1 / 117

Leyes relacionadas a la educaci n en Puerto Rico por: Lic. Edwin Ramos Rivera Presidente c 2008

LEYES BASICAS RELACIONADAS A LA EDUCACIN. Constitucin de los Estados Unidos de Amrica, 1 LPRA 169Constitucin del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, I LPRA 222a. Concepto de Constitucinb. Historiac. Clases de leyesd. Las Ramas de Gobiernoe. Carta de Derechos. DERECHO A LA EDUCACI

calandra
Download Presentation

Leyes relacionadas a la educaci n en Puerto Rico por: Lic. Edwin Ramos Rivera Presidente c 2008

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. Leyes relacionadas a la educación en Puerto Rico por: Lic. Edwin Ramos Rivera Presidente c 2008

    2. LEYES BASICAS RELACIONADAS A LA EDUCACIÓN Constitución de los Estados Unidos de América, 1 LPRA 169 Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, I LPRA 222 a. Concepto de Constitución b. Historia c. Clases de leyes d. Las Ramas de Gobierno e. Carta de Derechos

    3. DERECHO A LA EDUCACIÓN EN PR Art. II, Sección 5 Constitución ELA: Instrucción pública. Toda persona tiene derecho a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Habrá un sistema de instrucción pública el cual será libre y enteramente no sectario. La enseñanza será gratuita en la escuela primaria y secundaria y, hasta donde las facilidades del Estado lo permitan, se hará obligatoria para la escuela primaria. La asistencia obligatoria a las escuelas públicas primarias, hasta donde las facilidades del Estado lo permitan, según se dispone en la presente, no se interpretará como aplicable a aquellos que reciban instrucción primaria en escuelas establecidas bajo auspicios no gubernamentales. No se utilizará propiedad ni fondos públicos para el sostenimiento de escuelas o instituciones educativas que no sean las del Estado. Nada de lo contenido en esta disposición impedirá que el Estado pueda prestar a cualquier niño servicios no educativos establecidos por ley para protección o bienestar de la niñez.

    4. DERECHO A LA EDUCACIÓN EN EU Este no es un derecho constitucional ya que no surge ni de la Constitución ni de sus Enmiendas. Es un derecho legislado a través de las leyes tanto estatales como federales y también incorporado a través de la interpretación judicial de otras garantías constitucionales así como de las decisiones judiciales.

    5. LEY BASICA RELACIONADA A LA EDUCACIÓN EN PUERTO RICO Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico de 1999 (Ley 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada 3 LPRA 143 a, et seq.) Propósito a. Establecer nueva ley orgánica b. Establecer sistema basado en las escuelas de la comunidad c. Conceder autonomía académica, fiscal y administrativa a las escuelas

    6. CONTINUACIÓN … d. Disponer sobre el Gobierno Escolar e. Establecer derechos y obligaciones de los estudiantes y del personal f. Definir las funciones del Secretario g. Definir las funciones de los Directores h. Autorizar la emisión de reglamentos i. Derogar ciertas leyes existentes

    7. Ley de Servicios Integrales para Personas con Impedimentos

    8. LEY DE SERVICIOS INTEGRALES PARA PERSONAS CON IMPEDIMENTOS Ley 51 de 7 de junio de 1996, según enmendada. Basada en la Constitución del ELA y Leyes Federales pertinentes Crea la Secretaría Auxiliar de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos en el Departamento de Educación Reconoce el derecho de éstos a una educación pública, gratuita, no sectaria y apropiada. Enfoque multidisciplinario.

    9. LEYES RELACIONADAS Ley IDEA- Ley 105-17 de 1997, Individuals with disabilities act Ley Carl D. Perkins- Ley 98-524 de 1984, Ley de Educación Vocacional Federal Ley ADA- Ley 101-336 de 1990, Americans with disabilities act Sección 504 de la Ley de Rehabilitación Vocacional Federal- Ley 93-112 de 1973, Crea la Carta de Derechos de la Persona con Impedimentos

    10. CONTINUACIÓN ... Ley Núm. 44 de 2 de junio de 1988, Ley de Prohibición de Discrimen contra Impedidos Ley Núm. 2 de 27 de septiembre de 1985, Creó la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos (OPPI) Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, Ley de Tránsito de Puerto Rico (Rótulo movible)

    11. Ley para prohibir el Hostigamiento Sexual en las Instituciones de Enseñanza

    12. LEY PARA PROHIBIR EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL EN LAS INSTITUCIONES DE ENSEÑANZA Ley Núm. 3 de 4 de enero de 1998 Propósito- prohibir el hostigamiento sexual en Instituciones de Enseñanza por parte de: Directores Maestros Personal Docente y no Docente Estudiantes Personas no empleadas por la Institución e imponer responsabilidades civiles.

    13. REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE QUERELLAS H.S. Reglamento Núm. 4661 de 6 de marzo de 1992 Propósito- cumplir la política pública que se establece en la Ley 17 de 22 de abril de 1988 y proveer un remedio rápido y adecuado para atender las querellas de hostigamiento sexual en el empleo en el Departamento de Educación. ¿Aplicará este Reglamento a la Ley 3 o hay uno aparte?

