190 likes | 337 Views
CONSEJO NUCLEO CAMPECHE. Recomendaciones y algo mas…. PREMISAS. TODOS LOS ORÍGENES SON VÁLIDOS TODOS LOS PROCESOS SON UTILES TODOS LOS OBJETOS SON IMPORTANTES TODAS LAS RECOMENDACIONES SON TRASCENDENTES TODAS LAS PARTICIPACIONES SON INDISPENSABLES. CONSEJO NUCLEO. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.
E N D
CONSEJO NUCLEO CAMPECHE Recomendaciones y algo mas…
PREMISAS • TODOS LOS ORÍGENES SON VÁLIDOS • TODOS LOS PROCESOS SON UTILES • TODOS LOS OBJETOS SON IMPORTANTES • TODAS LAS RECOMENDACIONES SON TRASCENDENTES • TODAS LAS PARTICIPACIONES SON INDISPENSABLES
CONSEJO NUCLEO FUNCIONES Y ATRIBUCIONES Evaluar los resultados de las acciones Asesorar a la delegación en aplicación de políticas Recomendar las acciones para mejorar la aplicación de políticas (MIAs) Coordinarse con espacios de participación ciudadana Presentar propuestas al Consejo Regional Informes de la Delegación
PROBLEMÁTICA I. Asesorar a la Delegación de la entidad federativa de que se trate en casos específicos que ésta someta a su consideración o con base en los temas de análisis que promueva el Núcleo, siempre que sean de competencia Federal; II. Proponer al Consejo Regional asuntos que por su trascendencia o delimitación geográfica requieran ser analizados por ese órgano; Jueves 29 de septiembre de 2011 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ANEXO 1 RECOMENDACION III. Participar en los procesos de consulta y reuniones públicas de información que en materia de impacto ambiental la Delegación ponga a disposición de la ciudadanía y, emitir las recomendaciones consensuadas que el Núcleo proponga en torno a los proyectos analizados;
LAS OTRAS FUNCIONES IV. Participar en las acciones de rendición de cuentas implementadas por la Secretaría y, de ser el caso, en las de contraloría social; V. Participar en eventos: consultas públicas, foros, talleres de educación y formación, y demás eventos análogos que promueva la Secretaría, que fomenten la corresponsabilidad y contribuyan al fortalecimiento de la participación y la construcción de ciudadanía ambiental, y VI. Elaborar y aprobar el programa de trabajo del Consejo Núcleo, así como el informe anual de las actividades realizadas.
DE LAS RECOMENDACIONES PROBLEMATICA DE LA DELEGACIÓN DEL NÚCLEO DEL DGIRA IDENTIFICACION RECOMENDACION REGIONAL
CARACTERIZACIÓN DE LA PROBLEMATICA OCURRENCIA DEL NÚCLEO INFORMACIÓN PÚBLICA MESA DE TRABAJO IDENTIFICACION RECOMENDACION DE LA DELEGACIÓN DOCUMENTO ACADEMICO GRUPO DE ANÁLISIS DEL DGIRA MANIFIESTO DE IMPACTO
CON PARTICIPACIÓN DEL NÚCLEO IDENTIFICACION RECOMENDACION SIN PARTICIPACIÓN DEL NÚCLEO OBJETO
ELEMENTOS DE EXITO ¡QUE SEA PRIORIDAD!
