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CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL

CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL. NÓMINA:. Todo ente público o privado para alcanzar sus objetivos, requiere de fuerza de trabajo, a la cual se le retribuye su esfuerzo y dedicación con un salario por tanto la nómina constituye dentro de la estructura de gastos, una partida bien significativa.

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CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL

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Presentation Transcript


  1. CICLO DE NÓMINA Y PERSONAL

  2. NÓMINA: Todo ente público o privado para alcanzar sus objetivos, requiere de fuerza de trabajo, a la cual se le retribuye su esfuerzo y dedicación con un salario por tanto la nómina constituye dentro de la estructura de gastos, una partida bien significativa.

  3. CALCULO DE LA NÓMINA: El calculo de la nómina total es función del departamento de nómina. Para facilitar su calculo se puede utilizar un documento o libro auxiliar que contenga por lo menos la siguiente información:

  4. Número de la tarjeta del reloj asignada al trabajador. • Número del seguro social obligatorio • Clase de trabajo que realiza el empleado. • Apellidos y nombres. • Número de la cédula de identidad. • Horas de la jornada. • Horas realmente trabajadas. • Tarifa por hora. • Salario diario, bonificaciones, deducciones, observaciones, y firmas autorizadas.

  5. Salario normal Es la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación del servicio. Quedan por lo tanto excluidos del mismo, las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las percepciones que no tienen carácter salarial.( art. 133 parágrafo segundo L.O.T)

  6. Beneficios que no tienen carácter remunerativo: • El reintegro de gastos médicos, farmacéuticos y odontológicos. • La provisión de ropa de trabajo, • El suministro de útiles escolares y de juguetes. • El otorgamiento de becas o pago de cursos de capacitación o de especialización. • El pago de gastos funerarios. • El servicio de comedor, provisión de comidas y de guarderías infantiles. • Viáticos cuando se deba rendir cuentas (art. 133 parágrafo 3 L.O.T)

  7. Fundamentación Legal • Constitución de la republica bolivariana de Venezuela. • Ley orgánica del trabajo. • Reglamento de la ley orgánica del trabajo. • Ley del seguro social obligatorio y su reglamento. • Subsistema de paro forzoso y de capacitación laboral. • Ley del subsistema de vivienda y política habitacional. • Ley del I.N.C.E. • Ley de I.S.L.R.

  8. OBLIGACIONES LEGALES, CONTRACTUALES Y VOLUNTARIAS Legales: Seguro social obligatorio, paro forzoso, política habitacional, I.N.C.E, impuesto sobre la renta. Contractuales: Caja de ahorro, cuota sindical, entre otras. Voluntarias: Descuentos por préstamos, aportes a colegio de profesionales y otros de similar naturaleza.

  9. TARIFAS DE COTIZACIONES S.S.O: Para cotizar al seguro las empresas se agrupan en tres categorías: Riesgo bajo (9%), Medio (10%), y alto (11%), por parte de la empresa y 4% el trabajador, pero cuando los beneficios se reciben parcialmente no importa el riesgo, se cotiza bajo una sola tasa 4% el patrono y el 2% el trabajador. Sólo para cubrir las prestaciones por invalidez o incapacidad parcial, vejez, muerte y la asignación por nupcias, independientemente del riesgo.

  10. Seguro de paro forzoso: Ofrece protección temporal a lo obreros y empleados tanto en el sector público como del privado,que terminen su relación laboral por cualquier causa a excepción del retiro voluntario.La cotización es de 2.20% del salario utilizado para el cálculo de las cotizaciones del seguro social. El patrono aporta el 1.70% y el trabajador el 0.50% el limite del salario para cotizar es equivalente a 5 salarios mínimos.

  11. Ahorro Habitacional: El decreto ley regula las bases de la política habitacional para que el Estado estimule, movilice y apoye las acciones del sector público y privado, a fin de satisfacer las necesidades de vivienda en el país, el único requisito que se exige para optar al programa es no devengar ingresos mensuales superiores a 110 U.T, el aporte de los empleados es del 1% de su remuneración mensual y el 2% para los patronos del monto erogado.

  12. I.N.C.E De acuerdo a la Ley del I.N.C.E, los patronos y trabajadores están obligados a contribuir como aportantes al instituto de la manera siguiente: Empresas con 5 trabajadores 2% de los sueldos (todos). El aporte de los trabajadores será del 0.50% de las utilidades anuales ( a partir de un trabajador la empresa retiene)

  13. Registros contables: Pago de la nómina. -x- Gastos por sueldos xxx Gastos por horas extras xxx Gasto por bono compensatorio xxx Retenciones ISLR xxx Retención de S.S.O xxx Retención de S.P.F xxx Retención de Fondo.A xxx Adelantos de sueldos xxx Préstamos a empleados xxx Efectivo en bancos xxx

  14. Registro de gastos relacionados con la nomina por cuenta de la empresa -x- Gastos de S.S.O xxx Gastos de seguro de paro forzoso xxx Aportes patronales xxx Otorgamiento de un préstamo a empleados -x- Préstamos por cobrar a empleados xxx Efectivo en bancos xxx

  15. Terminación de la relación laboral -x- Prestaciones sociales xxx Gastos de utilidad xxx Gastos de vacaciones xxx Apartado de prestaciones sociales xxx Gastos acumulados xxx Préstamos a empleados xxx Anticipo dados a empleados xxx Retenciones laborales xxx Efectivo en bancos xxx Pago de retenciones y aportes laborales -x- Aportes patronales xxx Retenciones laborales xxx Efectivo en bancos xxx

  16. Pagos de retención y aportes laborales -x- Aportes patronales xxx Retención laborales xxx Efectivo en bancos xxx Otorgamiento de anticipo a cuenta de prestaciones sociales -x- Anticipo sobre prestaciones sociales xxx Efectivo en bancos xxx Registro de la acumulaciones de prestaciones sociales -x- Prestaciones sociales, gastos xxx Prestaciones sociales por hogar xxx

  17. Registro de la acumulaciones de utilidades -x- Gastos de utilidades xxx Utilidades acumuladas por pagar xxx Pagos de las utilidades -x- Gastos de utilidades por pagarxxx Gastos de utilidades o xxx Gastos de utilidades xxx Retención del I.N.C.E xxx Efectivo en bancos xxx

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