170 likes | 337 Views
TERCER TALLER DE INCONFORMIDADES - 2003 PARA CAPACITACIÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN. NOVIEMBRE 2003.
E N D
TERCER TALLER DE INCONFORMIDADES - 2003 PARA CAPACITACIÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN NOVIEMBRE 2003
LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.- ARTÍCULOS 65 Y 83 RESPECTIVAMENTE • PÁRRAFO PRIMERO: LAS PERSONAS “INTERESADAS” PODRÁN INCONFORMARSE ANTE LA CONTRALORÍA “POR CUALQUIER ACTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN” QUE CONTRAVENGA LAS DISPOSICIONES QUE RIGEN LAS MATERIAS OBJETO DE ESTA LEY;
QUÉ ES UNA INCONFORMIDAD.- LAS PERSONAS QUE PARTICIPAN EN UN PROCEDIMIENTO LICITATORIO PUEDEN ACUDIR ANTE EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL CUANDO CONSIDEREN QUE HAN EXISTIDO IRREGULARIDADES EN DICHO PROCEDIMIENTO, A FIN DE QUE SE VERIFIQUE, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL Y DE LAS LEYES DE LA MATERIA, LA ACTUACIÓN DE LA CONVOCANTE.
QUÉ ES UNA INCONFORMIDAD.- ES LA EXCITACIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL PROPIO ESTADO PARA VERIFICAR LA LEGALIDAD DE SUS ACTOS, YA QUE AL CUMPLIRSE LA LEY, SE ASEGURAN LAS MEJORES CONDICIONES PARA EL ESTADO, EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO, OPORTUNIDAD Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES CONFORME AL ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL.
QUÉ ES UNA INCONFORMIDAD.- • ES UNA INSTANCIA; ENTENDIDA ÉSTA COMO UNA CONDUCTA DEL PARTICULAR QUE PIDE, SOLICITA O EN CUALQUIER FORMA EXCITA O ACTIVA LAS FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE FISCALIZACIÓN.
LA INCONFORMIDAD NO RESUELVE CONTROVERSIAS ENTRE EL PARTICULAR Y LOS ENTES PÚBLICOS QUÉ ES UNA INCONFORMIDAD.- POR LO TANTO, POR NO SER: “UN JUICIO”, NI “UN RECURSO”
LA INCONFORMIDAD NO ES UN RECURSO • EL ÚLTIMO PÁRRAFO DE LOS ARTÍCULOS 37 L.A.A.S.S.P. Y 39 DE LA L.O.P.S.R.M., ACLARA: “CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE CONTENGA EL FALLO NO PROCEDERÁ RECURSO ALGUNO; SIN EMBARGO, PROCEDERÁ LA INCONFORMIDAD QUE CORRESPONDA POR LOS LICITANTES EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY”. • LA DIFERENCIA FUNDAMENTAL ENTRE LA INCONFORMIDAD Y EL RECURSO RADICA EN QUE ÉSTE ÚLTIMO TIENE COMO PROPÓSITO EL DE “REVOCAR UN ACTO DE AUTORIDAD” Y AQUELLA EL DE “NULIFICAR UN PROCEDIMIENTO”.
LA RESOLUCIÓN QUE EMITA LA CONTRALORÍA TENDRÁ POR CONSECUENCIA: I.- LA NULIDAD DEL ACTO O ACTOS IRREGULARES ESTABLECIENDO, CUANDO PROCEDAN, LAS DIRECTRICES NECESARIAS PARA QUE EL MISMO SE REPONGA CONFORME A LA LEY; II.- LA NULIDAD TOTAL DEL PROCEDIMIENTO, Ó III.- LA DECLARACIÓN RELATIVA A LO INFUNDADO DE LA INCONFORMIDAD
INTERES JURÍDICO.- • AL ADQUIRIR LAS BASES, SE ADQUIERE INTERÉS PARA IMPUGNAR EL CONTENIDO DE LAS MISMAS E INCLUSO LO QUE SUCEDA EN LA JUNTA DE ACLARACIONES, X NO ASÍ PARA LOS ACTOS QUE SE LLEVEN A CABO DURANTE O CON POSTERIORIDAD AL ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, PUES AL NO HABER PARTICIPADO EN DICHA ETAPA, LO QUE SUCEDA EN LA MISMA NO LE PUEDE CAUSAR AGRAVIO ALGUNO.