    14. Leyes Generales más importantes relacionadas a la Educación

    15. Ley sobre Entrada o Permanencia sin Permiso en Edificios y Terrenos de Escuelas o Colegios

    16. LEY 30 DE 16 DE MAYO DE 1972, SEGÚN ENMENDADA Propósito- mantener la seguridad y tranquilidad en el escenario escolar evitando la presencia de personas no autorizadas en los predios e inmediaciones de los planteles. Evitar la criminalidad y violencia en las escuelas

    17. PRIMERA MODALIDAD Permanencia luego de gestión legítima- esto es si terminó su gestión y se le ordenó salir ¿Quiénes pueden ordenar la salida? a. Director o encargado b. Sustituto c. Maestro d. Empleado rango superior e. Agente Orden Público Estatal f. Guardia Municipal g. Guardia Escolar h. Guardia de Seguridad

    18. SEGUNDA MODALIDAD Entrada o permanencia fuera de horas regulares en la Escuela ¿Quiénes pueden pedir la salida? a. Agente Orden Público b. Guardia Municipal c. Encargado de Vigilancia Penalidades a. Primera- 6 meses o $500.00 o ambas b. Segunda- no menos de 3 meses ni más de 6 meses

    19. A QUIEN NO LE APLICA LA LEY Padres o encargados en gestiones lícitas Estudiantes de la escuela Funcionarios, empleados y maestros de la Escuela Persona particular en gestiones lícitas La presencia física es presunción controvertible de que se cometió el delito Presunción controvertible Caso: Pueblo Ex Rel. I.C.C., 109 DPR 483 (1980)

    20. ROTULOS Enmienda traída por la Ley 135 de 30 de junio de 1977 Contenido: Enmienda dispone en Sec. 2 que una vez se aprobó la misma el Secretario de Educación debía darle publicidad a las disposiciones de la misma en los medios de comunicación del país y que se debían poner rótulos en sitios visibles de cada plantel anunciando las implicaciones penales de penetrar en los terrenos y edificios escolares sin la debida autorización tanto en horas regulares de actividad escolar como fuera de las mismas.

    21. LEY DE MENORES DE PUERTO RICO

    22. LEY DE MENORES DE PUERTO RICO Propósitos- proteger los derechos de los menores por parte del Estado Rehabilitación Menor- hasta 18 años Justicia juvenil- es el mismo proceso para adultos pero con otro nombre

    23. Ley para el Bienestar y la Protección Integral de la Niñez Ley 177 de 1 de agosto de 2003

    24. RESPONSABILIDADES DEL DPTO. EDUCACIÓN BAJO LA LEY (ART. 6ª) Desarrollar políticas y protocolos escolares para informar situaciones de maltrato, maltrato institucional, negligencia y negligencia institucional. Hacer evaluaciones, dar servicio de apoyo y seguimiento. Intervenir en casos de Negligencia Escolar Ofrecer ayuda a padres Facilitar y garantizar la ubicación escolar en 72 horas

    25. RESPONSABILIDADES DEL DPTO. EDUCACIÓN BAJO LA LEY (ART. 6ª) Mantener Catálogo de Recursos y Facilidades Especializadas para ubicación del Menor. Ofrecer asesoramiento y experiencia en casos de maltrato. Facilitar investigación de los referidos y coordinación de los Trabajadores Sociales. Solicitar Orden de Protección a favor de los menores.

    26. Ley de la Carrera Magisterial

    27. LEY DE LA CARRERA MAGISTERIAL Ley Núm. 158 de 18 de julio de 1999, según enmendada por la Ley Núm. 208 de 28 de agosto de 2002 Propósito- se aprobó con el fin de propiciar la excelencia en los servicios educativos del ELA y así darle plena vigencia al mandato constitucional que consagra el derecho de toda persona a la educación

    28. PROPÓSITO LEY 208 DE 28 DE AGOSTO DE 2002 Atemperar las disposiciones de la Ley Núm. 158 a las disposiciones de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico y de la Ley Núm. 45 de 25 de febrero de 1998, Ley de Relaciones para el Trabajo para el Servicio Público de Puerto Rico

    29. OMISIONES EN LA LEY 158 No tomó en consideración al Personal Docente que ahora se incluye: a. Orientadores Escolares b. Trabajadores Sociales Escolares c. Coordinadores de Programas Vocacionales d. Coordinadores Industriales e. Especialista en Tecnología Instruccional Tiene algunas disposiciones que resultan conflictivas con los términos del Convenio Colectivo

    30. OTROS PROPOSITOS DE LA LEY Enmendar para reflejar mejor la realidad del desarrollo profesional y la experiencia de los maestros Subsanar deficiencias en la Ley Núm. 158 Hacer mayor justicia a los miembros de la Carrera Magisterial y atender sus preocupaciones de manera que se cumplan con mayor efectividad los propósitos de la Ley de la Carrera Magisterial

