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Presentation Transcript


  1. UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÁN FACULTAD DE DERECHO • CURSO : Derecho Civil II • DOCENTE : Dr. Diómedes Vizconde Linares • CICLO : III • INTEGRANTES : • José A. Llempén Chávez • Eduardo Perales Alvarado • DagmarChanduvi del Castillo • Vanessa VallejosZevallos • Luis Felipe Reyes Chune

  2. LA POSESIÓN Su estudio es de suma importancia, pues, constituye la realidad viviente de todo Derecho Real, íntimamente ligado con el desarrollo social de un país.

  3. LA POSESIÓN EN LA LEGISLACIÓN PERUANA Código Civil de 1852 Código Civil de 1936 Código Civil de 1984 Un poder de hecho Evitó las definiciones, dejando para la Doctrina estas precisiones La posesión es el ejercicio de hechode uno o más poderes inherentes a la propiedad

  4. FUNDAMENTO DE LA POSESIÓN La posesión se protege, bien, porque constituye un hecho determinado por la voluntad humana que se realiza sobre las cosas; o bien, por el derecho, porque es el complemento y la plenitud del derecho de propiedad.

  5. FUNDAMENTO DE LA POSESIÓN SAVIGNY IHERING Al dar primacía en la relación posesoria al elemento subjetivo expresado en la voluntad humana, fundamentaba la necesidad de proteger dicha voluntad, debiendo ser reconocida por el orden jurídico y respetada “ERGAOMNES”. Consideró que la protección posesoria es un complemento necesario a la propiedad, porque, la posesión es exteriorización de la propiedad y proteger la posesión es proteger la propiedad.

  6. FUNDAMENTO DE LA POSESIÓN Sin embargo, estos criterios obedecían a exigencias teóricas, más no necesariamente prácticas, de explicar los motivos que prevalecen el Derecho Civil actual, acorde con la realidad social que, como la peruana, se transforma aceleradamente. la posesión debe protegerse, bien porque signifique protección del interés particular del poseedor, o bien, porque significa proteger la utilidad social.

  7. PROTECCIÓN DEL INTERÉS PARTICULAR DEL POSEEDOR La posesión es signo, apariencia y visibilidad del derecho, da base a la presunción de que el poseedor es titular o dueño del derechomientras no se pruebe lo contrario. Se presume que el ejercicio legítimo de la posesión corresponde a la existencia de un derecho patrimonial.

  8. PROTECCIÓN DEL INTERÉS PARTICULAR DEL POSEEDOR El fundamento de la protección del interés particular del poseedor, surge de lapresunción de inocencia que favorece a toda persona(natural o jurídica), del factum, como hecho cierto y visible en relación a un ius o derecho que hay que demostrar.

  9. PROTECCIÓN DEL INTERÉS PARTICULAR DEL POSEEDOR • El propietario para que pueda recurrir a la protección del derecho, precisa que demuestre su derecho de propiedad. • En todo proceso reivindicatorio el poseedor amparado en la presunción de propiedad, debe dejar que el demandante acredite su mejor derecho a poseer.

  10. PROTECCIÓN DEL INTERÉS SOCIAL DE LA POSESIÓN El interés particular de adquirir una riqueza individual, mediante la explotación del bien, objeto de su posesión constituye una utilidad que es el rendimiento económico de la explotación del bien, es la concreción del esfuerzo realizado por el poseedor para transformar la cosa que posee en algo útil, que le sirve a su propio bienestar

  11. PROTECCIÓN DEL INTERÉS SOCIAL DE LA POSESIÓN El fundamento de la protección de la utilidad social de la posesión, radica en proteger la explotación económica de los bienes, asegurando su tranquila gestión en todas sus formas, por ser presupuesto del bienestar económico de una sociedad en general.

  12. NATURALEZA JURÍDICA DE LA POSESIÓN • Si la posesión es un hecho o un derecho. • La función de la voluntad de la posesión.

  13. SI LA POSESIÓN ES UN HECHO O UN DERECHO SAVIGNY IHERING Sostiene que en un principio y en sí misma, la posesión es un “mero hecho”, y por otro lado, de su ejercicio se derivan consecuencias legales. Parte del principio de que “todo derecho presupone un hecho”. Por lo común el derecho se desliga de su fuente material, que se desvanece al producirlo dejando tan sólo sus consecuencias jurídicas

  14. SI LA POSESIÓN ES UN HECHO O UN DERECHO En la posesión, en cambio, el hecho y el de derecho se superponen; el derecho nace con el hechoy desaparece con él, sólo existe mientras el derecho existe y tanto tiempo como éste. Por tanto, la posesión es un derecho, es iuspossessionis. De tal forma, IHERING rebate ingeniosamente la Tesis Savigniana con este argumento.

  15. FUNCIÓN DE LA VOLUNTAD DE LA POSESIÓN EN RELACIÓN AL ANIMUS SAVIGNY IHERING El factor intencional es lo que caracteriza la posesión. no bastaba que una persona tuviera el corpus, era necesario que la persona quisiera ser propietario Afirma que el factor intencional por ser un factor interno, de carácter subjetivo, no caracteriza a la posesión.

