1 / 29

Estrategias de Defensa del Derecho a la No Discriminación Mtra. Hilda Téllez Lino

Estrategias de Defensa del Derecho a la No Discriminación Mtra. Hilda Téllez Lino Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. La CPEUM.

Download Presentation

Estrategias de Defensa del Derecho a la No Discriminación Mtra. Hilda Téllez Lino

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Estrategias de Defensa del Derecho a la No Discriminación Mtra. Hilda Téllez Lino Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

  2. La CPEUM • Prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana los derechos y libertades de las personas

  3. Discriminación • Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas

  4. DISCRIMINACIÓN Distinción Exclusión Restricción Basada en: -causas- Impedir o anular -efecto- Elementos:

  5. Quiénes sufren discriminación: • En principio, cualquier persona puede ser víctima de discriminación. • La mayor parte de las personas alguna vez en su vida, ha vivido alguna forma de discriminación.

  6. Diferencia arbitraria que niega y restringe el acceso y el ejercicio de derechos Limita las oportunidades reales Impide el pleno desarrollo de capacidades y proyectos de vida Excluye a las personas mediante distintas acciones y omisiones Características:

  7. Discriminación sistemática: La discriminación sistemática la sufren personas y grupos que han sido tradicionalmente vulnerados: • Mujeres • Personas con discapacidad • Indígenas • Personas LGBTTTI • Niñas y niños • Personas adultas mayores • Jóvenes

  8. Discriminación sistemática: La discriminación sistemática la sufren personas y grupos que han sido tradicionalmente vulnerados: • Mujeres • Personas con discapacidad • Indígenas • Personas LGBTTTI • Niñas y niños • Personas adultas mayores • Jóvenes

  9. Discriminación sistemática: La discriminación sistemática la sufren personas y grupos que han sido tradicionalmente vulnerados: • Mujeres • Personas con discapacidad • Indígenas • Personas LGBTTTI • Niñas y niños • Personas adultas mayores • Jóvenes

  10. Para Tod@s: ¿Porqué es importante tener mecanismos que protejan nuestros derechos?

  11. ¿Existe obligación de tenerlos? • Esta responsabilidad se afirma explícitamente en la Carta de Naciones Unidas, en cuyos términos "Todos los miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o separadamente, en cooperación con la Organización" en vista del "respeto niversal y efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales”

  12. Actualmente: La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos establece en su Declaración y su Programa de Acción: La obligación que tienen todos los Estados, conforme a la Carta de las Naciones Unidas, de desarrollar y de alentar el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión"; y El Programa de Acción insiste sobre la responsabilidad primera en materia de derechos humanos, al declarar que "su promoción y su protección incumben primeramente, a los gobiernos"

  13. Obligaciones del Estado en Materia de DDHH • La obligación de respetar implica la existencia de límites al ejercicio del poder estatal. Estos límites son los derechos humanos, esferas individuales donde la función pública no puede penetrar. Por tanto, los Estados, directa o indirectamente, no pueden violar estos atributos inherentes a la persona humana. • La obligación de garantizar se refiere al deber de adoptar las medidas necesarias que permitan a todas las personas el goce pleno y efectivo de los derechos humanos. Sobre el contenido y alcances de esta obligación la Corte Interamericana de Derechos Humanos en ha señalado: • También comprende: • la obligación de prevenir, • la obligación de investigar, • la obligación de sancionar, • la obligación de reparar los daños producidos en perjuicio de las personas.

  14. Sistemas de defensa

  15. Jurisdiccional Juicio de Amparo Salvaguarda los Derechos Humanos en el orden jurisdiccionalTribunales Administrativos A través de instituciones e instrumentos establecidos en las leyes mexicanas para buscar una adecuada defensa de los derechos humanos en cuanto a las posibles violaciones en su agravio.

  16. NO Jurisdiccional • Comisión Nacional De Los Derechos Humanos y las Comisiones Estatales de Defensa de los DDHHÓrganos Constitucionales –Ombudsman- para lograr una ágil, rápida y eficaz defensa de los Derechos Humanos frente a violaciones que puedan presentarse por las autoridades administrativas federales o locales.Otros Organismos administrativos especializadosProcuraduría Federal del Consumidor Conamed Condusef Protección Agraria.Tiene por objetivo brindar servicios gratuitos a los campesinos del país para ayudarlos en todos los trámites correspondientes a la admón. De justicia agraria.Procuraduría Federal de la Defensa del TrabajoOrientar, asesorar y patrocinar a los trabajadores ante todo tipo de autoridades federales de carácter laboral, particularmente cuando éstos sean despedidos o se violen sus contratos de trabajo.

  17. Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación • Es un órgano de Estado creado por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. • Es la institución rectora para contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país. • Lleva a cabo acciones para prevenir y eliminar la discriminación • Formula y promueve políticas publicas para la igualdad de oportunidades y de trato, tendientes a, avanzar en la inclusión social y • Coordina esfuerzos con otros actores para garantizar el derecho a la igualdad.