    31. Otras Leyes Generales relacionadas con la Educación

    32. LEY DE EXAMENES LIBRES Ley Núm. 188 de 2 de mayo de 1952, según enmendada; 18 LPRA 47 Obtención Diploma Escuela Superior Se dan una vez por semestre Los aplica el Programa de Extensión Educativa Requisitos: Tener 18 años Llevar fuera de la escuela 1 año (Ley 82 de 20 de junio de 1966)

    33. LEY DE CAMBIO DE NOMBRE DEL DEPARTAMENTO Ley Núm. 68 de 28 de agosto de 1990; Nota 18 LPRA 47 Propósito- esta ley sustituyó el término Secretario de Instrucción Pública por Secretario de Educación

    34. LEY SOBRE EL USO DE AMPLIFICADORES EN LAS ESCUELAS Ley Núm. 211 de 23 de julio de 1974, 18 LPRA 128 Prohíbe propaganda o altoparlantes frente o en lugares adyacentes a escuelas, que perturben o afecten el buen funcionamiento de la escuela Penalidad- es un delito menos grave que en primera convicción conlleva multa de $25-100 o 3 meses de cárcel o ambas penas a discreción del Tribunal

    35. LEY DEL CUERPO DE SEGURIDAD ESCOLAR Ley Núm. 26 de 2 de julio de 1985; 18 LPRA 141 hasta 141 l Política Pública- el Estado quiere tener una eficaz protección de la seguridad de los estudiantes, maestros, personal y facilidades escolares Alrededores- se refiere hasta 200 metros desde el lindero exterior de la escuela

    36. LEY DEL CUERPO DE SEGURIDAD ESCOLAR Se crea el Cuerpo de Seguridad Escolar del Departamento de Educación Facultades: Realizar arrestos dentro o en los alrededores por delitos en su presencia o por información o creencia Expedir citaciones sobre violaciones a normas administrativas del Departamento de Educación

    37. Diligenciar órdenes de arresto, expedidas por un Tribunal Realizar registros en casos de violación a la ley a tenor con las Reglas de Procedimiento Criminal Obtener y diligenciar órdenes de allanamiento

    38. Retener, confiscar e incautarse de materiales como: a. Sustancias controladas b. Armas ilegales c. Vehículos de motor d. Bebidas alcohólicas e. Petardos f. Cualquier artefacto en violación de la ley

    39. LEY DE DESCANSO PARA MAESTRAS EMBARAZADAS Ley Núm. 117 de 30 de junio de 1965, según enmendada por Ley Núm. 120 de 19 de junio de 2000, 18 LPRA 218 a 4 semanas antes y 4 después del parto Opción 1 y 7 Puede regresar a las 2 semanas con Certificado Médico, renuncia al resto Para adopción es igual Recibe la totalidad del sueldo, Ley 1980

    40. LEY DE COMEDORES ESCOLARES Ley Núm. 328 de 15 de abril de 1946, según enmendada, 18 LPRA 181-185 Se crea la División de Comedores Escolares bajo la dirección del Secretario de Educación Deberes Facultades del Secretario Tienen Convenio Colectivo

    41. Ley de Cancelación o Suspensión de Certificado de Maestro Ley Núm. 78 de 28 de agosto de 1991; 18 LPRA 274 Causas de cancelación: Prevaricación, soborno o conducta inmoral Incompetencia o negligencia Insubordinación Convicción de delito grave o menos grave de depravación moral Conducta desordenada Certificado falso Violar ley de Ética Gubernamental

    42. LEY DE LA JUNTA DE APELACIONES DEL SISTEMA DE EDUCACIÓN Ley 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada, 18 LPRA 274 e-0 Jurisdicción 1. Acciones de personal 2. Quejas por violaciones al Sistema de Mérito de solicitantes al Sistema 3. Quejas de miembros del Sistema 4. Acciones sobre Certificados de Maestros

    43. LEY DE COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA POR SERVICIOS FUERA DE HORAS LABORABLES Ley Núm. 43 de 17 de mayo de 1955, según enmendada 18 LPRA 297 Esta permite se contrate maestros en: Escuelas Extramuros Programas de Alfabetización Programas de Televisión y Radiodifusión Pública

    44. LEY DE COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA POR SERVICIOS FUERA DE HORAS LABORABLES Otras actividades fueras de horas regulares Maestros de Economía Doméstica (Ley 31 de 13 de junio de 1958; 18 LPRA 297 A) Programas con fondos federales (Ley 90 de 25 de junio de 1965; 18 LPRA 297 b) Maestros jubilados (18 LPRA 298)

    45. LEY DE RETIRO PARA MAESTROS Ley Núm. 218 de 6 de mayo de 1951, según enmendada 18 LPRA 321, et seq. Propósito- implementar pensiones para empleados Señalar miembros del Sistema Señalar miembros Junta de Retiro Estipular contribuciones de los maestros Dar pagos por fallecimiento Dar préstamos

