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SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PELIGROSIDAD DE LOS PRODUCTOS QUÍMICOS: Riskquim 3.0. Enrique Gadea enriqueg@mtas.es. Etiqueta. FDS. Información sobre la peligrosidad. Evaluación del riesgo. Medidas de prevención. RD. 363/1995 D.67/548/CEE. LEGISLACIÓN. RD. 255/2003 D. 99/45/CE.
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SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PELIGROSIDAD DE LOS PRODUCTOS QUÍMICOS: Riskquim 3.0 Enrique Gadea enriqueg@mtas.es
Etiqueta FDS Información sobre la peligrosidad Evaluación del riesgo Medidas de prevención
RD. 363/1995D.67/548/CEE LEGISLACIÓN RD. 255/2003 D. 99/45/CE Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de sustancias peligrosas Clasificación, Envasado y Etiquetado de Preparados peligrosos EXCLUYEN • Medicamentos de uso humano y veterinario • Cosméticos • Residuos • Alimentos, alimentos para animales • Radiactivos • Otros con legislación específica
Categorías de peligro RD 363/1995 Propiedades fisicoquímicas Propiedades Toxicológicas • Explosivos • Comburentes • Extremadamente inflamables • Fácilmente inflamables • Inflamables • Muy tóxicos • Tóxicos • Nocivos • Corrosivos • Irritantes • Sensibilizantes Efectos específicos sobre la salud • Carcinogénicos • Mutagénicos • Tóxicos para la reproducción • Fertilidad • Desarrollo Efectos sobre el medio ambiente • Peligrosos para el medio ambiente • Acuático • Fauna • Flora • Organismos del suelo • Capa de ozono
REACH Evaluación de sustancias RD 255/2003 (preparados) Evaluación del riesgo de sustancias existentes RD 1406/89 (limitaciones a la comercialización) Desarrollo RD 363/95 (FDS) DOUE L136, 29.5.2007 (corrección de errores)
Cambios introducidos por el Reglamento REACH en la legislación sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas
Cambios producidos por el REACH en la legislación sobre sustancias y preparados peligrosos (Resumen) Suprime: • Notificación de sustancias nuevas • Evaluación de Riesgos de las sustancias • Fichas de Datos de Seguridad (FDS) Mantiene: • Criterios de clasificación • Envasado y etiquetado
RD 363/1995, relativo a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosasCambios REACH Anexo I: Listado de sustancias con clasificación y etiquetado armonizado.(Título XI) Anexo II: Símbolos e indicaciones de peligro Anexo III: Frases R Anexo IV: Frases S Anexo V: Métodos de ensayo: suprimido (*) Anexo VI: Criterios de clasificación y etiquetado: modificado (*) (*) Directiva 2006/121/CE (puesta en vigor: 1/6/2008) Título XI: Catálogo de clasificación y etiquetado (REACH) Aplicación: 1/12/2010)
RD 363/1995 relativo a la clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosasCambios REACH Anexo VII (A,B,C y D): Datos para la notificación completa y simplificada: suprimido (*) Anexo VIII: Datos y ensayos complementarios: suprimido (*) Anexo IX (A y B): Cierres de seguridad para niños y dispositivos detectables al tacto Anexo X (A, B, C y D): Evaluación del riesgo: suprimido (**) Anexo XI: Guía para la elaboración de fichas de datos de seguridad (incluido en REACH) (**) (*)Directiva 2006/121/CE (puesta en vigor: 1/6/2008) (**) Reglamento (CE) 1907/2006 (REACH)
RD 255/2003 Reglamento sobre la clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos
Clasificación de preparados Composición del preparado Peligrosidad de cada componente Criterios de clasificación Clasificación de peligrosidad Etiquetado
Preparados Criterios de clasificación • Propiedades Fisicoquímicas • Realización de ensayos (si procede) • Peligros para la salud • Propiedades toxicológicas • Realización de ensayos • Método convencional • Efectos sobre la salud • Método convencional • Medio ambiente • Método convencional • Realización de ensayos
Peligro para la salud Método convencional Considerar para cada componente y tipo de efecto: • Límites de concentración del Anexo I del RD 363/1995 • Límites de concentración del Anexo II del RD 255/2003 (cuadros) • Efectos aditivos para toxicidad aguda, y efectos corrosivos e irritantes
Cuadro 1. Efectos letales agudos Preparados no gaseosos Muy tóxicos Tóxicos Nocivos
Cuadro 5. Efectos sensibilizantes Preparados no gaseosos
Cuadro 6 (I). Cancerígenos y mutágenos Preparados no gaseosos
Cuadro 6 (II). Tóxicos para la reproducción Preparados no gaseosos
