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ANÁLISIS COMPARATIVO: PROYECTOS DE ESTATUTOS DEL TRABAJO Vs. CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO. PROYECTOS OBJETO DE ESTUDIO. PROYECTO DE LEY 184 DE 2006 SENADO, presentado por la H.S. PIEDAD CÓRDOBA RUIZ (Partido Liberal Colombiano)
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ANÁLISIS COMPARATIVO: PROYECTOS DE ESTATUTOS DEL TRABAJO Vs. CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO
PROYECTOS OBJETO DE ESTUDIO • PROYECTO DE LEY 184 DE 2006 SENADO, presentado por la H.S. PIEDAD CÓRDOBA RUIZ (Partido Liberal Colombiano) • PROYECTO DE LEY 196 DE 2007 SENADO, presentado por la H.S. GLORIA INÉS RAMÍREZ RÍOS (Polo Democrático Alternativo)
PRINCIPALES ANTECEDENTES DE AMBOS PROYECTOS • Artículo 53 Constitución Política. • Iniciativa popular radicada en 1993 por la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
PRINCIPIOS MÍNIMOS que debe contemplar el Estatuto del Trabajo de acuerdo con el artículo 53 de la C.P.: • Igualdad de oportunidades para los trabajadores. • Remuneración mínima vital y móvil. • Estabilidad en el empleo. • Irrenunciabilidad a los beneficios mínimos establecidos en normas laborales. • Facultades para transigir y conciliar sobre derechos inciertos y discutibles. • Situación más favorable al trabajador en caso de duda en la aplicación e interpretación de las fuentes formales de derecho. • Primacía de la realidad sobre formalidades. • Garantía a la seguridad social, la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario. • Protección especial a la mujer, a la maternidad y al trabajador menor de edad. • Derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales. • Los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna. • La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores.
PRINCIPIOS QUE NO SUFREN MODIFICACIÓN EN LOS PROYECTOS, FRENTE A LO CONTEMPLADO EN EL C.S.T. • Derecho al trabajo. • Obligatoriedad del trabajo. • Protección al trabajo. • Mínimo de derechos y garantías. • Carácter de orden público. Irrenunciabilidad. • Validez de la transacción y la conciliación*. • Efecto de la ley5 laboral. • Primacía de la realidad. • Garantía a la seguridad social*. • A trabajo igual, salario igual.
CAMBIOS MÁS NOTORIOS INTRODUCIDOS POR AMBOS PROYECTOS DE ESTATUTOS FRENTE AL C.S.T.
Muchas gracias por su atención. J.E.M.C.