INTERES JURÍDICO.- • CUANDO SE PARTICIPA EN UN ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS, DEBE ENTENDERSE QUE SE CUENTA CON INTERÉS DESDE ESTE ACTO Y HASTA EL FALLO, CONTÁNDOSE CON LA POSIBILIDAD DE PRESENTAR UNA INCONFORMIDAD POR ACTOS QUE CONTRAVENGAN LA LEY EN ESTAS ETAPAS.
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- CONVOCATORIA • DESCRIPCIÓN INADECUADA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS QUE SEAN OBJETO DE LA LICITACIÓN • ESTABLECIMIENTO DE PLAZOS INFERIORES A LOS PREVISTOS POR LA LEY PARA LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES • QUE LAS MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA NO SE HAGAN A TRAVÉS DE LOS MISMOS MEDIOS UTILIZADOS PARA SU PUBLICACIÓN
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- BASES • REQUISITOS QUE LIMITAN LA LIBRE PARTICIPACIÓN (EXPERIENCIA, CAPITAL CONTABLE, SUCURSALES) • IMPRECISIÓN EN LAS ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES O ALCANCE DE LOS SERVICIOS • IMPRECISIÓN EN LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA PRESENTAR LA PROPUESTA (PROYECTOS, MATERIALES, ESPECIFICACIONES, ETC.), DE ACUERDO A LAS CARACTERÍSTICAS Y COMPLEJIDAD DE LOS TRABAJOS • NO SEÑALAR CLARA Y DETALLADAMENTE LOS CRITERIOS A EMPLEARSE PARA DECIDIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- BASES • PLAZO REDUCIDO PARA INICIAR LA PRESENTACIÓN DE LOS SERVICIOS, LA ENTREGA DE LOS BIENES, O EJECUCIÓN DE LA OBRA • EN SU CASO, LA FALTA DE INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE LAS PARTES DE LA OBRA QUE PODRÁN SUBCONTRATARSE
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- JUNTA DE ACLARACIONES • MODIFICACIONES QUE CONSTITUYEN SUSTITUCIÓN O VARIACIÓN SUSTANCIAL DE LOS BIENES, OBRA O SERVICIOS QUE FUERON CONVOCADOS ORIGINALMENTE, O BIEN LA ADICIÓN DE OTROS DISTINTOS • QUE LAS MODIFICACIONES QUE SE HAGAN EN LA JUNTA DE ACLARACIONES, NO SE COMUNIQUEN A TODAS LAS PERSONAS QUE COMPRARON BASES, EN LOS TÉRMINOS DE LEY • QUE LA JUNTA DE ACLARACIONES TENGA VERIFICATIVO EN LUGAR, FECHA U HORA DISTINTAS DE LAS PREVISTAS ORIGINALMENTE, SIN EL OPORTUNO AVISO
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- ACTO DE APERTURA • QUE EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES SE REALICE EN LUGAR, FECHA U HORA DISTINTOS A LOS SEÑALADOS AL EFECTO, SIN QUE MEDIE AVISO ALGUNO, EN LOS TÉRMINOS DE LEY • ACEPTACIÓN DE OFERTAS DE BIENES EXTRANJEROS CUANDO SE TRATA DE LICITACIÓN NACIONAL • ACEPTACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS O ECONÓMICAS QUE NO CONTENGAN LA TOTALIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LAS BASES
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- FALLO • EL DIFERIMIENTO DEL FALLO POR MAS DE 20 DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DEL PLAZO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE • QUE EL CONTENIDO DEL ACTA DE FALLO NO REÚNA LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS POR LA NORMATIVIDAD • QUE PARA LA EMISIÓN DEL FALLO SE HAYAN CONSIDERADO CONDICIONES DISTINTAS A LAS CONTENIDAS EN LAS BASES DE LA LICITACIÓN
PRINCIPALES CAUSAS DE INCONFORMIDAD.- FALLO • LA FALTA DE COMUNICACIÓN ESCRITA A LOS LICITANTES EN LA QUE SE INFORMEN LAS CAUSAS POR LAS CUALES SU PROPUESTA NO FUE ELEGIDA • LA DECISIÓN INJUSTIFICADA DE DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN