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Manual de Seguros. Personal Supervisor con RBPM mayor a UF 45 Póliza Nº 281620. Fecha: ………. Renovación Vigencia 2013. A partir del 1 de mayo de 2013 se ha renovado, por una nueva anualidad el Seguro Complementario de Salud, Catastrófico y Dental. ¿Quiénes pueden incorporarse al Seguro?.

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  1. Manual de Seguros Personal Supervisor con RBPM mayor a UF 45 Póliza Nº 281620 Fecha: ……….

  2. Renovación Vigencia 2013 A partir del 1 de mayo de 2013 se ha renovado, por una nueva anualidad el Seguro Complementario de Salud, Catastrófico y Dental.

  3. ¿Quiénes pueden incorporarse al Seguro? • Los Empleados de las Plantas Ejecutiva y Técnico Profesional menores a 65 años, con contrato indefinido con el Contratante, su cónyuge, hijos y padres cargas legales. • Los Hijos hasta 18 años ó 24 años si están estudiando a tiempo completo, que sean solteros y dependan económicamente del Titular. • Padres hasta los 75 años que sean carga legal autorizada. • La edad tope de cobertura para el titular o su cónyuge es cumplido los 66 años. • Es importante considerar que para incorporar una nueva carga, ya sea por nacimiento de un hijo o en el momento que la cónyuge pasa a ser carga legal, debe informarlo a la brevedad al Depto. de Personal, debido a que existe un plazo de 30 días desde que califica para ingresar una nueva carga al Seguro, de lo contrario debe esperar a la renovación del Seguro.

  4. ¿Qué enfermedades Cubre? • Este seguro cubre TODOS los gastos médicos, detallados en el plan contratado, que usted tenga por cualquier enfermedad que le hayan diagnosticado o cualquier accidente común que le haya ocurrido a usted o a alguna de sus cargas familiares durante la vigencia en la Póliza de CMPC o alguna de sus Filiales. • Para los NUEVOS asegurados, sean titulares o nuevas cargas que se incorporen, no se cubren los gastos médicos por enfermedades o tratamientos que hayan sido diagnosticados antes de la fecha de ingreso a la Póliza, esta condición se llama PREEXISTENCIA. • No cubre gastos por tratamientos de prevención. • No cubre gastos por tratamientos de embellecimiento. • Definición de Preexistencia: Se considera preexistente cualquier enfermedad y/o accidente conocido y/o diagnosticado con anterioridad a la vigencia inicial del asegurado o carga familiar en la Póliza.

  5. Preguntas Frecuentes • ¿Qué son los porcentajes de cobertura? Son proporciones del monto no cubierto por su Isapre o Fonasa que corresponde rembolsar por cada una de las coberturas contratadas. • ¿Qué son los topes? Son límites máximos por prestación, por día, evento o anual por beneficiario a rembolsar según el plan contratado, aplicados a las coberturas, prestaciones o grupos de prestaciones, orientadas a controlar la siniestralidad de la Póliza. • ¿Cómo opera el seguro cuando no existe cobertura de Isapre o Fonasa? En este caso, la cobertura será de 50% del porcentaje de reembolso libre elección. Por ejemplo, para la cobertura de Obesidad Mórbida el plan dice 80% libre elección, en este caso si no hay cobertura Isapre/Fonasa, corresponderá un reembolso de 40% con el tope del plan contratado.

  6. Preguntas Frecuentes, Continuación • ¿Qué es el deducible? Es un monto expresado en UF que siempre será de cargo del asegurado, monto que será deducido de los primeros reembolsos que se presenten a la Compañía de Seguros. El deducible es Año Póliza (Mayo 2013 - Abril 2014) y se rehabilita en cada renovación anual. • ¿Cómo opera la cobertura en el extranjero? Se cubre de acuerdo a las condiciones establecidas en el Plan con los mismos Porcentajes y Topes, sólo cubre atenciones de urgencia o de no existir tratamiento o experiencia suficiente para tratar la condición médicamente en Chile, esto último previa evaluación y aceptación por parte de la Compañía de Seguros.

