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FACULTAD DE DERECHO - UBA CICLO PROFESIONAL ORIENTADO. GOBIERNO DEL SECTOR ENERGÉTICO REGULADO. RÉGIMEN JURÍDICO E INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN TEORÍA DE LA REGULACION 1. FELIPE RODRIGUEZ. TEORÍA DE LA REGULACIÓN. ASPECTOS PRELIMINARES
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FACULTAD DE DERECHO - UBA CICLO PROFESIONAL ORIENTADO GOBIERNO DEL SECTOR ENERGÉTICO REGULADO. RÉGIMEN JURÍDICO E INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN TEORÍA DE LA REGULACION 1. FELIPE RODRIGUEZ
TEORÍA DE LA REGULACIÓN ASPECTOS PRELIMINARES Se procura establecer una metodología que permita conceptualizar la regulación de los servicios públicos como institución novedosa en nuestro derecho positivo. La regulación es, en primer lugar, heredera y tributaria de la regulation norteamericana. De allí se toma la idéa institucional de la regulación en nuestro país. Algunos sostienen que debemos remontarnos al control sobre las condiciones de los inmigrantes que efectuaba el Reino Unido a quienes provenían de América. En segundo término, se otorga el nombre Regulación a la actividad propiamente dicha y a los Organismos encargados de asumirla. Tercero, debe recordarse que la regulación de los mercados y de servicios existían en nuestro derecho en distintos campos. Felipe Rodriguez
TEORÍA DE LA REGULACIÓNContinuación. ¿Cómo se Manifiesta la Regulación? I. Por la Actividad de: II. Por las Condiciones de Regulación • de Control; • Sancionatoria; • Normativa o Reglamentaria; • Jurisdiccional; • Regulatoria propiamente dicha. • Marco Regulatorio: • 1. Ley Marco; • 2. Normas complementarias; • 3. Contrato de Concesión o • Licencia. • b) Organismo Regulador. Felipe Rodriguez
INSTRUMENTOS REGULATORIOS Pagos al Estado Régimen Regulatorio Nivel de Tarifas Diseño y Nivel Tarifario Subsidios Estructura Tarifaria Instrumentos Regulatorios Reglas de Amortización Multas por incumplimientos Obligaciones de Nivel de Inversiones Duración del Contrato Obligaciones Contractuales Obligaciones de Calidad de servicio Timing de las Obligaciones Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ASPECTOS PRELIMINARES DE LA REGULACIÓN 1° Anterior a las Reformas de 1.991 2° - a) Electricidad: partir de la ley 24065 y su decreto 1398/92 - b) Gas: con la ley 24076 y su decreto 1738. Se consolida en la Reforma Constitucional de 1.994 MOMENTOS 3° Desde la crísis de fines de 2001 a nuestros días. Etapa signada por indefiniciones y cambios de normas. Nota: El proceso de transformación del sector energético argentino iniciado en 1.991 tiene ciertos principios inmutables que persistirán a los cambios que se están produciendo Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN.a) Electricidad a. 1.958 LEY 14.772. Segba. Sistema Eléctrico local. No existía un sistema interconectado. Tenía un anillo 500kV y D en Cap. Fed. y 16 partidos Bs.As. Loma de la Lata no existía. b. 1.960/1962. LEY 15.336. AyEE comienza a crecer. Se organiza el sistema. Se posibilita que la red se haga independiente de lo que decidan las provincias . Rige la cláusula del progreso de la CN: Comercio Provincial + progreso+ internacional. c. 1.969 Aparece Hidronor. Se dedicaba a la G en bloque; T a los centros de distribución en el Comahue, aprove- chamiento de la cuenca Río Negro - Limay 1° M O M E N T O Nota: Por la ley 15336 se pudo construir la red. 1° se organiza el sistema, 2° se le dá una red a AyEE y 3° se crean dos figuras: a) Regalía Eléctrica y b) CFEE. En 1967 se comenzó El Chocon que 5 años después es puesto en funciones. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN.a) Electricidad. Cont. Ley 23696 y anexos (en particular el IV), Decreto 1105/89 y Ley 23697. Decreto 634/91. Define objetivos y alcances de la reconversión eléctrica. Define el “período de transición hasta el 1° enero 1993”. Fecha entrada en vigencia del nuevo régimen. “La Reconversión del sector eléctrico”. Documento de trabajo, complemento y desarrollo del decreto 634/91. Ley 24.065, 15.336 y Decreto Reglamentario 1.398/92 estructuran el MRE, se completa con Contratos de Concesión; Resolución 61/92 de la SE “Los Procedimi-entos” y el decreto 186/95. Ley 24.309 convoca a reforma. Reforma Constitucional 1.994. Artículo 42. 2° M O M E N T O Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN.b) Gas. • 1.922 se crea YPF, no se distinguía todavía la cuestión de los hidrocarburos líquidos y gaseosos. 1.932, Ley 11.668 Orgánica de YPF. Organiza la sociedad e impulsa la explotación de yacimientos. • 1.946 se crea la Dirección General de Gas del Estado. 1.958 sanción Ley 14.773 se declara a los hidrocarburos un “bien imprescriptible e inalenable de la nación”. 1.967, sanción Ley 17319 de Hidrocarburos. • 1.978, transformada la Dirección de Gas del Estado en Empresa del Estado, se organiza el transporte y distribución del gas en el país. Ley 21.778, de Contratos de Riesgos 1° M O M E N T O
