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XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública. La Programación Financiera Cdor. Abelardo G. Harbin. La Programación Financiera. En este trabajo, continuación del presentado en el Simposio anterior, vamos a:
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XXIX Simposio Nacional de Profesores Universitarios de Contabilidad Pública La Programación Financiera Cdor. Abelardo G. Harbin
La Programación Financiera • En este trabajo, continuación del presentado en el Simposio anterior, vamos a: • Describir las normas y procedimientos de la programación financiera (cuotas de compromiso, devengo y límite financiero o cuota de pago), • Establecer el contexto macroeconómico en que esta programación se lleva a cabo, • Intentar determinar las críticas que se puedan hacer al proceso, • Dejar abierto el camino para nuevos aportes al tema. Cdor. Abelardo Harbin
En el Simposio anterior… • … realizado en la Ciudad de Mar del Plata se presentó un trabajo sobre la CUT y el Sistema de Cuentas Escriturales. • Allí se diferenció el sistema de “Cuenta Única del Tesoro” del sistema de “Fondo Unificado de Cuentas Oficiales”. • Se desarrolló el Sistema de Cuentas Escriturales (debitan por la recaudación y acreditan por los pagos, aplican el principio de dualidad y son acumulativas). • Se concluyó que las Cuentas Escriturales son un subproducto del Sistema Contable. • Se presentó un resumen de la información presentada por distintas Jurisdicciones. Cdor. Abelardo Harbin
En el Simposio anterior… • Y se concluyó que el sistema de “Cuentas Escriturales” es un subproducto del Sistema Contable, razón por la cual, se sostuvo que su ejecución y saldos debían ser informados en la Cuenta de Inversión o Cuenta General del Ejercicio. Cdor. Abelardo Harbin
Las Cuentas Nacionales y la Política Fiscal Producto según destino: • PIB = Y = C + I + G + X – Q • PIB = Y = C + Ipub + Ipriv + G + X – Q • (Yd = Y – t + TR) Cdor. Abelardo Harbin
El Sist. Bancario y las Políticas Cambiaria y Monetaria Cdor. Abelardo Harbin
Antecedentes Normativos • 1º) La Ley 24.156 de Administración Financiera y de Control del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario 1.344/07. • 2°) El Sistema Presupuestario (manual de la ONP) • 3º) El Sistema de Tesorería (manual de la TGN) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Objetivos: • a) Garantizar la aplicación de los principios de regularidad financiera…; • b) Sistematizar las operaciones de programación, gestión y evaluación de los recursos del sector público nacional… • (Art. 4 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Competencias: • De la ONP: • c) Dictar las normas técnicas para la … programación de la ejecución … de los presupuestos de la administración nacional: • h) Aprobar, juntamente con la Tesorería General, la programación de la ejecución del presupuesto de la administración nacional preparada por las jurisdicciones y entidades que la componen... • (Art. 17 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Competencias: • De la TGN: • a) Participar en la formulación de los aspectos monetarios de la política financiera, que para el sector público nacional, elabore el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera; • b) Elaborar juntamente con la ONP la programación de la ejecución del presupuesto de la administración nacional y programar el flujo de fondos de la administración central; Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Competencias: • De la TGN: • h) Elaborar anualmente el presupuesto de caja del sector público y realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución; • i) Coordinar con el Banco Central de la República Argentina la administración de la liquidez del sector público nacional en cada coyuntura económica, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja; • (Art. 74 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Responsabilidades: • De las Jurisdicciones y Entidades: • … programar … la ejecución física y financiera de los presupuestos… (normas … la reglamentación y las disposiciones complementarias y procedimientos que dicten los OR de los sistemas presupuestario y de tesorería… ) • Dicha programación será ajustada y las respectivas cuentas aprobadas por los órganos rectores… • El monto total de las cuotas de compromiso fijadas para el ejercicio no podrá ser superior al monto de los recursos recaudados durante éste. • (Art. 34 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Responsabilidades: • De las Jurisdicciones y Entidades: • … remitirán a la ONP … la programación anual de los compromisos y del devengado. • La SH (SSP) definirá las cuotas conforme a las posibilidades de financiamiento y comunicará los niveles aprobados a las jurisdicciones y entidades... • La asignación de cuotas de gastos de compromiso y de devengado comprenderá los gastos de toda la AN y se realizará en la forma que determine la SH. • Dentro del nivel asignado … las jur. y ent. podrán efectuar reasignaciones