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PROCESOS DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN PUBLICA. ANTES DEL PROCESO PARTICIPATIVO. Centralización: En la toma de decisiones Administración de los recursos Dependencia Escasa participación ciudadana: las demandas de la comunidad no tenían la participación activa de los actores sociales
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ANTES DEL PROCESO PARTICIPATIVO Centralización: • En la toma de decisiones • Administración de los recursos Dependencia Escasa participación ciudadana: las demandas de la comunidad no tenían la participación activa de los actores sociales Indiferencia de la sociedad civil con las obras del Estado: las obras que ejecutaba el Gobierno no reflejaban las necesidades de las comunidades. Desigual asignación de recursos: La distribución de recursos se realizaba en función al criterio de los niveles superiores del gobierno.
CAMBIOS LEGISLATIVOS • Modificaciones al texto constitucional 1994. • Promulgación de la Ley de Participación Popular Nº 1551 del 20 de abril de 1994 • Ley de Descentralización Administrativa Nº 1654, del 24 de julio del 1995 • Ley de Municipalidades del 29 de octubre de 1999. • Ley SAFCO 1178 De Administración y Control gubernamental • ley del dialogo 2000 fecha 31/07/01y otras.
AVANCES DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN POPULAR Promovió el proceso de Participación social en los municipios. Articulo a comunidades campesinas, pueblos indígenas y juntas vecinales, en la vida política, jurídica y económica del país. Promovió mayor administración y distribución de los recursos públicos Trasfirió competencias a los municipios en la administración de los servicios de salud y educación, microriego, infraestructura, y caminos vecinales. consolido el proceso de planificación participativa. O T B Unidad básica de carácter comunitario o vecinal que ocupa un espacio territorial En el área rural: • Comunidades campesinas. • Comunidades Indígenas. • Pueblos indígenas. En el área urbana • Juntas Vecinales
No se han resuelto los problemas de pobreza y desempleo. Las organizaciones vecinales se han visto fragmentadas, desarticuladas, sujetas a la subordinación y el clientelismo por parte de las autoridades municipales. Dirigentes y vigilantes se han alejado de sus bases, han funcionado casi como apéndices subordinados a las autoridades y no han defendido los intereses de la población ni contribuido a una efectiva fiscalización de la gestión pública. La Ley de Participación Popular ha relegado a las organizaciones al ámbito local y no ha permitido una participación y control social en el nivel departamental y nacional. En el ámbito municipal no se ha permitido una real participación sobre todos los recursos municipales, sino sólo sobre los de Coparticipación Tributaria e IDH. En 15 años de vigencia de la Ley 1551
Ante ello, dirigentes y vecinos de base apuntan a: Superar el estrecho modelo de participación de la LPP y la ley de municipalidades, mediante otro enfoque de participación que se centre en la capacidad de decidir y en la capacidad de ejercer poder popular. A partir de u7na nueva ley ( cartas orgánicas) el pueblo organizado y articulado debe ejercer de manera directa y sin intermediarios la participación creando una sola estructura organizativa desde la población y no desde el Estado. El estado debe promover y garantizar el cumplimiento del derecho a la participación de la población, respetando a las organizaciones sociales y penalizando todo intento de cooptación y subordinación clientelar por parte de autoridades y funcionarios públicos.(Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz)
CAMBIOS ESTRUCTURALES Y NUEVO MARCO CONSTITUCIONAL • Ley 3058 de Hidrocarburos. 17 de mayo de 2005 • Decreto Supremo 28421 21 de octubre de 2005 • (IDH) Nuevas competencias: salud, educación, seguridad ciudadana y producción para las prefecturas, municipalidades y universidades públicas. • Decreto Supremo 29246 22 de agosto de 2007 • Establece la política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario. • Decreto Supremo 29565 14 de mayo de 2008 Aclara y amplía el objeto del gasto que deben ejercer los gobiernos municipales con el IDH • PROCESO CONSTITUYENTE Nuevo texto Constitucional 2009 • Ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz (31 de marzo de 2010) • Ley Marco de Autonomías
¿QUÉ ES LA GESTIÓN PÚBLICA? La gestión pública se ocupa de la utilización de los procedimientos y medios adecuados para lograr un fin colectivo. Es decir, la gestión pública se refiere a la utilización de los recursos disponibles (económicos, humanos, infraestructura, equipamiento) para transformarlos en acciones y obras de beneficio público. Esto se logra mediante el apoyo de procesos como la planificación
¿QUÉ ES LA GESTIÓN MUNICIPAL? La gestión municipal es el conjunto de políticas, planes, programas, proyectos y acciones dirigidas a articular los recursos institucionales: humanos, financieros, materiales, tecnológicos y políticos, para alcanzar adecuados niveles de desarrollo integral sustentable, a objeto de mejorar la calidad de vida de la población en su jurisdicción municipal.
ACTORES DE LA PLANIFICACIÓN MUNICIPAL PARTICIPATIVA Gobierno Municipal: • El Alcalde. • El concejo Municipal • Los técnicos municipales. Comité de Vigilancia OTB (comunidades campesinas e indígenas y juntas vecinales Otras organizaciones de la sociedad civil
ELEMENTOS CENTRALES PARA LA PLANIFICACIÓN • Territorio. • Sujetos con poder de decisión. • Recursos. • Articulación y control social. Por ultimo tenemos a los actores de la Planificación Participativa (OTBs)
¿QUÉ ES UN PDM? Es un instrumento que nos sirve para demostrar que clase de desarrollo queremos alcanzar en nuestro municipio por cinco años. Para poner en practica y ejecutar ordenadamente los proyectos del PDM, el gobierno municipal elaborará cada año el Plan Operativo Anual POA.
