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PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES EN UN CENTRO ESCOLAR

PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES EN UN CENTRO ESCOLAR. Abel Ariznabarreta Zubero Febrero, 2008. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA. No hay dos centros iguales Escuela dependiente vs. Escuela autónoma Diferencias: a partir de los márgenes de interpretación que permite la normativa

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PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES EN UN CENTRO ESCOLAR

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  1. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES EN UN CENTRO ESCOLAR Abel Ariznabarreta Zubero Febrero, 2008

  2. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA • No hay dos centros iguales • Escuela dependiente vs. Escuela autónoma • Diferencias: a partir de los márgenes de interpretación que permite la normativa • Escuela autónoma => establece sus propios planteamientos en razón de su contexto, historia institucional, principios, cultura organizativa ... • Concreción en documentos => acotar la práctica a través de procesos de planificación vs. Exigencias externas • Trabajar en planteamientos institucionales = potenciar y desarrollar la profesionalidad.

  3. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA Los planteamientos institucionales sería en tal sentido: “...aquellos mecanismos que posibilitan y facilitan a los miembros de una comunidad escolar expresar sus intereses, valores, creencias, principios educativos, modelos de enseñanza, etc., y llegar a negociarlos para convertirlos, a través de un consenso con otros estamentos, en modelos específicos y propios del centro que como entidad autónoma constituye el ecosistema del centro educativo” (M. Álvarez, 1990)

  4. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA La existencia de PROYECTO DE CENTRO permite (I): • Evitar la improvisación y la rutina, el grado de incertidumbre, las actuaciones contradictorias y los esfuerzos inútiles. • Utilizar criterios partiendo de la diversidad de intereses a favor de una mayor coherencia funcional. • Coordinar la participación y la implicación de toda la comunidad educativa, especialmente el profesorado. • Clarificar los objetivos de la institución escolar y los medios de que dispone para conseguirlos.

  5. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA 5. Racionalizar el trabajo docente y discente, así como el uso del tiempo. 6. Promover la cualificación de los miembros de la comunidad educativa para una gestión más eficaz del centro. 7. Generar motivación e incentivos para el trabajo del profesorado. 8. Potenciar la evaluación formativa periódica de la acción educativa del centro. 9. Configurar, progresivamente, un centro escolar con personalidad propia.

  6. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA • LEY de la ESCUELA PÚBLICA VASCA, (Art. 28): • Art. 28.1. “La autonomía de los centros de la escuela pública vasca se manifiesta en la aprobación y ejecución por el centro de los siguientes instrumentos de ordenación de su actividad a medio plazo: • El proyecto educativo del centro • El proyecto curricular del centro • El reglamento de organización y funcionamiento • El proyecto de gestión”

  7. PLANTEAMIENTOS INSTITUCIONALES Y AUTONOMÍA LEY de la ESCUELA PÚBLICA VASCA, (Art. 28): Art. 28.2. “La realización anual de las determinaciones que se contienen en los instrumentos a que hace referencia el apartado anterior corresponderá al propio centro mediante la aprobación de un plan anual del centro (...)” Art. 28.3. “El centro aprobará una memoria anual en la que evaluará el cumplimiento de los objetivos anuales contenidos en cada uno de los programas mencionados (...)

  8. Características del centro Entorno sociocultural Normativa legal PEC PCC ROF PLAN ANUAL DE CENTRO Programación de aula MEMORIA

  9. 1. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR

  10. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR 1.1. INSTRUMENTO MARCO Y GUÍA DE LA ACCIÓN EDUCATIVA

  11. CONCEPTO “El PEC es el instrumento que define las señas de identidad del centro, formula los objetivos generales que pretende y expresa la estructura organizativa de la institución, de forma coherente con el contexto escolar en el que está inmersa” (Serafín Antúnez, 1987)

  12. P E C SEÑAS DE IDENTIDAD ¿QUIÉNES SOMOS? OBJETIVOS GENERALES ¿QUÉ PRETENDEMOS? ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ¿CÓMO NOS ORGANIZAMOS? FORMALIZACIÓN DE LA ESTRUCTURA (reglas, normas, procedimientos) (Serafín Antúnez, 1987)

  13. CONCEPTO “PROYECTO” + “EDUCATIVO” + “DE CENTRO” “El PEC es el instrumento que recoge y comunica una propuesta integral para dirigir y orientar coherentemente los procesos de intervención educativa que se desarrollan en una institución escolar” (Serafín Antúnez, 2003)

  14. “PROYECTO” + “EDUCATIVO” + “DE CENTRO” • Visión prospectiva • Formulación de propósitos • Supera el ámbito estrictamente curricular • Uno, único • De todo el centro o comunidad educativa COMPROMISO AMBITOS CONSENSO CURRICULAR GOBIERNO INSTITUCIONAL ADMINISTRATIVO RECURSOS HUMANOS SERVICIOS Propuesta institucional Propuesta integral