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN.b) Gas. Cont. Ley 23696 y anexos (en particular el IV), Decreto 1105/89 y Ley 23697. Período de transformación. Se desregula y privatizan YPF y Gas del Estado S.E. En 1.992 se promulga la Ley 24.145 de Federalización de Hidrocarburos por lo que se transfieren a las provincias la titularidad del dominio de los yacimientos. Ley 24.076 y Decreto Reglamentario 1738/92 Ley 24.309. Convoca a la Reforma Constitucional. Artículos 42 y en particular en el caso del Gas interesa sea complementado con el 124: “Corresponde a las provincias el dominio de los recursos naturales existentes en su territorio. 2° M O M E N T O
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. La incorporación de esta norma permitió “constitucionalizar” la noción de servicio público. Entonces: ¿cómo determinar cuando una actividad constituye S.P.? Suele afirmarse con acierto que esta noción es imprecisa o que no existe una definición unívoca de S.P. ¿por qué? Es practicamente imposible dar una noción que abarque globalmente todas las situaciones y casos que podrían quedar comprendidos bajo la denominación “S.P.” Artículo 42: Constitución Nacional: Servicios Públicos. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. • Esto obedece a que el S.P.: • Es un instituto en continuo devenir (cambia con el tiempo) • Su régimen jurídico ha sido contingente a las cambiantes políticas económicas de cada siglo. • Se trata de una noción influida por el crecimiento de las necesidades sociales y también por las innovaciones tecnológicas Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. (continuación) Elementos del S.P.: a) La actividad siempre está destinada a satisfacer una “necesidad imprescindible” o de “interés general” (criterio funcional o material). b) El Estado conserva la titularidad de la actividad, aunque esta pueda ser ejercida por una persona pública o bajo el control de una persona pública (elemento orgánico o formal. c) algunos agregan la existencia de un régimen jurídico especial que regula el instituto, constituido por normas de derecho público. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. • EXÉGESIS • es importante porque recepta la noción de S.P. • Establece que la “legislación” determinará el MR de c/actividad. • Refuerza su interpretación el art.75, inciso 18 CN que establece que los privilegios-como sería el otorgamiento de un servicio en condiciones monopólicas – solo pueden ser concedidos válidamente por el Congreso. • Gordillo señala: la competencia y la desregulación son las reglas por lo que el monopolio o la exclusividad solo pueden tener fundamento si existe régimen legislativo expreso Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. (continuación) Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. • Protección de los derechos de los usuarios • Libre elección y cond. de trato equitativo y digno. • Información adecuada y veráz • Educación para el consumo. • Control de los monopolios naturales y legales. • Calidad y eficiencia de los servicios públicos. • Defensa de la competencia en los mercados. • Constitución de asociaciones de consumidores y usuarios. • Procedimientos eficáces y solución y prevención de conflictos. • Marcos regulatorios de los S.P. Nacionales. • Organismos de Control. • Participación de Usuarios y Provincias interesadas. 3° párrafo Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. Elementos que participan De la norma. 2° párrafo Pacto San José de Costa Rica. Art. 75 inc. 22 No discriminación- Cuestiones de tarifas 1° párrafo Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. El criterio Constitucional contrastado con el MRE y el MRG exige efectuar algunas consideraciones. Artículo 42 Constitución Nacional Servicios Públicos. Los Monopolios: Natural y Legal • Naturaleza jurídica del privilegio en el Derecho Privado y en el Derecho Público.