  7. Plan Seguro de Salud • Cobertura Límite de reembolso máximo por persona anual UF 350.- Límite de reembolso máximo por Padres anual UF 80.- • Deducible Plan Colectivo Isapre Consalud Empleado solo UF 1,00 Empleado con 1 dependiente UF 2,00 Empleado con 2 dependientes ó más UF 3,00 • Deducible Plan Colectivo otras Isapres, Mayor Deducible Empleado solo UF 3,00 Empleado con 1 dependiente UF 6,00 Empleado con 2 dependientes ó más UF 9,00 • Período de Acumulación deducible Año Póliza • Consumo del Deducible Después de aplicar el % de reembolso del Seguro. • Reembolso para gastos sin cobertura Isapre/Fonasa La cobertura será de 50% del porcentaje de reembolso libre elección (Se excluyen de esta norma, Medicamentos Ambulatorios, Psiquiatría, Psicología, Prótesis y Ortesis, Gastos Ópticos).

  8. ITEMS CUBIERTOS % Cobertura Topes por Topes Prestaciones (UF) Anuales (UF) Día Cama 80 3,50 diario Acompañante de carga menor de 14 años (hasta 5 días) 80 3,50 diario OTROS GASTOS HOSPITALARIOS (1) 100 30,0 Exceso Tope UF 30 80 Obesidad Mórbida (definición póliza IMC > 40) 80 35,0 x Persona HOME CARE Mismo beneficio ofrecido en día cama, con un tope de 30 días Gastos del Donante Vivo (Trasplante) 100 40,0 x Evento Gastos del Donante Post-Mortem (Trasplante) 100 20,0 x Evento Gastos Hospitalarios (1) Incluye: Día Cama Sala Cuna, Incubadora, Recuperación, Medicamentos Hospitalarios, UTI/UCI, Materiales Clínicos, Exámenes y Procedimientos, Derecho Pabellón, Honorarios Médicos Quirúrgicos y Servicios de Enfermería Privado profesional. Se entenderá que una persona se encuentra hospitalizada cuando está registrada como paciente de un hospital por prescripción médica, y que permanezca a lo menos, un día completo (24 horas) de servicio de habitación, alimentación y atención general de enfermería.

  9. ITEMS CUBIERTOS % Cobertura Topes por Topes Prestaciones (UF) Anuales (UF) Consultas Psiquiátrica, Psicológo y Psicopedagogía (2) (Incluye las consultas por drogas y alcohol) 70 0,50 x Consulta 15,0 x Persona Tratamientos Hospitalarios 70 15,0 x Persona Cobertura Salud Mental (2) Psicopedagogía se cubre siempre y cuando exista derivación médica y sólo para consultas realizadas por un especialista “Psicopedagogo”.

  10. ITEMS CUBIERTOS % Cobertura Topes por Topes Prestaciones (UF) Anuales (UF) Marcos, Cristales, Lentes de Contacto 80 1,5 x Persona Cirugía Lasik (3) 70 20,0 x Persona Cobertura Gastos Ópticos (3) Incluye ambos ojos. Ver condiciones en lámina 16.

  11. ITEMS CUBIERTOS % Cobertura Topes por Topes Prestaciones (UF) Anuales (UF) GASTOS AMBULATORIOS Consulta General 70 0,50 Consulta Domiciliaria 70 0,50 Consulta Especialidad 70 0,50 Exámenes (RX y Laboratorio) 70 Procedimientos (Trat. y de Diag.) 80 Kinesiología (con derivación méd.) 70 Fonoaudiología(con derivación méd.) 70 Otros Tratamientos 70 Cirugía Ambulatoria 70 Gastos Ambulatorios En los gastos ambulatorios arriba indicados, que se realicen en los prestadores Megasalud o Integramédica, el reembolso será un 10% adicional a lo establecido en el porcentaje de cobertura, siempre y cuando se realicen a través de Bonos o IMED (los topes en UF por prestación se mantienen).

  12. ITEMS CUBIERTOS % Cobertura Topes por Topes Prestaciones (UF) Anuales (UF) Prótesis :Mayor Complejidad (4)  80 80 50,0 x Persona Menor Complejidad (5) 25,0 x Persona Ortesis (6) 80 25,0 x Persona Audífonos 80 25,0 x Persona Material de Yeso 70 Traslados en ambulancia: Terrestre, dentro de un radio de 50 Km.  70 70 Aérea 15,00 x Persona Otros gastos Ambulatorios (4) Prótesis de Caderas, Marcapasos, Lentes Intraoculares, Placas y Tornillo. (5) Prótesis de menor complejidad que no se colocan internamente. (6) Dispositivos ortopédicos que auxilian las funciones de un miembro incapacitado. Incluye Plantillas y excluye Prótesis dentales.

