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Logros y Retos de la Regulación para el acceso 2009 - 2010. CONGRESO DE ACCESO A SERVICIOS FINANCIEROS, SISTEMAS Y HERRAMIENTAS DE PAGO ASOBANCARIA. Roberto Borrás Polanía Superintendente Financiero. Cartagena, 12 de marzo de 2010. Índice.
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Logros y Retos de la Regulación para el acceso 2009 - 2010 CONGRESO DE ACCESO A SERVICIOS FINANCIEROS, SISTEMAS Y HERRAMIENTAS DE PAGO ASOBANCARIA Roberto Borrás PolaníaSuperintendente Financiero Cartagena, 12 de marzo de 2010
Índice • Reflexiones Iniciales. Lo que planteamos en 2009. • Modelo y arquitectura regulatoria para la profundización de Banca Móvil, eBanking y Sistemas de Pago. • Ajustes normativos para la Banca Móvil. • Perspectivas de la regulación prudencial y de gestión de riesgos para las microfinanzas
1. Reflexiones Iniciales. Agosto 2009 La Arquitectura del sistema para la profundización de Servicios Financieros y el desarrollo de Sistemas y Herramientas de Pago • Licencia especial para microfinancieras? • Entidades autorizadas para el desarrollo de actividades de Mbanking – Ebanking. • Monedero electrónico y tarjetas prepagadas en establecimientos de crédito. Operación autorizada? • Retos: Regulación postal y la regulación frente a la proliferación de tarjetas prepagadas emitidas por entidades no bancarias para uso en múltiples establecimientos.
Reflexiones Iniciales. Agosto 2009 Ajustes Normativos para la Banca Móvil • Régimen Simplificado frente a requerimientos de normativa SARLAFT • Autorización para la vinculación de clientes para productos de Banca Móvil a través de CNB • Ajuste a los requisitos establecidos en la Circular Externa 052 (Riesgo Operativo) en materia de seguridad en el manejo de la información e información previa sobre costos de las transacciones. Regulación para la actividad de Microcrédito • Ajustes a la norma SARC. Proceso de Otorgamiento. • Provisiones. Modelo y componente contracíclico. • Revisión del régimen de garantías admisibles. • Requerimientos prudenciales y otras cargas.
2. Modelo y Arquitectura. Licencias especiales? ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO OPERACIONES AUTORIZADAS Establecimientos bancarios Corporaciones financieras Compañías de financiamiento Cooperativas financieras CAPTACIÓN - COLOCACIÓN
Microfinancieras. Licencia especial? CAPITAL MONTOS MÍNIMOS DE CAPITAL PARA LA CONSTITUCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO *Aportes sociales mínimos ESTUDIO DE FACTIBILIDAD • Estudio de mercado • Descripción de riesgos inherentes • Estructura funcional • Plataforma tecnológica • Recurso humano
2. Modelo y Arquitectura • Licencia especial para microfinancieras? La gama de licencias de establecimientos de crédito en la regulación es suficiente. • Licenciamiento para Mbanking – ebanking y sistemas de pago: La generalidad de operaciones son servicios financieros (captación o actividades propias de sistemas de pago de bajo valor). Requieren licenciamiento de la SFC. Modelo no bancario o mixto: • Captación y manejo del ahorro público: Supervisión financiera. • Colombia: Inconveniencia de supervisión compartida o de las “unidades financieras” en instituciones no vigiladas: - Idéntica a la supervisión financiera. Requerimientos patrimoniales y prudenciales. Separación orgánica
Monedero y otros instrumentos de pago electrónico Doctrina SFC:Las entiende como actividades realizadas por los establecimientos de crédito en virtud de la celebración de un contrato bancario de depósito de dinero (depósito simple). SFC: Estos productos no deben estar necesariamente vinculados a contratos de cuenta corriente o de ahorros. La regulación especial podría caracterizar mejor la actividad pero no es estrictamente necesaria para darle “soporte” normativo y contractual a ciertas actividades de los establecimientos de crédito. Regulación: Facultad reglamentaria o art. 48 EOSF
Monedero y otros instrumentos de pago electrónico La regulación legal especial podría caracterizar mejor la actividad pero no es estrictamente necesaria para darle “soporte” normativo y contractual a ciertas actividades de los establecimientos de crédito. Regulación: Puede desarrollarse a través de la Facultad reglamentaria o el art. 48 EOSF Operaciones a través de monederos, tarjetas prepagadas y otros instrumentos: Deben estar sometidas a reglas especiales en materia de SARLAFT, SARO y seguridad en canales.
Monedero Electrónico y otros instrumentos Normas Especiales Estatuto Orgánico del Sistema Financiero “Artículo 2°. ESTABLECIMIENTOS DE CRÉDITO 1. Modificado por el artículo 54 de la Ley 454 de 1998. Los establecimientos de crédito comprenden las siguientes clases de instituciones financieras: establecimientos bancarios, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda, compañías de financiamiento comercial y cooperativas financieras. Se consideran establecimientos de crédito las instituciones financieras cuya función principal consista en captar en moneda legal recursos del públicoen depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.
