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TARIFAS ELÉCTRICAS. http://www.iberdrola.es. CLASIFICACIÓN DE LAS TARIFAS. TENSIÓN BAJA TENSIÓN Ts 1000V ALTA TENSIÓN Ts >1000V APLICACIÓN GENERALES ESPECIALES A.T. B.T. : Por niveles de potencia A.T.: Corta,media y larga. Por horas de utilización.
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TARIFAS ELÉCTRICAS http://www.iberdrola.es
CLASIFICACIÓNDE LAS TARIFAS • TENSIÓN BAJA TENSIÓN Ts 1000V ALTA TENSIÓN Ts >1000V • APLICACIÓN GENERALES ESPECIALES A.T. B.T. : Por niveles de potencia A.T.: Corta,media y larga Por horas de utilización
CARACTERÍSTICAS DE CADA TARIFAB.T. • GENERALES 1.0 General, Potencia ≤ 1 Kw. 2.0.1 General, 1kW < Potencia ≤ 2,5 Kw. • 2.0.2 General, 2,5kW < Potencia ≤ 5 Kw. • 2.0.3 General, 5kW < Potencia ≤ 10 Kw. • 3.0.1 General, 10kW < Potencia ≤ 15 Kw. • 3.0.2 General, Potencia superior a 15 Kw. • Suprimidas: 4.0 Larga utilización B.0 Alumbrado público R.0 Riegos agrícolas
CARACTERÍSTICAS DE CADA TARIFAA.T. • GENERALES 1- CORTA UTILIZACIÓN 1.1 No superior a 36KV 1.2 >36KV y 72,5KV 1.3 >72,5KV y 145KV 1.4 >145KV 2- MEDIA UTILIZACIÓN 2.1, 2.2, 2.3, 2.4 3- LARGA UTILIZACIÓN 3.1, 3.2, 3.3, 3.4
CARACTERISTICAS DE CADA TARIFAA.T. • ESPECIALES G.4- DE GRANDES CONSUMIDORES D- VENTA A DISTRIBUIDORES D.1 No superior a 36KV D.2 >36KV y 72,5KV D.3 >72,5KV y 145KV D.4 >145KV • Suprimidas: • T- DE TRACCIÓN • T.1 No superior a 36KV • T.2 >36KV y 72,5KV • T.3 >72,5KV • R- DE RIEGOS AGRICOLAS • R.1, R.2, R.3
FACTURACIÓN A CLIENTES (B.T. Y A.T.) • FACTURACIÓN DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO: Tarifa básica + complementos + impuestos • ALQUILER EQUIPO DE MEDIDA Y CONTROL: Precio equipo + impuestos • OTROS CONCEPTOS Derechos de contratación, verificación, etc. Modificaciones en la instalación.
TARIFA BÁSICA. ESTRUCTURA BINOMIA • TÉRMINO DE POTENCIA (Tp) En €/KWmes. Se aplica sobre la potencia base de facturación (depende en que casos la potencia contratada). Varia dependiendo de la tarifa elegida. • TÉRMINO DE ENERGÍA (Te) En €/KWh. Se aplica sobre el consumo efectuado por el usuario. Varia dependiendo de la tarifa elegida.
COMPLEMENTOS TARIFARIOS • EN FUNCION DE: * MODULACIÓN DE LA CARGA: - Discriminación horaria - Estacionalidad - interrumpibilidad. * ENERGÍA REACTIVA • SE APLICAN EN FORMA DE: * RECARGOS * DESCUENTOS • DEBEN FIGURAR POR SEPARADO EN EL RECIBO
FACTURACION COMPLETA 1- CUOTA TÉRMINO DE POTENCIA 2- CUOTA TÉRMINO DE ENERGÍA 3-COMPLEMENTO ENERGÍA REACTIVA 4- COMPL. POR DISCRIMINACIÓN HORARIA 5-ESTACIONALIDADINTERRUMPIBILIDAD 6- IMPUESTO SOBRE ELECTRICIDAD 7- ALQUILER DE EQUIPOS DE MEDIDA 8- I.V.A. SOLO A.T. A.T. y B.T.