  13. ITEMS CUBIERTOS Topes por Topes % Cobertura Prestaciones (UF) Anuales (UF) Parto Normal 100 27,0 x Evento Cesárea 100 38,0 x Evento Aborto no Provocado 100 15,0 x Evento Parto Múltiple 100 Se otorga un tope adicional del 50% del tope (Parto Normal o Cesárea). Tratamientos de Fertilidad 50 30,0 x Evento Complicaciones del Embarazo y Parto Se cubre como cualquier otra enfermedad Gastos Maternidad Este Beneficio sólo se pagará cuando la concepción del embarazo sea posterior al inicio de la cobertura en la Póliza. Sólo se cubren embarazos de cargas cónyuges o empleadas Titulares, no hay cobertura para los partos de las hijas de los Asegurados.

  14. Cirugía Máximo Facial (*) Cubre el tratamiento y sus gastos posteriores, a causa directa de malformaciones que provocan menoscabo y deterioro en la salud del Asegurado, a través de enfermedades de signo-sintomatología claramente demostrables por exámenes y por tratamientos previos de larga evolución en el Asegurado y que estos estén asociados al menoscabo de la salud del Asegurado, no se cubrirán Cirugías y/o tratamientos de ningún tipo con carácter estético, ni pre-existentes.

  15. Otras coberturas del Plan • Home Care: Se incluye la cobertura de Home Care, con igual porcentaje y tope que día cama, hasta 30 días, con autorización del médico tratante. Esta cobertura corresponde a gastos que deben ser efectuados en un Hospital o Clínica, sin embargo, a causa del pronóstico del paciente (enfermedad terminal) se determina que sus dolencias sean mitigadas a través de este tipo de servicio. Esta cobertura, por sus características, debe ser evaluada y autorizado su pago a través de un análisis con el médico de la Aseguradora. En caso de ser autorizado el pago por el médico contralor,  se debe considerar en día cama: el arriendo del catre clínico, atención de enfermería, los insumos no personales, es decir, agujas, bajadas de suero, oxígeno, etc.  Medicamentos, Kinesiología, Exámenes se cubrirán con los topes del Plan para estos ítem hospitalarios. • Cobertura para Transplantes: En caso que un Titular o alguna carga requiera de un transplante, se otorgará cobertura a los gastos generados por el donante vivo o post mortem, en los porcentajes y topes establecidos, esto es, UF 40 y UF 20 respectivamente.

  16. Otras coberturas del Plan • Cirugía Ocular: Comprende todos los gastos relacionados a la cirugía tales como procedimientos, insumos, honorarios médicos y lentes intraoculares, conforme a lo siguiente: a) Cirugía específica por los siguientes diagnósticos (láser o no láser): Miopía, Hipermetropía, Astigmatismo, Presbicia, defectos aberrométricos o astigmatismo irregular: Se considerará para dar cobertura, que se trate de pérdidas de visión con un mínimo de 3 dioptrías, y que además, el asegurado que produce los gastos aquí descritos, sea mayor de 20 años y con cobertura ininterrumpida en la póliza por más de 24 meses. b) Cirugía general por otros diagnósticos, no incluidos en a): Tendrá cobertura la presente cirugía, ya sea por enfermedad o por accidente cuando la ocurrencia de dicho evento sea posterior al inicio de la vigencia del asegurado en la póliza.  En caso de cumplir con lo anterior, el asegurado deberá acreditar la necesidad de la cirugía mediante un informe del médico tratante y con todos los exámenes que lo respalden.  

  17. Otras coberturas del Plan (Continuación) • Cirugía máxilo - facial por Accidente: • El tratamiento hospitalario y sus gastos ambulatorios posteriores, a causa de lesiones provenientes de un accidente a los dientes naturales, efectuado por un médico cirujano máxilo facial o un odontólogo, siempre que éstos se realicen dentro de los seis (6) meses siguientes al accidente. • Cirugía reparadora debido a lesiones ocasionadas como consecuencia directa de un accidente ocurrido mientras el asegurado se encuentre bajo la cobertura de esta cláusula adicional, y que dicha cirugía plástica sea realizada por un médico dentro de los 90 (noventa) días siguientes de ocurrido el accidente. Los gastos ambulatorios serán cubiertos bajo la cobertura que corresponda según el Cuadro de Beneficios cubiertos por la Póliza, manteniéndose el mismo plazo señalado. • Servicio Privado de Enfermería • Servicio privado de enfermería profesional durante la hospitalización, siempre que éste haya sido prescrito por el médico tratante. • Servicio de Ambulancia • Servicio de ambulancia terrestre para conducir al Asegurado desde y hacia un Hospital local, dentro de un radio de 50 km. y servicio de ambulancia aérea para ser trasladado hasta otra ciudad con el tope estipulado en el cuadro de beneficios.

