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VIII CONGRESO Liderazgo Empresarial en la Gestión de Riesgos Laborales. ministerio de trabajo. Lic. Miguelina Ramírez Kelly, MPRL Directora General Higiene y Seguridad. Free Powerpoint Templates. Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 522-06, del 17 de octubre 2006.

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Presentation Transcript


  1. VIII CONGRESO Liderazgo Empresarial en la Gestión de Riesgos Laborales ministerio de trabajo Lic. Miguelina Ramírez Kelly, MPRL Directora General Higiene y Seguridad Free Powerpoint Templates

  2. Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo Decreto 522-06, del 17 de octubre 2006 Requerimientos para el Cumplimiento Free Powerpoint Templates

  3. Ministerio de Trabajo Misión • Regir y regular las políticas laborales en el país, estableciendo las normas y los mecanismos de seguimiento para su aplicación, satisfaciendo de manera oportuna y eficaz las necesidades de los actores del mercado de trabajo, a fin de contribuir a la paz socio laboral y al desarrollo Nacional. Visión • Ser una institución que participa de forma eficiente, eficaz y concertada en el desarrollo de las relaciones laborales, en el fortalecimiento del mercado de trabajo, garantizando las condiciones de salud y seguridad en los centros de trabajos, dentro de un marco de estricto respecto a la instititucionalidad.

  4. MISION DGHSI Garantizar la salud, la seguridad de los trabajadores-trabajadoras, la continuidad de los negocios, a través de la regulación, diseño, promoción, vigilancia y control de la implementación de sistemas de gestión y de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  5. VISION DGHSI Los trabajadores, empleadores y la sociedad en general, nos reconocen como una instancia del Estado, altamente técnica: que regula, fomenta y apoya el establecimiento de la cultura de seguridad y salud en el trabajo

  6. Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo Constitución de la República Dominicana Convenios Internacionales Ratificados por el país (C-167 sobre seguridad y salud en la construcción, C 170 convenios sobre la seguridad en la utilización de los productos químicos , C 187 convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo C 171 sobre el trabajo nocturno) Leyes (Código de Trabajo 16-92, Ley 87-01 ) Reglamentos ( 522-06)

  7. Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo Constitución de la República Dominicana en el Art. 62 Derecho al Trabajo establece: El trabajo es un derecho, un deber y una función social que se ejerce con protección y asistencia del Estado. Es finalidad esencial del Estado fomentar el empleo digno y remunerado. Los poderes públicos promoverán el diálogo y la concertación entre trabajadores, empleadores y el Estado.

  8. Contexto legal de la seguridad y salud en el trabajo Párrafo 8 de este artículo indica: Es obligación de todo empleador garantizar a sus trabajadores condiciones de seguridad, salubridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas para promover la creación de instancias integradas por empleadores y trabajadores.

  9. ¿Qué es el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo? Es un instrumento normativo que: • Organiza las responsabilidades de empleadores/as y trabajadores/as en materia de seguridad y salud. • Traza directrices para la gestión de la seguridad y salud en las empresas, estableciendo los qué? y para qué? • Da un salto cualitativo frente al anterior reglamento 807, superando la fragmentación-articula los componentes de forma sistémica

  10. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo • 7 capítulos • 17 artículos • 2 Resoluciones complementarias

  11. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) Plantea el objetivo, que entre otros aspectos destaca el objeto de regular las condiciones en la que deben desarrollarse las actividades productivas en el ámbito nacional, con la finalidad de prevenir los accidentes y los daños a la salud que sean consecuencia del trabajo. • Contiene el ámbito de aplicación de acuerdo al Código de Trabajo • Definiciones de conceptos claves Capitulo I

  12. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) • Capitulo II y art. 186 de la Ley de Seguridad Social

  13. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) Capitulo II (Cont.) • Contiene las funciones de la Dirección General de Higiene y Seguridad Industrial. • Órgano técnico del Ministerio de Trabajo con cuatro funciones sustantivas: • Regulación • Vigilancia/control • Investigación • Divulgación

