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Hacia la construcción de fuentes de datos para la medición de la violencia contra las mujeres. Carlos Javier Echarri Cánovas El Colegio de México. Antecedentes y recomendaciones internacionales.
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Hacia la construcción de fuentes de datos para la medición de la violencia contra las mujeres Carlos Javier Echarri Cánovas El Colegio de México
Antecedentes y recomendaciones internacionales Todo acto de violencia que se dirija contra una mujer o una niña por su pertenencia al sexo femenino o que les afecte desproporcionadamente, constituye discriminación y una violación de derechos humanos contra la que deben actuar y rendir cuentas los Estados Con arreglo a diversos tratados, entre los que destaca la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, México debe combatir la violencia de género en sus distintas manifestaciones mediante la adopción de una serie de medidas legislativas y de otro tipo dirigidas a proteger a las víctimas con recursos apropiados, prevenir tales abusos y procesar a sus autores aplicando sanciones de conformidad con la gravedad del delito.
Antecedentes • Hoy en día México ha ratificado un buen número de convenios en esta materia que son susceptibles de aplicación ya que dentro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son considerados Ley Suprema de la Nación. • No obstante, los principios de igualdad, y no discriminación no se han cumplido ni respetado cabalmente en la práctica. • En México, un gran número de mujeres sufren aún algún tipo de violencia (psicológica, física, sexual); se les impide la libre toma de decisiones sobre su vida y se les discrimina al no proveer los medios necesarios para que puedan ejercer sus derechos.
Antecedentes • La violencia contra las mujeres está considerada cada vez más una violación de los derechos humanos y, por consiguiente, un problema público que preocupa significativamente a individuos, sociedades y estados. • Determinar la prevalencia de la violencia contra las mujeres es un paso importante para la intervención y la prevención.
Preguntas fundamentales • ¿Quiénes necesitan información y qué información necesitan? • ¿Para quién se genera información? • ¿Para qué o qué desean hacer con esa información? • ¿En qué formato se produce?
Preguntas fundamentales • ¿Quién ha de producirla o proporcionarla? • ¿Cuál es el contenido mínimo que ha de tener un sistema de información sobre violencia contra las mujeres? • ¿Qué información hay que generar?
Características de la información • Independiente • Imparcial • Competente • Asequible • Eficiente • Transparente • Sin dilaciones • Eficaz • De calidad • Previsible Equitativa • Responsable, que rinda cuentas
Magnitud, riesgos y determinantes • Sistemas de información administrativos (sistema de salud, estadísticas vitales, estadísticas judiciales) • Estudios especiales transversales, de casos-controles y de cohortes
Evaluación de programas y políticas:¿Por qué y para qué? • El propósito más obvio es conocer el efecto que tienen en los problemas que intentan resolver. • Toma de decisiones de calidad y valiosas: si se ejecuta de acuerdo con el plan, su costo efectividad y si ha sido efectivo • Para mejorar programas, al identificar fortalezas y debilidades se puede adaptar para beneficiar de mejor manera a la población objetivo.
Evaluación de programas y políticas:¿Por qué y para qué? • Para generar conocimiento. La información generada por las evaluaciones es crucial para la comprensión del fenómeno de la violencia y cómo tratarla. También es necesaria para la formulación de políticas públicas. • Para saber si el programa puede ser replicado en otros contextos.
¿En qué consiste la evaluación? • a. En qué consiste el programa, cuáles son sus objetivos, en qué contexto existe • b. Qué aspectos del programa se considerarán cuando se evalúe su desempeño • c. Qué parámetros deben ser alcanzados para considerarlo exitoso
¿En qué consiste la evaluación? • d. Qué evidencia se usará para indicar su desempeño • e. Qué conclusiones sobre su desempeño se justifican al comparar la evidencia disponible con estándares seleccionados • f. Cómo las lecciones aprendidas serán usadas para mejorar su efectividad
Componentes clave de la evaluación • a. Comprometer a los distintos actores: los participantes, los afectados, los usuarios y los beneficiarios • b. Describir el programa en términos de necesidades, efectos esperados, actividades, recursos, etapas, contexto y marco conceptual • c. Enfocarse en el diseño de la evaluación considerando y coincidiendo en su propósito, cómo involucrar a los usuarios, los usos que se le darán a la evaluación, las dudas que surjan y los métodos a ser usados
Componentes clave de la evaluación • d. Reunir evidencia creíble. Se deben considerar los indicadores, fuentes de información, su calidad, cantidad, la logística de su obtención y las potenciales fuentes de error y omisión • e. Justificar las conclusiones. Se deben usar estándares rigurosos, mediante un análisis riguroso, interpretación sin sesgos, juicios sobre fortalezas y debilidades y recomendaciones • f. Diseminación a los involucrados con retroalimentación y seguimiento
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • El Feminicidio es el asesinato misógino de mujeres basado en el simple hecho de que son mujeres (Radford y Russell, 1992). • La práctica del Feminicidio debe ser comprendida entre toda una serie de acciones y de procesos de violencia sexual, que van desde el maltrato emocional y psicológico, golpes, insultos, tortura, violación, prostitución, [continúa]
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • [sigue] hostigamiento sexual, abuso infantil, infanticidio de las niñas, mutilaciones genitales, violencia doméstica, maternidad forzada, privación de alimentos, pornografía, hasta toda aquella política, tanto personal como institucional, que determina la muerte de mujeres. • Carácter acumulativo
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Todo esto es posible porque el Estado y las instituciones cierran los ojos. • El Feminicidio es el asesinato misógino de mujeres cometido por hombres convencidos de su superioridad de género (Monárrez Fragoso 2002).