  15. FORMULACIÓN DE OBJETIVOS POR ÁMBITOS (S.Antúnez)

  16. CARACTERÍSTICAS (I) “PROYECTO” + “EDUCATIVO” + “DE CENTRO” 6 1 Sintetiza una propuesta de actuación explicitando principios y convicciones Carácter prospectivo 5 Perspectiva posible, realista ... Sin olvidar una dósis de utopía 2 PEC Recoge las convicciones ideológicas del centro 4 Nace del consenso y confluencia de intereses diversos Elaboración y aplicación participativa, democrática y colaborativa 3 (Serafín Antúnez)

  17. CARACTERÍSTICAS (II) “PROYECTO” + “EDUCATIVO” + “DE CENTRO” 12 Carácter abierto, susceptible de revisión y mejora constantes 7 Singular, propio y particular de cada centro Marco de referencia para diseño y desarrollo del currículo y planes específicos de centro 8 Elaboración y desarrollo orientados por un enfoque paidocéntrico PEC 11 Patrón de referencia para cualquier tipo de evaluación que se realice en el centro 10 9 Se fundamenta en su coherencia interna (Serafín Antúnez)

  18. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR 1.2. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES

  19. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR 1.2. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES 1.2.1. LEPV,1993

  20. Proyecto EducativoLEPV, Art. 46. • “El proyecto educativo del centro expresa la opción educacional asumida por los sectores de la comunidad escolar, que identificará los valores y objetivos básicos a cuyo logro estarán vinculadas las actividades del centro” • “El proyecto educativo se definirá como un proyecto integrador, siendo la no discriminación y la integración educativa valores fundamentales” (LEPV, 46.1)

  21. Proyecto Educativo del centroLEPV, Art. 46. • “El proyecto educativo del centro recogerá las siguientes determinaciones: • La descripción de entorno y de las demás condiciones desde los que se definen los objetivos educativos • Los objetivos básicos y prioridades que definirán las acciones del centro; entre ellos, se recogerán los siguientes: (LEPV, 46.2)

  22. Los objetivos curriculares del centro que han de desarrollarse en el PCC, • y entre ellos, la línea pedagógica. • El modelo de participación en la vida escolar, en el que se recogerán los • principios generales por los que se regirá el funcionamiento del centro, • que se concretarán en el ROF. • La vinculación con la sociedad del entorno. • Los proyectos que serán desarrollados por el centro (de formación, de • innovación, de atención a la diversidad, de colaboración, y otros) que • definan la actividad del centro a medio plazo. • Las directrices orientadas a la consecución de la normalización del uso • del euskera. • En los centros de E. Secundaria con enseñanzas de FP específica, • podrá contemplar los objetivos y orientaciones relativos a la formación • profesional no reglada. PEC: Objetivos básicos y prioridades (LEPV, 46.2)

  23. Descripción del entorno y Características del centro PEC Componentes SEÑAS DE IDENTIDAD DEL CENTRO (LEPV, Art.46) OBJETIVOS BÁSICOS Y PRIORIDADES • En el currículo: • Objetivos • Opción lingüística • Contenidos • En la organización: • Modelo • Principios generales de • funcionamiento • En las relaciones: • Con el entorno • Con otros centros LÍNEA PEDAGÓGICA • Directrices: • Atención a diversidad • Orientación • Uso del euskera • Estructura: • Unidades / Modalidades • FP: Ciclos • FP no reglada • Proyectos a medio plazo: • Formación • Innovación • Colaboración

  24. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR 1.2. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES 1.2.2. LOE, 2006

  25. Proyecto Educativo del centro LOE, Art. 121 • El Proyecto Educativo del centro“deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro” • El Proyecto Educativo del centro “recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación” • “Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas”

  26. Proyecto Educativo del centro LOE, Art. 121 • “Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial así como el plan de convivencia” • “Deberá respetar el principio de no discriminación, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la educación”

  27. Proyecto Educativo del centro LOE, Art. 115 • “El proyecto educativo de los centros privados concertados, que en todo caso deberá hacerse público, será dispuesto por su respectivo titular e incorporará el carácter propio a que se refiere el artículo 115 de esta Ley”

  28. PEC LOE 2006 PLANES DOCUMENTOS ANEXOS • Plan de atención a la • diversidad • Plan de acción tutorial • Plan de convivencia • Otros planes • Concreción del currículo • (PCC) • Carácter propio del • centro