  14. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) Derechos: • Participación • Recibir formación e información sobre los riesgos de su tarea de forma gratuita • Interrumpir la actividad que entraña riesgo grave o inminente a la SS. Obligaciones : • Cumplir con lineamientos y procedimientos de la empresa • Usar adecuadamente herramientas, sustancias, equipos, etc… • Informar sobre cualquier situación de potencial riesgo a la SS Capitulo III Derechos y obligaciones de los trabajadores

  15. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) • Implementar sistema de gestión de la SST (programa de SST). • Apoyar, formar, facilitar recursos para funcionamiento de los comités Mixtos. • Rendir cuenta al Ministerio • Diseñar la política de Prevención de RL • Proveer de vigilancia a la salud • Facilitar la formación en materia de SST en el lugar de trabajo Proteger a sus trabajadores • Cumplir y hacer cumplir las normativas de SST • Evitar los riesgos en el origen • Controlar los riesgos que no se pueden evitar • Adaptar el trabajo a las personas • Poner reglas de juego a los contratistas, garantizar que apliquen la medidas preventiva de la organización Capitulo III obligaciones de los empleadores

  16. Capitulo III obligaciones de los empleadores • Articulo 13. El inspector de trabajo, en caso de peligro inminente para la seguridad y salud de los trabajadores, podrá ordenar inmediatamente las medidas ejecutorias pertinentes, incluyendo la paralización de la actividad. Procedimiento: • El inspector/a comunicará el mismo día, a la Dirección General de Trabajo; la que a su vez solicitará a la Dirección de Higiene y Seguridad Industrial, una evaluación técnica de las condiciones de seguridad y salud, para que, en función de la misma, emita las recomendaciones de lugar.

  17. Contenido del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo (Cont.) Capitulo IV Registro de Proveedores de Servicios de SST Los programas de Seguridad y Salud en el trabajo, serán realizados por proveedores de servicios de seguridad y salud en el trabajo, registrados por el Ministerio de Trabajo, de acuerdo al procedimiento de registro y certificación establecido mediante Resolución Ministerial.

  18. Capitulo V Obligaciones Fabricantes, importadores, suplidores Aplica a: Maquinarias, equipos, productos y útiles de trabajo. • Garantizar que estos no constituyan una fuente de peligro para el trabajador, siempre que estén instalados y utilizados en las condiciones, forma y para los fines recomendados por ellos.

  19. Capitulo V Obligaciones Fabricantes, importadores, suplidores Establece plazos (cumplimiento del convenio 170): 6 meses, a partir de la puesta en vigencia de este Reglamento. Para toda rama de actividad en la que se utilizan sustancias químicas: • Envasar y etiquetar de forma que se permita su conservación y manipulación, en condiciones de seguridad. • Identificar claramente el contenido y los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, que su almacenamiento o utilización implique.

  20. Capitulo V Obligaciones Fabricantes, importadores, suplidores Colocar en una hoja de información de seguridad del material que contenga: • a) Identificación del producto • b) Ingredientes peligrosos • c) Datos físicos • d) Fuego y explosión • e) Peligro para la salud / vías de entrada • f) Datos sobre reactividad • g) Procedimiento en caso de fuga o derrame • h) Información sobre manejo especial

  21. Capitulo V Obligaciones Fabricantes, importadores, suplidores • Deberán suministrar por escrito la información que indique la forma correcta de utilización por los trabajadores; • Las medida de intervención, en caso de emergencia; • Las medidas preventivas adicionales que deban tomarse y los riesgos laborales que conlleven, tanto su uso normal, como su manipulación o empleo inadecuado.

  22. Capitulo V Obligaciones Fabricantes, importadores, suplidores • Proveer de la protección de los empleados y garantizar la efectividad de los mismos, siempre que están instalados y usados en las condiciones y en la forma recomendada por ellos. • Suministrar la información certificada que indique el tipo de riesgo al que van dirigidos, el nivel de protección frente al mismo y la forma correcta de su uso y mantenimiento. • Los equipos de protección suministrados deberán estar certificados por organismos internacionales avalados para tales fines o por una institución autorizada por las leyes dominicanas para tales fines.

  23. CAPITULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES • Las violaciones al presente Reglamento y a las Resoluciones que lo complementan serán sancionadas conforme a lo previsto en el Libro Octavo del Código de Trabajo.