- • Caracteres del Privilegio.- • Objeto del privilegio en el Derecho Público.- • Los Privilegios en Particular: a) Exclusividad; b) Monopolio y c) exención impositiva Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. • Ente Regulador (ER) para cada Servicio Público. • Autarquía administrativa y financiera del ER. • Alto nivel técnico interdisciplinario del ER • Transparencia – Equidad – Fundamentación técnica en las decisiones. • Protección del abuso monopólico. • Promoción de Competencia efectiva. • Amplio Control Interdisciplinario del ER • Incorporación de nuevos usuarios. • Reducción de la carga burocrática administrativa PRINCIPIOS BASICOS DE LA REGULACION Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. • Sus Orígenes. • Su carácter jurídico. • Organismo independiente. • Los Mandatos de sus Directores. • Perfil de gestión. • El organismo regulador y el interés público. • El organismo regulador y los Usuarios. Los Organismos Reguladores Son el cuarto órden – Organismos Extra – Poder Poseen capacidad e independencia real en la ejecución De su propia tarea. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONDICIONES DE LA REGULACION • MARCO REGULATORIO. Solo hay regulación • cuando hay MR conforme la CN artículo 42. • ORGANISMO REGULADOR. • LA REGULACIÓN Y LA SEGURIDAD JURÍDICA Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AMBITO DONDE ACTUA LA REGULACION Constitución Nacional Tratados Elec. Leyes 24.065 y 15.336. Gas Ley 24.076 El Gobierno nada Puede alterar Decretos Reglamentarios Elec. 1.398/92 etc Gas 1.738/92 etc. Elec. Contrato de Concesión Gas Contrato de Licencia Reglamento de Servicio Aquí puede actuar Resoluciones y normas reguladoras Pueden ser Actos Administrativos De carácter Gral o particular Recurribles en Alzada ante la SE Base movible/cambiante. Son Resoluciones – Normas Que el regulador dicta en cumplimiento de sus Atribuciones y facultades Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR REQUISITOS • Organismo Autarquico. • Autarquía Funcional o Administrativa. • Independencia Financiera • Autarquía Propia • Autarquía Impropia Categoría dada por Ley o Decreto Creación en el ámbito de:.... Es solo una cuestión de cuadro de la Administ. Son los medios, recursos del Ente para funcionar Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUTARQUÍA E INDEPENDENCIA ¿qué debe asegurar? La no concreción de dos vicios de la regulación COOPTACIÓN Del ER por parte del Poder Político Interfiere en sus decisiones con el riesgo de situarlas al márgen del MR. Se agrava cuando tiene carácter bifronte, es decir legislador y ejecutivo ejercen presiones contradictorias. Idem para el “activismo judicial”, entendido como sustitución por el juez de las decisiones que corresponden al regulador. CAPTURA Del ER por parte del Regulado o prestador. Situación que se ve facilitada por la asimetría informativa del regulador. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONTROL SOBRE LA ACTIVIDAD DE LOS ENTES REGULADORES • CONTROL NO JURISDICCIONAL. • Defensor del Pueblo. CN art. 86 y 43. Ley 24.284. • Actuación de oficio o a petición de • parte. Advertencias, recomendaciones y recordatorios de deberes legales y funcionales. • 2. Auditoría Gral de la Nación. CN. Art. 85. Ley 24.156 Titulo VII. • Legalidad, Gestión, Auditoría • Sindicatura Gral de la nación. Ley 24.156. Título VI. Principios de eficiencia y eficácia (Resolución • Sigen 107/98. CONTROL JURISDICCIONAL 1. Control Administrativo:Recurso de Alzada. Art. 97 LNPA. Es formal. De le- gimidad del Acto y no sobre el fondo. 2. Revisión judicial suficiente. Controla la ilegalidad de la decisión del ER. 3.La ley 25.344 modificó sustancialmente el art. 31 de la LNPA por lo que para im- pugnar un AA definitivo del ER debe Formularse reclamo administrativo previo ante el mismo. Producida la dene- Gatoria, expresa o tácita, la demanda ju- dicial debe deducirse dentro de los pla- zos de caducidad del art. 25 LNPA. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. BASES DE LA REGULACIÓN La Regulación está configurada por normas o leyes dictadas para controlar las decisiones de los regulados. • La regulación es una acción distinta y externa de la actividad • regulada. • Es una limitación a la libertad del regulado. • Es una política pública, debe responder al interés general. • Presupone un patron: la conducta deseada del regulado. • Tal conducta está contenida en la norma regulatoria. Su verificación es la taréa de control. • El cometido regulatorio se desarrolla en un proceso permanente, dinámico, de ajuste. Regularidad y continuidad son los datos correlativos. LA REGULACIÓN COMPRENDE EL ESTABLECIMIENTO DE REGLAS DESTINADAS A DISCIPLINAR UNA ACTIVIDAD Y LA VERIFICACIÓN DE QUE ELLA SE DESENVUELVE DE ACUERDO A LAS REGLAS. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. FUNCIONES DEL ENTE REGULATORIO I II IV • REGULATORIA • Específica: aplica • normas. Actúa como • Poder ejecutivo. • 2. Regulatoria: a) Propia. • Fijan cuestiones de po- • lítica regulatoria. • b) Impropia o adminis- • trativa. Controla su • personal etc. REGLAMENTARIA Dicta normas. Reglamento Acto administrativo de Alcance general SANCIONATO- RIAS. Función Regulada Aplica lo que está en la ley y con los límites que está en la ley. JURISDICCIONAL Resuelve conflictos entre Sujetos de la ley. Actúa como juez. Dicta Resolución materialmente Judicial. Aquí el juez si Puede revisar la cuestión De fondo. El Ente actuó Como juez III Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIOS 1 1° El ER NO ES REPRESENTANTE de los Usuarios, ni de los Sujetos regulados, ni de cualquier otra persona que tenga que ver con la electricidad. ACTUA COMO JUEZ DE 1° INSTANCIA. 2° La relación ER – Usuario se materializa por el objetivo, Ley 24065 artículo 2°, inciso “a” “Proteger adecuadamente los derechos de los usuarios”. 3° Es una especie de contrapeso o sistema de equivalencia. A priori sería un usuario frente a una empresa. Esto es lo que hace la diferencia. 4° Los Representantes de los Usuarios pueden ser: a) Ellos mismos; b) los abogados; c) las Asociaciones de defensa de usuarios con base Constitucional, artículo 42; d) el Defensor del Pueblo de la Nación; e) el que designe el ER en las Audiencias Públicas. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIOS 2 5° El ER protege los derechos del usuario de manera integral. La Ley no distingue entre Usuarios Residenciales y No Residenciales. Consecuentemente el ER defiende el interés de todos los usuarios más allá de que algunos sean empresas de mucho poder. 6° El ER defiende los interéses de Usuarios ACTUALES y Usuarios FUTUROS, aquellos que faltan conectarse a la red. La expansión de la red es lo que permite el acceso y el ER debe pensar en ello e intervenir porque el objetivo es que todos alcancen el bienestar que muestran otros. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ENTE REGULADOR Y USUARIO 3 PARTICIPACION DEL USUARIO CONSULTIVA La colegialidad de la conducción del ER tiene por objeto asegurar una visión interdisciplinaria de la regulación y la responsabilidad y acierto en las decisiones. El órgano de dirección no es ámbito de representación ni de composición directa de intereses. DECISORIA Los Usuarios participan de la conducción del ER. En ella se minimiza la debilidad de algúna clase de Usuario. Al formar parte de la decisión fortalecen su posición equilibrándo la relación con el concesionario. (Gordillo) Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ROL DEL ENTE REGULADOR Control del ER Po Poder Monopó lico Defensa del Usuario El ER no puede actuar como supuesto árbitro que dirime conflictos entre partes iguales. Tiene un deber Constitucional y Legal: buscar el equilibrio de la desigualdad existente. El ER debe compensar el poder monopólico de los regulados con el peso del control que debe sobre ellos y una mayor defensa del usuario. La facultad “jurisdiccional” que la ley le reconoce es en realidad una facultad administrativa sujeta a revisión judicial plena y adecuada por ambas partes. (Gordillo) Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓNESQUEMA DE RELACIONES ESTADO NACIONAL M.R. + CC/CL M.R. C.N. Art.42 M.R. Ley 24282 (DP) Asociac. etc CONCESIONARIO ENRE- ENARGAS USUARIO M.R. + CS MR+RS MR + CC + RS