1- CUOTA TERMINO DE POTENCIA Cuota término de potencia Potencia base de facturación Periodo de facturación Termino de potencia = X X • Se justifica por la disponibilidad total del usuario para utilizar en cualquier momento la potencia que el ha contratado. • Están sujetos a este concepto los abonados de cualquier tarifa, excepto los de la B.O. (alumbrado publico) • Se calcula aplicando el producto anterior donde: - Potencia base de factur. (Pf) se da en KW. - Termino de potencia (Tp), en €/KW·mes - Periodo de facturación es de 1 ó 2 meses.
Modos: 1- SIN MAXÍMETRO Pf = Pc 2- CON UN MAXÍMETRO Pr > 1,05 Pc Pf = Pr + 2(Pr - 1,05Pc) 1,05 Pc Pc 0,85 Pc < Pr < 1,05 Pc Pf = Pr 0,85 Pc Pr < 0,85 Pc Pf = 0,85 Pc Pr = Potencia registrada en el maximetro Pc = Potencia contratada
Modos: 3- CON DOS MAXIMETROS Pf = P12 + 0,2 ( Phv - Phll) P12 = Potencia resultante de aplicar la formula de un solo maximetro a la Pr en horas punta y llano. 4- CON TRES MAXIMETROS Pf = Php + 0,5 (Phll - Php) + 0,2 (Phv - Phll) 5 - ESTACIONAL (A) Pf = 1,2 P1 + (P2 - P1) + 0,5 (P3 - P2) + + 0,25 (P4 - P3) + 0,10 (P5 - P4) + 0,05 (P6 - P5) (B) Pf = Máximo (1,1Pa; 0,75 Pm ; 0,45 Pb)
2- CUOTA TERMINO DE ENERGIA Cuota termino de energía Energía activa consumida Termino de energía (Te) = X • Es la cuota que se factura a los usuarios por KWh consumidos. • Se calcula mediante el producto de: - Energía activa consumida en KWh - Termino de energía en €/KWh.
3- COMPLEMENTO ENERGIA REACTIVA Para facturar este concepto es necesario tener instalado contador de energía reactiva Wa = Energía activa registrada en KWh. Wr = Energía reactiva registrada en KVARh. (Dos cifras decimales)
3- COMPLEMENTO ENERGIA REACTIVA BONIFICACIÓN (Kr negativo) =>Máximo 4% (Un decimal) RECARGO: (Kr positivo) => Máximo 50,7% (Un decimal) Er = Kr % sobre (Cuota Tp + Cuota Te) No a tarifas 1.0, 2.0.X, 3.0.1
4- COMPLEMENTO POR DISCRIMINACION HORARIA • El complemento por discriminación horaria está creado para considerar los diferentes costes de producción de la energía en función de las horas en que se demanda la misma, y se concreta como un porcentaje sobre el Te. • Se dividen las horas de consumo en tres periodos: de punta, llano y valle, determinados en función de la carga del sistema eléctrico de cada región y establecidos de forma oficial • Existen diversos tipos de aplicación a elegir.
Tipos de discriminación horaria: • TIPO DH2 periodos (Punta y Valle): “Tarifas 1.0, 2.0.X, 3.0.1 con discriminación horaria” • TIPO 1: Sin contador de discriminación horaria. Para clientes con una Pcon no superior a 50KW siempre que no se opte por otro tipo. • TIPO 2: Con contador de doble tarifa. Uso general. • TIPO 3: Contador de triple tarifa , sin discriminar sábados y festivos. Uso general. • TIPO 4: Contador de triple tarifa y discriminación de sábados y festivos.
