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DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL Y ACCESO A LA INFORMACION FUNCIONAMIENTO Y EXPERIENCIA DEL PROCESO DE HABILITACION EN MINSTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 11 de Abril 2013 ING. DAVID ARIAS Director Participación Social. La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información.
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DIRECCION DE PARTICIPACION SOCIAL Y ACCESO A LA INFORMACIONFUNCIONAMIENTO Y EXPERIENCIA DEL PROCESO DE HABILITACION EN MINSTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES11 de Abril 2013ING. DAVID ARIASDirector Participación Social
La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información • Fue creada por la resolución 06/2009 el 20 de Febrero del 2009 con la finalidad de: • Ejecutar la política y directrices relativas a la participación de la sociedad y sus instituciones en la formulación y ejecución de la política, planes y programas definidos por el Ministerio de Medio Ambiente. • Facilitar la participación y movilización de la ciudadanía en la ejecución de las políticas de medio ambiente y en el desempeño institucional del ministerio. • Promover el fortalecimiento de la capacidad de las asociaciones sin fines de lucro y otras organizaciones de la sociedad civil del sector medio ambiente para incidir en la formulación y ejecución de la política, planes, programas, proyectos y actividades del sector.
La Dirección de Participación Social y Acceso a la Información • Administrar el proceso de habilitación, registro y validación de las asociaciones sin fines de lucro del sector medio ambiente, conforme lo establecido en la ley 122-05. • Promover la adopción e incorporación de la perspectiva género en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas, proyectos y actividades del sector medio ambiental. • Ejecutar las políticas de transparencia y libre acceso a la información pública establecidas y transmitir a las instancias correspondientes las solicitudes de información pública presentadas al Ministerio. • Validar la participación pública en las evaluaciones ambientales • Promover la relación inter e intrainstitucional
Comisión Mixta de Habilitación • Fue creada por la Resolución 023/2010 dictada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en fecha 16-Sept-2010, es una instancias descentralizada y tiene como prioridad la aplicación de las normas técnicas y administrativas mínimas de habilitación de las Asociaciones sin Fines de Lucro del Sector Ambiental.
Proceso de Conformación de la Comisión Mixta • Reunión interna para proponer las instituciones que ordena la ley 122-05 ( Articulo 38 párrafo 1)al Ministro para su selección final • Comunicación invitando a las organizaciones seleccionadas por el ministerio a formar parte de la Comisión Mixta de Habilitación. • Convocatoria primera reunión, establecimiento de los requisitos legales e institucionales. • Presentación y discusión del reglamento de funcionamiento de la comisión mixta. • Reuniones ordinarias
Atribuciones de la Comisión Mixta de Habilitación. • Facultad para crear normativa de funcionamiento • Validar y certificar la autenticidad de las ASFLs en cuantos a documentaciones y sus mobiliarios • Velar por la aplicación de las normas técnicas y administrativas de habilitación que regulen la actuación y el funcionamiento de las asociaciones del sector ambiental. • Colaborar con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la elaboración y la actualización periódica de las referidas Normas.
La Comisión Mixta • Agencia de Cooperación Externa Cooperación Alemana GIZ • Marina Meuss / Rosa Lamela GIZ. *Órganos Inter-Asociativos Alianza ONG Addys Then Marte/ Jared Ortiz *Coordinador Administrativos y Financiero Lic. Roberto Peguero *Director Administrativo Lic. Juan Nuñez *Oficina Sectorial Planificación y Desarrollo Lic. Tirsis Quezada/Nicolas Garcia *Dirección Legal Dra. Marisol Castillo/Indhira Severino *Representante de la Dirección de Participación Social. Quien la Preside Ing. David Arias/Lic. Keidy Peralta.
LA HABILITACIÓN • Art. 35.-ley 122-05. Es la aplicación obligatoria de todas las asociaciones sin Fines de Lucro que reciben o desean recibir fondos del Estado o de alguna de sus instituciones o el aval de éste para fondos de cooperación, así como para las asociaciones mixtas u órganos interasociativos que desarrollen programas de beneficio público de servicio a terceras personas y para aquellas asociaciones sin fines de lucro que trabajen en sectores en que la habilitación sea un requisito necesario para obtener el permiso para operar. • Para el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales la habilitación es un procedimiento que se desarrolla , a través de las Dirección de Participación Social y la Comisión Mixta que asegura que los servicios ofrecidos por las Asociaciones sin Fines de Lucro cumplan con las condiciones establecidas por este Ministerio Ambiente en cuanto a sus recursos físicos, humanos, estructurales y de funcionamiento para garantizar a la población la prestación de servicios seguros y de calidad.
La HabilitaciónEl procedimiento en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales son los siguientes: • Solicitud de las ASFLs • Revisión de la documentación • Programación de inspección / informando a la Comisión Mixta/Direcciones Provinciales • Completada la documentación se convoca a la Comisión Mixta para su conocimiento. • Remisión del acta donde se recomiendan las ASFLs que cumplieron con los requisitos para ser habilitadas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales para su aprobación • Certificación y entrega/ 43 Asociaciones habilitadas por el Ministerio y 25 están proceso para ser habilitada en el sector de Medio Ambiente y Recursos Naturales. • Entrega de comunicación a la que no cumplen con los requisitos.
Requisitos Mínimos • Organizaciones de Base y ASFLs • Financieros • Capacidad técnica • Experiencia institucional
FORMULARIOS • Solicitud de Habilitación • Solicitud de Inspección • Información sobre los Programas y Proyectos en el Sector de Medio ambiente.
Próximos pasos • Capacitación financieras y técnicas • Seguimiento y monitoreo de las ASFLs • Fortalecimiento de la Comisión Mixta de Habilitación.