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. EL EQUILIBRIO. ¿DONDE ESTÁ? 1°. En adicionar, a los elementos de control, Auditorías Cruzadas de carácter independiente. 2° En que la carga de la prueba recae desde luego sobre quienes invocan un monopolio o privilegio. 3° La CN de 1994 zanja la cuestión. Ha resuelto definitivamente: las autoridades públicas ( administrativas, legislativas o judiciales) deben controlar los monopolios naturales o legales, en defensa de los intereses económicos del usuario o consumidor. 4° El Fallo “Telintar S.A. Incidente –yotros c/ CNT-MEOySP s/ proceso de conocimiento”: El derecho de los usuarios a la elección de una tarifa más baja....debería prevalecer por sobre el derecho de la li- cenciataria de obtener mayor ganancia.” (Gordillo) Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA I II III CONCEPTO PRINCIPIOS OBJETIVO IV VI V CLASIFICACIÓN REPRESENTACIÓN USUARIOS BENEFICIOS Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. CONCEPTO Es parte del procedimiento administrativo o jurisdiccional del ENRE. Deviene de la interpretación del artículo 42 de la CN. El artículo 81 ley 24065 faculta al ENRE a dictar normas procedimentales de AP. ENARGAS también, LEY 24.076 art. 73 Es una etapa dentro de la formación de la voluntad administrativa. Se rige por el sistema de la oralidad. No es el fin del procedimiento. Es una especie de Audiencia de Vista de Causa donde en un mismo momento se ve y trata todo. Se realiza en un solo acto, allí se dá el derecho de defensa, a ser oido etc. El Directorio del ER organiza la AP. Es una particularidad de comunicación muy especial. Es una manera de obtener pruebas y luego el directorio decide. Todo lo que se dice es en un plano procesal, se grava y filma todo. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. PRINCIPIOS El procedimiento administrativo se rige por: 1) Debido proceso 2) Publicidad 3) Oralidad 4) Informalismo 5) Contradicción 6) Participación 7) Instrucción e impulsión de oficio 8) Economía procesal R E G L A M E N T O Artículo 1° Informalismo: no es escrito. Se arma en el momento y es oral. Inmediatezfísica: acerca a las partes, se ven cara a cara, influye sobre las actitudes y voluntades de negociación, no influye sobre los derechos. ParticipaciónPública: se publica un edicto donde se invita a participar. El objeto de discusión es limitado Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. OBJETIVO • RESOLVER CONFLICTOS. • QUE EL USUARIO TENGA PROTECCIÓN. • FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN POPULAR • PROMOCIÓN DE FORMACIÓN DE ASOCIACIONES. • REVALORIZACIÓN DE INTERESES REGIONALES. • MAYOR CONCIENCIA SOLIDARIA EN LA POBLACIÓN. • BÚSQUEDA DE LA VERDAD OBJETIVA, REAL NO • PROCESAL O RITUAL Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. CLASIFICACIÓN OBLIGATORIA Artículo 11. Para otorgar Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, en ampliación (construcción) y/u operación instalaciones. Artículo 46. Tarifas. Solicitud de modificación por parte de un transportista o distribuidor. Artículo 73Consecuencias presunción actos violatorio de la ley. Artículo 74. a) Conveniencia, necesidad y utilidad gral de los servicios públicos eléctricos. b) conductas contrarias a libre competencia o abuso monopolio o posición dominante. ABIERTA No Obligatorias. Se realizan a los fines del mejor cumplimiento de sus funciones. Artículo 56 incisos “p” y “s” Es en razón de la importancia institu- cional. Multiplicidad de partes. Complejidad Técnica. Significación Territorial. Conciliación entre partes Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. REPRESENTACIÓN DE USUARIOS 1° La Función del ER 2° Defensor del Usuario(art. 9) 3° Artículo 42 CN. 4° Legitimación de las Asocia- ciones Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA. BENEFICIOS 1° Celeridad y Economía de Procedimientos 2° Inmediatez Física. 3° Amplia participación popular. 4° Control Social ( La gente no solo participa sino que la ve). Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. AUDIENCIA PÚBLICA Anexo I: Reglamento Gral de AP para el PE nacional AnexoII: Formulario de inscripción para AP del PE nacional Decreto 1172/03 NUEVO RÉGIMEN • Derogan sus Reglamentos. • Adoptan el Reglamento y el Formulario aprobados en el Decreto 1172/03 ENRE -ENARGAS Felipe Rodriguez
DE LOS ENTES REGULADORES EN PARTICULAR ANÁLISIS PARTICULAR DE LOS ORGANOS DE CONTROL DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS a) Composición del Directorio; b) Régimen de Audiencias Públicas( hoy Decreto 1172/2003); c) Facultades de uno y otro en la resolución de controversias. d) Otros aspectos de interés.
