220 likes | 542 Views
INCIDENTE. ¿ Qué significa ?. INCIDENTE. La palabra incidente, proviene de “incido incidents” , cuyo significado, es: acontecer , irrumpir , suspender ; es decir, lo que sobreviene en el curso de un asunto. ¿Cómo podríamos denominar o aplicar esa palabra a nuestra vida diaria?.
E N D
INCIDENTE ¿Qué significa?
INCIDENTE La palabra incidente, proviene de “incido incidents”, cuyo significado, es: acontecer, irrumpir, suspender; es decir, lo que sobreviene en el curso de un asunto.
¿Cómo podríamos denominar o aplicar esa palabra a nuestra vida diaria?
INCIDENTE 1. Cuestión que se trata de aclarar. 2. Proposición o dificultad de solución dudosa. 3. Conjunto de hechos o circunstancias que dificultan la consecución de algún fin. 4. Disgusto, preocupación, problema.
INCIDENTE DEFINICIÓN (DOCTRINA) Y OBJETO
INCIDENTE “Incidente (o cuestión incidental) es cualquier demanda o cuestión formulada por una de las partes en el curso del debate, y acerca de la cual se suscita un contraste” (GIOVANNI LEONE).
INCIDENTE “ Es todo trámite breve y accesorio del proceso en el cual se intercala, comúnmente suscitado ante el planteamiento de cuestiones de naturaleza no sustancial, que deben decidirse por pronunciamiento interlocutorio” (JORGE CLARIA OLMEDO).
INCIDENTE “Incidente es toda cuestión que sobreviene del proceso, planteando un objeto accesorio del mismo, en forma tal, que obliga a darle una tramitación especial” (FRANCO SODI).
INCIDENTE “En Derecho Procesal llamamos incidente, o incidencia a toda cuestión que surge en el curso del procedimiento y que tiene relación con otra que se considera principal”; “la acepción correcta es aquella que considera al incidente como todo acontecimiento que surge de la materia principal; como toda cuestión o controversia que sobreviene entre los litigantes durante el curso de la acción” (GONZALEZ BUSTAMANTE).
INCIDENTE Se trata de una “cuestión surgida durante el proceso cuyo curso altera, interrumpiéndolo o modificando su estructura normal” (PIÑA Y PALACIOS).
INCIDENTE “Incidente penal es una cuestión promovida en un procedimiento, que en relación con el tema principal, reviste un carácter accesorio y que, encontrándose fuera de las etapas normales, exige una tramitación especial” (RIVERA SILVA).
INCIDENTE “Los incidentes, como su nombre lo indica, son obstáculos que surgen durante la secuela procedimental impidiendo su desarrollo, por estar relacionados con diversos aspectos sobre los cuales versa el proceso y que es necesario resolver, para que en el momento oportuno se pueda definir la pretensión punitiva estatal” (COLIN SANCHEZ).
INCIDENTE “Convendría distinguir la mera incidencia o cuestión incidental del incidente propiamente dicho. El incidente requiere, sin duda, la cuestión incidental, la materia accesoria, pero no basta esto para constituirlo; precisa además de cuerpo incidental, esto es, figura propia procesal, individualidad destacada, tramitación en forma y distinta de la tramitación principal, sin perjuicio de que su material concreción escrita se contenga o no en el mismo expediente de autos. La cuestión incidental es simple, puede resolverse de plano; el incidente como tal, significa un pequeño juicio dentro del principal” (BORJA OSORNO).
OBJETO • Resolver cuestiones accesorias que surgen del procedimiento principal, mismas que deben tramitarse por cuerda separada, a fin de que pueda determinarse la pretensión punitiva.
INCIDENTE ¿CUESTIÓN ó PROCEDIMIENTO?