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Aspectos Legales en APH: Deberes y Derechos

Aspectos Legales en APH: Deberes y Derechos. Dr. Richard Peña Médico Especialista en Medicina de Emergencia y Desastres. LOS DEBERES. LOS DERECHOS. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Disposiciones Generales. Articulo 21. “ Todas las personas son iguales ante la Ley...”.

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Aspectos Legales en APH: Deberes y Derechos

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Presentation Transcript


  1. Aspectos Legales en APH:Deberes y Derechos Dr. Richard Peña Médico Especialista en Medicina de Emergencia y Desastres

  2. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  3. LOS DEBERES Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  4. LOS DERECHOS... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  5. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  6. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  7. Disposiciones Generales • Articulo 21. “Todas las personas son iguales ante la Ley...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  8. Derechos Civiles • Artículo 43. “El derecho a la vida es inviolable....” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  9. Órganos de Seguridad Ciudadana • Articulo 332. “...son de carácter civil y respetarán la dignidad y los derechos humanos, sin discriminación alguna”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  10. Derechos Sociales y de las Familias • Artículo 83. “La salud es un derecho social fundamental... Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  11. Ley de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter Civil Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  12. Disposiciones Generales: Finalidad • Art. 5.- Los Cuerpos de Bomberos... tienen por finalidad: • Salvaguardar la vida y los bienes de la ciudadanía...atendiendo... directa y permanentemente las emergencias... • Realizar la Atención Prehospitalaria a los afectados... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  13. Disposiciones Generales: Finalidad Atención Prehospitalaria • Art. 6: “... La realización de actos encaminados a proteger la vida de personas...en el lugar de ocurrencia de la emergencia hasta su llegada al centro de asistencia médica.” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  14. Ley del Ejercicio de la Medicina Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  15. Disposiciones Generales • Art. 3.- Los profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de la Medicina son los Doctores en Ciencias Médicas y los Médicos Cirujanos... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  16. De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina • Art. 114.- Ejercen ilegalmente: “... miembros de otras profesiones y oficios relacionados con la atención médica ... que prescriban drogas o preparados medicinales y otros medios auxiliares o de terapéutica, ..., o que sin haber recibido las instrucciones de un médico tratante o sin su supervisión, asuman el tratamiento de personas que ... deban estar bajo atención médica”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  17. De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina • Art. 114.- ...se exceptúan: • 2) “Las personas no autorizadas por esta Ley que en situaciones de urgencia, realicen ... actos encaminados a proteger la vida de una persona ...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  18. De las infracciones y del ejercicio ilegal de la medicina • Art. 114.- ...se exceptúan: • 3) La práctica o actuación del personal auxiliar, técnico sanitario o paramédico dentro de los limites de sus funciones, de conformidad con las instrucciones del médico ...” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  19. Del Secreto Médico • Art. 46.-”... El Secreto Médico es inviolable y el profesional está en la obligación de guardarlo. Igual obligación en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de medicina y a los miembros de profesiones y oficios paramédicos y auxiliares de la medicina”. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  20. Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  21. L.O.P.C.M.A.:Disposiciones Generales • Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: • Que garanticen todos los elementos del saneamiento Básico Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  22. L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales • Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: • Que presten toda la protección y seguridad a la salud y a la vida de los trabajadores contra los riesgos de trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  23. L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales • Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... en consecuencia: • ...Disfrute de un estado de salud físico y mental normales... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  24. L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales • Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: • Que garanticen el auxilio inmediato al trabajador lesionado o enfermo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  25. L.O.P.C.M.A.: Disposiciones Generales • Art. 6.- “... El trabajo deberá desarrollarse en condiciones adecuadas... En consecuencia: • ...disponibilidad de tiempo libre y comodidades necesarias para alimentación, descanso, esparcimiento..., así como para la capacitación técnica y profesional Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  26. L.O.P.C.M.A.: Capítulo II: Ambito de Aplicación • Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. • Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de losCuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  27. L.O.P.C.M.A.: Capítulo II: Ambito de Aplicación • Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones especificas. • Art 8: …se excluyen del ámbito de aplicación de la presente Ley: Los miembros de las fuerzas Armadas Nacionales y de los Cuerpos de Seguridad del Estadoen el Ejercicio de sus funciones especificas. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  28. Ley Orgánica del Trabajo Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  29. L.O.T.: Título IV: De las Condiciones de Trabajo • Artículo 185:El trabajo deberá prestarse en condiciones que: • a) Permitan a los trabajadores su desarrollo físico y psíquico normal; • b) Les dejen tiempo libre suficiente para el descanso y cultivo intelectual y para la recreación y expansión lícita; • c) Presten suficiente protección a la salud y a la vida contra enfermedades y accidentes; y • d) Mantengan el ambiente en condiciones satisfactorias. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  30. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  31. L.O.T.:Capitulo II: De la Jornada de Trabajo • Artículo 195:“… la jornada diurna no podrá exceder de 8 horas diarias, ni 44 semanales; la jornada nocturna no podrá exceder de 7 horas diarias, 40 semanales… Se considera jornada diurna entre las 5:00 a.m. y las 7:00 p.m. y jornada nocturna entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m.” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  32. L.O.T.: Capitulo II: De la Jornada de Trabajo • Artículo 199:”…prolongar la duración normal del trabajo en…: • b) Trabajos que por razones técnicas no pueden interrumpirse a voluntad…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  33. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  34. L.O.T.: Capitulo II: De la Jornada de Trabajo • Artículo 201: Cuando el trabajo sea necesariamente continuo y se efectúe por turnos, su duración podrá exceder de los límites diarios y semanal siempre que el total de horas trabajadas por cada trabajador en un período de ocho (8) semanas, no exceda de dichos límites. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  35. Proyecto de Ley de Salud y del Sistema Público Nacional de Salud Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  36. Red de Emergencias • Artículo 27.”…La Red de Emergencias está conformada por la atención primaria enurgencias, atención prehospitalaria móvil, los centros ambulatorios de urgencias nohospitalarios, las puertas hospitalarias de urgencias y las camas de terapia intensiva e intermedias…” Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  37. Trabajadores de la Salud • Artículo 37…se entiende por trabajadores de la saluda obreros, empleados, técnicos, y profesionales quelaboran en instituciones, órganos y establecimientos prestadores y ejecutores de programas de salud del Sistema Público Nacional de Salud. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  38. Sistema de Referencia y Contrarreferencia • Artículo 26. Cada centro de atención médica … debe asegurar el proceso de referencia y contrarreferencia … por medio de las centrales deregulación y con los documentos médicos correspondientes. El mismo debe incluir unaclara asignación de responsabilidades a un trabajador de la salud. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  39. Recertificación de los Profesionales y Técnicos de la salud • Artículo 74. Todos los profesionales y técnicos de la salud están obligados a actualizarperiódicamente sus conocimientos y competencias... Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  40. Información legal para los Profesionales y Técnicos de la salud • Artículo 40. Todos los trabajadores de la salud deben conocer los códigos, leyes, y demás normas que rigen la materia, para lo cual las instituciones del Sistema Público Nacional de Salud programarán y dictarán cursos especiales sobre estas materias dentro de sus planes de capacitación y adiestramiento. Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  41. Utilización de Fármacos en APH: Están Autorizados? Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

  42. Fármacos en APH • Cristaloides • Vasoactivos • Analgesicos • Esteroides • Antiemeticos • Antiespasmódicos • Material Quirurgico Sociedad Venezolana de Medicina de Emergencia y Desastres

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