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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Consejo de Educación Primaria División Hacienda. REFORMA TRIBUTARIA Agentes de Retención. Julio 2007. ¿Qué son los Agentes de Retención?.
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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA Consejo de Educación Primaria División Hacienda REFORMA TRIBUTARIA Agentes de Retención Julio 2007
¿Qué son los Agentes de Retención? • Son Organismos, Empresas o personas que están obligados a retener los impuestos a sus proveedores de bienes y servicios, para luegos volcarlos a la DGI • Una vez efectuada la retención, el agente es el único obligado ante la DGI y si no la efectúa responde solidariamente junto con el proveedor.
Agentes de Retención • Le ley 18.083, designa entre otros al Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y no estatales.
Impuestos a Retener • Impuesto a la Renta de la Personas Físicas • Impuesto al Valor Agregado • Impuesto a la Renta Empresarial
IRPF Arrendamiento de Inmuebles • Pagado a Personas Físicas • Monto a retener: 10.5 % • Si está exonerado, debe presentar el titular certificado de DGI. • Se debe entregar Resguardo por el monto retenido. • Se debe comunicar a la División Hacienda, la retención
IRPF Servicios Personales No Dependientes • Pagado a Personas Físicas • Cuando el monto pagado supere las 7000 U.I. (aproximadamente $12.500 a 7/07) • La UI será la del cierre del mes anterior • Monto a retener: 7 % sobre el monto facturado sin IVA • Se debe entregar Resguardo por el monto retenido. • Se debe comunicar a la División Hacienda, la retención
IRPF Remuneraciones a Personal Dependiente • Pagado a Personas Físicas • Monto a retener: Escalas Progresivas de 0 a 25 % • El Recibo de Sueldo, actua como resguardo.
IVA • Compra de bienes y servicios por montos superiores al 15 % del valor de la Compra Directa • Monto a retener: 60 % del Impuesto • Se debe entregar Resguardo por la retención • Se debe comunicar a la División Hacienda.
IVA Profesionales de la Salud • Odontólogos, Higienistas, Nutricionistas, etc. • Gravados al IVA a Tasa Mínima: 10% • Monto a retener: 90 % del IVA • Se debe entregar Resguardo por la retención • Se debe comunicar a la División Hacienda.
IRAE • Empresas de Seguridad, Vigilancia y Limpieza • Monto a retener: 10 % de la totalidad de la operación excluido el IVA • Se debe entregar Resguardo por la retención • Se debe comunicar a la División Hacienda.