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CONECTAMEF PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. Ministerio de Economía y Finanzas. Mayo 2013. Constitución (Art. 197º). Marco Legal. Ley de Bases de la Descentralización. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Marco del Proceso Participativo
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CONECTAMEFPRESUPUESTO PARTICIPATIVO Ministerio de Economía y Finanzas Mayo 2013
Constitución (Art. 197º) Marco Legal Ley de Bases de la Descentralización Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Orgánica de Municipalidades Ley Marco del Proceso Participativo y su Reglamento El Presupuesto Anual de la República es descentralizado y participativo Art. 20º Gestión del GR se rige por el PDDRC y el Presupuesto Participativo Art. 32º PDDLC y Presupuestos Participativos Lineamientos Generales para el proceso Ordenanza Regional, Provincial o Distrital que aprueba el inicio del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2013 “Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo basado en Resultados ”
¿QUE ES? Es el proceso donde se ponen de acuerdo LAS AUTORIDADES y los REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL para precisar: • Que resultados se quieren obtener. • En qué y cómo se invertirán los recursos del gobierno local o regional
BENEFICIOS Priorizar los resultados que la población necesita para mejorar su calidad de vida. Proyectos en función a resultados priorizados. Mejorar relación entre población y gobierno local/regional. Compromiso de los actores para el cumplimiento del PDC. Realizar el seguimiento, control y vigilancia de los resultados. Hacer realidad la agenda del desarrollo territorial.
Financiamiento de los Proyectos del Presupuesto Participativo. SOCIEDAD CIVIL Municipalidad El Alcalde de la Municipalidad informa el porcentaje del presupuesto institucional en gasto de inversión que corresponderá al Presupuesto Participativo. Participan a través de recursos financieros, materiales, mano de obras u otros similares. Otros aportes de ONG’s , Cooperación Internacional, entre otros.
FINANCIAMIENTO PUBLICO Para establecer el porcentaje de presupuesto público asignado al PP, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: Los ingresos de la institución Los montos efectivamente transferidos por el MEF en el año anterior. Los montos estimados del PIA del año fiscal correspondiente que publica el MEF en Junio. Los gastos de la institución: La cobertura de obligaciones (pago del personal, obligaciones sociales, previsionales, el servicio de deuda pública, la prestación de servicios básicos. Continuidad de proyectos en ejecución. Recursos para los Programas Estratégicos del PPR priorizados Gastos de operación y mantenimiento.
CARACTERISTICAS • Basado en resultados • Equitativo • Proyectos integrales y viables
RESULTADO Es el cambio en una característica o situación que afecta a una población. Son las mejoras en la calidad de vida de la población o en el bienestar del ciudadano. Está vinculado a la solución de un problema prioritario de la población. ¿Qué es el Presupuesto por Resultados? Planificación Lo que queremos alcanzar en términos de resultados Articulación de acciones y actores PpR Presupuesto En que vamos a gastar para alcanzar lo que queremos
Fase 1: PREPARACION
Comunicación, Sensibilización y Convocatoria: • Comunicar masivamente a fin que la población participe a través de sus representantes y se encuentre debidamente informada de los avances y resultados del proceso. • Se pueden utilizar diversos medios masivos: • Portales electrónicos • Correos masivos • Radio • Periódicos • Entre otros Se debe tener en cuenta el uso de lenguas nativas
Identificación y registro de agentes participantes: • El Gobierno Regional o Gobierno Local dispondrá de formas de registro de los Agentes Participantes complementarias a las ya existentes, formalizando la presencia de grupos sociales territoriales, organizaciones temáticas y funcionales; vinculados a los ejes de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado
Fase 2: CONCERTACION
FASES 2 - CONCERTACIÓN Presentación de avances en el logro de los objetivos del PDC. Primer momento Si el equipo técnico lo considera necesario los objetivos del PDC podrán ajustarse a resultados. Desarrollo de Talleres de Trabajo Identificación y priorización de resultados, para lo cuál se presenta el diagnóstico. Evaluación técnica de Proyectos. Los proyectos deben contar con viabilidad. Segundo momento Priorización de proyectos de inversión. Formulación de Acuerdos y compromisos Ley Nº 29298 – Ley que Modifica la Ley Marco del Presupuesto Participativo
Evaluación técnica de Proyectos: El objetivo de este paso es la evaluación técnica de la cartera de proyectos que tiene la entidad y que deben ser propuestos para contribuir al logro de los resultados priorizados. Para ello el equipo técnico deberá analizar la cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados, verificar si cuentan con viabilidad o informe técnico favorable para las entidades que no están en el SNIP, constatar su videncia y si guardan relación con los criterios de alcance, cobertura y monto de inversión establecidos en el Decreto Supremo No 097-2009-EF y el Decreto supremo no 132-2010-EF que lo modifica.
Formalización de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo : Equipo técnico elabora el Acta de Acuerdos. Presidente Regional o Alcalde presenta los resultados del Presupuesto Participativo. Suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos por todos los agentes participantes. Conformación del Comité de Vigilancia.
Fase 3: CONCERTACION
Coordinación entre niveles de gobierno • Consiste en que los gobiernos regionales organicen los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria con los gobiernos locales de su jurisdicción en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos.
Fase 4: FORMALIZACION
Formalización • En esta fase Los acuerdos y compromisos adoptados en el Proceso Participativo, se formalizan en el mes de junio. • Los proyectos deben ser incluidos en el presupuesto institucional del gobierno correspondiente para su aprobación por el Consejo Regional y Concejo Municipal, según corresponda.
La Rendición de Cuentas debe ser correspondiente al ejercicio del año anterior deberá realizarse más tardar en el mes de marzo, siendo responsabilidad del Alcalde, esto constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente.
EJEMPLOS DE LO QUE NO SE DEBE HACER