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POLÍTICA MIGRATORIA: AVANCES Y DESAFÍOS. LA FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA MIGRATORIA ARGENTINA. La definición de políticas públicas jamás es inocente. Su formulación está condicionada por contextos históricos, geográficos o económicos.
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POLÍTICA MIGRATORIA: AVANCES Y DESAFÍOS
LA FORMULACIÓN DE LA POLÍTICA MIGRATORIA ARGENTINA • La definición de políticas públicas jamás es inocente. • Su formulación está condicionada por contextos históricos, geográficos o económicos. • Por la influencia de grupos de presión que pugnan por imponer sus intereses • Condicionada por ideologías (conjunto de valores éticos que orientan acciones) • Primer Decreto de 1812 sobre el fomento de la inmigración. • Decisión orientada a la ocupación de un vasto territorio de miles de kilómetros cuadrados. • Necesidad de consolidar un Estado en formación. • Constitución Nacional de 1853/1860. • “…para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino.” • Cláusula sobre el fomento de la inmigración europea.
Ley 817 (“Ley Avellaneda”) de 1876. • Marco jurídico para el proceso colonizador. • Ocupación de territorio y “civilización” de las poblaciones aborígenes. • Mira la inmigración europea. • Ley de Residencia de 1902 y Ley de Defensa Social de 1910. • Respuesta a la conflictividad social. • Aparición de los primeros movimientos obreros. • Se autoriza el Poder Ejecutivo a expulsar al extranjero que produzca alteraciones al orden público. • Se prohíbe la entrada de anarquistas. • Se admite la pena de muerte hacia los “extranjeros revoltosos”. • Ley 12.331. • Motivada en la crisis de 1930. • Disminuye el ingreso de europeos y comienza la inmigración limítrofe. • Busca promover la inmigración y fomentar el ingreso de extranjeros. • Privilegia la inmigración de las “razas blancas y fuertes” (europea en detrimento de la limítrofe). • Se trata de una política selectiva y de encauzamiento.
PARADIGMAS ACTUALES: DE LA LEY VIDELA A LA NUEVA NORMA MIGRATORIA • Año 1981. Ley Videla 22.439. • Niega derechos a los inmigrantes en materia de salud, vivienda, educación, trabajo, etc. • Sólo se le reconocen derechos a los residentes permanentes. • Migración selectiva: Sólo se concede residencia a profesionales y técnicos requeridos por empresas radicadas en el país, científicos relevantes, profesores, empresarios u hombres de negocio, migrantes con capital suficiente, religiosos e hijos o cónyuges de argentinos. • La ley no expulsa, pero impide la regularización. • Facilita irregularidad. • Funcional al capital y al empleo de mano de obra barata. • Inspirada en la Doctrina de la Seguridad Nacional. • Ley 25.871 vigente desde 2004. • Instala un nuevo paradigma: migrar es un derecho inalienable de la persona humana.
LEY 25.871. Política Migratoria. • Implicó una modificación sustancial de la concepción del fenómeno migratorio. • Otra visión del Estado: de Estado-gendarme a Estado de derecho. • Guarda coherencia con compromisos internacionales asumidos por nuestro país. • Tratados sobre Derechos Humanos. • Convención para la protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y sus familias. • Posee una mirada realista, al tener en cuenta las causas de la migración, el contexto social, geográfico, económico y político del país. • Recoge la experiencia de la ingobernabilidad de los flujos migratorios a partir de políticas restrictivas. • Que generan mayor irregularidad. • Más cantidad de indocumentados. • Exclusión social.
Reconoce el aporte positivo de las migraciones en las sociedades receptoras. • Gira en torno a la protección de los derechos de los migrantes. • Con el objetivo de lograr su plena integración. • Se reconoce el derecho humano a migrar disponiendo que la Argentina lo garantiza sobre la base de los principios de igualdad y universalidad. • Establece la obligación del estado de garantizar ciertos derechos independientemente de la condición migratoria de las personas. (Art. 6 y 7 de la ley 25.871) • Trato igualitario a los inmigrantes y sus familias en las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los argentinos. • Acceso igualitario a los servicios sociales: en especial salud, educación, justicia y trabajo. • Elimina la obligación de los empleados públicos de manifestar la irregularidad migratoria y la reemplaza por la obligación de asesorar y orientar al migrante para acceder a su regularidad migratoria. • Garantiza la reunificación familiar de los migrantes con sus padres, cónyuges, hijos solteros menores, o mayores con capacidades diferentes. • Participación de los extranjeros en las decisiones relativas a la vida pública.