  18. Otras coberturas del Plan (Continuación) • Gastos por Obesidad Mórbida • Obesidad Mórbida (u obesidad severa o clase II): Es aquella condición cuyo IMC >o = a 40, o IMC mayor a 35 cuando es acompañado de una comorbilidad directa y asociada, es decir, con la presencia de al menos una u otra enfermedad significativa o discapacidad severa y minusvalía a causa del exceso de peso, lo cual implica un riesgo para la salud y la vida del asegurado. Se consideran como “comorbilidad significativa o discapacidad severa” lo siguiente: Diabetes, Hipertensión arterial, enfermedad coronaria, enfermedades osteo-articulares severas y apnea obstructiva del sueño severa. • La cobertura será según el plan de seguro estipulado en la Póliza, y no considera gastos por gimnasio, ni pastillas para bajar de peso. • Para la evaluación y pago de un gasto bajo esta cobertura, el asegurado deberá presentar toda la información necesaria que permita a la Aseguradora determinar la procedencia del caso, asimismo, la Aseguradora podrá evaluar facultativamente cualquier otra condición asociada no mencionada, si esta cumple con lo señalado, es decir, cuando la obesidad es acompañada de una comorbilidad directa y asociada, incluyendo la presencia de al menos una u otra enfermedad significativa o discapacidad severa y minusvalía a causa del exceso de peso, lo cual implica un riesgo para la salud y la vida del asegurado.

  19. Otras coberturas del Plan (Continuación) • Cobertura Catastrófica Cobertura de 100% del deducible en caso que un asegurado se acoja al CAEC o GES (AUGE). • Seguro de Vida: En caso de fallecimiento existe un capital asegurado para el Titular de UF 50, cónyuge de UF 25 y los hijos de UF 15.-(Esta cobertura rige siempre y cuando estén cubiertos bajo la Póliza de Salud) • Gastos Acompañante niño hospitalizado: Gastos por acompañante en caso de hospitalización para hijos menores de 14 años. (Cobertura igual a día cama con un máximo de 5 días).

  20. Plan de Seguro Catastrófico • Este Seguro opera después de los reembolsos de la Isapre o Fonasa y después de consumida las UF 350 del Monto Máximo Reembolsable del Seguro Principal “Complementario de Salud”. • Monto Máximo Anual: UF 650 • Deducible: Debe ser consumido el tope anual del seguro complementario de Salud de UF 350 • Reembolso % : 90% Gastos Ambulatorios (consultas, exámenes, procedimientos, etc.) 90% Medicamentos Ambulatorios con tope UF 60 anual (*) 100% Gastos Hospitalarios , con tope UF 15 por evento, el exceso al 80% • Bajo este Seguro no están cubiertos, los gastos provenientes de maternidad, óptico, cirugía láser, obesidad mórbida, Salud Mental, Prótesis y Ortesis. • En aquellos eventos Catastróficos en el cual el Asegurado se acoja al beneficio CAEC ó GES (AUGE), se reembolsará el 100% del costo del Deducible estipulado para estas coberturas (siempre y cuando sean prestaciones cubiertas por la Póliza). (*) Cobertura Medicamentos Ambulatorios sólo en casos de Enfermedades Oncológicas y Trasplantes.