ORIGEN DE RECOMENDACIONES • PRIORIDADES • De espacios de participación. • Del quehacer cotidiano • De información diversa • De gestión Explicación clara y precisa del asunto IDENTIFICACION Identificación • De acuerdo a las Agendas • De transversalidad No Procede? fin • REQUERIMIENTOS DETECTADOS • POLÍTICAS PÚBLICAS 1 Si Descripción de los criterios, razonamientos, motivos y fundamento legal del asunto Definir Procesos Definir actores Plantear recomendación a los actores RECOMENDACION Gestionar LOGROS Seguimiento Completos? 1 No No Si pendientes Resuelta? Si fin
DOCUMENTAR PARA PRIORIZAR DOCUMENTAR PARA DEFINIR PRIORIZAR ELEMENTOS DE URGENCIA RECOMENDACIÓN PROBLEMATICA ¡QUE SEA PRIORIDAD! RESPUESTA SEMARNAT SEGUIMIENTO ACCIONES
RECOMENDACIÓN:CCRDS-SE/III/13/02 «Se recomienda a la SEMARNAT que se incluya en el Programa de Normalización 2014, el iniciar un proceso para la creación de una Norma Oficial Mexicana para el uso, aprovechamiento y conservación de cenotes.» RESPUESTAS: SEMARNAT (Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental) «En resumen, el término «cenote» está determinado por una variedad muy amplia de condiciones, las cuales le confieren a cada uno de estos embalses características muy específicas, por lo que no se estima conveniente la generación de una Norma Oficial Mexicana (NOM).» CONAGUA (Subdirección General de Planeación) «Al particular, le informamos que con copia del presente estamos solicitando a la Subdirección General Técnica y a la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento a efecto de que en caso de que se considere viable, se incluya el tema de referencia en el Programa de Normalización.»
Acuerdos y recomendaciones • Con relación al control de residuos peligrosos provenientes de microgeneradores, se acordó: • Que en los núcleos se le solicite a los representantes de los gobiernos de los estados de la región sureste para que se haga el requerimiento formal de hacer los acuerdos de coordinación y colaboración para el control de los residuos peligrosos de los microgeneradores.
Recomendación CCRDS-SE/III/13/11 • Se recomienda a la SEMARNAT que en colaboración con Organismos Internacionales, Centros de Investigación y los médicos tradicionales realizar una estrategia de conservación de germoplasma y las plantas medicinales de la región sureste, conforme el espíritu del Artículo 24 de la Ley General de Vida Silvestre, Artículo 169 de la Organización Internacional del Trabajo (1989), a partir de un diagnóstico de la situación actual que guardan los jardines botánicos de la región sureste con el objetivo de identificar los casos exitosos que puedan replicarse en las comunidades rurales e indígenas.
Retroalimentación y acuerdos La importancia de las comunidades indígenas y el uso de las medicinas tradicionales que son mas accesibles y que se engloban en usos y costumbres. Los jardines botánicos podrían servir de bancos de germoplasma y de usos tradicionales. Las Biol. Sandra Solís, Especialista en Estrategias de Biodiversidad y yCindel Velázquez, Especialista en Proyectos de Recursos Biológicos, mencionaron que la EMCV en sus objetivos 1, 2 y 5 establecen metas específicas que permitirán avanzar en la generación y transferencia del conocimiento, la conservación y el uso sustentable de la diversidad vegetal del país: Meta 6. Se conoce la diversidad genética de plantas nativas de interés utilitario (alimentario, ornamental, medicinal, cultural y económico). Meta16. Se ha incrementado el número de muestras de especies y variedades de los principales cultivos mantenidos en colecciones ex situ.
Retroalimentación y acuerdos • Meta 27. Se conocen y recuperan las formas de uso tradicional de la diversidad vegetal en el país. • Mencionaron también que existen las estrategias estatales ambientales, en donde se reúnen (la Conabio) con los Gobiernos Estatales, ONG´s, y otras organizaciones, para la elaboración de estrategias que se ponen a consulta y son vinculantes. Estudios de estado de biodiversidad. Participación de los municipios. Estrategias regionales con características. • 1) A través de las representaciones de los gobiernos estatales, recomendar de forma local la implementación de la estrategia estatal (Yucatán ya tiene firma, Campeche, Quintana Roo y Tabasco). • 2) La Conabiose compromete a invitar a la integración del Comité de implementación de la EMCV a un integrante del CCDS de la Región Sureste (13 de septiembre de 2013 en el D.F.).
