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Autor: Gustavo Aponte Santos. 2. I. MODELO DE ESTADO EN LA C.P. 1991 . MODELO SOCIALMODELO ECON
E N D
1. Autor: Gustavo Aponte Santos 1 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, LEY 489 DE 1998 Y ESTADO SOCIAL DE DERECHO
EL MODELO DE ESTADO EN LA C.P. 1991
II. LA “CONSTITUCION ADMINISTRATIVA”- CARACTERISTICAS
III. LA ADMINISTRACIÓN FRENTE A LOS DERECHOS DE LOS ADMINISTRADOS
2. Autor: Gustavo Aponte Santos 2
3. Autor: Gustavo Aponte Santos 3 1. MODELO SOCIAL(Tendencia Modificación del Estado Benefactor) Consagración de derechos fundamentales – tutela (Art. 86 C.P.)
Consagración de derechos sociales- Popular- Grupo (Art. 87 C.P.)
Flexibilización régimen laboral. (Ley 50/90).
Seguridad social – Desmonopolización (Art. 48 C.P Ley 100/93).
Servicios Públicos Domiciliarios- Desmonopolización. (Art. 365 C.P Ley 142/94).
Educación- desregulación (Art. 67, 68 y 69 C.P).
Subsidios a la demanda. (Ley 100/93, ley 142/94).
Principio de solidaridad (Art. 1 C.P).
4. Autor: Gustavo Aponte Santos 4 DERECHOS FUNDAMENTALES Vida.
Integridad Personal.
Libertad e Igualdad ante la Ley.
Personalidad Jurídica.
Intimidad. Habeas data.
Libre Desarrollo de la Personalidad.
Libertad de Conciencia.
Libertad de Cultos, Expresión e Información.
Honra.
Paz.
Petición.
Circulación y Residencia.
Trabajo.
Asociación.
Sindicalización
Libertad de Enseñanza, aprendizaje, Investigación y Cátedra.
Libertad Personal.
Debido Proceso.
Habeas Corpus.
Doble Instancia.
Aprehensión en Flagrancia.
No autoincriminación.
Prohibición al destierro, Prisión Perpetua y Confiscación.
Asilo.
Reunión y Manifestación.
Participación.
Libertad de escoger Profesión, Ocupación, Arte u Oficio.
5. Autor: Gustavo Aponte Santos 5 GARANTIAS PARA MATERIALIZARLOS
DEFINICION DE LOS FINES ESENCIALES DEL ESTADO.
RAZON DE SER DE LAS AUTORIDADES PUBLICAS: PROTEGER LOS DERECHOS.
MECANISMOS DE PROTECCION JUDICIAL SI SE DESCONOCEN EN SEDE ADMINISTRATIVA. (ACCION DE TUTELA)
6. Autor: Gustavo Aponte Santos 6 2. MODELO ECONÓMICO (Tendencia Desmonte del Estado Proteccionista- Empresario) Librecambista (Art.333 C.P.)
Actividad económica e iniciativa privada
libres. (art.333 C. P.).
Libre competencia. (Art.333 C. P).
Limite a la creación de monopolios estatales. (Art. 336 C.P)
Intervención del Estado limitada (regular y controlar) (Art. 150.21, 334).
Privatizaciones. (Art.60 y 336 C. P).
7. Autor: Gustavo Aponte Santos 7 3. MODELO NORMATIVO(Tendencia Desmonte del Estado Autoregulador) Desregulación. Elimina trámites, elimina funciones. Eficiencia. (art. 84 y 333 C.P.).
Regulación para promover la competencia (Art. 333 C.P). Ley 489. Art. 48.
Estructura del Estado: Compleja.
Estructura Rama Ejecutiva: Flexible: (Supresiones, fusiones, reestructuraciones)
8. Autor: Gustavo Aponte Santos 8 4. MODELO DE RELACIONES CENTRO – PERIFERIA(Tendencia- Descentralista)
1) Política: (Art.260 C.P)
2) Administrativa: (Art.356-357 C.P)
3) Fiscal: (Art. 356-357 C.P)
9. Autor: Gustavo Aponte Santos 9 II. LA CONSTITUCION ADMINISTRATIVA- CARACTERISTICAS CONJUNTO DE PRINCIPIOS Y NORMAS CONSTITUCIONALES QUE SE REFIEREN A LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA. (PRINCIPIOS ORIENTADORES- ESTRUCTURA- SERVIDORES PUBLICOS- CARRERA ADMINISTRATIVA- SISTEMA SALARIAL- RESPONSABILIDAD-FUNCIONAMIENTO, ETC.).
NUEVO MODELO DE ADMINISTRACION PUBLICA.
10. Autor: Gustavo Aponte Santos 10 1) CARACTERÍSTICAS NUEVO MODELO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PROPIOS.
TENDENCIA PRIVATISTA.
ESTRUCTURA FLEXIBLE.