Se garantiza el derecho al debido proceso y a la defensa en las actuaciones administrativas (de la DNM). • Prevé la obligación del Estado de proveer asistencia jurídica gratuita al migrante. • Introduce el principio de revisión judicial de los actos administrativos emanados de la autoridad de aplicación. • Impide la privación de la libertad ambulatoria de los inmigrantes por parte de las autoridades migratorias sin orden y contralor judicial. • Se limitan los tiempos de privación de la libertad con fines de expulsión, previendo la soltura caucionada si esta excede el término razonable. • Implicó el tránsito de una política voluntarista y restrictiva a una realista y abierta que acompañara el fenómeno social y la integración regional.
Patria Grande (Estado y ONG juntos) • Regularizó el margen de exclusión que dejó la ley Videla. Actualmente esta cristalizado en la ley 25.871. • Implementación unilateral del Acuerdo de Residencia para Nacionales de los Estados parte del Mercosur, Bolivia y Chile del año 2002 (recién vigente desde el 28 de julio de 2009). • Por Disposición DNM 53.253/05 los beneficios del acuerdo se extienden a los nativos de los Estados Asociados del Mercosur. • Privilegia la integración regional. • Decisión política estratégica. • Da respuesta a un fenómeno real e imparable. • Posibilita el acceso a la regularidad a mas del 80% de los flujos migratorios que recibe la Argentina (mecanismo sencillo para la regularización). • Posiciona a la República Argentina como precursora de una política migratoria abierta e inclusiva. • Ha permitido el acceso a la regularidad migratoria de cientos de argentinos expatriados, sobre la base de la reciprocidad.
PATRIA GRANDE EN CIFRAS • 423.697 fue la cantidad de personas inscriptas en el Programa. • Se otorgaron 98.539 radicaciones permanentes. • Y se otorgaron 126.385 radicaciones temporarias. • 187.759 de los inscriptos no completaron la documentación requerida para el trámite de regularización. • (Base: Asientos Registro Nacional de Admisión de Extranjeros DNM)
Informe sobre Migraciones 2010 de la ONU (porcentaje de extranjeros) • Nueva Zelanda 22,4% extranjeros • Australia 21,9% • Canadá 21,3% • España 14,1% • Suecia 14,1% • Estados Unidos 13,5% • Alemania 13,1% • Francia 10,7% • Gran Bretaña 10,4% • Italia 7,4% • Según este informe, la Argentina tenía 3,6% (puesto 126 sobre 230 países relevados). Según ultimo CENSO 2010 representan un 4.5%.
Mitos y desafíos de la nueva ley • Comprender la visión estratégica del ESTADO. • Comprender que el acceso a la residencia permite el pleno RECONOCIMIENTO DE DERECHOS del migrante, su identificación, y el conocimiento real del potencial humano del país. • Comprender que las POLITICAS RESTRICTIVAS (de hecho o de derecho) generan el efecto opuesto al buscado, aumentando el número de inmigrantes irregulares, dando lugar al crecimiento de organizaciones criminales dedicadas al tráfico y/o a la trata de inmigrantes. (Caso de EEUU). • Comprender a las MIGRACIOENS como una cuestión de INTEGRACION y no como un tema de SEGURIDAD. • Comprender que NO HAY UN DESPLAZAMIENTO de los Argentinos en el mercado de trabajo, sino lo que los MIGRANTES HACEN EL TRABAJO que los ARGENTINOS no están dispuestos hacer. • Herramientas: • Instalar definitivamente un nuevo discurso y una nueva visión del fenómeno migratorio. • Lograr el acompañamiento de otras agencias estatales. • Cambiar la cultura organizacional de la DNM. • DIRECCIONAMIENTO