180 likes | 583 Views
UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS 2010-I (Clase 12) Docente: Raúl Serpa Casas. JURISDICCION MINERA. Consejo de Minería.
E N D
UNIVERSIDAD ALAS PERUANASFacultad de Derecho y Ciencias Políticas DERECHO MINERO E HIDROCARBUROS 2010-I (Clase 12) Docente: Raúl Serpa Casas
Consejo de Minería El Consejo de Minería es el Órgano de la Jurisdicción Administrativa en materia de minería, encargado de conocer y resolver en última instancia administrativa, todos los asuntos de minería y mineros ambientales y ejercer las demás atribuciones que le asigna la Ley General de Minería y la normatividad legal vigente.
Principales Funciones del Consejo de Minería • Conocer y resolver en última instancia administrativa los recursos de apelación en materia minera. • Resolver sobre los daños y perjuicios que se reclamen en la vía administrativa. • Resolver los recursos de queja por denegatoria del recurso de revisión. • Uniformar la jurisprudencia administrativa en materia minera. • Las demás atribuciones que le señalen las leyes y reglamento, o que sean inherentes a su función.
Dirección General de Minería La Dirección General de Minería, es el órgano encargado de normar, promover y fiscalizar las actividades mineras. Propone y/o expide, la normatividad del Subsector Minería en las actividades de cateo, exploración, desarrollo, explotación, concentración, fundición, refinación y comercialización, promoviendo su desarrollo sostenible y fiscalizando el cumplimiento de obligaciones establecidas en la legislación minera.
Principales Funciones de la Dirección General de Minería (1) • Proponer la política del Sector Minería; • Promocionar las inversiones en el Sector Minería; • Formular y proponer las normas técnicas y legales relacionadas con el Sector Minería; • Coordinar con la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, INGEMMET, OSINERGMIN, así como con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades públicas y privadas los asuntos relacionados con el desarrollo de las actividades sostenibles del Sector Minería; • Otorgar los títulos de concesiones de beneficio, labor general y transporte minero, así como aprobar sus modificaciones y autorizar la construcción de labores de acceso, ventilación y desagüe en concesiones mineras vecinas;
Principales Funciones de la Dirección General de Minería (2) • Autorizar el inicio o reinicio de actividades minero metalúrgicas; • Otorgar los Certificados de Operación Minera y Autorizar el uso de ANFO y similares, bajo su competencia; • Aprobar los planes de minado y sus modificaciones bajo su competencia; • Autorizar las inscripciones en el Registro de Empresas Especializadas de Contratistas Mineros; • Resolver los procedimientos de extracción ilícita bajo su competencia; • Emitir opinión en las solicitudes de servidumbre minera; • Aprobar los Programas de Inversión y Estudios de Factibilidad para los Contratos de Garantías y Medidas de Promoción a la Inversión así como sus modificaciones y ejecuciones;
Principales Funciones de la Dirección General de Minería (3) • Suscribir contratos de inversión en exploración para la devolución del IGV e IPM; • Emitir opinión para la adquisición de propiedades mineras e inversiones por extranjeros en zona de frontera; • Aprobar la nómina de peritos mineros e imponer sanciones a los mismos en caso de incumplimiento a las normas que los rigen; • Disponer visitas de verificación en zonas donde se realicen actividades mineras; • Conceder recursos impugnativos y declarar la nulidad; así como resolver recursos administrativos bajo su competencia;
Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros Es el órgano técnico normativo encargado de proponer y evaluar la política, proponer y/o expedir la normatividad necesaria, así como promover la ejecución de actividades orientadas a la conservación y protección del medio ambiente referidas al desarrollo de las actividades mineras, y promover el fortalecimiento de las relaciones armoniosas de las empresas sectoriales con la sociedad civil. Está a cargo de un Director General quien depende jerárquicamente del Viceministro de Minas.
Principales Funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (1) • Proponer la política y normas legales para la conservación y protección del ambiente. • Aprobar las normas técnicas para la adecuada aplicación de las regulaciones referidas a la conservación y protección del ambiente y fortalecimiento de las relaciones armoniosas de las empresas con la sociedad civil que resulte involucrada en las actividades del Sector. • Normar la evaluación de impactos ambientales y sociales derivados de las actividades del Sector estableciendo las medidas preventivas y correctivas, necesarias para el control de dichos impactos.
Principales Funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (2) • Calificar y autorizar a instituciones públicas y privadas para que elaboren Estudios de Impacto Ambiental (EIA), en el Sector de Energía y Minas. • Evaluar, aprobar o desaprobar EIA, EIAP; EA, Planes de Cierre o Abandono sus modificaciones y modificaciones de PAMA. • Elaborar o promover estudios ambientales y sociales necesarios para el desarrollo y crecimientos de las actividades del Sector. • Evaluar las denuncias por trasgresión de la normatividad ambiental sectorial vigente y proponer las sanciones que el caso amerite.
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET (1) Funciones: • Recibir, admitir a trámite y tramitar petitorios de concesión minera a nivel nacional; • Otorgar títulos de concesión minera; • Conducir el proceso de remate de petitorios mineros a nivel nacional en los casos de simultaneidad; • Tramitar y resolver los recursos de oposición y las denuncias de internamiento; • Tramitar y resolver solicitudes de acumulación, división ó fraccionamiento de derechos mineros.
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET (2) • Constituir las sociedades legales de oficio o a solicitud de parte, cuando corresponda; • Extinguir petitorios y concesiones mineras, por causales de abandono, caducidad, nulidad, inadmisibilidad, rechazo, renuncia, cancelación y otras que determine la ley y publicar su libre denunciabilidad cuando corresponda; • Resolver sobre la renuncia parcial o total de las concesiones mineras; • Administrar el Catastro Minero, el Pre catastro y el Catastro de Áreas Restringidas a la Actividad Minera; Conceder los recursos de revisión en los procedimientos en el que le corresponda ejercer jurisdicción administrativa;
Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET (3) • Administrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad, controlando los abonos efectuados, las deudas y expidiendo las resoluciones de no pago de derecho de vigencia y penalidad; • Elaborar el Padrón Minero Nacional; • Proporcionar a las Regiones competentes en materia de procedimiento ordinario minero, información catastral integrada a nivel nacional; • Incorporar y mantener en el Catastro Minero Nacional la información proveniente de los Gobiernos Regionales en materia de procedimientos mineros, según competencias; • Proporcionar asesoría a los Gobiernos Regionales en materia jurisdiccional administrativa minera relacionada al Procedimiento Ordinario Minero;
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN Mediante Ley Nº 26734 se creó un Organismo Público, entonces bajo el nombre anterior de OSINERG. Posteriormente, a través de la Ley 28964, se creó el actual Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), como organismo regulador, supervisor y fiscalizador de las actividades que desarrollan las personas jurídicas de derecho público interno o privado y las personas naturales, en los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, técnica, administrativa, económica y financiera. La misión del OSINERGMIN es regular, supervisar y fiscalizar, en el ámbito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería, así como el cumplimiento de las normas legales y técnicas referidas a la conservación y protección del medio ambiente, así como de seguridad e higiene minera.