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Lic. Gustavo A. Serrano Bauza. LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA”. LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA”.
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Lic. Gustavo A. Serrano Bauza LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA”
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” “El proyecto propone la incorporación de la normativa referente a un ajuste integral por actualización de los elementos del Activo, Pasivo y Patrimonio, con el propósito de que los contribuyentes paguen sobre la base de ingresos reales y no nominales como hasta el presente ha ocurrido. No se persigue con este sistema un mayor ni menor ingreso de impuesto, sólo este dirigido a lograr la equidad, haciendo que las empresas tributen por sus verdaderos resultados económicos, reconociendo y aceptando las pérdidas por inflación, pero también sincerando las ganancias que se produzcan debido a tal proceso. Como quiera que este sistema resulta en la práctica un tanto complejo, el proyecto establece una vacante de la norma, de tres (3) años a partir de la vigencia de la Ley propuesta, a fin de que durante ese lapso, tanto los contribuyentes como el personal fiscal de la Administración Tributaria, desarrollen las técnicas establecidas en la Ley y al mismo tiempo los contribuyentes desarrollen mayor conciencia sobre los efectos de la normativa propuesta.” (Subrayado del Autor)
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” El Código Orgánico Tributario (COT) establece en sus artículo 5 y 6 que las “normas tributarias se interpretarán con arreglo a todos los métodos admitidos en derecho, atendiendo su fin y a su significación económica, pudiéndose llegar a los resultados restrictivos o extensivos de los términos contenidos en las normas tributarias” y que la “analogía es admisible para colmar los vacíos legales, pero en virtud de ella no pueden crearse tributos, exenciones, exoneraciones ni otros beneficios, tampoco tipificar ilícitos ni establecer sanciones”. “Base Cierta Vs. Base Presunta” Ley N° 42.Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.305, de fecha 17 de octubre de 2001.
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” Por otra parte, existe un principio denominado Transparencia Fiscal, el cual se puede definir, como aquel que “exige que las leyes fiscales en sentido amplio, es decir, con inclusión de los reglamentos ejecutivos (regulations), directrices, etc., se estructuren de manera que presenten técnica y jurídicamente el máximo posible de inteligibilidad y sus disposiciones sean tan claras y precisas que excluyan toda duda sobre los derechos y deberes de los contribuyentes, tantos en éstos mismos como en los funcionarios de la Administración Tributaria, y con ello la arbitrariedad en la liquidación y recaudación de los impuestos.” Fritz Neumark. Principios de la Imposición. Instituto de Estudios Fiscales. 2ª.Edición. Madrid 1994, p 366.
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” • Aspectos Generales y Del Ajuste Inicial: • No generalidad del Sistema de Corrección Monetaria (Principio de Igualdad). • Definición de Activos y Pasivos No Monetarios (Características Intrínsecas). • Rentas Sujetas a Impuesto Únicos o Proporcionales. • Exclusión Cuentas por Cobrar y Efectos por Cobrar accionistas, administradores, afiliadas, filiales y otras empresas relacionadas y/o vinculadas ( Operaciones Realies Vs. Disminución de Patrimonio). • IPC Vs. INPC.
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” • Del Ajuste Regular: • Se mantienen las consideraciones del Ajuste Inicial. • Ajuste de Inventarios ( Base Monetaria vs. Unidades Específicas), aprobación previa del SENIAT. • Exclusiones Fiscales al Patrimonio. • Traslado de Pérdidas Fiscales Generadas del Sistema de Ajuste por Inflación.
LOS AJUSTES POR INFLACIÓN EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA “PROPUESTAS PARA UNA REFORMA TRIBUTARIA EN VENEZUELA” • Recomendaciones: • No Establecer una Generalidad del Sistema de Corrección Monetaria. • La Definición de Activos No Monetarios debe tomar en cuenta las Características Intrínsecas de los Bienes objeto de Ajuste. • Los Bienes generadores de Rentas Sujetas a Impuesto Únicos o Proporcionales no deben ser objeto de ajuste por inflación. • Sustituir los IPC por INPC. • El Ajuste de Inventarios debería ser por Unidades Específicas y tomando en cuenta sus características intrínsecas, el método monetario debe ser considerado un método presuntivo y aplicable en caso de no poder aplicar el de unidades especificas. • No Exclusión del Patrimonio Neto Inicial, de las Cuentas y Efectos por Cobrar accionistas, administradores, afiliadas, filiales y otras empresas relacionadas y/o vinculadas cuando sean productos de Operaciones Reales. • Traslado de Pérdidas Fiscales Generadas del Sistema de Ajuste por Inflación por Tres (03) Ejercicios Fiscales.
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