  29. ANÁLISIS CONTEXTO PEC “Principio de no discriminación y de inclusión educativa, como valores fundamentales” LOE, 121 NORMATIVA PRINCIPIOS DERECHOS Y LIBERTADES VALORES, OBJETIVOS Y PRIORIDADES DE ACTUACIÓN FINES DE LA EDUCACIÓN DEMANDA SOCIAL CURRICULAR GOBIERNO INSTITUCIONAL RELACIONES HUMANAS ADMINISTR. Y GESTIÓN SERVICIOS “Características del entorno social y cultural del centro” AMBITOS DE ACTUACIÓN PLANES INSTITUCIONALES DE ACTUACIÓN DOCUMENTOS ANEXOS ATENCIÓN DIVERSIDAD ACCIÓN TUTORIAL CONVIVENCIA TRATAMIENTO LINGÜÍSTICO FORMACIÓN CARÁCTER PROPIO LOE, 115 PCC LOE, 64 ROF LOE, 120.1 PR.GESTIÓN LOE, 120.2 PROYECTOS ESPECÍFICOS

  30. Carácter propio de los centros privados LOE, Art. 115 • “Los titulares de los centros privados tendrán derecho a establecer el carácter propio de los mismos que, en todo caso, deberá respetar los derechos garantizados a profesores, padres y alumnos en la Constitución y en las leyes”

  31. Carácter propio de los centros privados LOE, Art. 115 • “El carácter propio del centro deberá ser puesto en conocimiento por el titular del centro a los distintos sectores de la comunidad educativa, así como a cuantos pudieran estar interesados en acceder al mismo” • “La matriculación de un alumno supondrá el respeto del carácter propio del centro, que deberá respetar a su vez, los derechos de los alumnos y sus familias reconocidos en la Constitución y en la leyes”

  32. Carácter propio de los centros privados LOE, Art. 115 • “Cualquier modificación en el carácter propio de un centro privado, por cambio en la titularidad o por cualquier otra circunstancia, deberá ponerse en conocimiento de la comunidad educativa con antelación suficiente” • “ En cualquier caso, la modificación del carácter propio, una vez iniciado el curso, no podrá surtir efectos antes de finalizado el proceso de admisión y matriculación de los alumnos para el curso siguiente”

  33. Proyecto Educativo del centro PROCESO DE DEFINICIÓN (1) • “Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa” • “Asimismo, corresponde a las Administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado” (LOE, 121)

  34. Proyecto Educativo del centro PROCESO DE DEFINICIÓN (2) • “Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva” (LOE, 121)

  35. Proyecto Educativo del centro PROCESO DE DEFINICIÓN (3) • “Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado” (LOE, 121)

  36. PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESCOLAR 1.2. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES 1.2.3. Decreto CAPV, 2007

  37. Proyecto Educativo del Centro Decreto Curriculum CAPV, 2007 Artículo 17.1 “ A los efectos del presente Decreto se entiende por Proyecto Educativo de Centro la propuesta integral que recoge la opción educativa y las grandes pautas orientadoras, que sirven de referencia para dirigir coherentemente el proceso de intervención de la comunidad educativa en dicho centro.”

  38. Proyecto Educativo del Centro Decreto Curriculum CAPV, 2007 Artículo 17.2 “El Proyecto Educativo del Centro incluirá los valores, objetivos y prioridades de actuación, los criterios para la utilización de las lenguas en el proceso de aprendizaje, para la oferta de materias de libre elección, los aspectos generales del proceso de evaluación, el plan de acción tutorial y las medidas de atención a la diversidad, así como aquellos otros aspectos que el centro determine.” Artículo 18.2 “2.– Cada centro educativo incluirá su propio Proyecto Lingüístico en el Proyecto Educativo de Centro.”

  39. Proyecto Educativo del Centro Decreto Curriculum CAPV, 2007 Artículo 17.2 “Todo ello respondiendo y adecuándose al contexto socioeconómico y cultural tanto de la sociedad vasca, como del entorno del propio centro, a las características y necesidades del alumnado y considerando siempre que estas medidas deben tener por objeto fundamental facilitar la adquisición de las finalidades y competencias básicas.”

  40. Proyecto Educativo del Centro Decreto Curriculum CAPV, 2007 Artículo 17.3 “Corresponde al Órgano Máximo de representación en los centros públicos, o al titular de los centros privados concertados la aprobación del Proyecto Educativo del Centro, que en todo caso deberá hacerse público.”

  41. Proyecto educativo & Proyecto Lingüístico de centro (1) Artículo 18.1 “A los efectos del presente Decreto se entiende por Proyecto Lingüístico de Centro la planificación de todos aquellos aspectos relacionados con la enseñanza y el uso de las lenguas que cada centro educativo elabora para llevarlo a cabo en su propio ámbito. El Proyecto Lingüístico, desarrollarálos criterios para la enseñanza y utilización de las lenguas en el proceso de aprendizaje recogidos en el Proyecto Educativo, y determinará el tratamiento de las lenguas en el Proyecto Curricular.”

