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Acceso y admisión a universidades públicas españolas (R.D. 1892/2008). vicerrectorado de ordenación académica y espacio europeo universidad de burgos. Aspectos regulados en el RD 1892/2008. Condiciones de acceso a enseñanzas oficiales de Grado
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Acceso y admisión a universidadespúblicas españolas(R.D. 1892/2008) vicerrectorado de ordenación académica y espacio europeo universidad de burgos
Aspectos regulados en elRD 1892/2008 • Condiciones de acceso a enseñanzas oficiales de Grado • Procedimientos de admisión a enseñanzas oficiales de Grado en universidades públicas españolas
Procedimientos de acceso • PAU para titulados de Bachiller • Estudiantes de la UE u otros estados con convenios • Estudiantes extranjeros, previa solicitud de homologación de su título de origen • Titulados de Técnico Superior de FP • Mayores de 25 años • Acreditación de experiencia laboral o profesional ("mayores de 40 años") • Mayores de 45 años
Prueba de la fase general • Comentario de un texto no especializado relacionado con capacidades y contenidos de Lengua castellana y literatura • Una (a elegir) de las materias comunes de 2º de bachillerato (Hª Filosofía / Hª de España) • Lengua extranjera: comprensón oral y lectora (comprensión y expresión oral pospuesta hasta curso 11-12) • Materia de modalidad de 2º de bachillerato (en Castilla y León 18 materias)
Prueba fase general • Todos los ejercicios deben tener dos opciones diferentes (el alumno elije una) • El estudiante debe indicar previamente la materia común y de modalidad y la lengua extranjera que elije • Duración: 1 h 30 min. Intervalo mínimo de 45 min entre ejercicios • La calificación es la media de todos los ejercicios
Prueba de la fase específica • De carácter voluntario: la calificación sólo se aplica para la nota de admisión en títulos de Grado con concurrencia competitiva • Puede examinarse de cualquiera de las materias de modalidad, excepto de la de la fase general • 1 h 30 min de duración, con intervalos mínimos de 45 min • Cada una de las materias se califica de 0 a 10 (se supera con un 5)
Superación y nota de admisión • La prueba se supera con una nota mínima de 5 puntos calculada: Nota = 0,6*N Media Bachillerato + 0,4*Nota Fase General • Para la admisión en títulos con procedimiento de concurrencia competitiva: Nota Admision = 0,6*NMB + 0,4*NFG + a*M1 + bM2 NMB: Nota media del bachillerato NFG: Nota de la Fase general M1 y M2: dos mejores calificaciones de las materias de la fase específica a y b: 0,1. Las universidades pueden elevarlo a 0,2
APROBADO POR CONSEJO DE GOBIERNO 06-03-09 - UNIVERSIDAD DE BURGOS Más información en http://www.ubu.es/ubu/cm/ubu/tkContent?pgseed=1242748609408&idContent=116208&locale=es_ES&textOnly=false
Reclamaciones • El estudianto puede solicitar reclamación o segunda corrección (la 1ª excluye la 2ª) • La calificación para segunda corrección es la media entre las dos correcciones. Si hay una diferencia de ≥ 2 putos un tribunal efectuará una tercera corrección (nota final = la media de las 3) • El estudiante tiene derecho a ver el examen corregido tras la 2ª corrección
Estudiantes con discapacidad • Hay que garantizar que los estudiantes con discapacidad puedan realizar la prueba en las debidas condiciones de igualdad • Medidas relativas a adaptación de tiempos, modelos especiales de examen, medios materiales y humanos extraordinarios, ayudas técnicas, etc.
