110 likes | 261 Views
EL SISTEMA FINANCIERO Y LOS CONSUMIDORES. Y uri V ega M ere yvega@munizlaw.com. I.-AMBITO DE APLICACIÓN. Empresas del Sistema Financiero sujetas a regulación de la Superintendencia de Bancos y Seguros ¿Se podrá aplicar a otros sectores?. II.- INCORPORACIÓN DE PRINCIPIOS.
E N D
EL SISTEMA FINANCIERO Y LOS CONSUMIDORES Yuri Vega Mere yvega@munizlaw.com
I.-AMBITO DE APLICACIÓN Empresas del Sistema Financiero sujetas a regulación de la Superintendencia de Bancos y Seguros ¿Se podrá aplicar a otros sectores?
II.- INCORPORACIÓN DE PRINCIPIOS • Transparencia en la información: entrega de formularios contractuales. (En locales, páginas webs y asesoría especializada a clientes) • 2. Legibilidad • 3. Idioma sencillo
III. INTERESES, COMISIONES Y GASTOS: REGLAS 1.- Rige principio de libre determinación, (relativo). 2.- Los intereses deben especificarse claramente. Si la tasa es efectiva indicar si la capitalización es diaria, mensual, anual u otra. 3.- Las comisiones deben indicar “periodicidad”. 4.- Cronograma de pagos deben incluir comisiones, gastos e intereses. 5.- Si se rehace cronograma debe comunicarse.
III. INTERESES, COMISIONES Y GASTOS: REGLAS 6.- En contratos de préstamo y depósitos a plazo las modificaciones operan a los 15 días de comunicadas,salvo que sean favorables al usuario. 7.-No se aplican las reglas cuando se ha convenido ajustar tasas de interés con factor variable.
IV. INTERESES, COMISIONES Y GASTOS: REGLAS 8.-SBS supervisará fórmula de cálculo de interés garantizar transparencia, uniformidad y difusión. 9.- Comisiones y gastos deben respoder al servicio efectivo, justificación técnica y demostrable (ya existía en caso de tarjetas de crédito, Resolución SBS-271-2000, para gastos comisiones y partes, y para cuentas corrientes sólo para verificar domicilio Resolución SBS N°089-98)
V.- MODIFICACIONES A LAS ESTIPULACIONES 1.- Sólo se aplican 30 días después de ser notificadas (cartas, tv, radio, mail, periódico, web) 2.- En el caso de promociones su vigencia debe establecersey respetarse. En defecto, deben regir hasta 6 meses después de comunicar su descontinuación.
VI. EL CONTROL ADMINISTRATIVO Para garantizar equilibrio contractual debe identificar las cláusula que requieren aprobación 1.- Si no las identifica, ¿quién garantiza el equilibrio contractual? 2.- Si las identifica pero se usan sin previa aprobación, ¿es nulo el contrato o sólo la cláusula?¿puede sobrevivir con el contrato? 3.- Efectos de la aprobación.
VII.- LA INCLUSIÓN DE ESTÁNDARES 1.-El concepto de justicia contractual (equilibrio) a).¿Sólo indentificando algunas estipulaciones? Interpretación sistemática del contrato. b).¿Control de gastos y comisiones o control del equilibrio contractual? c).¿Se persigue eliminar cláusula abusivas? d). ¿Qué concepto de justicia contractual?
VII. LA INCLUSIÓN DE ESTÁNDARES 2.-La idea de cláusula abusiva (i) ¿Qué concepto? (ii) Limitación a tasas, comisiones y gastos. (iii) Contradicción de la limitación a tasas, comisiones y gastos con el estándar de la justicia contractual de cualquier estipulación. Cláusula abusiva=injusticia contractual
VIII. REFLEXIONES FINALES 1. Inicio de un neoformalismo contractual. 2. Inserción de nuevos principios: transparencia (medio para la información) y legibilidad del lenguaje contractual. 3. ¿Quién definirá la justicia contractual y la abusividad de las cláusulas? 4. ¿A quién recurro en caso de cláusulas abusivas? 5. ¿Una nueva tecno-burocracia? 6. ¿Habrá que esperar el Reglamento?