de las cuotas de compromiso y de devengado comunicadas. • (Art. 34 DR de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Ley 24.156 y Dcto. 1.344/07 • Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año podrán ser cancelados, durante el año siguiente, con cargo a las disponibilidades en caja y bancos existentes a la fecha señalada. • Los gastos mencionados en el párrafo anterior también podrán ser cancelados, por carácter y fuente de financiamiento, con cargo a los recursos que se perciban en el ejercicio siguiente. • La, programación de la ejecución financiera, prevista en el artículo 34 de la Ley 24.156, del ejercicio fiscal siguiente deberá ajustarse a fin de atender las obligaciones financieras determinadas en el párrafo precedente. • (Art. 42 de la Ley) Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • C. PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN • La programación de la ejecución física y financiera del presupuesto de la APN cobró importancia como instrumento para una correcta coordinación entre la percepción de los recursos públicos y su aplicación para cumplir los objetivos de los programas presupuestarios. • Es un proceso posterior a la Distribución Administrativa de los créditos presupuestarios y previo a la ejecución. • Implica compatibilizar el ritmo óptimo de ejecución de programas con la disponibilidad temporal de recursos y los restantes objetivos de política económica. • Las Jurisdicciones y Entidades deben elaborar un programa anual de utilización del crédito presupuestario desagregado en trimestres. • Esta programación por períodos permite graduar la ejecución del gasto en el Organismo y constituye la base para determinar las cuotas de compromiso y de devengado. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • La programación de la ejecución del presupuesto debe realizarse tanto en los aspectos físicos como financieros. • La responsabilidad de la SHN, en el marco del equilibrio financiero, consiste en compatibilizar la citada programación con la proyección de recursos que se prevé recaudar en el trimestre bajo análisis así como también tener en cuenta el flujo de ingresos de los próximos trimestres. • Para ello, en el comienzo de cada trimestre, la ONP efectúa un análisis que incluye la proyección del resultado primario base caja, la proyección de recursos y financiamiento, los servicios de la deuda, los gastos de cumplimiento obligatorio, los gastos estacionales, gastos prioritarios y otros casos especiales a considerar. • Sobre esta base se determinan cuotas meta o tope para el período bajo análisis por fuente de financiamiento. • La SHN, una vez analizados los requerimientos presentados, define las cuotas según las posibilidades de financiamiento y comunica los niveles aprobados a las Jurisdicciones y Entidades, quienes deben ajustar su programación original a las cuotas efectivamente aprobadas, efectuando la distribución por programas. • La distribución interna entre UEP de las cuotas de compromiso y devengado, se rige por la Res. Nº 598/98 de la SHN y la Circ. Nº 1/99 (1/12) de la ONP. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Ventajas de la Programación de la Ejecución • A nivel de Organo Central: • Ordenar la ejecución del presupuesto permitiendo una buena programación de gastos de tal forma que se logren los objetivos de política presupuestaria definidos en el presupuesto, compatibilizando el ritmo de ejecución con el crédito anual asignado y con los recursos disponibles. • Cumplir con los principios de Centralización Normativa y Descentralización de la Ejecución. • Actuar como eslabón entre el presupuesto y la caja evitando la generación de deuda flotante y cumpliendo con el equilibrio financiero. • Minimizar las reprogramaciones presupuestarias. • A nivel de Jurisdicciones y Entidades: • Tener el control y evaluación periódica de la provisión de bienes y servicios y de la aplicación de los recursos reales y financieros que la misma requiere. • Permite que los recursos humanos, materiales y servicios requeridos de terceros para la ejecución estén disponibles en el momento oportuno. • Evita paralizar programas, salvo cuando ocurran hechos imprevisibles, disminuyendo en consecuencia la posibilidad de elevación de costos. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Algunos obstáculos en el mecanismo de la Programación de la Ejecución • Dada la versatilidad de la coyuntura, la asignación de cuotas en ciertas ocasiones críticas tiende a ser limitante. En situaciones más favorables, se podrán tener más en cuenta las estacionalidades de gastos y otros tipos de requerimientos. • Aún no hay conciencia plena y generalizada de una buena programación presupuestaria. • En las solicitudes de cuotas, a veces, no se tiene en cuenta una planificación de acciones a lo largo del ejercicio, ni las estacionalidades del gasto. Cdor. Abelardo Harbin
Esquema de la dinámica de la programación de la ejecución en el ciclo anual del sistema presupuestario (Manual del Sistema Presupuestario).
