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La Curia Diocesana. Lic. Pbro. Robert Flock Vicario General Arquidiócesis de Santa Cruz. La Curia Diocesana. Facultad de Derecho Canónico Pontificia Universidad Católica de Argentina 27, 28, 29 de agosto, 2007. Contenidos. La Dimensión Pastoral de la Curia Diocesana.
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La Curia Diocesana Lic. Pbro. Robert Flock Vicario General Arquidiócesis de Santa Cruz
La Curia Diocesana • Facultad de Derecho Canónico • Pontificia Universidad Católica de Argentina • 27, 28, 29 de agosto, 2007
Contenidos • La Dimensión Pastoral de la Curia Diocesana. • Principios teológicos y canónicos de la organización de la Curia Diocesana - Su función administrativa y consultiva. • Los Vicarios Generales y Episcopales, el Consejo Episcopal, el Moderador de la Curia. • El Canciller y los Notarios Eclesiásticos. • El Consejo Presbiteral y el Colegio de Consultores en su relación con la Curia Diocesana.
Contenidos • La Curia y: • las Parroquias. • los lugares sagrados. • La Curia y el Consejo Diocesano de Pastoral. • Los Archivos eclesiásticos, memoria de la Iglesia. • La secretaria parroquial. • El Ecónomo y el Consejo de Asuntos Económicos.
Contenidos • La Curia y los Colegios Parroquiales. • La Curia y los Institutos de Vida consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica. • El Tribunal Eclesiástico y la Comisión Judicial Diocesana • La oficina de prensa diocesana
La Dimensión Pastoral de la Curia Diocesana. • El Obispo ha recibido de Jesucristo la tarea de ser Pastor. • Va adquierendo nuevas formas de ser ayudada, y eso se refleja en la Curia.
DECRETO CHRISTUS DOMINUSSobre el ministerio pastoral de los obispos: • Los sacerdotes y seglares que pertenecen a la curia diocesana sepan que prestan su ayuda al ministerio pastoral del Obispo. • Hay que ordenar la curia diocesana de forma que resulte un instrumento apto para el Obispo, no sólo en la administración de la diócesis, sino también en el ejercicio de las obras de apostolado. (Nº. 27)
Código de Derecho Canónico • Can. 469: • La curia diocesana consta de aquellos organismos y personas que colaboran con el Obispo en el gobierno de toda la diócesis, • principalmente en la dirección de la actividad pastoral, • en la administración de la diócesis, • así como en el ejercicio de la potestad judicial.
Código de Derecho Canónico • Can. 470: Corresponde al Obispo diocesano nombrar a quienes han de desempeñar oficios en la curia diocesana. • Can. 471: Todos los que son admitidos a desempeñar oficios en la curia diocesana deben: • prometer que cumplirán fielmente su tarea, según el modo determinado por el derecho o por el Obispo; • guardar secreto, dentro de los límites y según el modo establecidos por el derecho o por el Obispo.
Novo Milenio Inuente #43 • “Hacer de la Iglesia la casa y la escuela de la comunión: • éste es el gran desafío que tenemos ante nosotros en el milenio que comienza, si queremos ser fieles al designio de Dios y responder también a las profundas esperanzas del mundo.” • “Antes de programar iniciativas concretas, hace falta promover una espiritualidad de la comunión…”
Novo Milenio Inuente #43 • Espiritualidad de la comunión significa ante todo una mirada del corazón sobre todo hacia el misterio de la Trinidad que habita en nosotros, y cuya luz ha de ser reconocida también en el rostro de los hermanos que están a nuestro lado. • Espiritualidad de la comunión significa, además, capacidad de sentir al hermano de fe en la unidad profunda del Cuerpo místico y, por tanto, como «uno que me pertenece», para saber compartir sus alegrías y sus sufrimientos, para intuir sus deseos y atender a sus necesidades, para ofrecerle una verdadera y profunda amistad.
Novo Milenio Inuente #43 • Espiritualidad de la comunión es también capacidad de ver ante todo lo que hay de positivo en el otro, para acogerlo y valorarlo como regalo de Dios: un «don para mí», además de ser un don para el hermano que lo ha recibido directamente. • En fin, espiritualidad de la comunión es saber «dar espacio» al hermano, llevando mutuamente la carga de los otros (cf. Ga 6,2) y rechazando las tentaciones egoístas que continuamente nos asechan y engendran competitividad, ganas de hacer carrera, desconfianza y envidias. • No nos hagamos ilusiones: sin este camino espiritual, de poco servirían los instrumentos externos de la comunión. Se convertirían en medios sin alma, máscaras de comunión más que sus modos de expresión y crecimiento.
Principios teológicos y canónicos de la organización de la Curia Diocesana • Cinco etapas históricas: • Antes del Concilio de Trento. 1545 y 1563 • Exigencias ligadas al gobierno del Obispo. • Institución Divina para la transmisión de la Fe. • Concilio de Trento • Renovación del Obispo, y de quienes lo ayudan. • Sufre proceso de burocratización. • Código del 1917 • Una visión más jerárquica, jurídica y ejecutiva que servicial o corresponsable. • El período pre-conciliar y conciliar • Había un conjunto de oficios, una masa complicada de organización burocrática e administrativa infeliz • Se propone una curia pastoral o curia episcopal pastoral más competente. • La curia es instrumento del obispo en su cualidad de Pastor de una Iglesia de corresponsables • Código del 1983 • Ayudar al Obispo en el gobierno de toda la diócesis. • La curia colabora en dirigir y coordinar la actividad pastoral
Principios teológicos y canónicos de la organización de la Curia Diocesana • Síntesis: La Curia: • No tiene fundamentos propios sino refleja la figura del Obispo, su ministerio y eclesialidad. • No es un ámbito particular, colabora en todo el gobierno de la diócesis. • Como signo pastoral, ministerial, de colaboración y corresponsabilidad, significa servicio. • El Obispo nombra libremente a los titulares de los oficios, por su celo y competencia pastoral…sean pastores en la curia también. • El espíritu de colaboración debe existir sobre todo en la unidad de la curia, una única curia con servicios diversos en una pastoral de conjunto. La curia colabora respetando las demás competencias. • Es un signo claro e instrumento válido de la colaboración ministerial que refleja la comunión trinitaria.
Moderador de la Curia • Can. 473 § 1. • El Obispo diocesano debe cuidar de que se coordinen debidamente todos los asuntos que se refieren a la administración de toda la diócesis, y de que se ordenen del modo más eficaz al bien de la porción del pueblo de Dios que le está encomendada.que refleja la comunión trinitaria.
Moderador de la Curia • Can. 473 § 2. • Corresponde al mismo Obispo diocesano coordinar la actividad pastoral de los Vicarios, tanto generales como episcopales; donde convenga, • puede nombrarse un Moderador de la curia, que debe ser sacerdote, a quien compete coordinar, bajo la autoridad del Obispo, los trabajos que se refieren a la tramitación de los asuntos administrativos, y cuidar asimismo de que el otro personal de la curia cumpla debidamente su propio oficio.
Moderador de la Curia • Can. 473 § 3. • A no ser que, a juicio del Obispo, las circunstancias del lugar aconsejen otra cosa, debe ser nombrado Moderador de la curia el Vicario general o, si son varios, uno de los Vicarios generales.
Moderador de la Curia • La organización de la Curia debe ser ágil y eficiente, extraña a toda inútil complejidad y burocratismo, con la atención siempre dirigida al fin sobrenatural del trabajo.