130 likes | 473 Views
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DEPARTAMENTO DEL CESAR MUNICIPIO DE VALLEDUPAR. “NUESTRO COMPROMISO ES CON LA SOLUCION, NO CON EL PROBLEMA”. ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790. LA CONSTITUCION POLITICA DE 1991 REZA:
E N D
REPUBLICA DE COLOMBIAMINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIALDEPARTAMENTO DEL CESARMUNICIPIO DE VALLEDUPAR “NUESTRO COMPROMISO ES CON LA SOLUCION, NO CON EL PROBLEMA” ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
LA CONSTITUCION POLITICA DE 1991 REZA: Art. 48: La Seguridad Social es un Servicio Público de carácter obligatorio que se prestara bajo la dirección, coordinación y control del ESTADO, en sujeción a los principios de EFICIENCIA, UNIVERSALIDAD y SOLIDARIDAD. Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social. El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley. ART. 86 ACCIÓN DE TUTELA. Ley 100/93 Art 2: Principios. El servicio público esencial de seguridad social se prestará con sujeción a los principios de Eficiencia, universalidad, solidaridad, integralidad, unidad y participación. ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
AFILIADOS AL SGSSS PROPUESTOS SEGÚN LEY 100/93..… • Afiliados: Existirán dos tipos de afiliados al SGSSS: • RÉGIMEN CONTRIBUTIVO son personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago. • RÉGIMEN SUBSIDIADO de que trata el artículo 211 de la ley son personas sin capacidad de pago para cubrir el monto total de la cotización. • VINCULADOS (PPNA) • AFILIADOS AL SGSSS HOY…. • REGIMEN EXCEPCIONAL (FFMM, POLNAL, MAGISTERIO, ECOPETROL, etc) • REGIMEN CONTRIBUTIVO (PAC, SEGUROS) • REGIMEN SUBSIDIADO TOTAL • REGIMEN SUBSIDIADO PARCIAL • PPNA • DESPLAZADOS ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
LEY 100 de 1993: Art 157, Parágrafo B. Personas vinculadas al Sistema. A partir del año 2.000, todo colombiano deberá estar vinculado al Sistema a través de los regímenes contributivo o subsidiado, en donde progresivamente se unificarán los planes de salud para que todos los habitantes del territorio nacional reciban el Plan Obligatorio de Salud de que habla el artículo 162. PARÁGRAFO 1o. El Gobierno Nacional establecerá un régimen de estímulos, términos, controles Y SANCIONES PARA GARANTIZAR LA UNIVERSALIDAD de la afiliación. LEY 100 de 1993: Art 162. PLAN DE SALUD OBLIGATORIO. El SGSSS crea las condiciones de acceso a un Plan Obligatorio de Salud para todos los habitantes del territorio nacional antes del año 2001.Este Plan permitirá la protección integral de las familias a la maternidad y enfermedad general, en las fases de promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación PARA TODAS LAS PATOLOGÍAS, según la intensidad de uso y los niveles de atención y complejidad que se definan. ………Para los afiliados según las normas del régimen subsidiado, el CNSSS diseñará un programa para que sus beneficiarios alcancen el plan obligatorio del sistema contributivo, en forma progresiva antes del año 2.001. En su punto de partida, el plan incluirá servicios de salud del primer nivel por un valor equivalente al 50% de la unidad de pago por capitación del sistema contributivo. Los servicios del segundo y tercer nivel se incorporarán progresivamente al plan de acuerdo con su aporte a los años de vida saludables. ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
En el REGIEMN SUBSIDIADO a partir de los ACUERDOS del CNSSS 9, 15, 20, 49, 50 72, 74, 83 progresivamente ha aumentado, reconocemos que cada vez mas se extiende el POS-S, pero actualmente no alcanza el 46% del Régimen CONTRIBUTIVO infringiendo flagrantemente lo enunciado en la LEY 100/1993, así ha incrementado lo estipulado en: ACUERDO 226/2002 (RADIOTERAPIA CON ACELERADOR LINEAL) ACUERDO 228/2002 (MEDICAMENTOS) ACUERDO 236/2004 (MEDICAMENTOS) ACUERDO 263/2002 (MEDICAMENTOS) ACUERDO 282/2004 (MEDICAMENTOS) ACUERDO 289/2005 (COBERTURA CIRUGIA PLASTICA) ACUERDO 302/2005 (MALLAS PARA HERNIOPLASTIA) ACUERDO 306/2005 (ACLARACION POS-S) ACUERDO 313/2005 (COLECISTECTOMIA VIA LAPAROSCOPICA) ACUERDO 336/2006 (MEDICAMENTOS VIH, CANCER E IRA y CRONICA) ACUERDO 350/2006 (INTERUPCION EMB POR ASPIRACION Y LEGRADO) ACUERDO 356/2007 (VASECTOMIA) ACUERDO 368/2007 (MEDICAMENTOS EN VIH) ACUERDO 380/2007 (ANTICONCEPTIVOS ORALES Y CONDON) ACUERDO 395/2008 (HIPERTENSION EN DIABETES MAYOR DE 45 AÑOS) RESOLUCION 2933 /2006 ( SUMINISTRO MEDICAMENTOS NO INCLUIDOS EN EL POS-S) ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
