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Sara Campos Torres. MARTES 7 DE MAYO DE 2013 Conversatorio Creación de la SUNAFIL. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL (SUNAFIL). SUNAFIL. La SUNAFIL será la responsable de:.
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Sara Campos Torres MARTES 7 DE MAYO DE 2013 Conversatorio Creación de la SUNAFIL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL (SUNAFIL)
SUNAFIL La SUNAFIL será la responsable de: El cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo
Procedimiento Inspectivo Plazo máximo de 30 Días (prorrogables), salvo SST Inicio de oficio con Orden de inspección Actuaciones: Comprobación datos, visita, comparecencia Inicio de actuaciones Acta o Informe Requerimiento Señala empresa a inspeccionar, domicilio, materias a inspeccionar, inspector (es) asignado(s), plazo de la investigación.
Procedimiento Sancionador Puede realizar actuaciones o diligencias Medidas de carácter provisional Tercer día de notificada 15 Días Inicio de oficio con acta de Infracción Notificación al sujeto responsable Apelación Descargos Resolución 15 Días 30 días para resolver Merecen fe, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar los sujetos responsables, en defensa de sus respectivos derechos e intereses i) Fundamentada: precisándose el motivo de la sanción, la norma legal o convencional incumplida y los trabajadores afectados; ii) Contendrá el mandato de la AAT, dirigido al responsable, para que cumplan con subsanar las infracciones por las que fueron sancionados.
Tribunal de Fiscalización Laboral El Tribunal de Fiscalización Laboral constituido como última instancia administrativa, es un órgano resolutivo con independencia técnica que actúa en los casos de su competencia mediante la interposición del recurso de revisión. Asimismo, expedirá resoluciones que constituirán precedentes de observancia obligatoria. Medios de impugnación Los medios de impugnación previstos en el procedimiento sancionador son los siguientes: Recurso de apelación: se interpone contra la resolución que pone fin al procedimiento administrativo dentro del tercer día hábil posterior a su notificación. Recurso de revisión: es de carácter excepcional, se interpone dentro del quinto día hábil de resuelto el procedimiento en segunda instancia, y solo se sustenta en las causales establecidas en el reglamento.
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Pago de CTS • Pagar puntualmente la CTS (15 de mayo y 15 de noviembre) • Entregar la hoja de liquidación de la CTS al trabajador. • Informar a tiempo sobre las seis remuneraciones bruta al depositario de la CTS. COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Pago de Gratificaciones Legales OTORGADOS POR EL EMPLEADOR AL TRABAJADOR EN FESTIVIDADES O ACONTECIMIENTOS ESPECIALES GRATIFICACIONES Fiestas Patrias Navidad
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Pago de Utilidades PARTICIPACIÓN EN LAS UTILIDADES EMPRESAS QUE REALICEN ACTIVIDADES GENERADORAS DE RENTAS DE 3º CATEGORIA, CON PROMEDIO ANUAL DE 20 O MÁS TRABAJADORES
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Despido
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Despido Arbitrario
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Despido Nulo
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Modificacionesrecientes al TUO de la LPCL Artículo 23°.- Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador: a) Las deficiencias físicas, intelectuales, mentales o sensoriales sobrevenidas cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes, impiden al desempeño de sus tareas, siempre que no exista un puesto vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos para su seguridad y salud o la de terceros.
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Modificacionesrecientes al TUO de la LPCL Artículo 29°.- Es nulo el despido que tenga por motivo: (…) d) La discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma,discapacidado de cualquier otra índole. Artículo 30°.- Son actos de hostilidad equiparables al despido los siguientes: (…) f) Los actos de discriminación por razón de sexo, raza, religión, opinión, idioma, discapacidad o de cualquier otra índole: (…) h) La negativa injustificada de realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo para los trabajadores con discapacidad. (…).
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Despido Indirecto
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Obligaciones Laborales Recomendaciones para evitar reclamos por despido
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Obligaciones en materia de Seguridad y Salud
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Obligaciones en materia de Seguridad y Salud
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Implementación de registros de Seguridad y Salud
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Implementación de registros de Seguridad y Salud
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Trabajadores con discapacidad
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Trabajadores con discapacidad
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Cuota de empleo en materia de discapacidad
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo Ajustesrazonablesparatrabajadores con discapacidad Los empleadores públicos y privados generadores de rentas de tercera categoría tienen una deducción adicional en el pago del impuesto a la renta sobre los gastos por ajustes razonables para personas con discapacidad, en un porcentaje que es fijado por decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas
Principales Operativos de Fiscalización Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo
Octavio ChávezToro Lira Socio ochavez@galvezrisso.com Sara CamposTorres Gerente Responsable del Área Laboral scampos@galvezrisso.com César MunaycoRoggero Área Laboral cmunayco@galvezrisso.com Sara Campos Torres, Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con Maestría concluida en Relaciones Laborales por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Especialización en Relaciones Laborales por la Universidad Castilla – La Mancha (Toledo – España), Asesora y Consultora de reconocidas empresas del medio. Con Especialidad en Derecho Laboral, Seguridad Social y Procesal Laboral.