  21. Cobertura Seguro Dental • Tratamiento Dental: * Límite de reembolso máximo Anual por persona UF 10,00 por beneficiario. Tratamiento de Ortodoncia: * El límite máximo por todo el tratamiento mientras esté asegurado en la Póliza es de UF 20,00 por beneficiario. • Deducible Anual Plan Colectivo Isapre Consalud Empleado sólo UF 0,80 Empleado con 1dependiente UF 1,60 Empleado con 2 dependientes ó más UF 2,40 • Deducible Anual Plan Colectivo otras Isapres, Mayor Deducible Empleado sólo UF 2,30 Empleado con 1dependiente UF 4,60 Empleado con 2 dependientes ó más UF 6,90 • Período de acumulación deducible monto máximo de reembolso Año Póliza

  22. Gastos Dentales % Reembolso Tope por Prestación UF Límite Máximo UF Consulta dental, Profilaxis o Higiene, Periodoncia 50 10 Endodoncia, Disfunción (Plano y Tratamiento) Operatoria y Cirugía Bucal Odontopediatría Radiografía, Medicamentos Dentales Laboratorio Dental Prótesis (carencia 1 año) Implantes (**) Cubre Trat. y Procedimientos, se excluye materiales tales como Oro o Titanio Ortodoncia 50 20 (carencia 1 año) Nota: El límite máximo para este ítem es de por vida. Detalle Coberturas Plan Dental Carencia: Significa que una persona sea titular o carga debe estar asegurada y con vigencia en la Póliza de al menos un año antes de poder recibir estos beneficios. “Una vez consumido el deducible correspondiente, los gastos serán reembolsados de acuerdo a los beneficios vigentes a la fecha de atención, toda vez que el tratamiento se encuentre finalizado y cancelado, lo que deberá ser acreditado mediante boleta original y Certificado de Alta otorgado por el dentista tratante.”

  23. ¿Cómo debo solicitar mis reembolsos de Gastos Médicos? • 1° Va al médico con bono previamente comprado en la Isapre o bien paga y después solicita el reembolso a la Isapre. • 2° Junta todas las copias originales de sus bonos que le entregue su Isapre o Fonasa. En caso de hospitalización debe entregar la copia original de su programa médico timbrado por la Isapre o Fonasa con el respaldo de todos los bonos emitidos y el detalle de gastos de la Clínica (prefactura) conjuntamente con el formulario de reembolso debidamente completado por el médico tratante en la sección correspondiente y por usted en la sección “Declaración del Asegurado”. • 3° En caso de gastos ambulatorios completar el formulario de solicitud de reembolso que le dará la Compañía de Seguros “sección Declaración del Asegurado” y adjuntar todo lo señalado en el punto 2°. (debe enviar uno por cada beneficiario). No se olvide que en caso de un tratamiento de kinesiología, fonoaudiología, psicología o psicopedagogía debe adjuntar receta o documento con la derivación médica, de lo contrario se rechazará y se solicitará dicho documento para poder reembolsar.

  24. ¿Cómo debo solicitar mis reembolsos de Gastos Médicos? Continuación • 4° Entregar a la persona encargada en su lugar de trabajo todos los antecedentes mencionados anteriormente o si su gasto es igual o menor a $80.000.- y se encuentra cerca de la oficina de la Compañía de Seguros Vida Security, en Los Ángeles, puede acudir a rembolsar directamente. • 5° En un plazo de 5 días hábiles y siempre cuando la documentación entregada esté en orden, la Compañía de Seguros le emitirá un cheque o depositará en su cuenta corriente o vista el reembolso de sus gastos, en caso contrario le serán devueltos dentro del mismo período.

  25. ¿Cómo debo solicitar mis reembolsos de Gastos Dentales? • 1° Acudir a su Dentista tratante llevando el formulario de Solicitud de Reembolso de Gastos Médico y Dental de la Compañía de Seguros, el cual debe ser llenado en cada sección por quién corresponda. El Dentista debe completar los datos personales solicitados del paciente, como la descripción del tratamiento a realizar. • 2° El Detalle del Presupuesto y/o Tratamiento debe ser completado al reverso de la Solicitud de Reembolso proporcionando todos los datos solicitados (prestaciones realizadas, N° de piezas tratadas, caras de las piezas tratadas, valor de cada prestación y fecha de realización). • 3° En las siguientes prestaciones además del formulario de reembolso se solicita adjuntar lo siguiente : • Endodoncia (Tratamientos de Conducto): Radiografías de diagnóstico y radiografías de control de endodoncia (conductometría y control de relleno). • Operatoria (obturaciones) y Cirugía: Radiografías de diagnóstico (Bite wing o retroalveolares). • Periodoncia (tratamiento de encías ): Adjuntar radiografías de diagnóstico (bite wing o retroalveolares).

  26. ¿Cómo debo solicitar mis reembolsos de Gastos Dentales? Ortodoncia (frenillos): • Indicar tipo y valor de aparatos, valor de cada control mensual, duración del tratamiento, fecha de instalación de aparatos y fecha de cada control mensual realizado. • En los casos donde se pagan los controles en forma mensual se debe indicar a qué mes corresponde dicho control. • En los casos en los que se presenta la boleta por el valor total del tratamiento, quedarán pendientes los controles que no estén realizados, los que se deberán cobrar a la Compañía de Seguros en forma mensual, adjuntando Certificado emitido por su Dentista el cual especifique a qué mes corresponde dicho control. • En los casos donde se presentan los gastos de Ortodoncia por primera vez debe adjuntar radiografías de Estudio de Ortodoncia. • Es importante destacar que el tope de Ortodoncia es de por vida, o sea, es un solo tope por el tratamiento completo.

  27. ¿Cómo debo solicitar mis reembolsos de Gastos Dentales? Prótesis • Adjuntar al formulario radiografías de diagnóstico, control y si corresponde a una prótesis parcial, debe acompañar además radiografía de control de endodoncia. • Se excluye la cobertura del implante, entendiéndose como tal, el reemplazo de la raíz por un tornillo de titanio. • Esta cobertura tiene una carencia (período de espera para hacer uso del beneficio) de 1 año para nuevos asegurados o nuevas cargas que se incorporen.

  28. Convenios Hospitalarios Preferentes A partir de la Renovación de mayo de 2013, los Asegurados contarán con un nuevo Convenio de “Ventanilla única gastos HOSPITALARIOS” para gastos hospitalarios en Clínica Dávila y Hospital Clínico de la Universidad de Chile, que consiste básicamente en: 1.- Reducir el copago a pagar por el beneficiario al momento del pago de la cuenta. 2.- Simplifica el proceso de pago y tramitación de la cuenta, pues tanto el reembolso de la Isapre como del Seguro será realizado internamente y en forma conjunta por estos centros con la instituciones de salud que corresponda y la Compañía de Seguro, sin necesidad de que el Asegurado deba realizar los trámites. Es importante informar que estos convenios NO GARANTIZAN el copago o reembolso, la Compañía se reserva el derecho de aceptar o rechazar el caso, lo que implica que la persona eventualmente puede verse obligado a presentar el reembolso a la Compañía.

  29. No olvidar las siguientes recomendaciones • Todos los documentos presentados deben de ser originales. • El plazo máximo para la presentación de los gastos Ambulatorios, ante la Compañía de Seguros, es de sesenta (60) días contados desde la fecha de la prestación, sin embargo, mientras la Póliza esté vigente en Vida Security los gastos Hospitalarios tendrán un plazo de 60 días pero desde la emisión del bono por parte de Isapre o Fonasa. Si no puede enviar los gastos dentro de este plazo debe notificarlo a la Compañía de Seguros antes de que éste se venza, dejando constancia de la razón del atraso del ingreso de los documentos, y así el gasto no será rechazado por Fuera de Plazo. • Recuerde avisar a su Empleador si existen cambios en la modalidad de pago de sus reembolsos, cierre de cuenta corriente, cambio de banco, etc. • Comunicar si hubo cambio de Isapre, ya que hay un deducible diferente para las personas que están o no en el Plan Colectivo de Isapre de Supervisores. • Para aquellas prestaciones que no están cubiertas por su Isapre o Fonasa y que si están consideradas por el Seguro, las boletas o facturas deberán venir con timbre indicando: Sin cobertura o no Reembolsable, de lo contrario serán devueltas para ser reembolsadas por la Institución de Salud Previsional. • En caso de Gastos Hospitalarios o tratamientos de larga duración el formulario de reembolso médico, debe ser también completado por el Médico Tratante en la sección correspondiente.

  30. EXCLUSIONES Seguro de Salud • Hospitalización para fines de reposo, cuidado sanitario, período de cuarentena o aislamiento. • Tratamientos estéticos plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos con fines de embellecimiento y sus consecuencias; o corrección de malformaciones producidas por enfermedades o accidentes anteriores a la fecha de vigencia de la póliza. • Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesaria producto de una lesión accidental. • Lesión o enfermedad causada por guerra civil o internacional (declarada o no). • Invasión y actividades u hostilidades de enemigos extranjeros. • Epidemias oficialmente declaradas. • Participación del Asegurado en rebelión, insurrección, revolución, poder militar, terrorismo, sabotaje, tumulto o conmoción contra el orden público. • Participación del Asegurado en actos calificados por la Ley como delitos. • Negligencia, imprudencia o culpa grave por parte del Asegurado.