  24. CAPITULO VI INFRACCIONES Y SANCIONES Según Art. 720, 721 del código de trabajo Siempre que la violación se derive en peligro o riesgo de peligro para la vida, la salud o la seguridad de los trabajadores se considerara muy grave, con multas de siete a doce salarios mínimos. En caso de reincidencia, se aumenta el importe de la multa en un cincuenta por ciento de su valor

  25. Comité Mixto de Seguridad y Salud en el Trabajo • REALIDADES Y DESAFIOS

  26. REALIDADES • Rango constitucional • Función de monitoreo, seguimiento, vigilancia, apoyo a la implementación del sistema de gestión.

  27. REALIDADES

  28. REALIDADES 203 que en envían la Minutas de sus reuniones 61 Comités (30%) reportan minutas con actividades relacionadas a las funciones establecidas en el reglamento. 142 Comités (70%) reportan minutas repetidas, tan sólo cambian las fechas, abordan los mismos temas, temas no relevantes a la SST, no reflejan seguir un plan de trabajo. Algunas indican reportar al Reglamento 807 (luego de 4 años).

  29. ¿Por qué ocurre esta situación? Obviamente estamos frente a un fenómeno complejo que tiene implicaciones de varios tipos: • Un rector con debilidad en el ejercicio de sus funciones • Frente a una cultura del desafío y de bajos niveles de observancia y cumplimiento de las normativas en materia de SST.

  30. Rector con debilidades en el ejercicio de sus funciones • No cuenta con todos los medios para la exigibilidad del cumplimiento (logísticos y técnicos). • Las estrategias diseñadas corresponden a un país de predominio de la cultura de la observancia, no obstante, el perfil país se ubica más hacia el oportunismo y el desafío.

  31. Rector con debilidades en el ejercicio de sus funciones • De acuerdo con Christopher Hood en su libro el Gobierno del Riesgo: “en una cultura de la observancia cabe esperar que las prohibiciones o advertencias oficiales acerca de prácticas o productos peligrosos desalienten la actividad o el consumo en cuestión” • “Dentro de una cultura del oportunismo, estas herramientas normativas sólo funcionaran si van acompañadas por una inversión sustancial en detección y aplicación de sanciones”. • Dentro de una cultura del desafío, producirán el efecto contrario al pretendido…para quienes desean desafiar la autoridad.

  32. Cultura del desafío y de bajos niveles de observancia de las normativas de SST • Las empresas conocen las debilidades del sistema para la vigilancia y la aplicación de sanciones. • Siempre está la excusa de la crisis económica, y que la implementación de cualquier sistema de gestión eleva los costos de las operaciones.

  33. Retos para la implementación de sistemas de gestión • Reconocimiento de las buenas prácticas a través del premio Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Facilitar herramientas para la autogestión de las empresas que tienen derecho a implementar con sus recursos (técnicos) el sistema de gestión.

  34. Retos para la implementación de sistemas de gestión • Concluir con el proceso de adopción de la ILO-OSH 2001 o directrices de la OIT para la implementación del sistema de gestión de SST.

  35. Retos para la implementación de sistemas de gestión • Ejemplo: ya están disponibles las herramientas para el funcionamiento real y efectivo de los comités mixtos de SST. • El Ministerio a través de la DGHSI inaugurará el espacio: Forma tu comité, cumple con la constitución

  36. Retos para la implementación de sistemas de gestión • Divulgar las directrices de la OIT… se trata de incentivar el cumplimiento y la observancia de las normativas. • Divulgar el reglamento y los convenios en materia de SST ratificados por el país. • Fortalecer el CONSSO a los fines de que cumpla con el rol.

  37. Retos para la implementación de sistemas de gestión • Fortalecer la presencia y participación técnica en los Congresos. • Promover espacios de diálogo • Establecer mesas de trabajo, en las cuales los profesionales aporten y presenten las buenas prácticas, esto aplica a las empresas que tienen implementados sus sistemas de gestión.

  38. Tod@s pedimos que se aplique la Ley, y tod@s tratamos de eludir el cumplimiento de alguna. (anónimo)

  39. GRACIAS POR SU ATENCION

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