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONSTITUCIÓN ORGÁNICA DEL ENRE ORGANO COLEGIADO 5 DIRECTORES. PEN Se sustancia en la SE. Eleva una terna al Secretario que recomienda. Al Congreso con i proyecto de decreto. Analiza informe Emite el Acto Administrativo Audiencia Pública DIRECTORIO GERENCIAS TÉCNICAS EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS TRES RAMAS: Ingeniería. Derecho. Economía. Informes interdisciplinarios Firmados por las tres ramas Se aparta del proced. tradicional Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. ALCANCES DE LAS FACULTADES DEL ENRE I La Función Reglamentaria en el Mercado Electrico Mayorista se la reservó la Secretaría de Energía. Artículo 56 inciso “b”. El ENRE dicta reglamentos en materias de: seguridad; técnica; medición; interrupción y reconexión del SP; y, calidad del mismo. La Secretaría de Energía reglamenta el funcionamiento del mercado mediante procedimientos. (Decreto 1398/92). Fundamento: el hecho eléctrico es complejo. Ello obliga a regular la materia relativa al Despacho que lo dicta la SE y lo ejecuta CAMMESA II Actos Jurisdiccionales de alzada agota la vía administrativa en la SE y no en el Ministerio. Constituye una heterodoxia del Derecho Administrativo. Artículo 76 Decreto 1398/92 Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN.ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL ENREMISIONES Y FUNCIONES DIRECTORIO SECRETARIA ASESORÍA JURÍDICA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA RELACIONES INSTITUCIONALES SERVICIOS 0 LOGISTICA SUSTANTIVAS PLANEAMIENTO ADMINISTRATIVO Y CONTROL DE GESTION SISTEMAS ANALISIS REGULATORIOS Y ESTUDIOS ESPECIALES APLICACIÓN Y ADM. DE NORMAS REGULATORIAS A R E A S D E P A R T PRODUCC. Y ABASTEC.EE DIST. Y COMERC.EE DEPARTAMENTO ADNINISTRATIVO TPTE E.E ATENCIÓN USUARIOS S E C T. CONTABILIDAD TESORERIA PERSONAL COMPRAS Y CONTRATAC. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. EL ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS ORSEP Ente Descentralizado. Ejerce el control de la seguridad de más de 30 aprovechamientos hidroeléctricos de jurisdicción nacional privatizados y bajo concesión. No tiene jurisdicción en presas de riego o bajo jurisdicción provincial. Puede celebrar convenios de asistencia técnica con entidades provinciales y binacionales. Precedente ORSEP COMAHUE (Decreto 2736/92). Organización de pequeñas dimensiones (36 personas) altamente capacitado técnicamente. Organización: Consejo Técnico y un Presidente con relevantes facultades. Cuatro (4) Unidades Regionales con fuerte delegación de facultades de decisión en las que participan representantes de las provincias: Norte; Cuyo – Centro; Comahue y Patagonia. Antes dependía de Recursos Hídricos hoy de Infraestructura. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY Nº 24.065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA ESTRUCTURA Sanción: 19 dic 1991 21 capítulos - 100 artículos CAP. ART. TEMA DESCRIPCION Generación, transporte y distribución de electricidad I 1º OBJETO Transporte y DistribuciónSERVICIO PUBLICO GeneraciónINTERES GENERAL Derecho de usuarios, Competitividad de los mercados, inversiones para suministro, Largo plazo, Igualdad, libre acceso, no discriminación, Reg. Transporte y dist.c/tarifas justas y razonables, etc II 2º POLITICA GRAL. Y AGENTES III 3º TRANSPORTE Y DISTRIBUCION Personas jurídicas privadas – concesión.PE s/ leyes 15336, 23696 y decretos reglamentarios. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY Nº 24.065 – REGIMEN DE LA ENERGIA ELECTRICA ESTRUCTURA CAP. ART. TEMA DESCRIPCION Generación, transporte y distribución de electricidad IV 4º al 10º GENERADOR TRANSPORTISTADISTRIBUIDOR y GRAN USUARIO GENERADOR: Arts. 5,6,8 - titular central eléctrica (adquirida o instalada – Ley 24065) - concesionario serv. Explot. (art. 14 Ley 15336) Coloca su producción total o parcial en el sist. de tpte y/o distrib., sujeto a jurisd. Nacional Contratos de suministro Art. 39 autogeneradores • TRANSPORTISTA: Arts.3,7,29 • titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º) • Responsable de la tranmisión y transformación desde el punto de entrega por el Generador hasta el de recepción por el Distribuidor ó G Usuario • DISTRIBUIDOR: Arts.3,9 • titular de una concesión de tpte de EE s/ég. Ley 24065 (art. 3º) • Responsable de abastecer a aquellos USUARIOS FINALES (que no tengan facultad de contratar el suministro en forma independiente), que se encuentran dentro de su zona de concesión. GRAN USUARIO: Arts.10,9 Quien contrata en forma independiente y para consumo propio, su abastecimiento de EE con el GENERADOR y/o DISTRIBUIDOR., reuniendo los requisitos técnicos exigidos por la Ley. Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN LEY 24.065 CAPITULO ARTICULOS TEMA CAPITULO ARTICULOS TEMA V 11º Aa 20 º PROCEDIMIENTOS Y CONTROL JURISDICCIONAL XIV 71º a 76º DISPOSICIONES COMUNES A TRANSPORT. Y DISTRIBUIDORES XV 77º a 81 º CONTRAVENCIONES Y SANCIONES VI 21º a 29º PROVISION DE SERVICIOS XVI 82º a 84º DISPOSICIONES VARIAS LIMITACIONES VII 30º a 33º AMBITO DE APLICACION EXP. E IMPORT. XVII 85º VIII 34º DESPACHO DE CARGAS IX 35º a 39º DISPOSICIONES TRANSITORIAS XVIII 86º a 88º X 40º a 49 º TARIFAS MODIF. A LA LEY 15336 XIX 89º a 92º XI 50º a 53º ADJUDICACIONES PRIVATIZACION XX 93º a 97º ENTE NAC. REGULADOR XII 54º a 69º ADHESION XXI 98º a 100º EXP. E IMPORT. XIII 70º Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN AGENTES DEL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA AL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO HASTA 2002 Fuente: Informe del Año 2002. SECRETARIA DE ENERGIA - DIRECCION NACIONAL DE PROSPECTIVA Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. CONSTITUCIÓN ORGÁNICA DEL ENARGAS ORGANO COLEGIADO 5 DIRECTORES. PEN Se sustancia en la SE. Eleva una terna al Secretario que recomienda. Al Congreso con i proyecto de decreto. Analiza informe Emite el Acto Administrativo Audiencia Pública DIRECTORIO GERENCIAS TÉCNICAS EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS TRES RAMAS: Ingeniería. Derecho. Economía. Informes interdisciplinarios Firmados por las tres ramas Se aparta del proced. tradicional Felipe Rodriguez
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DE LA REGULACIÓN. APRECIACION PERSONAL DISEÑO el ER ha seguido el modelo norteamericano combinado con el instituto de la Autarquía. A su vez el Régimen Tarifario se ha orientado hacia el sistema inglés de “precios tope”. RIESGO En razón de los tiempos institucionales que vivimos está sometido a una altisima exposición de riesgo tal que podría quedar reducida al ejercicio de un mero papel de control de legalidad, incumpliendose de este modo el mandato supremo del artículo 42 de la CN. RESULTADO Una institución vernácula. Perfil actual en proceso de maduración. Felipe Rodriguez