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INCAPACIDADES. DEFINICIÓN. LA INCAPACIDAD: es el estado de inhabilidad física o mental de un docente que le impide desempeñar en forma temporal o permanente su profesión u oficio . El tiempo máximo de la incapacidad es de 180 días. CLASIFICACIÓN. Por origen : Enfermedad Común (E.C)
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DEFINICIÓN • LA INCAPACIDAD: es el estado de inhabilidad física o mental de un docente que le impide desempeñar en forma temporal o permanente su profesión u oficio. • El tiempo máximo de la incapacidad es de 180 días.
CLASIFICACIÓN Por origen : • Enfermedad Común (E.C) Toda enfermedad o patología , accidente o muerte que no halla sido clasificado o calificado como de origen profesional. • Enfermedad Profesional (E.P) Todo estado patológico que sobrevenga como causa obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio donde este trabajando. • Accidente de Trabajo (A.T) Todo suceso repentino que sobrevenga por causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador, una lesión orgánica, perturbación funcional o psiquiátrica , una invalidez o la muerte.
CLASIFICACIÓN • Licencia por Maternidad (L.M): Descanso remunerado por 14 semanas después del parto. • Ley María : licencia de paternidad (8 días hábiles), período a que tiene derecho el esposo y/o compañero permanente de la docente para acompañar a su esposa en el puerperio , se concede al padre 8 días hábiles de licencia remunerada por paternidad. • Por consecuencia: Incapacidad temporal, incapacidad permente parcial, incapacidad permanente total, gran invalidez.
TRÁMITE DE INCAPACIDADES • Las incapacidades de 4 días en adelante, el docente o un familiar deben entregarlas INMEDIATAMENTE en la oficina de Salud Ocupacional de la Clínica Comfachocó). • Las incapacidades de 1-3 días, una vez expedida por el médico tratante se envían directamente al rector.
TRÁMITE DE INCAPACIDADES Las incapacidades tienen un plazo máximo para su trámite de 3 días, si son expedidas en el municipio de Quibdó y 5 días para las que son expedidas en otros municipios o departamentos. ocupacional@comfachoco.com.co
REMUNERACIÓN EN CASO DE INCAPACIDAD En los casos en los que la incapacidad sea calificada como de origen común o no profesional, el reconocimiento económico es el pago de un subsidio en dinero hasta por el término de 180 días que se liquidarán y pagarán con base en el salario devengado por el incapacitado a razón de las dos terceras partes de dicho salario durante los primeros (90) días de la incapacidad y mitad del mencionado salario durante los (90) días siguientes si la incapacidad se prolongara.
CASO EN LOS QUE EL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD SE LES RECONOCE EL 100% DE SU SALARIO • Licencia por Maternidad • Ley María • Accidente de Trabajo • Enfermedad Profesional
COMPETENCIAS DEL CONTRATISTA MÉDICO – IPS COMFACHOCO • Expedir las certificaciones de incapacidad • Informar diariamente a la Secretaría de Educación respectiva sobre las incapacidades otorgadas a los docentes activos afiliados al FNPSM. • Presentar mensualmente a la FIDUPREVISORAS.A, una relación detallada de las incapacidades expedidas. • Llevar un control de las incapacidades expedidas
COMPETENCIAS DE LA ENTIDAD NOMINADORA – SECRETARÍA DE EDUCACIÓN • Recibir y radicar las incapacidades medicas y adelantar el trámite respectivo para el reconocimiento de la prestaciones económicas que de allí se deriven . • Revisar y valorar conjuntamente con el prestador de salud las incapacidades recurrentes y las prolongadas de los docentes de la región para determinar las acciones a seguir en el ámbito médico y en el ámbito administrativo de la entidad nominadora.
EXCEPCIONES No se tramitan: • Incapacidades extemporáneas • Que sean expedidas por médicos que no pertenezcan a la red de servicios contratados por COMFACHOCO. • Resultantes de procedimientos estéticos.
EXPEDICIÓN DE PERMANENCIAS POR SALUD Se expiden sólo por remisiones a especialidades de II,III y IV nivel de complejidad esta deben ser expedidas por la oficina de Referencia y Contrarreferencia. Tel: 6709802 ext. 2005
PROCESO DE TRÁMITE • La permanencia la expide COMFACHOCO junto con la orden de la cita médica por especialidad programada (3 días). • En los casos de programación de citas o procedimientos médicos fuera del departamento, se debe tramitar con los documentos soportes antes de efectuar el viaje.
Si la cita o proceso médico fuera del Departamento o en Quibdó, se extiende, se debe informar inmediatamente a COMFACHOCO con el fin de solicitar Prórroga de la permanencia, enviando los soportes. A través del correo: referenciaips@comfachoco.com.co
GRACIAS YIARDANY MENA MORENO MÉDICO ESPECIALISTA EN SALUD OCUPACIONAL COORDINADORA PROGRAMA SALUD OCUPACIONAL-CLÍNICA COMFACHOCO