  31. EXCLUSIONES Seguro de Salud (Continuación) • Intento de suicidio, lesiones auto inferidas y abortos provocados. • Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas con fines preventivos, no necesarios para el diagnóstico de una enfermedad, a excepción del control del niño sano, control ginecológico y urológico. • Atención particular de enfermería fuera del recinto hospitalario. • Lesión o enfermedad cubiertas por la legislación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. • Tratamientos por obesidad no mórbida. • Alimentos, shampoo o cremas sin componentes médicos aunque estos sean con fines terapéuticos. • Cualquier método anticonceptivo (anovulatorios, DIU, métodos de barrera y otros). • Operaciones para la corrección de la miopía o astigmatismo (Operaciones Lasik) que no se encuentren dentro de las normas establecidas en el cuadro de beneficios. • Gastos que sean pagados con Excedentes de Isapre.

  32. EXCLUSIONES Seguro de Dental Exclusiones • Blanqueamiento, dado que no es curativo, sino estético. • Implantes, entiéndase como tal reemplazo de la raíz por tornillo de titanio. • Ningún tratamiento de carácter estético. • La Póliza No reembolsará tratamientos pagados que no estén realizados. Consideraciones Especiales • Al momento de la presentación de los gastos se debe adjuntar el Certificado de Alta emitido por el Dentista. • Para el pago de reembolsos Dentales que coincidan con el término de la vigencia de la Póliza, se considerará los topes vigentes al momento de realizarse el tratamiento, aunque la boleta sea emitida en fecha posterior.

  33. Servicios • Pago de reembolsos: Los reembolsos podrán ser depositados en la cuenta corriente o cuenta vista de los asegurados, para lo cual debe informar al Dpto. de Personal formalmente su datos de Banco, Nº cuenta, etc. • Servicio de Internet: Vía Internet www.vidasecurity.cl, ingresando con su RUT y luego su clave (primera vez será los 4 primeros dígitos de su RUT) podrá consultar: • Cargas Familiares Vigentes. • Estado de reembolso, deducibles, etc. • Razones de rechazos, etc. • Información al Asegurado: Se mantendrá el envío a su correo electrónico del aviso de abono de sus reembolsos junto a su liquidación del siniestro.

  34. Servicio de I- Med • Modelo Tecnológico de Pago de Siniestros a través del uso de la huella Digital del asegurado. • Reembolso in situ e inmediato del Seguro Complementario a través de sistema Huella Digital (I-Med) para gastos ambulatorios, hasta UF 7, por Consulta General y Especialista, Exámenes de Laboratorio y Radiológicos, Fonoaudiología, Medicina Física y Rehabilitación, Kinesiología en los prestadores e Isapres que tengan el servicio habilitado. • Para utilizar este medio de atención y pago recuerde que: • El prestador (Centro Médico, Clínica etc.) deberá estar adscrito al convenio I-MED- Compañías de Seguros. • La prestación ambulatoria a bonificar debe estar cubierta a través de esta modalidad. • El asegurado y su grupo familiar deberán tener registrados correctamente sus números de cédulas de identidad en la Compañía de Seguros.

  35. Servicio de I-Med (Situaciones especiales) Desde qué edad se puede ingresar la huella digital? La huella digital podrá ser ingresada desde los 7 años de edad. ¿Qué pasa si tengo dos o más seguros vigentes? No opera I-MED si todos sus seguros contemplan esta modalidad. ¿Qué pasa si presento los gastos nuevamente por la Compañía de Seguros? Serán rechazados con una glosa explicativa indicando que ya fueron reembolsados a través de I-MED. ¿Qué pasa si por motivos de fuerza mayor no se pudo realizar el reembolso a través de este sistema? En este caso, se debe seguir el conducto regular, es decir, completar el formulario de Solicitud de Reembolso Médico de la Compañía de Seguros y adjuntar los documentos emitidos por la Isapre o Fonasa, ¿Cómo puedo saber si mi RUT y el de mi grupo familiar individualizado en la Póliza se encuentran correctamente ingresados?. Ingresando a www.vidasecurity.cl clientes online.

