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EstándarES INTERNACIONALES sobre DERECHOS HUMANOS. POR. otto h. ramirez defensor interamericano. LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS.
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EstándarES INTERNACIONALES sobre DERECHOS HUMANOS. POR. otto h. ramirezdefensor interamericano
LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS • EN LA ACTUALIDAD EXISTE LA DEFENSA INTERAMERICANA FORMADA POR 19 ACTORES DEL CONTINENTE AMERICANO, POR GUATEMALA ESTÁ ACREDITADO EL ABOGADO OTTO H. RAMIREZ. SEGÚN CONVENIO ENTRE LA CIDH Y LA AIDEF. 5 6 7 8
Son el marco claro y sencillo que explican un lineamiento mas o menos determinado que debe observarse para el respeto, el ejercicio y la promoción de derechos humanos, los cuales son considerados derechos mínimos.
EN LA CORTE IDH • EXISTEN VARIOS ESTANDARES, YA SEA EN MATERIA DE PRISION PREVENTIVA, DE LIBERTAD DE EXPRESION, DE MIGRANTES, DEL DEBIDO PROCESO, ETC. 2
ESTANDARES EN MATERIA DE PRISION PREVENTIVA y DEBIDO PROCESO • LA MISMA NO ES CAUTELAR. Caso Giménez Vs. Argentina. Recogida por la CC en Guatemala, que no es legal ordenar la captura de un sindicado sin haberlo citado previamente. • Derecho a un recurso sencillo y efectivo. Caso Velez Loor Vs. Panamá. • El interés superior del niño. NO se puede violar un derecho por proteger otro. El típico caso de la desigualdad en cuanto a las personas en casos de violación. Opinion Consultiva OC-17/2002 DE 28 DE AGOSTO DE 2002. Corte IDH 2
DE LIBERTAD DE EXPRESION. • Por ejemplo “Olmedo Bustos v. Chile” sobre censura previa; “Herrera Ulloa v. Costa Rica” y “Canese v. Paraguay” sobre responsabilidades ulteriores; “Ivcher v. Perú” sobre restricciones indirectas; “Palamara v. Chile” sobre leyes de desacato y censura previa; así como “Carpio v. Guatemala” sobre la violación del derecho a la vida y a la seguridad física de las personas que toman la voz pública, como violación a la libertad de expresión; 2
DEL DEBIDO PROCESO. • Que el mismo se refiere tanto al derecho de defensa como el respeto a los procedimiento, tanto en material judicial como administrativa. Corte IDH opinión consultiva 18/03. De 2003. • Derecho a un recurso sencillo y efectivo. Caso Velez Loor Vs. Panamá. 2
DERECHO DE GENERO Derecho a la familia en casos de homosexualidad. AtalaRiffo. Vs. Chile. Aquí la CORTE IDH nos indica que debe respetarse el derecho de genero y que los Estados deben adecuar su legislación a esos estandares, en cuanto al respeto a las personas por su preferencia sexual.