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Añade por otra parte, que cualquiera fuere la naturaleza de los homicidios en contra de las mujeres, ya sean «sexualmente motivados» o se cometan dentro del hogar, «implican la destrucción y la sujeción de las mujeres».
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Según Marcela Lagarde, para que un Feminicidio se produzca es necesario que haya una convergencia criminal de silencio, omisión, descuido y colusión de las autoridades responsables de prevenir y erradicar estos crímenes. • El Feminicidio se produce cuando el Estado no da garantías a las mujeres y no asegura las condiciones de seguridad para su vida dentro de la comunidad, su casa, como así tampoco en los espacios de trabajo, en el momento de sus desplazamientos o durante su ocio. Más aún, ocurre cuando las autoridades no cumplen sus funciones de modo eficaz.
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Luego, el Femicidio es un crimen de Estado. • En este orden de ideas y de acuerdo con esta definición, la Comisión Internacional de los Derechos Humanos (CIDH) afirma que el país se enfrenta así a una situación que sobrepasa un simple problema de seguridad pública, para convertirse en un caso de seguridad nacional.
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Indepedientemente del origen de los homicidios de mujeres de Cd. Juárez,las autoridades gubernamentales, tanto a nivel federal como a nivel estatal y municipal, no se ocuparon seriamente de estos crímenes, descuidando del modo más elemental la preservación de las evidencias en los sitios en donde fueron encontrados los cuerpos, sobre todo para los homicidios cometidos antes de 1998.
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Este descuido por parte de las autoridades está vinculado al hecho de que las víctimas son en su mayoría personas de condición modesta y que sus allegados, cuando pueden ser identificadas, no tienen los medios para reclamar justicia.
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Las instancias internacionales, alertadas sobre todo a partir de 1998 por grupos de mujeres y organizaciones de la sociedad civil de México y de otros lugares, coinciden en afirmar que el sistema mexicano de justicia no sólo fue negligente, sino también inepto, cómplice y corrupto.
Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez • Los informes de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, de Amnistía Internacional, de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de México subrayan que hay en este país una grave crisis sistémica del aparato judicial, lo mismo que una correlación entre la impunidad y el aumento de la violencia que, a su vez, genera todavía mayor impunidad.
Consecuencias • En México se han impulsado cambios en la legislación y las políticas públicas • Promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia el 1° de febrero de 2007 (reformada el 20 de enero de 2009)
LGAMVLV • Establece los lineamientos jurídicos y administrativos con que el Estado intervendrá en todos sus niveles de gobierno, para garantizar y proteger los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia.
LGAMVLV:Violencia contra las mujeres • Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte[,] tanto en el ámbito privado como en el público.
LGAMVLV • Crea el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, • Secretaría Ejecutiva a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres
LGAMVLV: Derechos humanos de las mujeres • Se refiere a los derechos que son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales contenidos en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención sobre los Derechos de la Niñez (CDN), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y demás instrumentos internacionales en la materia.
Objetivos de la LGAMVLV • Establecer la coordinación entre la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar…
Violencia psicológica • […] cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio.
Violencia física • […] cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.
Violencia patrimonial • […] cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima.
Violencia económica • […] toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. • Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Violencia sexual • […] cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que, por tanto, atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto. • [Además, considera] cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Modalidades: Violencia familiar • Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho.
Modalidades: Violencia laboral • Es la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación por condición de género.
Modalidades: Violencia docente • Son aquellas conductas que dañen la autoestima de las alumnas con actos de discriminación por su sexo, edad, condición social, académica, limitaciones y/o características físicas que les infligen maestras o maestros.
Modalidades: Hostigamiento sexual • Es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. • Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.
Modalidades: Abuso sexual • Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
Modalidades: Violencia en la comunidad • Son los actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres y propician su denigración, discriminación o exclusión en el ámbito público.
Modalidades: Violencia institucional • Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres […] así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
Modalidades: Violencia feminicida • Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.
Atribuciones SSP federal: BANAVIM • El establecimiento de un banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las acciones de política criminal que correspondan y faciliten el intercambio de información entre las instancias. • Integrar el Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres
Atribuciones INMUJERES: Investigación • II. Integrar las investigaciones promovidas por las dependencias de la Administración Pública Federal sobre las causas, características y consecuencias de la violencia en contra de las mujeres, así como la evaluación de las medidas de prevención, atención y erradicación, y la información derivada a cada una de las instituciones encargadas de promover los derechos humanos de las mujeres en las entidades federativas o municipios. • Los resultados de dichas investigaciones serán dados a conocer públicamente para tomar las medidas pertinentes hacia la erradicación de la violencia;
Atribuciones SEGOB: Investigación • Realizar un Diagnóstico Nacional y otros estudios complementarios de manera periódica con perspectiva de género sobre todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas, en todos los ámbitos, que proporcione información objetiva para la elaboración de políticas gubernamentales en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
Atribuciones SSA: proporcionar información • a) La relativa al número de víctimas que se atiendan en los centros y servicios hospitalarios; • b) La referente a las situaciones de violencia que sufren las mujeres; • c) El tipo de violencia por la cual se atendió a la víctima; • d) Los efectos causados por la violencia en las mujeres, y • e) Los recursos erogados en la atención de las víctimas.
Atribuciones Entidades federativas • Rendir un informe anual sobre los avances de los programas locales; • Promover investigaciones sobre las causas y las consecuencias de la violencia contra las mujeres; • Revisar y evaluar la eficacia de las acciones, las políticas públicas, los programas estatales, con base en los resultados de las investigaciones previstas en la fracción anterior;
Modelo ecológico de la violencia • (Krug et al., 2002). • En relaciones de familia y conocidos • Sociales • Comunitarios • Individuales