110 likes | 292 Views
ESTADÍSTICAS. BASE LEGAL VISAS. El régimen de visas en Colombia está regulado por el Decreto 0834 de 2013, “Por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia”. VISAS. ESTADÍSTICAS REFUGIO.
E N D
BASE LEGAL VISAS El régimen de visas en Colombia está regulado por el Decreto 0834 de 2013, “Por el cual se establecen disposiciones en materia migratoria de la República de Colombia”
ESTADÍSTICAS REFUGIO El objetivo de la estadística es tener una lectura general año por año de las solicitudes de refugio que se presentan ante el gobierno colombiano y al mismo tiempo tener conocimiento del número de solicitantes que son reconocidos y no reconocidos bajo la condición de refugiado discriminando según nacionalidad y número de personas que hacen la solicitud. Esta información es compartida con dependencias de la cancillería y otras entidades que tienen que ver exclusivamente con el tema del refugio, debido a que de conformidad con el artículo 24 del decreto 4503 de 2009, los documentos relacionados con el trámite de refugio tienen carácter RESERVADO. Las cifras que maneja la Secretaría Técnica en el tema de refugio son actualizadas una vez es admitida una solicitud por la Secretaría Técnica para su estudio. A continuación se presentan las cifras de los años 2010, 2011, 2012 y 2013.
ESTADÍSTICAS REFUGIO Los casos presentados durante el 2013 aún no cuentan con una decisión final por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores debido a que aún se encuentran en estudio.
TRATA DE PERSONAS • Las cifras de casos de trata de personas (externa) que maneja la Cancillería se elaboran con base en los reportes de víctimas asistidas desde la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al ciudadano. • La ayuda se asume cuando el Consulado identifica a la víctima o esta por su propia voluntad pone el caso en conocimiento, o por las autoridades del Estado receptor, los familiares de la víctima, organizaciones internacionales, etc.
TRATA DE PERSONAS • Una vez llevado a cabo el primer paso (Identificación de la víctima), la correspondiente oficina consular en coordinación con las autoridades locales y la OIM, busca protección y asistencia inmediata de la victimas, procurando proporcionarle seguridad, alojamiento y asesoría jurídica, principalmente. • El Consulado solicita a la víctima, el diligenciamiento de un formato de reporte de caso, que contiene el testimonio o la declaración del connacional en el que manifiesta ser una presunta víctima del delito de trata de personas.
TRATA DE PERSONAS • El formato diligenciado es enviado a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería. • Luego de confirmar la existencia de un presunto caso de trata, la OIM gestiona de manera inmediata la repatriación de la victima a Colombia. • El Consulado coordina desde el exterior todo lo pertinente con la repatriación de la víctima, y cuando es necesario expide un documento de viaje, teniendo en cuenta que es usual que las redes de trata retengan los documentos de identificación.