  16. FUNCIÓN DE LA VOLUNTAD DE LA POSESIÓN EN RELACIÓN AL CORPUS SAVIGNY IHERING La posesión tienen doble carácter; como hecho, la detentación o tenencia que es la expresión exterior del corpus; y como derecho, es el animus domini o el animus Possisendi, voluntad de poseer para sí. Siendo el animus domini un factor interno que pertenece al mundo subjetivo, no debe tener trascendencia para el derecho

  17. FUNCIÓN DE LA VOLUNTAD DE LA POSESIÓN EN RELACIÓN AL CORPUS Vásquez Ríos Sostiene “…que en la posesión, el interés jurídicamente protegido es manifestación de una relación de hecho: entre la persona que posee y la cosa que es poseída, y la prueba de esta relación no sería más que la utilidad económica de quien posee, resultantes de sus actos materiales de uso y de transformación sobre la cosa

  18. CONCEPTO DE POSESIÓN La posesión es el poder de hechoque el hombre ejerce de una manera efectiva e independiente sobre una cosa, con el fin de utilizarla económicamente; dicho poder se protege jurídicamente, con prescindencia de saber si corresponde o no a la existencia de un derecho.

  19. SUJETO DE LA POSESIÓN Las personas naturales o jurídicas pueden ser sujetos de la posesión y es posible que varias de ellas gocen conjuntamente de la posesión, lo cual tipificará la figura de la coposesión prescrita en el artículo 899 del Código Civil.

  20. OBJETO DE LA POSESIÓN La posesión se ejerce, bien, sobre cosas corporales, o bien sobre algunos derechos. Por lo tanto serán objeto de posesión todas las cosas que están en el comercio, en tanto y por cuanto su propiedad podría ser adquirida por los particulares.

  21. DIFERENCIAS ENTRE POSESIÓN Y PROPIEDAD POSESIÓN PROPIEDAD • La posesión es anterior a la propiedad, desde un punto de vista histórico. • La posesión es un derecho provisional. • mientras que la prueba del derecho de posesión es en virtud de la visibilidad de los actos posesorios consistentes en hechos y actos materiales que el poseedor realice sobre el bien. • Surge posteriormente. • La propiedad al ser amparada por la Ley, es un derecho definitivo. • la prueba de la existencia del derecho de propiedad se realiza mediante un título .

  22. ADQUISICIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA POSESIÓN Conforme a la doctrina, los modos de adquirir la posesión son dos: • La adquisición derivativa. • La adquisición originaria.

  23. 1. LA ADQUISICIÓN DERIVATIVA Este modo de adquirir la posesión se realiza cuando ésta es transmitida por un poseedor anteriormediante entrega del objeto. se dacuando el poseedor “primitivo” le transfiere la posesión, a quien le sucede.

  24. 1. LA ADQUISICIÓN DERIVATIVA La adquisición derivativa por acto entre vivos supone la entrega material de la cosa, exigiéndose, por tanto, la entrega corporal de ella; por cuanto la adquisición de un poder de hecho sobre una cosa, requiere que el transmitentese desprenda de la tenencia de dicha cosa, y la obtenga el adquiriente mediante la entrega o tradición.

  25. LA TRADICIÓN • La traditio es una forma legal muy antigua de adquirir la posesión. • Este modo de adquirir la propiedad se encuentra normado en el Art. 900 del Código Civil: “La posesión se adquiere por la tradición, salvo los casos de adquisición originaria que establece la Ley”

  26. CLASES ESPECIALES DE TRADICIÓN • La TraditioBrevi Manu: Esta clase de tradición llamada también tradición ficta; se refiere a la simplificación de la tradición real, ocurre, cuando una persona que tiene la posesión en virtud de un título diferente, hace la adquisición del bien. • La ConstitutumPossessorio: La segunda forma especial de entrega del bien es la ConstitutumPossessorio, que se produce cuando el propietario enajena el dominio, pero conviniendo con el adquiriente en la retención de la posesión a su favor.

  27. 2. LA ADQUISICIÓN ORIGINARIA Es “adquisición unilateral”, añadiendo que “tal adquisición se produce cuando alguien entre a poder la cosa por un acto personal, sin recibirla de otro. VALENCIA ZEA afirma que la adquisición originaria de la posesión constituye un acto jurídico unilateral y real. Es acto unilateral, pues debe mediar la voluntadde adquirir la posesión y sólo la voluntad de quien quiere adquirir. Es real, dada la circunstancia de que no es suficiente la sola voluntad, sino que esta debe estar acompañada de la efectiva adquisicióndel poder de hecho

  28. 2. LA ADQUISICIÓN ORIGINARIA Hay dos formas de adquisición originaria: A. La aprehensión B. La ocupación

  29. 2. FORMA DE ADQUISICIÓN ORIGINARIA • LA APREHENSIÓN • LA OCUPACIÓN • La posesión originaria de los bienes inmuebles se adquiere por ocupación. • Aprehender una cosa es tomarla o retenerla para sí. • la aprehensión funciona en relación a los bienes mueblesque no tienen dueño, en virtud del principio RES NULLIUS (cosa sin dueño).

  30. La Posesión Administrativa La Posesión Judicial • Las Formalidades Legales El interdicto de Adquirir Las Diligencias de Ejecución de Sentencia El deslinde

  31. CONSERVACIÓN DE LA POSESIÓN Esta figura se encuentra normada en el Art. 904 del Código Civil: “Se conserva la posesión aunque su ejercicio esté impedido por hechos de naturaleza pasajera” La posesión se conserva cuando es pacífica, pública y continua; la posesión es pacífica cuando el poseedor posee sin ser inquietado en su ejercicio y se posee pacíficamente cuando el poseedor no es perturbado en su ejercicio posesorio por actos de violencia realizados por un tercero.

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