    46. LEY SOBRE CURSOS DE RELACIONES OBRERO-PATRONALES Ley Núm. 1 de 17 de febrero de 1970, 18 LPRA 591 Se ofrecerá donde el Secretario lo estime oportuno o conveniente Objetivo- capacitar a los estudiantes en el desarrollo histórico y las más avanzadas técnicas obrero-patronales El Secretario coordinará con el Secretario del Trabajo para la inclusión del curso en el Programa General de Enseñanza

    47. LEY DEL PREMIO ROBERTO CLEMENTE Ley Núm. 54 de 3 de junio de 1983; 18 LPRA 595-595c Premio anual estudiante Escuela Pública Elemental, Intermedia y Superior que más se distinga por su aprovechamiento académico y deportivo y participación en actividades cívicas durante el año escolar en homenaje a Roberto Clemente. Dinero, pergamino, placas Secretario de Educación hará reglamento de selección Premiación en Carolina, Ciudad Deportiva

    48. LEY DE LICENCIAS SABÁTICAS Ley Núm. 66 de 31 de mayo de 1973, 18 LPRA 1271-1279 Fin- proveer al personal docente oportunidades de mejoramiento profesional y cultural Elegibles- 10 años Todo el personal Término (semestre, máximo 1 año) con sueldo

    49. LEY DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN Ley Núm. 148 de 15 de julio de 1999 Propósito: a. Reestructurar el Consejo General de Educación b. Establecer composición c. Establecer poderes, facultades y atribuciones d. Crear Oficina de Licenciamiento y Acreditación

    50. LEY DEL CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN Política Pública- Facultarle expedir licencias para operar y establecer Escuelas Privadas de todos niveles. Fines: Establecer procedimientos uniformes sobre su capacidad Distinguir licenciamiento de acreditación Promover excelencia educativa Cuidar autonomía de las escuelas privadas Establecer política pública

    51. Deberes del Consejo Presidente del Consejo Coordinación con agencias acreditadoras Oficina licenciamiento y acreditación Comités evaluadores Requisitos de licencia Evaluación escuelas

    52. LEY DE CÁTEDRA SOBRE LOS EFECTOS DE LA CRIMINALIDAD Ley Núm. 46 de 25 de junio de 2001 Esta enmienda por adición de la Ley 149 a fin de instituir dentro del currículo escolar una cátedra de orientación sobre los efectos de la criminalidad en las escuelas del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico. Propósito- lograr se reafirmen valores enseñados por los padres, desarrollar sentido cívico y proteger los derechos de todos.

    53. LEY DE LICENCIA DEPORTIVA SIN SUELDO PARA ATLETAS DE ALTO RENDIMIENTO Ley Núm. 24 de 5 de enero de 2002 Establecer licencia sin sueldo para entrenamiento y/o competencias de empleados públicos y de la empresa privada que representen a P.R. en competencias deportivas certificadas por CAR Incluye: a. Juegos Olímpicos b. Paralímpicos

    54. LEY DE LICENCIA DEPORTIVA SIN SUELDO PARA ATLETAS DE ALTO RENDIMIENTO c. Panamericanos d. Centroamericanos e. Campeonatos Regionales o Mundiales

    55. LEY SOBRE ENSEÑANZA DE NOMBRE DE LA ESCUELA Ley Núm. 237 de 28 de septiembre de 2002 Enmendada por adición Ley 149 de 1999 Propósito- que se establezca el procedimiento educativo que corresponda para ofrecer a los estudiantes la debida orientación sobre el origen y datos relevantes respecto al nombre otorgado a la Escuela donde ellos estudian.

    56. LEY SOBRE ENSEÑANZA BRAILLE Ley Núm. 240 de 29 de septiembre de 2002 Propósito- establecer que la enseñanza de Braille será fundamental en la instrucción de niños ciegos o parcialmente ciegos y proveer las bases legales para establecer niveles de competencia y aprovechamiento en términos de sus necesidades futuras; establecer requisitos mínimos maestros que enseñan Braille y asegurar la provisión de materiales en Braille para los niños ciegos o parcialmente ciegos, mediante la obtención de los formatos electrónicos de las casas editoras.

    57. LEY DEL NIÑO AUTISTA Ley Núm. 275 de 12 de diciembre de 2002 Propósito- para ordenar a toda entidad pública o privada que reciba fondos municipales, estatales, federales o cualquier asistencia pública, relacionada con la operación u ofrecimiento de servicios de Amas de Llaves en Puerto Rico, que enmienden sus reglamentos, a fin de precisar que toda persona autista será considerada como persona con impedimentos para propósitos de cualificar a los servicios de cuido, con sujeción a la edad de la clientela.

    58. LEY DE PROGRAMA DE ENSEÑANZA DE GOBIERNO Y DERECHOS CIVILES Ley Núm. 11 de 5 de enero de 2002 Propósito- enseñar a la nueva generación de puertorriqueños sobre el funcionamiento de las instituciones gubernamentales, sus responsabilidades como ciudadanos miembros de una democracia y sobre los derechos civiles que protegen al individuo frente a acciones gubernamentales y en ocasiones de otros individuos.