11. Autor: Gustavo Aponte Santos 11 a. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES PROPIOSDE LA FUNCION ADMINISTRATIVA
12. Autor: Gustavo Aponte Santos 12 b. TENDENCIA PRIVATISTA
1) Administración por colaboración.
(privatización de la gestión pública).
2) Privatización del régimen legal de la entidad pública o del sector económico
3) Privatización del capital público
13. Autor: Gustavo Aponte Santos 13 1) Administración por colaboración (Privatización de la gestión pública)Art. 123.3 y Art. 210. C.P “(...) Los particulares pueden cumplir funciones administrativas en las condiciones que señale la ley”.
i) Por orden legal
El legislador dispone directamente que personas privadas presten una función o servicio público.
Cámaras de comercio (Registros mercantil, provedores, Entidades sin ánimo de lucro)
Curadores (licencias construcción)
Gremios Transporte (tasa)
Universidades privadas (exámenes)
ii) Por contratos
- Concesiones
-Prestación de servicios
iii) Convenios previo acto administrativo
- Artículos 110 y ss. de la
ley 489 de 1998
iv) Convenios de asociación (Art 96 Ley 489 de 1998).
14. Autor: Gustavo Aponte Santos 14 2) Privatización del régimen legal de la entidad pública o del sector económico Por cambio de naturaleza jurídica.
La ley cambia la naturaleza de un organismo que se regía por el derecho público, a otro tipo de ente en el cual prevalece el derecho privado.
Transformación de Establecimientos Públicos a E.I.C.E.,(Art. 20 T.)
E.S. E. S: Ley 100 de 1993. Idem.
E.O.S.P.D.: Ley 142 de 1993. idem.
Filiales de entidades financieras: ley 45 de 1990. Multibanca.
Transformación de E.I.C.E a S.E.M
ii) Privatización del régimen legal por desmonopolización.(Desregulación)
Apertura a la competencia privada de sectores tradicionalmente operados y regulados por el Estado
Telecomunicaciones: leyes 142 y 143 de 1994.
Puertos: ley 1 de 1991.
Salud, pensiones y riesgos profesionales: ley 100 de 1993.
Telefonía, agua, luz, gas, aseo: ley 142 de 1994.
Televisión: ley 182 de 1995.
15. Autor: Gustavo Aponte Santos 15 3) Privatización del capital Público Concepto:
Transferir total o parcialmente la propiedad del capital accionario público a manos privadas
Mandato constitucional:
Artículos: 60, 150-9 y 336-7
Desarrollo legal:
Ley 226 de 1995
Ejemplos: Bancos oficiales, hidroeléctricas, termoeléctricas.
16. Autor: Gustavo Aponte Santos 16 c. ESTRUCTURA FLEXIBLEParte Estática
Conserva los elementos básicos de reforma administrativa de 1968. Sector Central y Sector descentralizado por servicios.
Se diversifica el sector descentralizado con nuevas figuras:
-Superintendencias y U.A.E. con personería jurídica, entidades de régimen especial como las ESES, las EOSPD, los Institutos de Ciencia y Tecnología (Derecho Privado).
Regulación de las sociedades públicas y las filiales de S.E.M y E.I.C.E. (Derecho privado).
Creación de comisiones reguladoras de la competencia.
Organismos de régimen especial, autónomo o propio: Banco de la República-Comisión Nacional de Televisión-Corporaciones Autónomas Regionales. CAR-Entes universitarios autónomos-Comisión Nacional del Servicio Civil
17. Autor: Gustavo Aponte Santos 17 c. ESTRUCTURA FLEXIBLEParte Dinámica i) Nuevos poderes permanentes del Presidente. Art. 189.15.16 C. P.
Decretos para:
SUPRIMIR Art. 52 ley 489 de 1998.
-Causales (ineficiencia) - Límites: No ministerios ni departamentos administrativos. No organismos autónomos.
FUSIONAR ART 2. Ley 790 de 2002.
-Causales: ineficiencia. - Límites: Traslado de tasas. Traslado de funciones jurisdiccionales.
REESTRUCTURAR Art. 54 (marco) Ley 489 de 1998. Busca eficiencia y racionalidad de la gestión pública.
ii) Desregulación de procedimientos.
iii) Utilización de métodos de gerencia privada.
iv) Transformación en los sistemas de control.
18. Autor: Gustavo Aponte Santos 18 III. LA ADMINISTRACION FRENTE A LOS DERECHOS DEL ADMINISTRADO. DIAGNOSTICO. Tendencia al no reconocimiento de derechos ciertos.
Desactualización C.C.A. 1984. Libro I.
Debilidad de los sistemas de control. Superint.
Tensión en la aplicación de los principios (Principio eficiencia vs. Principio garantista).
Alcance de la administración por colaboración. Evaluar la administración compartida.
La modernización ¿para qué?.
19. Autor: Gustavo Aponte Santos 19 LA EXIGENCIA ESENCIAL A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; (...)
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