Monedero Electrónico y otros instrumentos 2. Establecimientos bancarios. Son establecimientos bancarios las instituciones financieras que tienen por función principal la captación de recursos en cuenta corriente bancaria, así como también la captación de otros depósitos a la vista o a término, con el objeto primordial de realizar operaciones activas de crédito”. “Artículo 7°. OPERACIONES 1. Operaciones autorizadas. Todo establecimiento bancario organizado de conformidad con este Estatuto tendrá las siguientes facultades, con sujeción a las restricciones y limitaciones impuestas por las leyes: a) Descontar y negociar pagarés, giros, letras de cambio y otros títulos de deuda; b) Recibir depósitos en cuenta corriente, a término y de ahorros, conforme a las previsiones contenidas en el Código de Comercio y en el presente Estatuto;”
2. Modelo y Arquitectura Giros Nacionales e Internacionales en el marco de la actividad Postal • Debe haber una mayor convergencia a estándares propios de una actividad que implica el manejo de recursos del público. • Evitar arbitraje. Competencia con para instituciones financieras pero con cargas regulatorias similares. Lo que debe prevalecer es la operación segura y la protección al consumidor. • Requisitos en materia de riesgos operativos, de LAFT y de condición patrimonial según el número y monto de operaciones.
2. Modelo y Arquitectura Tarjetas prepagadas de bienes y servicios para uso múltiple (en varios establecimientos): No es una actividad de captación pero puede ser generadora de riesgos en la medida en que se convierta en un “cuasi sistema” de pago de bajo valor que prolifere masivamente. Con operaciones creciendo en volumen, monto y usuarios deben considerarse ajustes a las normas que definen y regulan los SPBV para propiciar la trazabilidad, control y protección a los consumidores en esos esquemas. Se están efectuando los estudios para establecer una regulación técnica y que establezca límites. (Restringir únicamente al bien o servicio ofrecido por quien emite la tarjeta?)
3. Ajustes normativos para Banca Móvily otras operaciones Sistemas de Administración de Riesgos Dentro del proceso de identificación de las posibles barreras que se presentan para el desarrollo de algunas operaciones, las entidades han expresado que algunos de los sistemas de administración de riesgo y otras normas de carácter particular, pueden constituirse en obstáculos para la bancarización, a saber: • Sistema de Administración del Riesgo Operativo –SARO-. • Instrucciones relacionadas con los requerimientos mínimos de seguridad y calidad en el manejo de información a través de medios y canales de distribución de productos y servicios para clientes y usuarios -CE 052 de 2007-. • Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo –SARLAFT-.
C.E. 052 Motivación de la expedición de la C.E. 052/07- Seguridad y calidad de la información • La evidencia histórica demostró que algunas entidades debían atender de manera más adecuada el riesgo tecnológico asociado a los canales e instrumentos con los que se realizan operaciones y en algunos casos los costos derivados de estos eventos debían ser asumidos por el consumidor financiero. • La dinámica tecnológica en el sistema financiero exigía actualizar y establecer niveles mínimos sobre los cuales debían operar las entidades vigiladas. • La asimetría en los estándares de seguridad y calidad de la información en las entidades vigiladas, promovió que el supervisor impartiera instrucciones especificas en la materia.
Transaccionalidad Es evidente el impacto general que tuvo la entrada de la CE 052 en el número de quejas de los consumidores financieros. Mientras que las transacciones crecen en un 5%, las quejas disminuyeron en un 28% (variaciones entre el segundo semestre del 2008 y 2009).
Transacciones Vs Quejas Cajeros automáticos es uno de los canales con mayor reducción en el número de quejas: 35%, mientras que el número de transacciones disminuyó en el 3% (variaciones entre el segundo semestre del 2008 y 2009).
Transacciones Vs Quejas En datáfonos las quejas disminuyeron 16% y el número de transacciones aumentó 10% (variaciones entre el segundo semestre del 2008 y 2009).
Transacciones Vs Quejas Audio Respuesta es el canal con mayor incremento en el número de quejas, 74%, mientras que las transacciones disminuyeron 30% (variaciones entre el segundo semestre del 2008 y 2009). Las transacciones en Corresponsales No Bancarios se incrementaron en 170% y se recibieron 112 quejas (segundo semestre de 2009).
Transacciones Vs Quejas Es evidente el avance que ha tenido el canal de Telefonía Móvil al presentar un incremento en el número de transacciones del 72%, mientras que las quejas disminuyeron en el 50% (variaciones entre el segundo semestre del 2008 y 2009).