  42. Proyecto educativo & Proyecto Lingüístico de centro (2) Artículo 18.1 “Las decisiones recogidas en él tendrán influencia directa también en otros documentos del centro: reglamento interno, planificación anual, principios que regulen las relaciones internas y externas, etc., a través de los cuales se canaliza la materialización de los principios acordados en el Proyecto Lingüístico.”

  43. PEC Cómo dar respuesta Dar respuesta a ... DEMANDAS SOCIALES A LA ESCUELA MARCO NORMATIVO ORGANIZACIÓN “Estilo propio” DESARROLLO INTEGRAL DE LA PERSONA COMPETENCIAS PARA LA VIDA SOCIAL “VALORES” (Valor Añadido) Valores democráticos AUTONOMIA + RESPONSABILIDAD participación colabora ción CAPACIDADES HABILIDADES VALORES SOCIALIZACIÓN Capacidad de integrarse de manera activa y crítica en la sociedad EN LA MEDIDA EN QUE ESTEMOS DANDO UNA RESPUESTA ADECUADA CON PLANTEAMIENTOS PARTICIPATIVOS Y DEMOCRÁTICOS CARÁCTER PROPIO C.E.G. Competencias Básicas SERVICIO PÚBLICO CURRICULUM

  44. PEC ELABORACIÓN APROBACIÓN PROCESO DE ELABORACIÓN APLICACIÓN EVALUACIÓN ITINERARIOS FASES 1.- MOTIVACIÓN, SENSIBILIZACIÓN JUSTIFICACIÓN DEDUCTIVO 2.- PLANIFICACIÓN INDUCTIVO 3.- CONSTRUCCIÓN DE CONSENSOS MIXTO 4.- APROBACIÓN POR PROYECTOS 5.- DIFUSIÓN

  45. PEC PROCESO DE ELABORACIÓN DEDUCTIVO MOTIVACIÓN SENSIBILI ZACIÓN PASOS DEL PROCESO PLANIFICAC 1.- ANÁLISIS DEL CONTEXTO. DIAGNÓSTICO 2.- DEFINICIÓN / SELECCIÓN: VALORES, OBJETIVOS, PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN 3.- CREACIÓN DE COMISIONES, GRUPOS DE TRABAJO (PLANES, PCC) 4.- TRABAJO POR GRUPOS: APLICACIÓN Y CONCRECIÓN POR CADA GRUPO DE LOS VALORES, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS SELECCIONADOS 5.- RECOGIDA DE LAS PROPUESTAS DE LOS GRUPOS 6.- REELABORACIÓN: NUEVA REDACCIÓN DE CADA UNO DE LOS PLANES, EN COHERENCIA CON LOS VALORES, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS SELECCIONADOS 7.- PRIMER BORRADOR PEC (Equipo directivo) ... Y al mismo tiempo ... 8.- REVISIÓN POR LOS GRUPOS: PRYECTOS DE CENTRO, ROF, PLAN DE FORMACIÓN 9.- FOROS / GRUPOS DE DEBATE Y SUCESIVOS TEXTOS DE PEC 10.- REDACCIÓN “DEFINITIVA” PEC (Equipo directivo) 11.- PRESENTACIÓN PARA SU APROBACIÓN POR EL OMR C O N S T R U C C I O N D E C O N S E N S O S APROBACIÓN DIFUSIÓN

  46. 2. EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO

  47. 2. EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO 2.1. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES

  48. 2. EL PROYECTO CURRICULAR DE CENTRO 2.1. CARACTERÍSTICAS Y COMPONENTES 2.1.1. LEPV,1993

  49. Proyecto Curricular del centroLEPV, Art. 47, 48 • Art. 47. “El proyecto curricular del centro desarrolla, en el aspecto docente, el proyecto educativo (...)” • Art. 49. “El” Gobierno, mediante decreto (...) desrrollará las previsiones que se contienen en la legislación vigente en lo que se refiere a la definición de los contenidos curriculares que habrán de ser cumplidos por todos los centros. Estos asegurarán la coherencia interna y la compatibilidad de los diferentes proyectos curriculares a los que puedan optar los centros”

  50. Proyecto Curricular del centrocontendrá, al menos las siguientes determinaciones: • “Los objetivos y los contenidos de enseñanza adecuados para las necesidades de los alumnos en todos los aspectos docentes, incluidos los relacionados con la aplicación de los modelos de enseñanza bilingüe vigentes en el centro. • b) La distribución de los contenidos de enseñanza. • c) La determinación de los criterios pedagógicos y didácticos que aseguren la continuidad de la tarea de los diferentes profesores del centro. • d) Las opciones de metodología didáctica y materiales curriculares. • e) El tratamiento de las necesidades educativas especiales. • f) La concreción y complementación de los criterios de evaluación.” (LEPV, Art. 47)

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