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MODELOS HISTÓRICOS DE LOS DDFF (I). Modelo de fundamentación historicista COMBINACIÓN DE IDEAS LIBERAL-ILUSTRADAS CON IDEAS HISTÓRICAS PREESTATALES LA CONSTITUCIÓN HISTÓRICA CARACTERÍSTICAS DE LOS DDFF TITULARIDAD CONCRETA DE COMUNIDADES Y GRUPOS HUMANOS DETERMINADOS
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MODELOS HISTÓRICOS DE LOS DDFF (I) • Modelo de fundamentación historicista • COMBINACIÓN DE IDEAS LIBERAL-ILUSTRADAS CON IDEAS HISTÓRICAS PREESTATALES LA CONSTITUCIÓN HISTÓRICA • CARACTERÍSTICAS DE LOS DDFF • TITULARIDAD CONCRETA DE COMUNIDADES Y GRUPOS HUMANOS DETERMINADOS • CONTENIDO: LÍMITE A LA ACCIÓN DEL PODER REGIO • SISTEMAS DE GARANTÍAS: CUERPOS INTERMEDIOS Y DERECHO DE RESISTENCIA
MODELOS HISTÓRICOS DE LOS DDFF (II) • Modelo de fundamentación iusracionalista • LA RAZÓN HUMANA Y EL PACTO SOCIAL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS NATURALES COMO DERECHOS CIVILES • CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS • TITULARIDAD UNIVERSAL Y TITULARIDAD DE LOS CONTRATANTES: DD.HH. Y DD. DEL CIUDADANO • CONTENIDO VARIABLE: DERECHOS CIVILES O DE LIBERTAD NEGATIVA/DERECHOS POLÍTICOS O DE LIBERTAD POSITIVA AL SERVICIO DE LA LIBERTAD NEGATIVA • GARANTÍA LEGISLATIVA A TRAVÉS DE LA LIMITACIÓN DE LOS DERECHOS NATURALES ABSOLUTOS
MODELOS HISTÓRICOS DE LOS DDFF (II) • Modelo de fundamentación positivista • DECISIÓN DEL ESTADO DE CREAR ESPACIOS DE LIBERTAD REINTERPRETACIÓN DE LAS PREMISAS IUSRACIONALISTAS • CARÁCTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS • TITULARIDAD: LA QUE QUIERA OTORGAR EL ESTADO: STATUS LIBERTATIS, CIVITATIS, ACTIVAE CIVITATIS • CONTENIDO: DERECHOS DE LIBERTAD, DE PARTICIPACIÓN Y DE PRESTACIÓN NETAMENTE INDEPENDIENTES • LÍMITES A TRAVÉS DE CUALQUIER FUENTE Y SIN GARANTÍA DE INDISPONIBILIDAD • MENORES GARANTÍAS FUNDAMENTALIZACIÓN DE LOS DERECHOS A TRAVÉS DE SU CONSTITUCIONALIZACIÓN
CONCEPCIÓN NORMATIVA DE LOS DDFF • Derecho fundamental: Conjunto de normas fundamentales que apoderan al individuo para realizar una conducta • Fundamentalidad: • Externa (Metapositiva): • Importancia política • Carácter inherente a la persona (Antropocentrismo: derechos humanos) • Carácter preconstitucional (la Constitución “declara”, no “crea” los DF) • Interna (Positiva): • Rasgos sistemático-formales: Título I, Capítulo II, Sección I • Garantías orgánico-procedimentales: sólo son DF los que cuentan con mayores garantías orgánicas, normativas y judiciales • Funciones jurídico-constitucionales
FUNCIONALIDAD JURÍDICO-CONSTITUCIONAL (I) • Los DDFF son la máxima expresión de las características normativas de la Constitución: su supremacía y su eficacia directa • DDFF indisponibles por poderes públicos • DDFF directamente disponibles por los particulares
FUNCIONALIDAD JURÍDICO-CONSTITUCIONAL (II) • La fundamentalidad es graduable • Indisponibilidad: • Reserva de ley • Reserva de ley orgánica • Reforma constitucional agravada TÍTULO I Ley Cap. II NO DDFF Cap. II Secc. I Cap III LO Reforma const. art. 168
FUNCIONALIDAD JURÍDICO-CONSTITUCIONAL (III) • Disponibilidad directa: • Derechos de libertad/Derechos de configuración legal • Derechos invocables ante los Tribunales ordinarios/Derechos también invocables ante el Tribunal Constitucional (además son invocables ante los tribunales ordinarios por procedimientos especiales, preferentes y sumarios)
FUNDAMENTALIDAD DE LOS DERECHOS Y SISTEMA CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO • Expresan la selección de expectativas individuales y sociales por el constituyente • Constituyen la base de la organización jurídica de la democracia • En la CE de 1978, los DDFF son la concreción de la dignidad humana