Acceso de extranjeros UE-países con convenio • El Ministerio publicará la relación de otros sistemas educativos y la denominación de los títulos • Estos alumnos podrán presentarse a la fase específica de las pruebas • Nota de admisión: Nota Admision = Calificación credencial + a*M1 + bM2 • La organización de las pruebas y requisitos de acceso corresponde a la UNED • No se establece cupo de reserva de plazas para este tipo de acceso
Acceso desde FP • Técnicos superiores de FP, técnicos superiores de artes plásticas y diseño y técnicos deportivos superiores pueden acceder sin PAU • Estos alumnos podrán presentarse a la fase específica de las pruebas • Nota de admisión: Nota Admision = Nota media ciclo formativo + a*M1 + bM • Acceso a todas las enseñanzas universitarias según la familia profesional cursada (anexo III del RD) • No se establece cupo de reserva para este tipo de acceso
APROBADO POR CONSEJO DE GOBIERNO 06-03-09 - UNIVERSIDAD DE BURGOS Más información en http://www.ubu.es/ubu/cm/ubu/tkContent?pgseed=1242748609408&idContent=116208&locale=es_ES&textOnly=false
Acceso mayores de 25 años • Cumplir 25 años antes del 1 de octubre del año de celebración de la prueba de acceso, necesaria para acceder a la universidad • Prueba de acceso: • Pruebas establecidas por la COPAEU • Acceso en distrito compartido (rectificación de errores)
Acceso acreditando experiencia profesional o laboral (≥ 40 años) • Candidatos sin titulo (que permita el acceso a la universidad) con experiencia laboral o profesional en relación a una determinada enseñanza que no posean titulación habilitante para acceder a la Universidad y que tengan más de 40 años • Acceso a una determinada titulación: Solicitud al Rector • Previsión en las memorias de verificación: criterios de acreditación y ámbito de la experiencia en relación a los títulos • Entrevista personal
Acceso mayores de 45 años • Candidatos que tengan más de 45 años y no posean título habilitante para acceso a la universidad • Prueba con dos ejercicios: • Comentario de texto o desarrollo de un tema de actualidad • Lengua castellana • Entrevista personal • Deberán ingresar en la universidad en la que realicen la prueba
Cupos de reserva de plazas curso 09-10 (acuerdo de la COPAEU en % de admisión) • Mayores de 25 años: 3% • Mayores de 40 y 45 años (conjuntamente): 2% • Titulación universitaria o equivalente: 2% • Deportistas de élite: 3% • Estudiantes con discapacidad del 33% o mayor: 5% • Contenidos de la prueba para mayores de 25 años: el curriculo vigente de bachillerato • Fecha prueba para ≥ 25 años: 14 de mayo de 2010
Criterios en la adjudicación de plazas El orden de prelación será: • Prueba de acceso en la convocatoria ordinaria del año en curso o en convocatorias anteriores • Prueba de acceso en la convocatoria extraordinaria del año en curso • Adjudicación de plazas en función de la nota de admisión. Opción preferente de estudiantes cuya materia de modalidad de la fase general corresponda a la rama del titulo al que pretende acceder
Cambio de universidad y/o estudios universitarios oficiales y estudios extranjeros • Para continuar estudios en otra universidad sin someterse a la PAU será necesario que se reconozca al menos 30 créditos en la universidad de destino (hasta ahora era un mínimo de 15 créditos para títulos sin límite) • Los que no tengan 30 créditos deberán seguir el procedimiento ordinario (PAU) • El mismo requisito se establece para alumnos extranjeros con estudios parciales que no hayan obtenido la homologación de su título
Estudiantes procedentes de ordenaciones educativas anteriores • Los alumnos que deseen acceder a la universidad y hubieran superado el COU tendrán que superar la prueba de acceso (hasta ahora podían acceder sin a diplomaturas e ingenierías sin límite de plazas)
Materias de modalidad: fase general versus fase específica El alumno debe elegir cuidadosamente de qué materia de modalidad se examinaen la fase general y de cuáles en la fase específica. Ejemplos: Nota expediente: 5 Fase generalFase específica • Comentario: 4 Física: 6 • Inglés: 6 Dibujo Técnico: 6 • Historia: 4 • Matemáticas: 5 Nota fase general: 19 : 4 = 4,75 • Nota acceso: 0,4 . 4,75 + 0,6 . 5 = 4,90 No apto en la prueba • Si hubiera elegido Física o Dibujo Técnico para la fase general habría aprobado
Materias de modalidad: fase general versus fase específica Ejemplo: En la titulación en la que desea ser admitido el alumno, todas las materias de modalidad de las que se examina están ponderadas con 0,2 Nota del expediente: 8 Fase generalFase específica • Comentario: 8 Física: 6 • Inglés: 8 Química: 7 • Historia: 8 Biología: 5 • Matemáticas: 10 Nota fase general: Nota fase específica: 34 : 4 = 8,50 0,2 . 6 + 0,2 . 7 = 2,6 • Nota acceso: 0,4 . 8,5 + 0,6 . 8 = 8,2 • Nota admisión: 8,2 + 2,6 = 10,80
Materias de modalidad: fase general versus fase específica Para ser admitido en la misma titulación que en el caso anterior, el mismo alumno elige Física como materia de modalidad en la fase general y Matemáticas, Química y Biología en la fase específica. Ejemplo: Nota del expediente: 8 Fase generalFase específica • Comentario: 8 Matemáticas: 10 • Inglés: 8 Química: 7 • Historia: 8 Biología: 5 • Física: 6 Nota fase general: 7,50 Nota fase específica: 0,2 . 10 + 0,2 . 7 = 3,4 • Nota acceso: 0,4 . 7,5 + 0,6 . 8 = 7,8 • Nota admisión: 7,8 + 3,4 = 11,20
