodiagnóstico de la situación de las mujeres • con discapacidad en Andalucía: 87%.
Atención especializada. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y • calidad del Sistema Nacional de Salud: “la atención especializada • comprende actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de • rehabilitación y cuidados, así como aquellas de promoción de la • salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad.” • - SALUD SEXUAL. • - SALUD REPRODUCTIVA. • - VIOLENCIA DE GÉNERO.
OMS: La salud sexual es un estado de bienestar físico, emocional, • mental y social relacionado con la sexualidad; no es meramente la • ausencia de enfermedad, disfunción o debilidad. La salud sexual • requiere un acercamiento positivo y respetuoso hacia la sexualidad y • las relaciones sexuales, así como la posibilidad de obtener placer y • experiencias sexuales seguras, libres de coerción, discriminación y • violencia” • 2º Manifiesto de los Derechos de las Mujeres y Niñas con • Discapacidad de la Unión Europea: reivindica la salud sexual y • reproductiva de las mujeres con discapacidad haciendo especial • hincapié en las barreras sociales y estructurales que dificultan el acceso • a los servicios sanitarios especizados en esta materia. • (Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.
Apartado 14 Capítulo 3, 2º Manifiesto “es necesario asegurar la accesibilidad universal y el diseño para todos de productos, objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos con perspectiva de género para garantizar que los frecuentemente utilizados por las mujeres y niñas estén también a disposición de las mujeres y niñas con discapacidad en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Especial atención merecen aquéllos se den soporte a la salud sexual de las mujeres con discapacidad (anticonceptivos, camillas de exploración ginecológica, aparyos de mamografías...) y a su maternidad (biberones con asas, cochecitos de bebés para acoplarlos a una silla de ruedas o poder tirar de llos con una sola mano, cambiadores de pañales adaptados a altura...) los cuales deberán ser incorporados en catálogos de uso público y a precios asequibles.” • ACCESIBILIDAD COMO CONTENIDOS ESENCIAL DE LOS DERECHOS
Vigilancia de las buenas prácticas: EASP. Proyecto de Humanización • de la Atención Perinatal.
Derechos y salud sexual identificados con la reproducción de la vida. • Invisibilidad en tema de anticoncepción (campañas, formatos...): 2º Manifiesto señala que tanto la anticoncepción planificada y de urgencia como el control preconcpecional en el caso de las mujeres con discapacidad debe ser abordado con mayor deenimiento. • Anticoncepción en Andalucía. Representaciones, discursos y prácticas en adolescentes y adultas, con y sin discapacidad 2011. • “yo creo también que la información a las mujeres con discapacidad es • inexistente, porque no piensan que tengamos sexualidad ni tengamos • deseos sexuales, ni que tengamos pareja. No te ven atractiva por tener • una discapacidad sea cual sea ni piensas que tú puedas gustar a otra • persona, y ya bueno, encima eres mujer, no piensan que tienen • relaciones sexuales”
OBSTÁCULOS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS REPRODUCTIVOS Socialización (familias, escuela, medios de comunicación...) Discurso y práctica médica: OBSTÁCULOS IDEACIONALES: Prejuicios, estereotipos y mitos. Ideal materno: Mujeres con discapacidad objetos pasivos (procesos de adopción). Niñas y niños única esponsabilidad de las mujeres. Disuasión relacionada con el estado de salud (patologización del embarazo) Intenso intervencionismo ≠ tratamiento apropiado. Cesáreas. Control de la anomalía / la discapacidad se reproduce. Jueces / Egoismo OBSTÁCULOS MATERIALES Accesibilidad. ¿Cómo se conciben los espacios? Incubadoras, instrumental médico...
EL PAPEL DEL SISTEMA SANITARIO EN LA PREVENCIÓN Y • DETECCIÓN DE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO • Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral • contra la Violencia de Género: “obligación de garantizar el principio de • transversalidad de las medidas, de manera que, en su aplicación se • tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de todas las • mujeres víctimas de violencia de género” Exposición de Motivos: “en el • ámbito sanitario se contemplan actuacones de detección precoz y • apoyo asistencial a las víctimas, así como la aplicación de protocolos • sanitarios ante las agresiones derivadas de la violencia...” • Protocolo común para la actuación sanitaria ante la violencia de género.
Protocolo para el abordaje de la violencia machista en el ámbito de la • salud en Cataluña. Documento operativo de mujeres con discapacidad. - Registro de la historia clínica y seguimiento por parte del personal sanitario de atención primaria. - Sensibilización y concienciación. - Formación en violencia de género.
MUCHAS GRACIAS • Isabel Caballero Pérez • isabelcaballero@canfandalucia.org