PERO,,,, hay 44 Mlls de Colombianos; 17.431.919 en CONTRIBUTIVO y,,,,, 21.493.317 MILLONES DE COLOMBIANOS AFILIADOS AL SGSSS EN EL REGIMEN SUBSIDIADO (PLENOS) y 1.232.158 enSUBSIDIO PARCIALES para una suma Total de : 22.725.475de Afiliados en el SUBSIDIADO. los Subsidios Plenos valen (UPCS 2009 ACUERDO 403/09 = $ 267.768 y 39.5% = 105.768.36) $ 5.755.222.506.456 mas $ 130.323.330.921de SUBS PARCIAL un total de $ 5.885.545.837.376,88/AÑO PARA ASEGURAR POR PARTE DE LAS EPSS A LA POBLACION MAS POBRE SI DIVIDIMOS ESTA CIFRA ENTRE $ 745.500 QUE EQUIVALE AFILIARLOS AL REGIMEN CONTRIBUTIVO SERIAN UN TOTAL DE: 7.894.762,43 COTIZANTES Y!O FAMILIAS (CONSIDEREMOS QUE UN GRUPO FAMILIAR CONSTA EN PROMEDIO DE 4 MIEMBROS) AFILIARIAMOS UN TOTAL DE: 31.579.049,72 COLOMBIANOS, ASI AUMENTARIAMOS EN 8.065.389 MAS AFILIADOS QUE ESTARIAN CON UN CUBRIMIENTO DE POS-C (CUBRE MAS QUE EL SUBSIDIADO) ES DE HACER NOTAR QUE NO HEMOS TOMADO EN CUENTA EL INCREMENTO DE LA PRIMA ADICIONAL ENTRE OTRAS LAS COMINUDADES INDIGENAS SAN ANDRES Y PROVIDENCIA, ETC Hay un precedente las MADRES COMUNITARIAS (ICBF) reciben ellas y su grupo familiar el POS-C a cambio de MEDIO SMLMV (50% MENOS QUE EL AFILIADO COTIZANTE INDEPENDIENTE) ????? ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
Inicialmente el Régimen Subsidiado comenzó con un 50% del Contributivo que en realidad es un 46%, surgió luego el ACUERDO 267/2004 SUBSIDIADO PARCIALES?? MAYOR INEQUIDAD ya que solo cubriría el 36% de la UPC-S en realidad un 25-27%, Y ESTAMOS EN EL 2009 PERO,,,, ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
``````BENEFICIOS A RECIBIR PARA EL SGSSS Y AFIL SUBSDIADOS ```` • se daría CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD. • AUMENTARIA EL POS, de pos-s a pos-c. • PRIORIDAD de afiliación las personas afiliadas al SGSSS (SUBS TOTAL y PARCIAL) y ampliaríamos la cobertura al grupo familiar • se evitarían TUTELAS 90.000 /año (hoy cuestan 165 MILMILLS/AÑO AL FOSYGA) y DERECHOS DE PETICION por la misma razón,descongestionando juzgados. • COBERTURA NO SOLO AL AFILIADO, TAMBIEN AL GRUPO FAMILIAR. • SE CUMPLIRIA LO ENUNCIADO EN LA LEY 100/93 EVITANDO ASI LA INEQUIDAD, ESTIMULANDO LA SOLIDARIDAD E IGUALDAD. ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
los recursos de SUBSIDIO A LA OFERTA se destinarían a AUMENTAR LA COBERTURA, no solo a cubrir a PPNA, lo no pos-s y Contributivo en Periodo de Carencia • SE CUBRIRIA ADEMAS CON POS-C A SUBSIDIOS PARCIALES • obviamente AUMENTARIA LA COBERTURA EN 7.454.477 MAS AFILIADOS. • ACORTARIAMOS LA BRECHA ENTRE LOS REG EXCEPCIONAL, CONTRIBUTIVO , SUBSIDIADO y PPNA. • los recursos DEL PAB Y SALUD PUBLICA AUMENTARIAN AUN MAS LA COBERTURA. • SE ACABARIA LA MONOPOLIZACION DE USUARIOS JOVENES, CON MAS INGRESOS Y MAS OPORTUNIDADES DEL CONTRIBUTIVO ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
CARNET NACIONAL, COBRA QUIEN PRESTA EL SERVICIO • URGENTE… UNIFICACION DE TARIFAS TANTO EN ESEs Y PRESTADORES PRIVADOS • BASE DE DATOS UNICA con HUELLA DACTILAR (evita doble afiliación y sobrecostos al sistema) • Tendría prelación la Contratación con la RED PUBLICA (LEY 1122/2007) MINIMO EL 60%. ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
PUNTOS A CONSIDERAR • DENSIDAD FAMILIAR EN CONTRIBUTIVO = 2.51; EN SUBSIDIADO SEGÚN MUESTRA CESAR = 4.3; (AFILIACION PRIORIZADOS MENORES DE 1 AÑO, MUJERES EMBARAZADAS ETC) • los afiliados por este sistema NO GOZARAN DE LICENCIA DE MATERNIDAD - PATERNIDAD (LEY MARIA) , INCAPACIDAD Y PENSION. • COMPENSACION EN EL REG CONTRIBUTIVO • (LEY 100/93 Art 205, DECRETO 1013/98, 1755/02, 2451/02, 663/93, 1406/99, 800/05, 2280/04, 1703/02, RESOL 890/02, 195/05, CIRC 34/00, 11/95, ETC) • ALTO COSTO 26 semanas de cotización para enf catastróficas (NO APLICARIA), dado que en el subs hay atención desde 1er día (TUTELAS) • SELECCIÓN ADVERSA DE USUARIOS AL SUBSIDIADO ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
“ ALTA RENTABILIDAD SOCIAL CON EQUILIBRIO FINANCIERO” ARMANDO MESTRE AREVALO, MD. CEL: 301-3916790
“ ALTA RENTABILIDAD SOCIAL CON EQUILIBRIO FINANCIERO” • ARMANDO MESTRE AREVALO, MD