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MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL

MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL. G.O. Extraordinaria Nº 6078 del 15 / junio / 2012 Artículos: 65 y 354 al 371. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL. Quienes la conforma: 1. Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control. 2.- Ministerio Público.

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  1. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL G.O. Extraordinaria Nº 6078 del 15 / junio / 2012 Artículos: 65 y 354 al 371

  2. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Quienes la conforma: 1. Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control. 2.- Ministerio Público. 3.- Defensa: Pública o Privada 4.- Sociedad: Consejos Comunales.

  3. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Competencia: • Delitos de acción pública cuya pena en el límite máximo sea inferior a los ocho (08) años de privación de libertad, con la excepción de delitos de mayor impacto social. • Acción de amparo constitucional a la libertad y seguridad personal.

  4. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Las Medidas de Coerción Personal Regla: Medidas Cautelares Sustitutivas (242) Excepción: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad (236), solo en caso de contumacia o rebeldía: Incomparecencia injustificada al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público. Violencia o intimidación comprobada para con víctimas o testigos. Incumplimiento de las medidas cautelares sustitutivas. Incurrir en la comisión de nuevo hecho punible.

  5. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Audiencia de Imputación Procedencia: • Después de investigación preliminar, dentro de las 48 horas siguientes a la citación del imputado individualizado. • Por aprehensión en flagrancia, la presentación debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes de la detención. Finalidad: • Imputación formal de los hechos que se atribuyen. • Verificar legitimidad de la aprehensión del imputado • Imposición de las medidas de coerción personal. • Imposición de las fórmulas alternativas de prosecución del proceso.

  6. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Formulas Alternas a la Prosecución del Proceso y Procedimiento por Admisión de los Hechos • Principio de Oportunidad Artículo 357 • Acuerdos ReparatoriosArtículo 357 • Suspensión Condicional Artículos 358 al 360 del Proceso • Procedimiento por Admisión Artículo 371 de los Hechos

  7. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Incumplimiento Acordado en la Audiencia de Imputación, se notifica al FMP a los fines de que presente el acto conclusivo dentro de los 60 días siguientes. Acordado en la Audiencia Preliminar, se notifica al FMP y se dicta sentencia por el procedimiento por admisión de los hechos. Archivo Judicial Procede luego de vencido el lapso de 60 días continuos, luego de notificado el FMP del incumplimiento o de la celebración de la audiencia de imputación.

  8. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL AUDIENCIA PRELIMINAR Artículo 365 FACULTADES Y CARGAS DE LAS PARTES Artículo 367 JUICIO ORAL Y PUBLICO Artículo 370

  9. MUNICIPALIZACION DE LA JUSTICIA PENAL Muchas gracias por la atención… Efraín Jesús Moreno Negrín

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