Proceso de gestión de la programación de la ejecución en cada trimestre (Manual del Sistema Presupuestario)
Necesidad de reprogramaciones de la programación de la ejecución del presupuesto (Manual del Sistema Presupuestario).
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Res. 598/98 SHN: • Artículo 1°—Las jurisdicciones, subjurisdicciones y entidades comprendidas en el Presupuesto General de la Administración Nacional, dentro del ámbito de cada servicio administrativo financiero, deberán proceder en tiempo y forma a la distribución interna entre las unidades ejecutoras de los Programas o categorías presupuestarias del mismo nivel, de las cuotas de compromiso y de devengado que trimestralmente aprueba y comunica la SECRETARIA DE HACIENDA (SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO) del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Del mismo modo se deberá proceder con relación a las reprogramaciones que se aprueben. • Dicha asignación de cuotas se efectuará también a las Actividades Específicas y/o Proyectos conducidos por Unidades Ejecutoras de Prestamos otorgados por Organismos Internacionales, para todas sus fuentes de financiamiento. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Circ. 1/12 – ONP: • Definición de los Objetivos de Política Prioritarios: • Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben definir los objetivos de política que consideren de prioritaria ejecución en el ejercicio fiscal 2012. Para la tramitación de los requerimientos de cuotas de compromiso y devengado, previa al inicio del trimestre, las jurisdicciones y entidades deberán acompañar sus solicitudes con la descripción de los objetivos de política prioritarios definidos para el periodo y aplicarse en las reprogramaciones como fundamentos de los requerimientos de cuotas adicionales para comprometer y devengar gastos. • Si en el transcurso del ejercicio se produjeran cambios en la definición de los objetivos de política, se deberá presentar una actualización de los mismos con la debida fundamentación. • En todos los casos, se deberá detallar la apertura programática asociada al gasto considerado prioritario (Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Obra, Inciso, Partida Principal, Parcial, Subparcial y Fuente de Financiamiento). Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Circ. 1/12 – ONP: • Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional deben efectuar los requerimientos de cuotas (tanto en las programaciones trimestrales como en las reprogramaciones) con la siguiente desagregación: • - Fuente de Financiamiento • - Jurisdicción • - Servicio • - Programa • - Objeto del Gasto Nivel de Desagregación • - Inciso 1- Gastos en Personal Inciso • - Inciso 2- Bienes de Consumo Inciso • - Inciso 3- Servicios no Personales Inciso • - Inciso 4- Bienes de Uso Inciso • - Partida 51.- Transf. al Sect. Priv. para financiar Gtos. Ctes. Pda. Parcial • - Resto de las Partidas del Inciso 5 Pda. Pcipal. • - Inciso 6- Activos Financieros Pda. Parcial • - Inciso 7- Servicio de la Deuda y Dism. de Otros Pasivos Pda. Parcial • - Inciso 8- Otros Gastos Inciso • - Inciso 9- Gastos Figurativos Pda. Subparcial Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema Presupuestario (ONP) • Circ. 1/12 – ONP: • Plazos para las Solicitudes de Programación y Reprogramaciones de Cuotas de Compromiso y Devengado: • La presentación de la programación de cuotas de gastos se recibirá antes del día 15 correspondiente al último mes de cada trimestre, la presentación de las reprogramaciones de cuotas de compromiso y devengado se recibirá antes del día 20 de la terminación del trimestre respectivo. • Reprogramaciones de cuotas a financiar con Recursos Propios o con Recursos con Afectación Especifica: Las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional que realicen reprogramaciones de cuotas de compromiso y devengado durante el trimestre en ejecución a financiarse con fuentes de financiamiento 12-Recursos Propios ó 13-Recursos con Afectación Específica deberán acompañar una proyección de dichos recursos, actualizada a la fecha de presentación de la reprogramación en cuestión. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • La Programación de la Ejecución del Presupuesto. • El mecanismo de la Programación de la Ejecución del Presupuesto establece cuotas trimestrales que actúan como un techo o nivel máximo a gastar en las etapas de compromiso y devengado, para cada una de las Jurisdicciones o Entidades, con apertura de acuerdo a la clasificación por objeto del gasto. • Las cuotas de compromiso rigen para el trimestre al término del cual los saldos no utilizados se pierden. El mismo criterio es válido para las cuotas de devengado, con la diferencia que estas últimas se otorgan mensualmente, y los saldos no utilizados durante los meses son acumulables hasta el final del trimestre, cuando fenecen definitivamente. • De este proceso participan distintas fuentes de información (los "insumos" de la programación) y distintos participantes (los Sistemas de Tesorería, Presupuesto, Crédito Público, etc.) Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • 1. La TGN elabora una primera versión de la Programación Financiera (Plan de Caja anual) para los distintos subperíodos que componen el ejercicio. Para ello toma en cuenta el flujo esperado de ingresos, integrado por: • La estimación de la recaudación tributaria y su estacionalidad. • La proyección de recursos no tributarios y otros ingresos corrientes y no corrientes a percibir. • Los fondos a desembolsar, producto de operaciones de financiamiento, confirmadas para el período objeto de la programación. • Y la previsión del flujo de egresos de caja. El mismo contempla los servicios financieros de la Deuda Pública (ONCP), la proyección propia de otros pagos corrientes y no corrientes del período, el análisis de la Deuda Exigible y de la estacionalidad de los gastos del período. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • 2. La ONP recibe y procesa la siguiente información: • Los requerimientos de cuotas de las Jurisdicciones y Entidades, en función de la propuesta de programación física y financiera derivada de las metas establecidas por los responsables de los programas. • Una versión inicial de la programación de caja del período de la TGN. • Con estos elementos, la ONP eleva a las autoridades de la SHN el proyecto de cuotas de compromiso y cuotas de devengado para el trimestre bajo análisis, quienes lo aprueban realizando las modificaciones que consideren pertinentes. • Las Jurisdicciones y Entidades comprometen y devengan gastos en función de las cuotas otorgadas. • El devengo se realiza a través de la emisión de OP, lo cual alimenta permanentemente el stock de deuda exigible o flotante, que es un insumo básico en la programación del flujo de pagos del Plan de Caja de Tesorería. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • 3. La TGN reprograma el flujo de pagos en función del nuevo esquema de gastos aprobados, presentando una nueva versión del Plan de Caja trimestral mensualizado. En el mismo, se vuelven a asignar los recursos estimados para el ciclo, entre la deuda exigible inicial y el nuevo nivel autorizado para gastar. Se fija así el stock de deuda exigible proyectado al final de cada período. • Aquí se verifica la importancia de la relación entre los Sistemas de Tesorería y Presupuesto, con el objeto de compatibilizar el nivel de la deuda flotante y una adecuada asignación de recursos con el equilibrio del Balance del Tesoro. • “De esta manera se minimiza el uso del mecanismo de financiamiento tácito que implica la reprogramación o el retraso de los pagos de gastos devengados, ya que el mismo alienta la presentación de sobreprecios por parte de los oferentes de bienes o servicios al Sector Público, provocando la existencia de un costo no explícito de endeudamiento público, además de cargar con ineficiencia y discrecionalidad en la gestión de pagos.” Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • En esta etapa asimismo, se agrega a la Programación Financiera del Tesoro información de los programas de caja de otros sectores de la Administración Nacional, que ellos mismos elaboran en función del conocimiento de la situación de su propio flujo de fondos. Se incorporan los programas de caja mensuales semanalizados de los OD y de los Recursos Afectados de la Administración Central integrados a la CUT. • Dicha consolidación se realiza a través de la remisión periódica a la TGN de los citados programas por parte de los SAF responsables de operar con los recursos en cuestión. Este mecanismo representa uno de los aspectos de la vinculación y la coordinación referida a la programación de caja entre el Órgano Rector del Sistema (la TGN) y los ejecutores de los procesos operativos del mismo (las Tesorerías Jurisdiccionales) • Por otro lado, se adiciona la programación mensual de caja diarizada de las Instituciones de Seguridad Social, lo que permite construir, de esta forma, el Programa de Caja Consolidado de la Administración Nacional. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • 4. Se presenta el programa de caja a la Ssría. de Financiamiento, a fin de analizar las eventuales necesidades de financiamiento. • Se configura la programación del financiamiento, que detalla el cronograma de colocación de deuda (que incluye montos, fechas e instrumentos) • El marco de referencia para estas operaciones está dado por la Ley de Presupuesto del año respectivo o una ley específica sobre endeudamiento. • Si el programa de caja sugerido muestra excedentes, la tarea de la SSría de Financiamiento será recomendar la mejor alternativa de inversión y participar de su operatoria. • En cuanto al financiamiento de los déficits transitorios o estacionales de caja, el Tesoro cuenta con una serie de instrumentos que pueden ser incorporados como supuestos en la propuesta de programación realizada en esta instancia del proceso. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • 5. Se incorpora la información referida a las operaciones concertadas o posibles que integran el programa de financiamiento, tanto las provenientes del Sistema de Crédito Público como las que se derivan de la administración de activos y pasivos de corto plazo. • El Plan de Caja resultante es la propuesta final y completa del Sistema de Tesorería para el período que se encuentra bajo proceso. El mismo se eleva a las autoridades de la SHN para su análisis y posterior aprobación, o bien su reconsideración. • 6. Finalmente se controla y evalua la ejecución de caja del período, a fin de examinar la calidad de la programación analizando los posibles desvíos, y considerar los resultados de dicha ejecución como insumo de la programación del período siguiente, al recomenzar el proceso. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • Frecuencia con que se realizan las distintas etapas: • El Proceso de Programación de la Ejecución, que determina las cuotas de compromiso y devengado (las dos primeras etapas comentadas), se lleva a cabo trimestralmente. • La reprogramación que la TGN realiza en función de las cuotas aprobadas (3° etapa), se hace mensualmente, de acuerdo a la evolución de los saldos de las cuotas de devengado y de la deuda exigible. En esta instancia además, se confeccionan programas de caja diarios y por cuenta bancaria con el objeto de determinar la estacionalidad de recursos y gastos en el corto plazo. • La incorporación de la programación del financiamiento (4° y 5° etapas) también se produce mensualmente, con un análisis de la estacionalidad de las necesidades (o de los excedentes) de caja. • Finalmente, la evaluación de la ejecución de caja que realimenta el proceso (6° etapa) se practica dos veces al mes. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • La Programación de Caja: • El módulo de Programación de Caja permite a la TGN asignar límites financieros a los SAF y a sí misma, denominado "Cuota de Pago", que les habilita a girar contra la CUT. • Dichas cuotas de pago son programadas y fijadas considerando la disponibilidad en la Cuenta Escritural por la que debe realizarse el pago y, por supuesto, la respectiva deuda que origina la necesidad de cancelación. • El módulo de Pagos permite que la TGN y los SAF autoricen pagos que son formalizados a través de la emisión de un medio de pago contra la CUT, denominado "Orden Bancaria". Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • La TGN administra otros tipos de disponibilidades distintas a la financiera. A esos efectos, se crearon, en analogía a las Cuentas Escriturales, otras "cuentas" con el fin de controlar estas disponibilidades, las Cuentas de Operación. • Las Cuentas de Operación constituyen el mecanismo operativo mediante el cual se realizan controles de las diversas disponibilidades de cada SAF, y se acreditan y debitan de acuerdo a las transacciones que se realicen. • Las Cuentas de Operación permiten el control de los saldos a un nivel más desagregado (por fuente de financiamiento o el tipo de gasto). • Así como la disponibilidad financiera de cada SAF está controlada en las Cuentas Escriturales y representa una de las Cuentas de Operación, el sistema también controla su disponibilidad para programar y disponibilidad para pagar. Estos controles son realizados en Cuentas de Operación distintas, conforme se demuestra en el siguiente cuadro. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • La Programación de Caja • a. Programación de Cuotas de Pago • La programación de Cuotas de Pago se utiliza como un instrumento de manejo de los fondos depositados en la Cuenta Única del Tesoro. • Esta herramienta permite operar en el corto plazo (diariamente) y de manera consistente con los mecanismos y conceptos definidos para la Programación Financiera del Sector Público. • Este instrumento permite a la TGN establecer límites de pago a los SAF y a sí misma, girando contra la CUT. • El procedimiento de programación de Cuotas de Pago diferencia en su tratamiento a los SAF según su carácter (AC u OD) y su sistema operativo (SLU u otros). Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • SAF de AC • Las cuotas de pago son programadas, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural, la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto. • Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta Recaudadora, que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto, son datos obtenidos directamente de las Órdenes de Pago registradas en el sistema (considerando el monto bruto de dichas OP si se trata de organismos que operan con SLU y el monto neto cuando operan con otros sistemas) • También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas". • Los gastos financiados por la fuente 11 (recursos del Tesoro Nacional) consideran las Cuentas de Operación del Tesoro. • Los gastos financiados por otras fuentes distintas de los recursos del Tesoro Nacional, consideran las Cuentas de Operación del propio SAF, es decir, son gastos financiados con sus propios recursos. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • SAF de OD • Para los que operan con sistema SLU, las cuotas de pago son programadas por la TGN, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural, la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto. • Las cuotas de pago consideran también la Deuda Exigible y la Cuenta Recaudadora, que, junto con la Fuente de Financiamiento y la Clase de Gasto, son datos obtenidos directamente de las órdenes de pago registradas en el sistema (considerando el monto bruto de dichas OP) • También se considera a efectos de la programación de las cuotas de pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas". Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • Para los SAF de los OD que no operan con el SLU, las cuotas de pago son programadas por la TGN, individualmente, considerando el SAF, la Cuenta Escritural y la Fuente de Financiamiento. • Las cuotas de pago consideran también el “Cronograma de Pagos" aportados por los SAF, la Cuenta Recaudadora, la Fuente de Financiamiento, la fecha, y la estimación de pagos para cada día. • También está considerado a efectos de programación de las cuotas de Pago, el saldo disponible en las Cuentas de Operación "Disponibilidad para Programar" y "Cuotas de Pago Fijadas". • Las Cuentas de Operación afectadas son las del propio SAF, salvo que el Organismo Descentralizado sea financiado con recursos de rentas generales. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • Para todos los SAF, al programarse una Cuota de Pago, el proceso registra automáticamente el débito en la Cuenta de Operación "Disponibilidad para Programar", correspondiente al SAF y su Cuenta Escritural para la cual se está programando. • La programación de cuotas de pago no representa aún la disponibilidad real para que la TGN o los SAF realicen pagos contra la CUT, por consiguiente no son enviadas a los SAF. Es necesario que las cuotas de pago programadas sean confirmadas. • El monto total de cuotas de pago programadas no puede exceder la disponibilidad de caja de la TGN, o sea, el monto total programado no puede exceder el saldo disponible en la CUT, ni tampoco la disponibilidad individual de la Cuenta Escritural correspondiente a cada SAF. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • b. Fijación de Cuotas de Pago • La fijación de cuotas de pago se utiliza como instrumento para que la TGN pueda aprobar –y, transmitir a los SAF o a sí misma las cuotas de pago anteriormente programadas, constituyendo la real disponibilidad con la que liquidan sus gastos. • Las cuotas de pago son fijadas por la TGN a los SAF o a sí misma, a partir de las que se habían programado anteriormente (el sistema recupera y exhibe los registros de las cuotas de pago programadas con los datos necesarios para que se las confirmen) • La confirmación de las cuotas de pago programadas constituye la fijación de las mismas y consecuentemente resulta en los registros que son transmitidos a los SAF para que reciban la información acerca de sus límites actuales para pagos. Cdor. Abelardo Harbin
