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“ACCIONES COLECTIVAS. INTERÉS LEGÍTIMO ”. 2014. CASO IMSS.
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“ACCIONES COLECTIVAS. INTERÉS LEGÍTIMO” 2014
1. El 9 de enero de 2013, el señor Alfredo Ramírez Ayala, de 45 años de edad, acudió a la Clínica 36 del IMSS debido a diversos síntomas que presentaba, tales como fatiga, sensación constante de hambre y sed, comezón en la piel y entumecimiento de pies y manos, así como visión borrosa. El médico familiar, Dr. David Castillejos Trejo, ordenó la práctica de un examen de glucohemoglobina. 2. El 14 de marzo de 2013, el señor Alfredo Ramírez Ayala recibió los resultados, por parte de su médico familiar, Dr. Castillejos Trejo, quien le diagnostico diabetes tipo 2.
3. El médico tratante ordenó entonces diversas medidas terapéuticas, cambio de dieta y prescribió al paciente, en la misma fecha, un fármaco denominado Rosiglitazona de 4 mg., en dosis de dos píldoras. 4. En esa misma fecha, el señor Ramírez Ayala solicitó, “con el médico en turno” (Dr. Fernando Miranda Yañez) la firma de autorización para surtir el medicamento y se dirigió a la “Farmacia”, ubicada en el sótano del propio inmueble. Ahí fue atendido por una empleada de nombre Rufina Vázquez Iñiguez, quien, después de escanear la receta indicó al paciente que “de momento no estaba disponible el medicamento”, que “estaba agotado”. Luego, la empleada de nombre Vázquez Iñiguez dio al señor Ramírez Ayala un número telefónico para que se comunicara para saber si el medicamento ya estaba disponible en una fecha posterior.
5. El señor Ramírez Ayala se comunicó los días 15, 16, 19, 20, 21 y 22 de marzo al teléfono indicado. Como en todos los casos la respuesta fuera negativa, el 27 de marzo acudió de nueva cuenta a la “Farmacia” de la Clínica 36. Aproximadamente a las 11:00 se presentó a esa “Farmacia” y ahora un empleado de nombre Martín Loza Escobedo, después de escanear la receta, le dijo que el medicamento se encontraba disponible; pero que la receta “estaba ya caducada”, pues su vigencia era de sólo tres días. El señor Ramírez Ayala solicitó al empleado de la “Farmacia” que “por favor le surtiera la receta”, dado que “cada día se sentía peor”, a lo que el señor Loza Escobedo contestó que “así eran los trámites y que ese no era su problema”, “que el paciente debía regresar con su médico familiar a solicitar una nueva receta”. Fueron en vano las insistencia del señor Ramírez Ayala, incluso le dijo que le resultaba muy complicado asistir con el médico, toda vez que tenía que solicitar autorización de su jefe. El señor Ramírez Ayala se desempeña como chofer de la empresa Alfa S.A., ubicada en la Colonia del Valle, en el Distrito Federal, y sus horarios de trabajo suelen ser muy irregulares, pues con frecuencia inicia su jornada a las 7:00 a.m. y concluye alrededor de las 21:00 horas.
6. El 29 de marzo de 2013, el señor Ramírez Ayala solicitó, de nueva cuenta, cita con el médico familiar, la cual le fue concedida el día 4 de junio de 2013 a las 10:00 a.m. El médico familiar, antes mencionado, le extendió una nueva receta para el medicamento denominado Rosiglitazona de 4 miligramos. Una vez más, el señor Ramírez solicitó firma de autorización del “médico en turno”, ahora Dr. Sabino Alva Morales. Cuando acudió a la “Farmacia”, el empleado Martín Loza Escobedo, después de escanear la receta le dijo “este medicamento está muy escaso; no lo tenemos; se agota pronto porque es de última generación; regrese con su médico para que le recete uno que lo sustituya...si es que hay”, agregó en tono notoriamente burlón y aventando la receta al señor Ramírez Ayala.
7. Ese día el médico familiar ya no atendió al señor Ramírez, argumentando que tenía muchos pacientes. El señor Ramírez Ayala, muy molesto, salió de la Clínica 36 y se dirigió a la farmacia más cercana a su domicilio en la zona de la Colonia Nueva Atzacoalco, Distrito Federal, donde le indicaron que el costo del medicamento era de $450.00, con tratamiento para 14 días. Al día siguiente, es decir el 5 de junio de 2013, el señor Ramírez Ayala adquirió el medicamento, con su propio dinero.
8. De nueva cuenta, el señor Ramírez Ayala pidió cita con su médico familiar. Esta nueva cita le fue otorgada el 29 de agosto de 2013. En esta ocasión el médico familiar le cambió el fármaco e indicó a aquél que “eso no era lo mejor”, que el medicamento ideal para su caso, era Rosiglitazona de 4 miligramos; pero mientras tanto, podría tomar Glimeprida de 2 miligramos. Asimismo, el médico familiar, Dr. David Castillejos, dijo al señor Ramírez Ayala que si este último podía comprar el medicamento mencionado en primer término sería mucho mejor. “Aquí hay muchas carencias y uno trabaja con lo que puede” –agregó el médico tratante. Mientras tanto siga “al pendiente”, por si se surte el medicamento.