  36. Algunos prestadores I-Med • Megasalud S.A. • Clínica Vespucio S.A. • Hospital Clínico Universidad de Chile • Servicios Integrados de Salud Ltda. • Clínica Avansalud Providencia S.A. • Arauco Medicina Integral S.A. • Serv. Med. Hospitalarios Edusalud Ltda. • Clínica Dávila y Serv. Médicos S.A. • Centro de Salud Miguel de Servet S.A. • Plus Médica S.A. • Indisa Diagnóstico • Centro de Diag. Clínica Tabancura S.A. • Centro Médico Antofagasta S.A. • Clínica Alemana • Etc.

  37. Atención a Asegurados Si aún tiene consultas sobre su plan o procedimiento de reembolso, no dude en llamar a: JOSEFA LOZANO Y CIA. LTDA. teléfonos (02) 2 333 1101 y (02) 2 333 1209 Horario de atención: • Lunes a Jueves de 09:00 a 18:15 hrs. • Viernes de 08:30 a 17:00 hrs.

  38. Programa de Fidelización “VIVA MEJOR”: Todos los asegurados pertenecerán al programa de Fidelización “VIVA MEJOR” de Vida Security, Plan que agrupará todos los beneficios que entregue gratuitamente Vida Security a sus asegurados, que aumentarán el “valor” de su seguro. Son Usuarios todos los Asegurados titulares y sus cargas aseguradas que sean parte de la póliza del seguro de salud. Estos beneficios corresponden a bienes anexos a las coberturas del seguro correspondiente, es decir no son otorgados directamente por Vida Security, por lo tanto, no se incorporarán en la póliza y no es posible asegurar su permanencia en el tiempo. Estos beneficios se podrán hacer válidos presentando la tarjeta de identificación de Vida Security, más el C.I. En el caso que acuda una de las cargas, esta debe presentar su C.I y la tarjeta del titular.

  39. Alianza con Farmacias Ahumada: Descuentos de un 7% a un 20% (dependiendo el producto). Descuentos en medicamentos y productos Medicamentos de Marca : 7% Medicamentos Genéricos :12% Medicamentos Fasa :20% Productos Fasa :15% Otros Productos : 5% Servicios Enfermería :10% GNC :10% Además de Promociones temporales (ejemplo: PROMO Navidad)

  40. SEGURO DE ACC. PERSONALES PARA EL RECIÉN NACIDO Automáticamente al momento del nacimiento se otorgará cobertura para reembolsos de gastos médicos por accidente de 100% hasta UF100 de reembolso, presentando el gasto efectuado, es decir, hijo de madre con vigencia en la póliza por más de 10 meses (o madres con cobertura de parto), tendrán cobertura por 12 meses, desde que nace hasta cumplir un año de vida y mientras el asegurado titular, su grupo familiar (incluido este hijo) y la póliza se encuentren vigentes. Red de atención médica y dental con 30 centros de Arica a Punta Arenas en el área médica, cuenta con una amplia gama de especialidades. Cuenta con más de 1.900 profesionales a lo largo del país en el área dental, ofrece solución odontológica en todas las especialidades. Cuenta con 850 odontólogos y una red con capacidad para 2 millones de prestaciones al año. 55 % de descuento sobre arancel UCO para todos nuestros asegurados y un diagnóstico Integral gratuito en Centros Megasalud válido por tres meses desde la entrega del beneficio.

  41. Asistencia Legal Telefónica, consultas gratuitas, atención las 24 horas del día. orientación legal en caso de accidentes y robo las 24 horas asuntos penales materias tributarias materias previsionales orientación en trámites notariales, entre otros. • Trámites y costo de la Posesión Efectiva en caso de fallecimiento. Para realizar las consultas legales o para pedir hora con un abogado (para la tramitación de la Posesión Efectiva de los bienes del trabajador fallecido), los teléfonos de contacto son: 600 600 16 16 NUMERO UNICO NACIONAL (02) 2 787 4000 DESDE CELULARES www.legalchile.cl Horario:Tenderini 153, Santiago Centro. Lunes a Viernes de 9:00 a 20:00 hrs. Sábados de 9:30 a 12:30 hrs.

  42. Nota Importante: • La información aquí contenida se entrega a título meramente informativo y en términos referenciales ya que sólo contiene un resumen de los beneficios.

  43. Vida Security

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