Zonas de aplicación: • ZONA 1: GALICIA, ASTURIAS, CANTABRIA, PAIS VASCO, CASTILLA-LEON, LA RIOJA, NAVARRA. • ZONA 2: ARAGÓN Y CATALUÑA. • ZONA 3: MADRID, CASTILLA LA MANCHA Y ESTREMADURA. • ZONA 4: VALENCIA, MURCIA Y ANDALUCIA. • ZONA 5: BALEARES. • ZONA 6: CANARIAS. • ZONA 7: CEUTA Y MELILLA.
Calculo del complemento por D.H. DONDE: Ei = Energía consumida en cada uno de los periodos horarios (punta, llano o valle) según el tipo de discriminación horaria. Ci = Coeficiente de recargo o descuento especifico. Tej = Precio del termino de energía: - En A.T. el correspondiente a la tarifa general de media utilización según la tensión de suministro. - En B.T., el de la tarifa 3.0.2
Recargos y descuentos según tipo: Ejemplo tipo 3:
PERIODO PORCENTAJE Temporada alta +10 Temporada media - Temporada baja -10 5- ESTACIONALIDAD E INTERRUMPIBILIDAD (A.T.) ESTACIONALIDAD: • Recargo o descuento porcentual sobre el termino de energía de la facturación básica. • Se aplicará a los abonados que hayan optado por el modo 5 estacional para el calculo de la potencia a facturar.
INTERRUMPIBILIDAD: • Se trata de un complemento orientado a obtener un descuento en la facturación del demandante a cambio de que este reduzca de forma acordada el consumo de potencia en un valor no inferior a 5 MW. • Se trata pues de una forma de reducir la potencia contratada en un periodo de tiempo (interrumpido) que no se va a utilizar , para beneficio del cliente, que obtendrá un descuento, y de la compañía eléctrica, que podrá utilizarla para otros fines. • Hay una serie de condiciones para acogerse a este sistema que el abonado deberá cumplir, de lo contrario no tendrá acceso a este servicio o se le rescindirá el contrato de estar ya en él.
INTERRUMPIBILIDAD: • Existen cuatro tipos de interrupciones de 12 horas, 6, 3 y 45 minutos. • El numero de interrupciones anual será de un máximo de 30. • El descuento recargo por interumpibilidad viene dado por la siguiente formula: - DI es el descuento anual en porcentaje y se calcula mediante una formula en función de las potencias y horas de utilización. - RI es el recargo por superarse, en el momento de la interrupción, la potencia máxima demandable.
6- IMPUESTO SOBRE LA ELECTRICIDAD • 4,864% sobre el resultado de multiplicar 1,05113 por la suma de los importes de cuota de término de potencia, cuota de termino de energía, complemento de energía reactiva, discriminación horaria y complemento de estacionalidad e interrumpibilidad.
A) CONTADORES SIMPLE TARIFA: €/mes Energía activa - Monofásicos: Tarifa1.0…………………………… Resto ……………………………..... -Trifásicos o doble monofásicos…………… Energía reactiva - Monofásicos…………………………….… - Trifásicos …………………….…………… 7- ALQUILER DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA
B) CONTADORES DISCRIMINACIÓN HORARIA: €/mes - Monofásicos (doble tarifa)………………… - Trifásicos (doble tarifa) …………………… - Trifásicos (triple tarifa) ……………………. - Contactor…………………………………... - Servicio reloj conmutador………………….. C) INTERRUPTOR DE CONTROL DE POTENCIA - Por polo…………………………………… 7- ALQUILER DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA Para el resto de aparatos el canon de alquiler se determinará aplicando una tasa del 1,125% mensual al precio medio de los mismos.
FACTURACION COMPLETA 1- CUOTA TERMINO DE POTENCIA 2- CUOTA TERMINO DE ENERGIA 3-COMPLEMENTO ENERGIA REACTIVA 4- COMPL. POR DISCRIMINACION HORARIA 5-ESTACIONALIDADINTERRUMPIBILIDAD 6- IMPUESTO SOBRE ELECTRICIDAD 7- ALQUILER DE EQUIPOS DE MEDIDA 8- I.V.A. SOLO A.T. A.T. y B.T.