Elección de materias de modalidad en la fase específica En la fase específica, el alumno puede examinarse de tantas materias de modalidad como desee. No es un requisito el haberlas cursado. Requisitos: la materia debe ser superada con una nota igual a 5 o superior estar vinculada a la rama de conocimiento en que se inscribe el titulo de Grado para el cual se solicita la admisión. El número máximo aconsejable en la fase específica parece ser 3. Estas 3 más 1 de la fase general coinciden con el número de materias de modalidad que cursa el alumno en segundo de Bachillerato y con las que se examinaba el alumno por doble vía. La elección de 1, 2 o 3 materias de modalidad en la fase específica podría responder a alguno de los siguientes supuestos: FG + 1 : “voy a probar suerte” FG + 2 : “me aseguro que mejoro, al menos algo, la nota” FG + 3 : “estoy obligado a mejorar nota”
Elección de materias de modalidad en la fase específica El alumno debe conocer qué materias de modalidad están mejor ponderadas en la titulación a la que desea acceder y elegir las materias de las que se va a examinar de forma muy meditada. Si, por ejemplo, desea estudiar Medicina y suponiendo que en esa titulación Biología y Química están ponderadas con 0,2 y Matemáticas y Física con 0,1, en función de cuántas y cuáles materias de modalidad elija en la fase específica la nota de admisión puede variar notablemente. Ejemplo: Nota del expediente: 8 Fase generalFase específica (1) Fase específica (2) • Comentario: 8 Matemáticas: 8,5 Química: 8 • Inglés: 8 Química: 8 Biología: 8,5 • Historia: 8 Biología: 8,5 • Física: 8 Nota fase general: 8 Nota fase específica (1): Nota fase específica (2): 0,1 . 8,5 + 0,2 . 8,5 = 2,55 0,2 . 8 + 0,2 . 8,5 = 3,3 • Nota acceso: 0,4 . 8 + 0,6 . 8 = 8 • Nota admisión (1): 8 + 2,55 = 10,55 • Nota admisión (2): 8 + 3,30 = 11,30
Conclusiones acerca de la elección de materias Puesto que la nota de admisión está ponderada en función de los estudios a realizar, puede ocurrir que dos alumnos examinados de las mismas materias y con los mismos resultados tengan notas de admisión distintas. Cada alumno con los mismos exámenes puede generar una nota polivalente, plural, distinta según los estudios que solicite. El alumno necesitará una información amplia acerca de cómo se califica la fase general y la específica, así como conocer las ponderaciones de las distintas materias de modalidad en la titulación a la que desea acceder y los diferentes resultados que puede obtener en función de las materias de modalidad que elija. Esto exige una orientación personalizada de modo que cada alumno pueda decidir, antes de matricularse en segundo de Bachillerato y, posteriormente, en la Prueba, la “estrategia” a seguir más adecuada en su caso.
Cuestiones abiertas relativas a la “mejora de nota” En este sistema abierto, sin límite de convocatorias, con dos fases diferenciadas y con fecha de caducidad para algunas notas, el concepto de “mejora de nota” en sucesivas convocatorias es discutible, de difícil interpretación y suscita diversas preguntas: ¿Qué sentido tiene “mejora” en un modelo no cerrado? ¿En la fase general, se puede cambiar la materia de modalidad elegida por el alumno? ¿Un mismo alumno podría tener distintas notas de acceso general? ¿Se pueden cambiar las materias de modalidad en la fase específica? ¿En la fase específica, “calificación superior” se entiende en términos absolutos para cada materia, antes de la ponderación? ¿Y si las materias examinadas son distintas, cómo se mide la mejora?
Posibilidad de que el alumno vea los exámenes tras la segunda corrección Cuestiones y problemas que plantea: • Se puede colapsar el sistema si el número de solicitudes es muy alto. • No existe equidad con respecto a los que piden Reclamación, a los que no se les reconoce este derecho. • ¿Se trata de “ver” o de “revisar” el examen ? Esto último exige la presencia del corrector. Implicaría, entre otros, problemas con respecto al anonimato del alumno pues todavía le queda la posibilidad de solicitar Reclamación. • El plazo para ver el examen es de 5 días mientras que para solicitar Reclamación es sólo de 3. • El calendario global del acceso (solicitud de plaza, asignación, matrícula, etc) se puede retrasar considerablemente.
Algunas conclusiones Es imprescindible el trabajo continuo y coordinado entre Universidad, Centros de Secundaria y Administración. Esta acción conjunta debe velar por: garantizar los principios de igualdad, capacidad y mérito respetar sus opciones múltiples regular el desajuste entre demanda y oferta apostar por la calidad de opción y la mejora del rendimiento académico En esta acción conjunta es prioritario: informar de forma precisa y regular sobre la oferta universitaria orientar a los alumnos acerca de los requisitos, habilidades, capacidades básicas necesarias para cada titulación o grupos de titulaciones afines.
Muchas gracias por su atención… vicerrectorado de ordenación académica y espacio europeo universidad de burgos