    59. LEY DE LA CARTA DE DERECHOS DEL JOVEN Ley Núm. 167 de 26 de julio de 2003 Propósito- destacar su condición de seres humanos, sujetos reales, plenos y efectivos de derechos, promoviendo la equidad de género y garantizando la igualdad real de oportunidades, propiciando acciones afirmativas que permitan la atención y solución a las necesidades específicas tendentes a atenderlos y valorarlos como actores estratégicos del desarrollo de la sociedad puertorriqueña.

    60. LEY DE LA CARTA DE DERECHOS DEL JOVEN Derechos: 1. Derechos constitucionales 2. Desarrollo integral 3. Participación 4. Calidad de vida 5. Libertad de expresión 6. Política Pública 7. Democracia 8. Equidad

    61. LEY DE SIMULACROS EN SITUACIONES DE EMERGENCIA Ley Núm. 252 de 3 de septiembre de 2003 Propósito- velar por la seguridad, salud y bienestar general Política Pública- proveer la más eficaz protección y seguridad a los estudiantes y maestros y propiciar un ambiente sano en las escuelas y alrededores

    62. LEY DE CARTA DE DERECHOS DEL NIÑO AUTISTA Y ADULTOS CON EL SINDROME DE AUTISMO Ley Núm. 103 de 23 de abril de 2004 Propósito- proteger personas con autismo y asegurarles su atención médica, educación y rehabilitación física, psíquica y social así como otorgarles beneficios, servicios y estímulos que permitan neutralizar sus desventajas y le de oportunidad de desarrollar al máximo su capacidad y facultar su integración ala sociedad.

    63. LEY DE CARTA DE DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA Ley Núm. 220 de 21 de agosto de 2004 Datos estadísticos: a. Cada 2 horas 3 adolescentes dan a luz (36 al día) b. 13,104 al año c. 1/5 parte son madres adolescentes d. Maricao- 36.4% e. Loíza- 31.4% f. 1997/76-1000…. 15 a 19 años

    64. LEY DE CARTA DE DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA Propósito de la ley- garantizar la permanencia de las jóvenes embarazadas en el currículo regular escolar, aunar esfuerzos guberna-mentales para proveerles seguridad y atención debida y eliminar todo discrimen que afecte su desarrollo pleno mediante una educación de excelencia que asegure su futuro y el de su entorno familiar.

    65. LEY DE ESTADÍSTICAS Ley Núm. 115 de 18 de mayo de 2004 Propósito- para enmendar el Art. 2.13, inc. 16 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, Ley Orgánica del Departamento de Educación a fin de establecer que los directores de las escuelas compilen estadísticas de los estudiantes que son padres y madres adolescentes.

    66. LEY PARA LA COMPRA DE TEXTOS ESCOLARES Ley Núm. 116 de 18 de mayo de 2004 Toda Escuela Privada autorizada en el ELA deberá contar con el consentimiento de la Asociación, Consejo de Padres y Maestros o una Asamblea de Padres para determinar el presupuesto máximo aplicable a cada grado para la compra de los libros de texto requeridos en cada año escolar

    67. LEY MES EDUCACIÓN ESPECIAL Ley Núm. 142 de 11 de junio de 2004 Para designar el mes de noviembre de cada año como “Mes de la Educación Especial en Puerto Rico“ y el segundo viernes de dicho mes como “Día del Maestro de Educación Especial en Puerto Rico“

    68. LEY DE CARTA DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON IMPEDIMENTOS Ley Núm. 238 de 31 de agosto de 2004 Propósito- establecer una Carta de Derechos a fin de ratificar la Política Pública del ELA a favor del ejercicio más amplio de los derechos de las personas con impedimentos; establecer los derechos y los derechos del Estado y otros fines relacionados.

    69. Leyes Misceláneas

    70. LEY 40 DE NO FUMAR Ley Núm. 40 de 3 de agosto de 1993, según enmendada Propósito- reglamentar la práctica de fumar en determinados lugares públicos y privados Planteles de enseñanza: a. Centro de cuidado de infantes b. Centros Preescolares c. Salones de clase, pública y privada (K-12) d. Colegios, Escuelas, Instituciones enseñanza vocacional e. Universidades f. Toda Institución Docente

    71. ART. 411 A- LEY DE SUSTANCIAS CONTROLADAS Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971; 24 LPRA 2411 a Castigar a toda persona que introduzca, distribuya, dispense, administre, posea o transporte para fines de distribución, venda, regale, entregue o posea drogas en Escuela Pública o Privada, o en los alrededores (100 metros radiales) con el doble del castigo en la ley

    72. LEY DE PIROTECNIA Ley Núm. 83 de 25 de junio de 1963 Prohíbe posesión, uso, fabricación, venta de cualquier artificio o producto de pirotecnia Ejemplos: a. cohetes b. petardos c. triquitraques d. buscapiés e. garbanzos f. estrellitas

