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Jornadas 30 aniversario de la creación de la Intervención General de la Seguridad Social “Los retos de la Intervención General de la Seguridad Social en el siglo XXI”. EL MODELO DE AUDITORIA ÚNICA La perspectiva desde los Órganos Autonómicos de Control Externo y EURORAI.
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Jornadas 30 aniversario de la creación de la Intervención General de la Seguridad Social “Los retos de la Intervención General de la Seguridad Social en el siglo XXI” EL MODELO DE AUDITORIA ÚNICA La perspectiva desde los Órganos Autonómicos de Control Externo y EURORAI Madrid, 29 de noviembre de 2007 Rafael Vicente Queralt Síndic Major de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana
SUMARIO • I. CONCEPTO Y PRINCIPIOS GENERALES • II. LAS NUEVAS TENDENCIAS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA • III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO • 1º. Elementos fundamentales desde un marco legal general de la auditoria única de los OCEX • 2º. Consideraciones desde el marco normativo de la auditoria única de los OCEX • IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX • 1º. Actuaciones de los OCEX Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes • 2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas • Universidades Públicas • Patrimonio Municipal de Suelo • Rendición de Cuentas de las Entidades Locales • V. LA PERSPECTIVA DESDE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI • VI. CONCLUSIÓN FINAL ¿UTOPÍA? • VII. BIBLIOGRAFIA
I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES AUDITORIA ÚNICA “Término que nos remite a la forma de abordar aquella situación en la que una entidad es objeto de varias auditorias, deduciéndose de este hecho la necesidad de contar con el trabajo de los auditores para evitar duplicidades en las fiscalizaciones.” AUDITORIA ÚNICA DE CONTROL INTERNO AUDITORIA ÚNICA DE CONTROL EXTERNO Planificación coordinada de ambas auditorias AUDITORIA ÚNICA
I. CONCEPTOS Y PRINCIPIOS GENERALES La auditoria pública, por su propia naturaleza, es un estímulo para una gestión eficiente. PRINCIPIOS GENERALES • Aplicación de nuevas tecnologías a la auditoria pública que permitirá: • Un resultado final de mayor transparencia • Facilitara el acercamiento del órgano fiscalizador al ente auditado y del trabajo final realizado a los parlamentos a los que va dirigido, y en última instancia, a los ciudadanos
II. LAS NUEVAS TENDENCIAS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA 1. El nuevo papel del control interno que pretende obtener una valoración real de la gestión pública para el propio gestor. 2. Si llegásemos a implantar un nuevo sistema de auditoria única debemos partir de los nuevos conceptos de control externo: c) EL RESULTADO FINAL FACILITE LA COMPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LOS INFORMES Y CONSIGA LA MEJOR GESTIÓN ADMINISTRATIVA a) COORDINACIÓN DE LAS ENTIDADES QUE DESEMPEÑEN FUNCIONES DE COMPROBACIÓN b) IMPULSODE LAS INTERRELACIONES ENTRE TODOS LOS ORGANOS FISCALIZADORES TANTO INTERNOS COMO EXTERNOS
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO • Las medidas que se adopten en materia de control externo deben “favorecer la cooperación entre todas las instituciones de control” Declaración de los Presidentes de los Tribunales de Cuentas Autonómicos • Avanzar sobre el modelo presupuestario con objetivos e indicadores claros y comunes que permitan al auditor externo pronunciarse en su conjunto sobre la eficacia de la gestión pública • Conviene reflexionar sobre la actualización del marco normativo correspondiente atendiendo la actuación de los OCEX, al respecto del principio de subsidiariedad Partiendo de esta declaración de intenciones se puede analizar lo que se entiende como auditoria única desde la perspectiva del control externo de los Órganos Fiscalizadores Autonómicos
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO 1º. Los elementos fundamentales desde un marco general de la auditoria única de los OCEX Órgano de control externo Gestión-calidad “Auditoría única” Financiación por objetivos (contrato-programa, indicadores de gestión, etc) Informe final Control interno basado en técnicas de auditoria Cumplimiento de objetivos y recomendaciones
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO Se podría resumir el concepto de auditoría única en los siguientes principios: Información: La confianza mutua entre todos los órganos de control e intercambio de información AUDITORíA ÚNICA Organización y personal: Capacidad profesional y formación común; convocatoria de reuniones periódicas de los implicados en los procesos Preparación de trabajos: El conocimiento y coordinación mutua de los programas de trabajo y calendario de ejecución (trabajo de campo) Normativa: El desarrollo normativo y metodológico común en los órganos de control Contenido de los informes: La utilización de los informes por cualquier institución y seguimiento de sus recomendaciones
III. LA PERSPECTIVA DE LA AUDITORIA ÚNICA DESDE LOS ÓRGANOS AUTONÓMICOS DE CONTROL EXTERNO 2º. Consideraciones desde el marco normativo de la auditoria única de los OCEX Desde una perspectiva autonómica existen instituciones y entidades de carácter público que son objeto: 1º Un control financiero por parte de los órganos de control interno de la propia administración 2ª De un control externo posterior por parte del Tribunal de Cuentas Autonómico y a la vez Esta confluencia de controles sobre una misma entidad pública es la que vamos a tratar de analizar para evitar duplicidades y poder llegar a una “auditoria única”, de manera que, aprovechando los trabajos de auditoria de control interno se pueda emitir un informe final único de control externo que permita llegar a conclusiones también comunes.