Se recomienda a la SEMARNAT que realice los trámites pertinentes con la finalidad de que la NOM-162_SEMARNAT-2012 sea revocada, derogada o lo conducente a la brevedad posible, con el fin de evitar sanciones para los campamentos tortugueros, ya que la temporada de tortugas ha dado inicio en el presente año. Igualmente que se inicien los trabajos conducentes para plantear la norma apropiada • La Norma, en su artículo 2. Campo de aplicación establecen: • Esta norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para las personas físicas y morales que realicen actividades de aprovechamiento no extractivo en el hábitat de anidación de las tortugas marinas. • Las personas físicas y morales que realicen actividades de aprovechamiento no extractivo en el hábitat de anidación de las tortugas marinas pueden ser las personas que operan los campamentos tortugueros, los guías de ecoturismo, los turistas, los operadores turísticos de playa, hoteles y restaurantes de playa, los pescadores deportivos de catch and release, estudiantes e investigadores, etc. • En ninguna parte de la norma se específica que SOLAMENTE va dirigida a los campamentos tortugueros. • Tampoco dice la norma que los UNICOS en quienes incide el campo de aplicación de la norma es para quienes realizan actividades para la protección, recuperación y manejo de las poblaciones de tortugas marinas, por ello no queda en “el entendido” de que la norma es para campamentos tortugueros. • Esto es muy importante de definir, puesto que resulta confuso determinar sobre quien de esos actores recae la vigilancia de la iluminación, presencia de depredadores, etc.
En gran medida, donde se delimita el área de incidencia de los tortugueros (especifico: tortugueros) está comprendida en el Plan de Manejo que año con año presentamos. • Para los fines específicos del presente análisis diferenciamos dos áreas: • El área particular del campamento. • El área de incidencia del campamento. • Con el área particular del campamento señalamos el sitio en donde tienen sus instalaciones de trabajo los campamentos tortugueros: Edificación de actividades de trabajo, Dormitorios, Parque de anidación, Baños, Comedores • Zonas de tránsito en su interior • Etc. • El área particular del campamento tortuguero tiene unas decenas de metros lineales. Puede o no estar en la Zona Federal Marítimo terrestre. • Los campamentos tortugueros realizan su trámite de concesión en el sitio específico del área particular del campamento. • Por la concesión en la ZOFEMAT se hace un pago al ayuntamiento, y no resulta lo mismo (en términos de dinero) pagar por metros cuadrados que por kilómetros cuadrados. • Por otro lado: • El área de incidencia de los campamentos tortugueros es toda la zona que los operadores del campamento recorren noche a noche para realizar las actividades que les fueron conferidas. • En términos generales son varios kilómetros lineales de costa. Por ejemplo, varios campamentos de Campeche tienen mas de 20 km de playa cada uno. • En muchos casos, el área de incidencia de los campamentos comprende zonas fuera de la Zona Federal Marítimo terrestre • La autorización de aprovechamiento no extractivo que se emite a los campamentos tortugueros, y que se fundamenta en el Plan de Manejo, comprende tanto el área particular del campamento como el área de incidencia del campamento. (Que de acuerdo a la definición y a los planes de manejo, pueden incluir áreas fuera de la Zona Federal Marítimo terrestre). • O sea: tanto el área concesionada como la no concesionada, que es el área de incidencia del campamento tortuguero. • De lo anterior se deduce que el comentario anterior no da a lugar, y que por lo tanto siguen aplicándose los comentarios de nuestros incisos 1 y 2.
3.-NOM 162.- algunos funcionarios recomendaron que solamente se podrían modificar algunos aspectos de la norma. La SEMARNAT se comprometió hacer una análisis de los campamentos tortugueros a nivel nacional. Se hizo patente que debe haber platicas con PROFEPA, para definir el espíritu de la norma.