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INSTITUTO PREVISIONAL COMPLEMENTARIO (IPC). Propuesta presentada en el Congreso Nacional de Delegados, Consejeros y Asambleístas de la AEFIP Huerta Grande – 4 de junio de 2010. Presentación Explicativa.
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Propuesta presentada en el Congreso Nacional de Delegados, Consejeros y Asambleístas de la AEFIP Huerta Grande – 4 de junio de 2010 Presentación Explicativa
MARCO LEGAL – Ley 26.377Convenio de corresponsabilidad gremial en materia de seguridad social AFIP AEFIP ESTUDIO DE FACTIBILIDAD MINISTERIO DE TRABAJO DECRETO DE CREACIÓN
- FINALIDAD: Abonar un complemento de la jubilación para que el beneficiario perciba en total una prestación íntegra cuyo importe resulte de aplicar la tasa de permanencia en el servicio a un porcentaje del promedio actualizado del total de remuneraciones, sujetas a aportes y contribuciones, sin topes de ningún tipo y especie, percibidas durante el periodo de 120 meses inmediatamente anteriores a la cesación de servicios en relación de dependencia con la AFIP. En caso de pensión el complemento será del 70% de lo que se determine para el complemento de jubilación. - Prestación íntegra Importe total bruto que debe percibir el beneficiario, que es la suma de la jubilación y/o pensión más el complemento bruto. - Porcentaje Lo fija anualmente la Asambleay no podrá superar el 82%. Si se llegara a alcanzar el beneficio jubilatorio del 82% móvil, la caja deberá adecuarse y modificar su estatuto, determinando que el complemento a abonar debería alcanzar el 100% del haber del activo. - Tasa de permanencia en el servicio La tasa de permanencia en el servicio resultará de dividir por 30 años la antigüedad reconocida por la AFIP. El valor de la tasa de permanencia nunca podrá ser superior a 1. - Beneficio complementado El beneficio complementado es la jubilación o la pensión multiplicada por la tasa de permanencia en el servicio.
Prestación íntegra PROMEDIO REMUNERACIONES 120 MESES SIN TOPES ACTUALIZADO % FIJADO ASAMBLEA 82% TASA DE PERMANENCIA X X Jubilación o Pensión HABER JUBILATORIO TASA DE PERMANENCIA X Menos (-) COMPLEMENTO
TASA DE PERMANENCIA EN EL SERVICIO Años de antigüedad = Máximo 1 30 B) FECHA INICIAL DE PAGO DEL COMPLEMENTO Una vez cobrada la jubilación o pensión C) ACTUALIZACIÓN AUMENTO HABERES ACTIVOS AUMENTO COMPLEMENTOS En cada oportunidad que aumenten los salarios de los trabajadores activos se produce un aumento proporcional en los complementos que se abonan a los beneficiarios
APORTES (Se aplican sobre todas las remuneraciones sin tope) “Son deducibles del impuesto a las ganancias en su totalidad”
1º PAGO DE LOS COMPLEMENTOS 2º INVERSIONES Y DEPÓSITOS MÍNIMO 50% EN BANCOS OFICIALES DESTINO DE LOS RECURSOS 3º PRÉSTAMOS PERSONALES EXCLUSIVAMENTE AFILIADOS AL INSTITUTO ¿A QUIÉN? CON GARANTÍA REAL O DESCUENTO HABERES ¿CÓMO?
AUTORIDADES • 1) ASAMBLEA DE REPRESENTANTES • 2) CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN • 3) COMISIÓN FISCALIZADORA PERMANENTE • 4) SÍNDICO Tres de éstas son de control y la otra de ejecución.
(ACTIVOS + BENEFICIARIOS) ¿CÓMO SE ELIGEN? POR VOTO DIRECTO ASAMBLEA DE REPRESENTANTESDE LOS AFILIADOS AL RÉGIMEN 1 cada 500 afiliados obligatorios o fracción Las 18 Seccionales de la AEFIP ÁMBITO • FUNCIONES • Fijar el % a pagar • Aprobación de balances • Designar integrantes de la Comisión Fiscalizadora • Determinar Auditoria Externa por Universidad Pública Nacional
PRESIDENTE VICEPRESIDENTE TESORERO CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN + 6 VOCALES MANDATO: 4 AÑOS La designación de sus miembros la efectúa la Mesa Directiva Nacional de la AEFIP. Ésto es porque el gremio -como único representante de los trabajadores de nuestro sector y en el marco de la Ley de Corresponsabilidad Gremial- firma el convenio con la AFIP y se hace responsable, no sólo ante el Organismo sino también ante el Ministerio de Trabajo, de la creación del Instituto y de que el mismo perdure en el tiempo.
COMISIÓN FISCALIZADORA • LA DESIGNA LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES • ESTA COMPUESTA POR 5 MIEMBROS de la ASAMBLEA • FUNCIÓN: ELABORAR INFORMES DE CONTROL PARA LA ASAMBLEA y PARA TODOS LOS AFILIADOS AL SISTEMA
SÍNDICO • LO DESIGNA LA SECRETARIA de SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO • REQUISITO: PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN MATERIA AFÍN • FUNCIÓN: REALIZA EL CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS ESTATUTARIAS Y LEGALES
Algunos ejemplos de la aplicación del Complemento NOTA: Estos casos son sólo a modo de ejemplo y corresponden a casos reales de compañeros en actividad La antigüedad es la reconocida por la AFIP (para la tasa de permanencia y años de aporte al Instituto) Para realizar consultas sobre el tema: consultasipc@gmail.com
Por los que se están por jubilar Por los pensionados Por vos Por todos Apoyemos el proyecto de Régimen Complementario de Jubilaciones y Pensiones para los trabajadores de la AFIP
Hablamos menos Hacemos más…