Efectos sobre el medio ambiente Métodoconvencional Considerar para cada componente y tipo de efecto: • Límites de concentración del Anexo I del RD 363/1995 • Límites de concentración del Anexo III del RD 255/2003 (cuadros) • Efectos aditivos para toxicidad acuática aguda y efectos perjudiciales a largo plazo
Cuadro 1. Toxicidad aguda y efectos perjudiciales a largo plazo Medio ambiente
IDENTIFICACIÓN DEPRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS ETIQUETA Sustancias (RD. 363/95) Preparados RD. 255/03) ADQUIRIDOS FDS GENERADOS ETIQUETA Señalización (RD. 485/97)
RISKQUIM. Versión 3.0 (Actualizada hasta Orden PRE 1244/2006) ¿Qué permite hacer? • Consultar las sustancias del anexo I del RD 363/95 (clasificación y etiquetado armonizado) • Introducir sustancias no incluidas en el anexo I (no armonizadas) • Clasificar un preparado (sustancias incluidas en el anexo I y no) • Obtener la propuesta de etiquetado de sustancias y preparados
Reglamento (CE) nº 1907/2006 REACH (109) Mediante la colaboración con organizaciones interesadas en la armonización de normativas internacionales, la Agencia debe contribuir al papel de la Comunidad y de los Estados miembros en dichas actividades de armonización. Con vistas a promover un amplio consenso internacional, la Agencia debe tomar en consideración las normas internacionales existentes y emergentes en materia de regulación de las sustancias químicas, tales como el Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de clasificación y etiquetado de productos químicos.
Propuesta de • REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO • sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican la Directiva 67/548/CEE y el Reglamento (CE) nº 1907/2006 • (presentada por la Comisión)[SEC(2007) 853][SEC(2007) 854] La presente propuesta se basa en la legislación existente sobre productos químicos, y con ella se establece un sistema nuevo de clasificación y etiquetado de sustancias y mezclas peligrosas aplicando en la UE los criterios internacionales acordados por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) para la clasificación y el etiquetado de sustancias y mezclas peligrosas, el denominado Sistema Armonizado Mundial (SAM). • pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS | • Bruselas, 27.6.2007 • COM(2007) 355 final • 2007/0121 (COD)Volumen I
Propuesta de Reglamento COM (2007) 355 • Símbolos (pictogramas) de peligro (Anexo V) (sustituyen a los actuales pictogramas e indicaciones de peligro) • Palabras de advertencia (Anexo V) (sustituyen a las actuales indicaciones de peligro) • Indicaciones de peligro: frases H (hazard statements) (AnexoIII) (sustituyen a las actuales frases R) • Consejos de precaución (precautonary statements) (Anexo IV) (sustituyen a las actuales frases S)
Símbolos de peligro SAM (GHS)
SQS, S.L. C/ Lipton 13-23 02033 Arjete T: 928332451 TOLUENO R 11-63-48/20-65-38 Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto Nocivo: riesgo de efectos graves para la salud en caso de exposición prolongada por inhalación Nocivo: si se ingiere puede causar daño pulmonar Irrita la piel nº CE: 203-625-9 ETIQUETA CE Etiqueta sustancia363/95 (anexo I)
Etiqueta sustanciaPropuesta Reglamento COM (2007) 355 (Anexo VI) SQS, S.L. C/ Lipton 13-23 02033 Arjete T: 928332451 TOLUENO Peligro H225, H316d,H304,H373,H315,H336 Liquido y vapores muy inflamables Se sospecha que daña al feto si se inhala Puede ser mortal en caso de ingestión y penetración en las vías respiratorias Provoca irritación cutánea Puede provocar somnolencia y vértigo Puede provocar daños en el sistema nervioso central tras exposición repetida o prolongada por inhalación Atención nº CE: 203-625-9 ETIQUETA CE
Propuesta de Reglamento COM (2007) 355 Fechas de interés: • 01/12/2010: las sustancias se clasificarán, etiquetarán y envasarán de conformidad con la D. 67/548/CEE (Art. 58) • 01/06/2015: las mezclas(preparados) se clasificarán, etiquetarán y envasarán de conformidad con la D 1999/45/CE (Art. 58) • 01/06/2015:derogación Directivas 67/548/CEE (sustancias) y 99/45/CE (preparados) (Art. 57) • 01/12/2010 – 01/06/2015: las sustancias se clasificarán de conformidad tanto con la D. 67/548CEE como con el presente Reglamento. Se etiquetarán y envasarán de acuerdo con el presente Reglamento (Art. 58)