    73. LEY SOBRE UBICACIÓN DE MAQUINAS DE JUEGOS ELECTRÓNICOS Ley Núm. 45 de 4 de junio de 1982 Ningún establecimiento donde se operen máquinas electrónicas de “pinball” que funcionen con monedas o fichas podrá situarse a una distancia menor de 200 metros de una Escuela Pública o Privada (desde lindero exterior) Ya ubicados- cerrar en horario escolar Negocios de otras cosas

    74. LEY DE LICENCIA DEPORTIVA ESPECIAL Ley Núm. 49 de 27 de junio de 1987 Deportistas ausentes durante el tiempo de participación Máximo 30 días al año Privados- pagará COPUR Públicos- sin descuentos Certificación COPUR

    75. LEY DE REGLAMENTOS SOBRE ZONAS ESCOLARES Ley Núm. 84 de 13 de julio de 1988 Obligar a Junta de Planificación a que adopte reglamento para proteger Zonas Escolares Negocios nocivos: a. venta bebidas alcohólicas (no restaurant) b. agencias hípicas c. agencias loterías d. billares

    76. e. juegos de azar f. galleras g. clubes nocturnos h. discotecas i. centros de diversión j. negocios de humo, gases, ruidos

    77. LEY DE DISCRIMEN POR VIH Ley Núm. 52 de 10 de junio de 1995 Las Instituciones de enseñanza públicas o privadas que se dedican a prestar servicios de enseñanza no podrán discriminar contra las personas cualificadas que hayan sido diagnosticadas con VIH positivo o padezcan de SIDA.

    78. LEY DEL PROGRAMA PILAR BARBOSA Ley Núm. 53 de 27 de julio de 1997 Para crear el Programa Pilar Barbosa de Internados en Educación de la Asamblea Legislativa, crear la Comisión Conjunta que tendrá a su cargo la organización y funcionamiento del Programa; para autorizar a recibir donaciones y el pareo de fondos necesarios para esta ley. (Maestros- profesores universitarios) Matrícula, alojamiento, transportación y estipendio

    79. LEY DOPAJE SECTOR PÚBLICO Ley Núm. 78 de 1997 Esta ley requiere pruebas para la detección del uso ilegal de sustancias controladas como requisito previo al empleo en las Agencias de Gobierno de Puerto Rico y reglamenta el establecimiento de programas para la administración de pruebas de drogas a funcionarios o empleados del sector público, con el propósito de conservar y proteger un ambiente de trabajo seguro y tranquilo para el bienestar laboral.

    80. LEY DE IDIOMAS EN CERTIFICADOS Ley Núm. 107 de 28 de agosto de 1997 Para ordenar al Departamento de Educación que enmiende los reglamentos a fin de que los diversos certificados de cualificación profesional que expida el Dpto. de Educación de Directores y Maestros sean expedidos en ambos idiomas oficiales del Gobierno de Puerto Rico.

    81. LEY NATALICIO RAFAEL HERNÁNDEZ Ley Núm. 205 de 30 de diciembre de 1997 Para que se observe en todas las Escuelas Públicas del Departamento de Educación el 24 de octubre de cada año, día en que se conmemora el natalicio del ilustre compositor puertorriqueño Don Rafael Hernández.

    82. LEY CAMBIO NOMBRE SECRETARIO Ley Núm. 19 de 10 de enero de 1998 Para enmendar la Ley Núm. 7 de 24 de julio de 1952, que estableció el rango de Secretario de Instrucción para atemperarla a la Ley Núm. 149 de 1999 para que se le llame Secretario de Educación.

    83. LEY VISITA PADRES A LAS ESCUELAS Ley Núm. 134 de 11 de julio de 1998 Todos los empleados públicos de Puerto Rico incluyendo, los que rinden servicios en Departamentos y Agencias de las Ramas Ejecutivas, Legislativa y Judicial, tendrán dos horas laborables al principio y al final de cada semestre escolar, sin reducción de paga o privilegios para que puedan visitar las escuelas de sus hijos y conocer el aprovechamiento escolar de éstos. (Públicas o Privadas)

    84. LEY CARTA DERECHOS DEL NIÑO Ley Núm. 338 de 31 de diciembre de 1998 Entre los derechos están: 1. Que el Sistema Educativo facilite el desarrollo de su personalidad y el desarrollo óptimo de sus habilidades físicas y mentales que le prepare en lo académico y como ciudadano. 2. Que se le provean los medios para el disfrute de horas de esparcimiento y participación en actividades sociales, culturales y extracurriculares que fomenten liderazgo.

    85. LEY SEMANA DEL ORIENTADOR Ley Núm. 39 de 20 de enero de 2000 Para declarar la segunda semana del mes de febrero de cada año y el miércoles de dicha semana como la Semana del Orientador y el Día del Orientador.