Manual del Sistema de Tesorería (TGN) • El proceso de fijación de cuotas de pago registra automáticamente el crédito en la Cuenta de Operación "Cuotas de Pago Fijadas", correspondiente al SAF y su Cuenta Escritural en cuestión. • Es facultad de la Tesorería General de la Nación confirmar integralmente las cuotas de pago anteriormente programadas, o sólo una parte. El monto por lo cual se confirma representa el fijado y consecuentemente lo que se transmite a los SAF. El monto confirmado no puede exceder al saldo programado aún no fijado, es decir, no se puede confirmar más del saldo programado. • La fijación de cuotas de pago representa la real disponibilidad financiera para que la TGN o los SAF realicen los pagos que les corresponden, girando contra la CUT. • El saldo programado aún no fijado, siempre queda disponible para las próximas fijaciones, así como el saldo de cuotas de pago fijadas no utilizadas, queda disponible a favor de los SAF o de la TGN para futuros pagos. Cdor. Abelardo Harbin
Conclusiones • En cuanto a la cuota de compromiso… • Se entiende que es el momento exacto para la fijación de cuotas, exactamente antes de asumir “compromisos jurídicos”. Cdor. Abelardo Harbin
Conclusiones • En cuanto a la cuota de devengado… • Se entiende que es una rémora del pasado, se originó en un momento en que no había capacidad operativa para establecer el “límite financiero”. • Más allá de la opinión que se tenga sobre el “límite financiero”, existiendo este último no se justifica la permanencia de la “cuota de devengado”. • Al momento de limitarse el “devengado”, el Estado asumió “compromisos jurídicos”. • Art. 31 DR: el compromiso se opera con: a) El origen de una relación jurídica con proveedores y contratistas … y el devengado con: b) El surgimiento de una obligación de pago mediante la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados o por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos sin contraprestación. • No considerar esos “compromisos jurídicos” es un nuevo desconocimiento (por no decir “negación”) de la vigencia del derecho en las relaciones entre el Estado y los particulares. Cdor. Abelardo Harbin
Conclusiones • En cuanto al límite financiero… • En principio se podría decir que la implementación del límite financiero no es más que el reconocimiento del fracaso de la programación financiera… • Sin embargo, es cierto que aún la programación más ajustada podría tener diferencias con la realidad, cierto que eso debería ser la excepción y no la norma… • Por otra parte, la obligación de la TGN de “Coordinar con el Banco Central de la República Argentina la administración de la liquidez del sector público nacional en cada coyuntura económica, fijando políticas sobre mantenimiento y utilización de los saldos de caja” (art. 74, inc. i) aporta un nuevo motivo de conflicto con la ejecución presupuestaria y sus compromisos… • De hecho, la programación del gasto impacta en el circuito real de la economía (gasto, inversión, producto, transferencias) y el límite financiero en las cuentas monetarias (aumentando o disminuyendo la liquidez, tanto por los pagos como por los adelantos transitorios solicitados al BCRA). • Es por lo tanto, un tema abierto a nuevas discusiones… Cdor. Abelardo Harbin
Funciones de la DPCEF de la TGN • TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN • DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN FINANCIERA • Participar conjuntamente con la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO en la definición de las cuotas trimestrales de compromisos y mensuales de mandado a pagar a fin de someterlas a su aprobación. • Entender en la asignación de cuotas del Sistema de Cuenta Única del Tesoro. Cdor. Abelardo Harbin
Resultados Financieros Cdor. Abelardo Harbin
Resultados Financieros Cdor. Abelardo Harbin