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Tratado de libre comercio unión europea- méxico TLCUEM. Antecedentes. 1975, Acuerdo de Comercio y Cooperación En 1991, México inició y sostuvo un acuerdo marco de cooperación con la entonces Comunidad Económica Europea (CEE).
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Antecedentes • 1975, Acuerdo de Comercio y Cooperación • En 1991, México inició y sostuvo un acuerdo marco de cooperación con la entonces Comunidad Económica Europea (CEE). • En mayo de 1995, Se iniciaron rondas de negociación para establecer un nuevo tratado , Declaración Solemne Conjunta, que debería incluir el diálogo político, la cooperación amplia y la liberalización comercial bilateral en el marco de la OMC • En 1997, ambas regiones suscribieron tres documentos preliminares: • Un acuerdo general de asociación económica, concertación política y cooperación • Un acuerdo interino sobre asuntos relacionados con el comercio, y • Una declaración conjunta que establecía las bases para una negociación futura sobre servicios, movimientos de capital y propiedad intelectual
El Tratado de Libre Comercio se firmó y está vigente desde julio de 2000 • La Unión Europea condicionó el tratado comercial a la consolidación de un acuerdo general de asociación económica, concertación política y cooperación.
Es un Acuerdo de Asociación Económica Concertación política y Cooperación entre los estados miembros de la Unión Europea y los Estados Unidos Mexicanos. TLCUEM Objetivos Crear un espacio comercial en un contexto de integración multinacional a través del establecimiento de una Zona de Libre Comercio para la apertura de oportunidades externas de desarrollo.
Decisión referida al Acuerdo de asociación: Parte I • Comercio de servicios : • Inversión y pagos relacionados • Propiedad intelectual • Solución de controversias (Temas de parte I) • Decisión 2/2000 del Consejo Conjunto Comunidad europea México. Parte II • Libre circulación de bienes • Compras del sector público • Competencia • Mecanismo de consulta para asuntos de propiedad industrial • Solución de controversias (Temas de parte II)
Características Contiene 11 capítulos de los cuales son: • Acceso a mercados • Reglas de Origen • Normas técnicas • Normas sanitarias y fitosanitarias • Salvaguardas • Inversión y pagos relacionados • Comercio de servicios • Compras del Sector Público • Competencia • Propiedad Intelectual • Solución de controversias 1. Acceso a mercados [Parte II art 3-14] • Principios generales: Desgravación arancelaria • Calendarios de desgravación arancelaria, productos industriales, agrícolas y pesqueros. [4-10] • Medidas no arancelarias [11-12] • Trato nacional en materia de tributación y de reglamentación interiores • Medidas antidumping y compensatorias. Adhesión a los principios de la OMC
Eliminación gradual y reciproca de aranceles de importación En el TLCUEM, los bienes comercializables se clasifican en dos categorías principales: • Bienes industriales • Productos agrícolas • 2010 :50% en México y 74% UE + Preferencias parciales + Cláusula de revisión 2. Reglas de Origen Reglas para determinar que bienes gozarán de las preferencias arancelarias. Elaborados con insumos originarios o realizados con insumos no originarios de ambos socios siempre y cuando dichos insumos sean transformados de manera significativa en el territorio de alguna de ellas.
3. Normas Técnicas [Parte II: art. 19] Destinadas a la protección del consumidor, la salud, el ambiente, y la seguridad pública. Sin crear obstáculos injustificados al comercio o discriminación. Inciso 4: Cooperación bilateral científica 4. Medidas sanitarias y fitosanitarias [Parte II:2 art . 20] Las partes confirman sus derechos y obligaciones establecidos en el acuerdo de Ms y F de la OMC. Mecanismo que brinda apoyo para enfrentar daño serio o amenaza de daño a productos nacionales por incrementos sustanciales en las importaciones. • Aplicación por un periodo máximo de 3 años • Δ M→ Daño 6. Inversión y pagos relacionados [Parte I_III_art 28-35] 5. Salvaguardas [Parte II: art 15] Promover la inversión y diseñar esquemas para llevar acabo inversiones conjuntas con énfasis en las PYMES. artículo 31 Titulo III enfrenten dificultades fundamentales de balanza de pagos, o una amenaza inminente de la misma, podrán adoptar medidas restrictivas con respecto a pagos, incluyendo transferencias de montos por concepto de la liquidación total o parcial de la inversión directa
7. Comercio de Servicios [Parte I_II_ art 2-27] • Gozarán de Trato Nacional • Recibir el Trato de Nación más Favorecida Se aplican a la prestación e inversión de servicios transfronterizos y financieros excepto los sectores de audiovisuales, transporte aéreo y cabotaje marítimo. • Calendarización de Liberalización de servicios en un plazo 10 años. • Servicios financieros [Párrafo I _ art 12] : “Cada parte permitirá a los proveedores de servicios financieros de la otra parte establecer una presencia comercial en su territorio”. • Servicios de transporte marítimo : • Cada parte continuara aplicando el principio de libre acceso al mercado y al trafico marítimo internacional sobre una base comercial y no discriminatoria 8. Compras del sector público [Parte II_III_ art 25-38] Art. 37. Se conceden de forma reciproca el mismo trato que tengan con sus socios comerciales TLCAN y ACP. Art. 32. Creación de un Comité Especial de Compras del Sector Publico
9. Política en materia de competencia –PC- [Parte II: art 39] • Cooperación y coordinación técnica entre las autoridades responsables de las –PC- • Proveer asistencia mutua en áreas de competencia que así lo requieran • Aplicar legislación adecuada que elimine actividades ajenas a la competencia 10. Propiedad Intelectual –PI- a)[Parte I_IV _art 36] y b)[Parte II_V_ art 40] a). Ambas partes confirman sus obligaciones derivadas de convenciones Internacionales. b) Se establece un Comité Especial → “alcanzar soluciones mutuamente satisfactorias en caso de dificultades en la protección de la PI. • ADPIC (1994) • Convenio de Paris para la Protección de la PI 1967 • Convenio de Berna para la protección de obras literarias y artísticas 1971 • Tratado de Cooperación en materia de Patentes 1970 11. Solución de Controversias] Mecanismo para prevenir o dirimir conflictos derivados de la interpretación o aplicación del Tratado. 1ª. No es contenciosa. Se realizan Consultas al Comité Conjunto. 2ª. Grupo arbitral que va determinar si hay alguna violación a lo que establece el tratado. Suspensión de beneficios al no cumplir la resolución emitida.
Estadísticas* *Fuentes : Eurostat, Banxico, SE. Bancomext
Principales socios Comerciales de la UE 2008 Balanza Comercial México-UE 1993-2009 Millones de dólares Exportaciones mdd. – importaciones mdd. Fuente : Eurostat, SE, BANXICO.
Crecimiento promedio anual de las importaciones mexicanas con resto del mundo (1999 – 2007) Crecimiento promedio anual de las exportaciones mexicanas a la UE y el resto del mundo (1999 – 2007)
La inversión acumulada de 1999 a junio 2008, 67.7 mil millones de dólares IED captada por México por origen (miles de millones de dólares) Flujos de IED a México provenientes de la UE, a partir de la firma del TLCUEM Principales países de la UE con inversión en México (1999- junio 2008)
Principales países inversionistas en México por sector 1999-2008 (millones de dólares)