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Funciones de la Dirección Técnica del Presupuesto

Funciones de la Dirección Técnica del Presupuesto. Guatemala, febrero 2010. Marco Jurídico .

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Funciones de la Dirección Técnica del Presupuesto

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  1. Funciones de la Dirección Técnica del Presupuesto Guatemala, febrero 2010

  2. Marco Jurídico La Dirección Técnica del Presupuesto es la responsable de normar el sistema presupuestario del Sector Público, para el adecuado uso de los recursos financieros asignados a las diferentes Instituciones del Estado. Su funcionamiento se rige en base a lo dispuesto en los Artículos 25, 26 y 27 del Acuerdo Gubernativo Número 394-2008 del 23 de diciembre de 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, y de conformidad con la jerarquía institucional, depende del Viceministerio de Administración Financiera.

  3. MISIÓN A la Dirección Técnica del Presupuesto le corresponde “ser el órgano rector del sistema presupuestario de los diferentes organismos del Sector Público, encargada de normar, dirigir y coordinar el proceso de presupuesto, así como de analizar, controlar y evaluar la ejecución presupuestaria con énfasis en el control por resultados de la gestión pública, para propiciar el desarrollo del país en función de sus necesidades”

  4. VISIÓN Ser la Institución responsable de fortalecer el Sistema Presupuestario del Sector Público de Guatemala, con el propósito que a la asignación de los recursos financieros del Estado; se realicen en un forma racional y transparente que contribuyan a la producción de bienes y prestación de servicios por parte de las Instituciones Públicas, en beneficio de la sociedad guatemalteca.

  5. La DTP en el Organigrama del MINFIN

  6. Atribuciones de la Dirección Técnica del Presupuesto • Definir y proponer las bases cuantitativas para la formulación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; • Dictar las normas presupuestarias para los procesos de formulación, ejecución y evaluación de las Entidades del Sector Público;

  7. Coordinar con la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia, la formulación de los lineamientos para elaborar los proyectos de presupuesto del Sector Público, y fundamentar con los entes involucrados en el proceso, el contenido de los mismos; • Efectuar la estimación y programación de los ingresos corrientes y de capital que se presupuesten para cada ejercicio fiscal, en coordinación con las Direcciones de Análisis y Evaluación Fiscal, y de Crédito Público, respectivamente;

  8. Formular el Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada ejercicio fiscal; • Analizar con las dependencias responsables, el comportamiento de los ingresos tributarios, no tributarios y de capital del Presupuesto general de Ingresos y Egresos del Estado de cada el ejercicio fiscal, para sustentar la programación y reprogramación financiera del gasto público;

  9. Someter a consideración del Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria, los requerimientos de recursos financieros anuales, cuatrimestrales y mensuales para cumplir con la ejecución de los diferentes programas y proyectos, así como el logro de las metas presentadas por las Instituciones de Gobierno. • Mantener constante coordinación a nivel técnico con otras unidades y dependencias administrativas del Ministerio y demás entidades del Sector Público, especialmente con el Banco de Guatemala, con el propósito que la política fiscal coadyuve al crecimiento ordenado de la economía;

  10. Evaluar la ejecución del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aplicando las normas y criterios establecidos en la Ley y otras disposiciones reglamentarias. En lo referente a la inversión pública, deberá coordinar su evaluación con la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia; • Velar por la aplicación y actualización de los Manuales de Clasificaciones Presupuestarias del Sector Público de Guatemala, Modificaciones Presupuestarias, Programación de la Ejecución Presupuestaria, Administración de Fideicomisos de la Administración Central, así como los que en el futuro se emitan;

  11. Coordinar con las otras unidades especializadas del Ministerio, las actividades complementarias o compartidas del Sistema Integrado de Administración Financiera; • Capacitar al personal del Sector Público involucrado en el proceso presupuestario;

  12. Organigrama de la DTP

  13. Contenido de la Partida Presupuestaria

  14. Presupuesto por Programas A través de los códigos de su estructura, el Presupuesto por Programas refleja el proceso productivo institucional y permite identificar, de manera sintética, los insumos, los productos y los centros de gestión productiva de una institución. El artículo 237 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que “la unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática”.

  15. La técnica del presupuesto por programas establece los siguientes niveles o categorías, cada una definida según el producto a obtener en cada fase del proceso productivo institucional: • PROGRAMA (PRG) • SUBPROGRAMA (SPRG) • PROYECTO (PY) • ACTIVIDAD (AC) • OBRA (OB) Estas categorías adquieren estatus de ley a través del artículo 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Acuerdo Gubernativo Número 240-98.

  16. Códigos de la Partida Presupuestaria IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL INSUMOS INSTITUCIONALES 011 1800 11 000 000 2010 11130016 000 00 12 00 000 001 000 Año RENGLÓN PROGRAMA Entidad U. Ejecutora. SUBPROGRAMA UB. GEO. U. Descon. PROYECTO FTE. FIN. ACTIVIDAD ORG. COR. OBRA

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