Banca Móvil e Innovación El desarrollo de nuevas tecnologías hace necesario que el supervisor estudie la operatividad en Colombia e instruya dicho funcionamiento: Banca móvil • Qué tipo de operaciones y transacciones se pueden realizar por las diferentes tecnologías de banca móvil, (SMS, STK, USSD, JAVA o WAP), etc. • Establecer los requerimientos técnicos que debe cumplir una plataforma de banca móvil para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de las transacciones en todo el ciclo operativo. • Establecer los modelos y esquemas de seguridad que deben ser implementados como mínimo para prevenir los riesgos operativos asociados a cada producto. • Establecer las condiciones tecnológicas mínimas para que los bancos puedan implementar adecuadamente sus modelos de negocio. Pagos rápidos sin contacto
Supervisión Información Comisiones El análisis sobre la conducta competitiva en materia de comisiones en tarjetas (competencia de la SIC), requiere un insumo de información precisa y consistente. En 2009 la SFC realizó supervisión in situ y extra situ Actividad SFC • Verificación consistencia en la información • Seguridades en el proceso de generación y cargue de información de TII Emisor/Adquirente y CA • Evaluar la información sobre conceptos en los cuales las entidades jusificaban las diferencias en los reportes y que se referían a: - Corte de información reportada por las redes y el de recepción y registro en los bancos, - Transacciones de colombianos en el exterior y de extranjeros en Colombia, - Movimiento propio, reversos, rechazos, anulaciones y reclamaciones y movimiento manual.
Comisión de adquirencia: Formato 466 Tarjeta de crédito
Comisión de adquirencia: Formato 466 Tarjeta débito
4. Regulación para las Microfinanzas Regulación Prudencial
Core principles para microfinancieras Las actividades de microfinanzas han venido ganando importancia no solo en Colombia sino a nivel mundial. Estas actividades son adelantadas por entidades con diferentes niveles de organización y supervisión que incluyen los bancos, compañías de financiamiento comercial, cooperativas financiera y otro tipo de organizaciones. El Comité de Basilea circuló a principios de año un documento para comentarios sobre las actividades de microfinanzas y los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz, el cual contiene una serie de consideraciones sobre las características particulares de esta actividad pero también sobre la necesidad de que ella cuenta con un marco apropiado de regulación y supervisión.
Core principles para microfinancieras Aunque los principios ofrecen una estructura básica para supervisores de actividades de microfinanzas, a través del análisis surgieron cuatro temas para ellos respecto de su aplicación. En particular la necesidad de: • Asignación eficiente de los recursos de supervisión para microfinanzas, especialmente donde la participación de esta actividad en el sistema financiero no es alta pero compromete un número grande de pequeñas instituciones. • Desarrollar un conocimiento especializado dentro del equipo supervisor para evaluar efectivamente el riesgo de actividades de microfinanzas, particularmente los micropréstamos. • Reconocer controles y prácticas gerenciales que puedan diferir de la banca tradicional pero puedan adaptar a negocios de microfinanzas en pequeñas y grandes instituciones. • Alcanzar claridad en la regulación respecto de las actividades de microfinanzas permitidas a diferentes tipos de instituciones y mantener flexibilidad para tratar con casos individuales.
Reflexiones finales • Arquitectura: La regulación debe propiciar cada vez mayor claridad en relación con cuáles actividades pueden ser realizadas por las instituciones. Hay que reducir o eliminar los arbitrajes. • Por la arquitectura del sistema financiero, la tradición regulatoria colombiana y las experiencias recientes en materia de captación y manejo de recursos del público, Colombia debe seguir y consolidar un modelo de prestación de servicios financieros realizado exclusivamente por entidades sometidas a la supervisión financiera. • La Superintendencia Financiera reprime con severidad el ejercicio no autorizado de operaciones y privilegia el enfoque prudencial en la forma de analizar los “nuevos modelos “ que se someten a su consideración. • La SFC considera que hay sustento legal y contractual claro para la realización de operaciones como las efectuadas a través de monederos electrónicos, sin estar necesariamente vinculadas a otros contratos. La regulación especial de estas puede mejorar su manejo operativo y s masificación.
Reflexiones finales • Reglas de Gestión de Riesgos: Hay receptividad de la SFC para la consideración de reglas especiales en ciertos servicios financieros a través de los cuales se promueve el acceso. No obstante, debe haber reglas mínimas imperativas que propicien un manejo razonable de los riesgos (operativo, SARLAFT, protección al consumidor). • Eficiencia: No sólo reducción en carga regulatoria. • Es evidente la forma como las reglas han redundado en mejores niveles y condiciones de prestación de servicios. • La Banca Móvil es una opción de acceso evidente. La SFC evaluará permanentemente los estándares que requiere su prestación segura. • La actividad Microfinanciera requiere algunas consideraciones regulatorias especiales, pero no en materia de licenciamiento o reglas patrimoniales atenuadas. Se deben desarrollar prácticas especiales para la gestión del riesgo de crédito y un enfoque supervisor que considere esas particularidades.