  18. Acciones para eliminar la discriminación • Sobre este particular, a través de la DGAQR recibe y resuelve las quejas y reclamaciones por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus funciones.

  19. Procedimientos Queja y Reclamación • QUEJA: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a particulares. • RECLAMACIÓN: Denuncia o petición formulada ante el CONAPRED por conductas presuntamente discriminatorias atribuidas a autoridades o servidores públicos federales

  20. Principio básico en la atención:La persona víctima. • Tratar a las víctimas con compasión y respeto por su dignidad; • Brindar acceso a mecanismos expeditos, justos, poco costosos y accesibles; • Ser informadas de las actuaciones y determinaciones de la autoridad. • Permitir que las opiniones y preocupaciones de las víctimas sean presentadas y examinadas en etapas apropiadas de las actuaciones; • Adoptar medidas para minimizar las molestias causadas a las víctimas, proteger su intimidad, en caso necesario, y garantizar su seguridad, así como la de sus familiares y la de los testigos en su favor, contra todo acto de intimidación y represalia.

  21. Como se materializa la atención • Personal que atiende (profesional, sensible, comprometido, capacitado). • Atención inmediata, eficaz, gratuita. Línea 01-800. • Legitimación de la demanda y personas en crisis. • Análisis y admisión del caso (gravedad, urgencia, adecuada determinación del caso de presunta discriminación). • Pretensión de la parte peticionaria y seguimiento del caso, hasta su determinación.

  22. Objeto y fin de los procedimientos • Principalmente es buscar la conciliación. • En la QUEJA no existe una fase de investigación ni se llega a emitir una Resolución por disposición. • En la RECLAMACIÓN se puede conciliar, investigar e incluso emitir una resolución por disposición.

  23. Porqué conciliar: […] la discriminación puede ser definida como una conducta, culturalmente fundada, y sistemática y socialmente extendida, de desprecio contra una persona o grupo de personas sobre la base de un prejuicio negativo o un estigma relacionado con una desventaja inmerecida, y que tiene por efecto (intencional o no) dañar sus derechos y libertades fundamentales. Rodríguez Zepeda, Jesús. ¿Qué es la discriminación y cómo combatirla?

  24. Trabajo del hogar Conformado mayoritariamente por mujeres, la discriminación de este grupo de población social involucra además que son personas indígenas y viven en condiciones de pobreza. Las personas trabajadoras del hogar tienen derechos, entre otros, a la no discriminación, a la seguridad social, a los derechos laborales y a un trato digno. Trabajo del Hogar

  25. Procedimientos de queja y reclamación para la defensa de casos concretos por presuntas conductas de discriminación en agravio de las personas trabajadoras del hogar. • Visibilización de la situación de discriminación de las personas trabajadoras del hogar (Encuesta Nacional sobre Discriminación en México. Enadis 2010; Reporte sobre la Discriminación en México 2012, Trabajo; Documento Informativo sobre Trabajadoras del Hogar 2012 –Página web– y otras publicaciones –Colección Matices, por ejemplo–); Curso-taller al respecto; Serie televisiva Nosotros… los otros, etc). • Cabildeo para la ratificación del Convenio 189 de la OIT, Convenio del Trabajo Docente para Trabajadoras y Trabajadores Domésticos (Vinculación con personas legisladoras, STPS y la SER). • Necesidad de reformas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social… Algunas acciones para la promoción, protección y defensa de los derechos de las personas trabajadoras del hogar:

  26. Matrimonio Igualitario Matrimonio igualitario Las personas del mismo sexo que celebran matrimonio o viven en una relación de concubinato tienen derecho, sin discriminación, a la salud, a la seguridad social, entre otros. Asimismo, el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo es indispensable para el ejercicio de los derechos inherentes a éste.

  27. Algunas acciones para la promoción, protección y defensa de los derechos de las personas en relación con el matrimonio entre personas del mismo sexo y la vida familiar: Resolución por disposición 2/2011 de Conapred , dirigida al IMSS e ISSSTE, la cual se encuentra en seguimiento. Resoluciones sobre juicio de amparo por el Poder Judicial de la Federación. Procedimientos de queja tramitados en Conapred, relacionados con el tema. Guía para la Acción Pública contra la Homofobia y Curso en línea. Cobertura a través de medios de comunicación. Pronunciamientos por asociaciones civiles e instituciones públicas protectoras de derechos humanos sobre la temática…

  28. Educación Incusiva Las niñas y los niños con discapacidad tienen derecho a acceder y a permanecer en los planteles educativos, públicos y privados, sin discriminación alguna; asimismo, a una educación inclusiva, de calidad y en igualdad de condiciones. Algunas acciones para la promoción, protección y defensa de las niñas y los niños con discapacidad en el ámbito educativo: Procedimientos de queja tramitados en Conapred, relacionados con el tema. Convenio de educación inclusiva con SEP, derivado de un expediente de reclamación. Cobertura por medios de comunicación. Guía de Acción Pública sobre Educación Inclusiva (Se está elaborando conjuntamente con la SEP). Curso en línea sobre Inclusión y discapacidad…

More Related