¿QUÉ ES UN POA? Es una herramienta que en el periodo de un año nos permite invertir recursos municipales en las actividades que se hayan priorizado. Por ello se debe: - Establecer objetivos. - Puntualizar actividades. - Tiempos para su realización. - Recursos que serán invertidos. - Responsables. - Como se medirán los resultados.
CICLO DE GESTION MUNICIPAL PARTICIPATIVA ENCUENTROS DE RENDICION DE CUENTAS • Encuentros de Avance EDA 1 Febrero. Para conocer el grado de ejecución del POA de la anterior gestión, • Encuentros de Avance EDA 2 mayo – junio . Rendición de cuentas de la ejecución física y financiera y la propuesta de ajustes del POA y presupuesto de la gestión en curso. Informe del primer cuatrimestre del comité de vigilancia y de los sectores de salud y educación. ENCUENTROS DE PLANIFIACION • CUMBRE1Septiembre . Rendición de cuentas hasta el segundo cuatrimestre inicio del proceso participativo de elaboración del POA. • CUMBRE 2Octubre. Se conoce la disponibilidad de recursos para la próxima gestión y la oferta municipal de proyectos, los requerimientos de salud y educación. Se conoce la demanda de las OTB y se prioriza. • CUMBRE 3 Noviembre. Consenso del POA y el presupuesto de la gestión.
¿QUIÉN EJERCE LA PARTICIPACIÓN Y EL CONTROL SOCIAL? EL PUEBLO SOBERANO, POR MEDIO DE LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA, participará en el diseño de las políticas públicas, definiendo la estructura y composición de la participación y control social. Las entidades del Estado deberán generar espacios de participación y control social por parte de la sociedad. ¿Qué implica la participación y el control social? La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas, que administren recursos fiscales, así como a la calidad de los servicios públicos.
¿QUE INPLICA LA PARTICIPACION Y EL CONTROL SOCIAL? • Participar en la formulación de las políticas de Estado. • Apoyar en la construcción colectiva de las leyes. • control social en todos los niveles del gobierno y las entidades territoriales autónomas, autárquicas, descentralizadas y desconcentradas. • Generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos en todos los espacios de la gestión pública. • La información solicitada por el control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada y oportuna. • Formular informes que fundamenten la solicitud • Conocer y pronunciarse sobre los informes de gestión • Coordinar la planificación y control con los órganos • Denunciar ante las instituciones correspondientes para la investigación y procesamiento, en los casos que se considere conveniente. • Colaborar en los procedimientos de observación pública para la designación de los cargos que correspondan. • Apoyar al Órgano Electoral en transparentar las postulaciones de los candidatos para los cargos públicos
NORMAS QUE PRESCRIBEN EL CONTROL SOCIAL • La Constitución Política del Estado.241 Y 242 • La Ley Marco de Autonomías. • Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz. • Estatutos del Funcionario Público. • Ley de Administración y Control Gubernamental. (SAFCO). • Ley de la responsabilidad por la función pública. • Código Penal. Estas leyes nos otorgan la responsabilidad del control social sobre las actividades realizadas por el Gobierno Municipal a todos los que vivimos en el municipio.
¿QUE ES EL CONTROL SOCIAL? Es un proceso de seguimiento y evaluación de proyectos, obras, y actividades definidas por nosotros en el POA y el presupuesto municipal, así como la calidad y funcionamiento de la infraestructura y los servicios de educación y salud del municipio.
¿QUIENEN EJERCEN EL CONTROL SOCIAL? • Todos los ciudadanos y todas las ciudadanas. • Organizaciones territoriales de base. • Comités de Vigilancia • Asociaciones comunitarias.
¿QUE ES UN COMITÉ DE VIGILANCIA? Es la instancia organizada de la sociedad civil, que une, relaciona y representa a: • Comunidades Campesinas • Pueblos o Comunidades Indígenas • Juntas Vecinales • Con el gobierno municipal.
¿QUÉ ES TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA? • Es un ejercicio de diálogo honesto y responsable entre el Estado y la sociedad; y, bajo el mandato legal existente, coordinar esfuerzos para construir acuerdos (corresponsabilidad) orientados a enriquecer y mejorar la ejecución de las políticas públicas.
TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN PÚBLICA Consiste en promover al interior de las instituciones públicas los 4 componentes básicos de la transparencia: • La rendición pública de cuentas. • El acceso a la información, • La ética de los servidores públicos • El control social
IMPORTANCIA DEL CONTROL SOCIAL Y7 UN PROCESO TRANSPARENTE • Los recursos del municipio son nuestros • El control nos permite conocer estos recursos y cuidar que sean bien utilizados. • A través del control se puede detectar y corregir los problemas que se presenten en la ejecución del POA. • Nos permite supervisar y controlar las obras y la prestación de servicios de salud, educación y otros.
¿EN LA PRACTICA COMO FUNCIONA NUESTRO MUNICIPIO?