9. Desde la fecha en que le fue diagnosticada la enfermedad (14 de marzo de 2013) a la fecha no le ha sido surtido el medicamento idóneo al señor Ramírez Ayala. Por lo que éste ha tenido que pagar el costo total del fármaco. A la fecha ha gastado en ello más de $6,500.00 pesos. E incluso la segunda semana de diciembre de 2013 tuvo que solicitar a su empresa un préstamo por $4,500.00. Este préstamo le fue otorgado de la presunta “caja de ahorro de la empresa”. El préstamo le fue otorgado a 6 meses, con un descuento quincenal de $375 pesos e intereses también quincenales de $120 pesos, lo cual resulta sumamente gravoso, si se considera que el señor Ramírez Ayala devenga un salario quincenal de $3,900 pesos, más una compensación por “alimentos” de $200 pesos también quincenales.
10. El 12 de febrero de 2014, aproximadamente a las 10:30 horas, el señor Ramírez Ayala se presentó a la oficina del Director General de la Clínica 36, a fin de formular una reclamación por la falta de atención a su padecimiento, por ausencia u ocultamiento de medicamentos, por los malos tratos del personal administrativo y por la negligencia en que ha incurrido la mayoría del personal de la Clínica. La secretaria del Director, Maricela Suárez Pelcastre, dijo al señor Ramírez Ayala que no “hiciera escándalos”, “que nada más se estaba arriesgando a que le suspendieran el servicio a él a su familia” (porque el mismo médico familiar es el que atiende a los integrantes de un mismo núcleo familiar), que “no hiciera olas”, que se “calmara”, que “ya le llegaría el tiempo de ser atendido”. Como el señor Ramírez Ayala insistiera en formular su queja, Maricela Suárez le levantó la voz y le gritó que ya estaba “hasta la…de esos…que creen tener derecho a todo y que no eran más que unos pobres muertos de hambre inconformes con lo que el gobierno les regala, son tan… que quieren todo gratis”, y le gritó que se fuera de inmediato, con expresiones soeces. El señor Ramírez le contestó él sólo estaba exigiendo sus derechos.
11. A la salida del pasillo donde se encontraba la oficina del Director General de la Clínica, el señor Ramírez Ayala fue abordado por un hombre de alrededor de 60 años, de cabello cano, quien dijo llamarse Antonio Durán López. El señor Durán López le expresó que había escuchado lo sucedido y que él estaba en una situación similar: que “era diabético” y desde hace más de un año estaba sin recibir de manera continua los medicamentos adecuados y que había sido objeto de malos tratos por parte del personal de la Clínica, que las instalaciones estaban muy descuidas y que se sentía que lo trataban muy mal por su edad, su aspecto y su situación económica; pero, más aún, en los pasados meses, en sus citas médicas, había estado en contacto con otros pacientes de clínicas y hospitales del IMSS que tienen padecimientos de diabetes, hipertensión o incluso cáncer. Todos ellos habían recibido mala atención médica y además de que habían tenido que pagar de sus propios recursos muchos de los medicamentos, “al no quedarles de otra”.
Hoy, a las 10:00 horas, se presentó a mi despacho el señor Alfredo Ramírez Ayala, acompañado de nueve personas más, que dicen representar a más de 6,000 causahabientes y derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social. Le plantean, además del desabasto u ocultamiento de medicamentos: Discriminación por razón de sexo, edad y condición socioeconómica. b) Malos tratos e insultos, especialmente por parte del personal administrativo del IMSS. c) Falta de equipos para realizar tratamientos específicos. d) Falta de mantenimiento en los equipos e instalaciones existentes. e) Falta de instrumental y material de curación. f) Falta de clínicas en áreas rurales.
g) Malas prácticas médicas. h) Negligencia médica. i) Todas la deficiencias que, por acción u omisión, presenta el IMSS, en perjuicio de sus causahabientes y derechohabientes. j) El pago de las indemnizaciones que correspondan por los daños y perjuicios económicos causados, por los daños a la salud e incluso por quienes han muerto por causas imputables a la falta de atención médica o a la negligencia de personal del IMSS. k) Ignorar las quejas presentadas por los conceptos anteriores. Me mencionan mis potenciales clientes, que han escuchado en la radio y visto en la televisión que ahora sí se pueden presentar demandas por grupos de personas y que quieren demandar no sólo por ellos y sus representados, sino por todos los mexicanos que han sido afectados por las prácticas indebidas y abusos del IMSS, a fin de que tal situación cese y sean indemnizados de los daños y perjuicios que se les han causado.
Ante ello, debo determinar en el caso que se plantea: PRIMERO. ¿Ha existido una violación a los derechos humanos establecidos en la Constitución o en los tratados internacionales ratificados por México?, ¿en declaraciones internacionales?, ¿en jurisprudencia y criterios orientadores?, ¿cuáles? SEGUNDO. ¿Los servidores públicos del IMSS están obligados a respetar, proteger y garantizar esos derechos humanos? TERCERO. ¿Alguna otra autoridad del Estado mexicano, que no sea funcionario o empleado del IMSS, estaría asimismo obligada a respetar esos derechos? CUARTO. ¿La reclamación de mis clientes podría ser materia de transgresión de un interés legítimo, individual o colectivo, por afectar su esfera jurídica de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico? QUINTO. Si pudiera ser planteado el caso en amparo, ¿qué tipo de amparo sería?, ¿en que materia?, ¿de qué plazo dispondría para presentarlo?, ¿quiénes serían las autoridades responsables?, ¿qué conceptos de violación haría valer?, ¿habría algún medio previo de defensa que debiera agotarse?