    86. LEY CURSO DE SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO Ley Núm. 209 de 25 de agosto de 2000 Para ordenar al Secretario de Educación a establecer en el currículo de las Escuelas Superiores Públicas, un curso compulsorio de Seguridad en el Tránsito de un semestre como requisito de graduación del nivel superior

    87. LEY PROGRAMA CAPACITACIÓN EN EDUCACIÓN Ley Núm. 306 de 2 de septiembre de 2000 Para requerir al Departamento Educación que establezca un Programa de Capacitación para los maestros, personal docente y no docente, estudiantes de intermedia y superior con el propósito de que tomen cursos de Primeros Auxilios y Resucitación Cardiopulmonar (CPR) como requisitos de graduación, con talleres de refuerzo semestralmente.

    88. LEY COOP. ESTUDIANTES ARTES VISUALES Ley Núm. 19 de 5 de enero de 2002 Para adicionar a las Facultades del Consejo Escolar con el propósito de facultar al Director junto al Consejo Escolar en escuelas que haya programas especializados de artes visuales a organizar cooperativas juveniles escolares de estudiantes de artes visuales.

    89. LEY DE NOMBRAMIENTOS MAGISTERIALES DE EMERGENCIA Ley Núm. 68 de 24 de mayo de 2002 Para autorizar al Secretario del Departamento de Educación del ELA a contratar, en situaciones de difícil reclutamiento, a maestros retirados para cubrir temporalmente plazas vacantes de maestros

    90. LEY DE ESPACIOS DE LACTANCIA Ley Núm. 155 de 10 de agosto de 2002 Para ordenar a los Secretarios de los Departamentos, etc., … a designar espacios para la lactancia que salvaguarden el derecho a la intimidad de toda lactante en las áreas de trabajo. Ley Núm. 427 de 16 de diciembre de 2000- Ley Reglamenta el Período de Lactancia

    91. LEY MANEJO CRISIS Ley Núm. 235 de 27 de septiembre de 2002 Para adicionar a LODE a fin de disponer que el Secretario de Educación establecerá un Plan Estratégico de Manejo de Crisis ante incidentes de violencia o situaciones que puedan desencadenar la misma en los planteles escolares del Sistema de Educación Pública de Puerto Rico.

    92. LEY DE LA BIBLIOTECA VIRTUAL Ley Núm. 66 de 4 de enero de 2003 Para crear la Biblioteca Virtual del ELA Establecer su Junta Organizadora Disponer respecto a su organización, poderes, deberes y funciones

    93. LEY TELÉFONOS EN ESCUELAS PÚBLICAS Ley Núm. 20 de 8 de enero de 2004 Para ordenar al Departamento de Educación a proveer a las Escuelas Públicas de Puerto Rico con teléfonos para uso de las personas con problemas auditivos, conocidos como TTY

    94. Leyes más recientes

    95. LEY NOMBRES DE LAS ESCUELAS Ley Núm. 160 de 2 de noviembre de 2007 Para enmendar el incido (k) del artículo 6.08 de la Ley 140 de 1999, L.O.D.E. Ordena incluir nombre de las escuelas en página cibernética del Departamento de Educación para que la gente se entere del significado y nombre de la escuela.

    96. LEY PREMIO DE EDUCACIÓN EN SALUD Ley 151 de 31 de septiembre de 2007 Para crear el Premio a la Educación en Salud de la Niñez Puertorriqueña del Departamento de Educación del ELA, a los fines de motivar y reconocer los programas en escuelas públicas que promueven la actividad física y la sana nutrición de la niñez en Puerto Rico.

    97. LEY MES DE LA CONSEJERÍA Ley 132 de 27 de septiembre de 2007 Para declarar el mes de noviembre como mes de la Consejería en Puerto Rico.

    98. LEY TALLERES SOBRE PREVENCIÓN DE ABUSO SEXUAL Ley 75 de 23 de julio de 2007 Para que se ofrezcan talleres educativos en todos los niveles del sistema dirigidos a prevenir el abuso sexual infantil. Colaboración Programa Salud Escolar y Centro de Ayuda a Víctimas de Violación del Departamento de Salud.

    99. LEY CONSEJO PROFESIONALES DE CONSEJERÍA Ley Núm. 214 de 26 de diciembre de 2007 Para enmendar la Ley del Colegio de Profesionales de la Consejería en Rehabi-litación de Puerto Rico para atemperar los mismos a la legislación vigente.

    100. LEY DÍA DEL ESTUDIANTE UNIVERSITARIO Ley Núm. 185 de 12 de diciembre de 2007 Para declarar el primer lunes de mayo de cada año como el Día del Estudiante Universitario.

    101. LEY CURSOS PARA MIEMBROS DE CONSEJOS ESCOLARES Ley Núm. 7 de 8 de febrero de 2007 Para enmendar el artículo 4.08 de la Ley 149, L.O.D.E, para eliminar el requisito de que los cursos requeridos a los miembros de los Consejos Escolares a darse por la Oficina del Contralor tengan que ser ofrecidos en las distintas institutiones docentes.

