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La Descentralización Fiscal en el Perú

La Descentralización Fiscal en el Perú. Carmen Ortiz, Anja Linder y Gonzalo Neyra Curso de Descentralización y Federalismo Fiscal 2-13 agosto, 2004. Características del Perú. Población: 27 Mill. PBI: US$ 56.5Mn PBI/c á p: US$ 2 053 Capital: Lima Regiones: 25 Provincias: 194

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Presentation Transcript


  1. La Descentralización Fiscal en el Perú CarmenOrtiz, Anja Linder y Gonzalo Neyra Curso de Descentralización y Federalismo Fiscal 2-13 agosto, 2004

  2. Características del Perú Población: 27 Mill. PBI: US$ 56.5Mn PBI/cáp: US$ 2 053 Capital: Lima Regiones: 25 Provincias: 194 Distritos: 1,828 Presión tributaria 11.5% del PBI

  3. Sistema y Niveles de Gobierno • La Constitución de 1993 señala que el Perú es un país unitario descentralizado con tres niveles de gobierno: nacional, regional y municipal. • Sistema Presidencial y Parlamento unicameral. • El país consiste de 25 regiones, 194 municipalidades provinciales y 1828 municipalidades distritales. Cada nivel de gobierno tiene autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia. • Las autoridades regionales y locales se eligen directamente cada 4 años. • Asociación de Municipalidades del Perú.

  4. Asignación de Responsabilidades NACIONAL REGIONAL LOCAL Relaciones Exteriores  Defensa Nacional  Justicia  Orden Interno  Moneda y Banca  Comercio Internacional  Educación  Salud  Medio Ambiente  Producción (Agro, Ind, Min, etc.)  Infraestructura  Comunicaciones  Energía  Planificación Urbana  Residuos Sólidos Saneamiento y Agua Potable  Transporte Colectivo 

  5. Gastos por nivel gubernamental

  6. Asignación de Fuentes de Ingresos NACIONAL REGIONAL LOCAL Impuesto Renta Personas  Impuesto Renta Empresas  Impuesto al Valor Agregado  Impuesto Selectivo al Consumo  Impuesto a las Importaciones  Canon  Impuesto a transferencias de prop.  Impuesto Vehicular  Impuesto Predial  Tasas y contribuciones  Transferencias  Otros 

  7. Ingresos por nivel gubernamental

  8. Desequilibrio Vertical Ingresos Gastos

  9. DesequilibrioHorizontal (1)

  10. Desequilibrio Horizontal (2)

  11. Transferencias Fiscales Intergubernamentales

  12. Indicadores: Transferencias por nivel gubernamental

  13. Gestión de gasto público • Ley de Gestión Presupuestaria del Estado (1999) Ley 27209 • Directivas anuales del DNPP del MEF • Ley anual del Presupuesto del Sector Público (2003), Ley 28128 Dirección Nacional del Presupuesto Público (DNPP) del MEF es el órgano rector del sistema nacional de presupuesto Reglas y objetivos macrofiscales: • Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal • Marco Macroeconómico Multianual (3 años) del MEF Control financiero: • Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) 1997-1998 • Integración de los procesos presupuestarios, contables y de tesorería

  14. Endeudamiento subnacional (1) • Las reglas y modalidades de endeudamiento público: • Ley anual de Endeudamiento del Sector Público (Ley 28130 2003) • Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal (Ley 27245 1999) • Ley modificatoria de la Ley de Transparencia Fiscal (Ley 27958 2003) • Endeudamiento sub-nacional tanto interno como externo. • Endeudamiento externo: aval del gobierno nacional, sólo para financiar proyectos de infraestructura pública. • Toda entidad del sector público que tenga endeudamiento, incluyendo deudas que no cuenten con la garantía del gobierno nacional, debe informar a la Dirección Nacional de Crédito Público del MEF acerca de los saldos adeudados al cierre de cada trimestre calendario.

  15. Endeudamiento subnacional (2) • El marco legal establece límites al endeudamiento subnacional: • el stock de deuda < 100% de los ingresos corrientes anuales • el servicio de la deuda anual < 25% de los ingresos corrientes anuales. • resultado primario con promedio positivo durante los últimos 3 años. • El incumplimiento de las reglas conlleva restricciones en el acceso a los fondos del Foncor, del Foncomún y del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE). • Los recursos retenidos podrán servir únicamente para el pago de las obligaciones de la entidad infractora. • Inexistencia, por ahora, de problema macroeconómico de endeudamiento subnacional. • No se considera el endeudamiento corriente local.

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