    102. LEY DE PARTICIPACION ARTISTICA Ley Núm. 307 de 27 de diciembre de 2006. Para enmendar la ley de participación artística de estudiantes de las Escuelas Libres de Música y programas de música de otras escuelas públicas de Puerto Rico. Autorizar a las cooperativas juveniles escolares a participar en actividades artísticas del gobierno y municipios.

    103. LEY DE DONACION DE COMPUTADORAS Ley Núm. 237 de 3 de noviembre de 2006 Ley de que computadoras reemplazadas en las agencias sean donadas al Departamento de Educación.

    104. LEY ENMIENDA A LEY DE LACTANCIA Ley Núm. 239 de 6 de noviembre de 2006 Enmendar Ley de Lactancia para que madres puedan lactar o sacarse leche en el lugar de trabajo y aumentar el tiempo para esto a una (1) hora.

    105. LEY DE CUIDO DE MENORES Ley Núm. 184 de 1 de septiembre de 2006 Para enmendar el incido b, artículo 1.03 de L.O.D.E. a los fines de tipificar como delito grave el descuido de un padre, tutor o persona encargada de un menor al alentar, permitir o tolerar la ausencia de éste a la escuela.

    106. LEY PARA PROHIBIR EL NUMERO DE SEGURO SOCIAL COMO IDENTIFICACION Ley 186 de 1 de septiembre de 2006 Ley para prohibir el uso del número de Seguro Social como identificación rutinaria en instituciones educativas públicas y privadas desde el nivel elemental hasta el postgraduado. Establecer normas, multas y fijar plazo para cumplimiento.

    107. LEY PROTECCION CONFIDENCIALIDAD NUMERO DE SEGURO SOCIAL Ley 187 de 1 de septiembre de 2006 Ley para la protección de la confidencialidad del número de Seguro Social. Hay que adoptar la normativa respecto al uso del Seguro Social, establecer procedimientos y plazo para cumplir.

    108. LEY SOBRE PUBLICIDAD POLITICA HOSTIGAMIENTO SEXUAL Ley 38 de 24 de enero de 2006 Para enmendar Ley 3 de 4 de enero de 1998 a los fines de imponerle a los organismos reguladores la obligación de velar porque las instituciones de enseñanza tengan aprobadas, disponibles y de forma visible la política pública sobre hostigamiento sexual.

    109. LEY SOBRE SALIDA DE ESTUDIANTES Ley Núm. 33 de 23 de enero de 2006 Enmendar L.O.E.D. a los fines de prohibir la salida de los estudiantes de los planteles durante el horario escolar, requerir a los que vayan a buscar niños presenten autorización de los padres, razón por la que el estudiante saldrá de la escuela, presentar identificación con foto, indicar relación con el estudiante y firmar récord diario de asistencia.

    110. LEY SOBRE CARTA DE DERECHOS DE SEGURIDAD Ley 110 de 31 de mayo de 2006 Ley de la Carta de Derechos y responsabilidades de la comunidad escolar para la seguridad en las escuelas.

    111. LEY DISTRIBUCION Y VENTAS DE PRODUCTOS AGRICOLAS Ley Núm. 257 de 30 de noviembre de 2006 Enmendar L.O.D.E. para disponer de un método de distribución de las ventas de productos agrícolas y otros generados en las escuelas que tienen programas de educación agrícola o fincas escolares.

    112. LEY EQUIPOS DE EMERGENCIA EN ESCUELAS Ley Núm. 96 de 26 de agosto de 2005 Para disponer que todo nuevo plantel que comience luego del 1 de julio de 2007 deberá contar con una planta de emergencia o cualquier otro dispositivo alterno para generar electricidad y una cisterna de agua para que no se afecte al no haber estos servicios.

    113. LEY CERTIFICACION MAESTROS DE ADULTOS Ley Núm. 121 de 26 de septiembre de 2005 Para crear la certificación de maestro de adultos y ordenar se enmiende el Reglamento de Certificación de Maestros.

    114. LEY CARTA DE DERECHOS MIEMBROS DE UNIONES Ley Núm. 333 de 16 de septiembre de 2004 Para crear la Carta de Derechos de los empleados miembros de una organización laboral.

    115. LEY IDENTIFICACION EN BRAILLE Ley Núm. 251 de 7 de septiembre de 2007 Para enmendar la Ley 44 de 2 de julio de 1985 a los fines de ampliar el significado del término “institución pública o privada” y disponer que toda agencia, oficina, organismo, corporación y edificio público tenga su identificación en Braille para beneficio de los ciudadanos ciegos.

    116. LEY SOBRE CURSOS DE ARTESANIA Ley Núm. 458 de 23 de septiembre de 2004 Para ordenar al Departamento de Educación ofrecer cursos de artesanía puertorriqueña como parte del Programa Escuela Abierta, o que se ofrezcan cursos de artesanía puertorriqueña.

    117. ¿PREGUNTAS? Esta presentación puede ser accedida a través del portal del Huertas Junior College www.huertas.edu Lic. Edwin Ramos Rivera errlaw49@hotmail.com

More Related