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX 1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes • A. Existe un doble control en las Universidades Públicas Valencianas con carácter anual llevado a cabo: • Por la Intervención General de la Comunidad Autónoma • Por la Sindicatura de Cuentas de la Comunidad Valenciana En la Comunidad Valencia, para evitar este doble control se adoptó la decisión de llevar a cabo una fiscalización coordinada entre Sindicatura e Intervención, en 2002 • Se optó por efectuar una fiscalización limitada de todas las universidades con una específica revisión sobre las áreas: • Presupuesto y contabilidad • Inversiones • Contratos y convenios de investigación • Ingresos excepto tasas • Activos y Pasivos Financieros • Balance de Situación y Cuenta de Resultados (Incluyendo pagos a justificar) • Tesorería y Extrapresupuestarios y Tasas y Otros ingresos no se realizaron por ser analizadas en profundidad por las firmas de auditoria privadas contratadas por la Intervención
Para llevar a cabo este informe se tomaron las siguientes prevenciones: Ajuste de los programas de auditoria entre la Intervención General y la Sindicatura de Comptes COORDINACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN COORDINACIÓN DEL CALENDARIO DE EJECUCIÓN Y TRABAJO DE CAMPO • Única petición de documentación inicial • Única circularización a terceros • Trabajo de campo simultáneo con la firma de auditoria • Aplicación de las normas de auditoria que regulan la utilización de trabajos de otros auditores y sobre admisión o no de sus conclusiones Racionalización de las pruebas de las áreas a revisar a las que se ha hecho referencia mediante: COORDINACIÓN EN EL CONTENIDO FINAL DEL INFORME La Sindicatura hizo este informe final único como un informe propio al amparo de su programa anual de actuación, con su tramitación interna y externa análoga a la de cualquier otro informe. POBILIDAD CONJUNTA DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES Seguimiento posterior de las recomendaciones, con su comunicación a la Intervención General, con lo cual se cerró el denominado “ciclo de control” con este informe único
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX 1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes • B. Supone también un avance muy significativo el “Convenio de colaboración entre la Consejeria de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y la Audiencia de Cuentas de Canarias para el establecimiento del sistema de la auditoria única en el ejercicio de sus competencias de control”, que pretende: • Desarrollar un plan conjunto de actuación que propicie la implementación de las características del modelo o sistema de auditoria única (universidades públicas Canarias, empresas de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y Fundaciones Públicas de la misma Comunidad) • Coordinar los respectivos planes de actuación con: • Normalización procesos de planificación • Ejecución de controles • Elaboración de informes finales comunes • Constitución de una comisión de dirección del convenio y otra de seguimiento del mismo
IV. LOS PRIMEROS PASOS HACIA UNA AUDITORIA ÚNICA EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LOS OCEX 1º. Actuaciones de los Órganos de Control Externo Autonómicos hacia una auditoria única en sus propios informes C. Hay que destacar que cualquier actuación que mejore la transparencia en la gestión de los fondos públicos, ha de facilitar los pasos para conseguir una auditoria única. • La Intervención General de la Generalitat Valenciana ha publicado en julio de 2007 a través de su página web: • La Cuenta General de la Administración Autonómica del ejercicio 2006, que comprende: • Cuentas de la Administración del Consell • Entidades Autónomas • Empresas • Fundaciones Públicas • Los correspondientes informes de auditoria interna financiera, de legalidad y operativa. Esto permite que el órgano de control externo conozca con la antelación suficiente aquellos informes de auditoria interna y pueda utilizarlos en un hipotético informe final que supondría la consolidación de la auditoria única
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas A.- Informe de fiscalización conjunto del TCU y de los OCEX respecto de las Universidades Públicas, ejercicio 2003(a iniciativa de la Comisión Mixta Congreso- Senado), cuyos pasos más significativos fueron: • a) Convocatoria de la Comisión de Coordinación, para planificar y llevar a cabo esta fiscalización conjunta de las Universidades Públicas • b) Constitución de tres grupos de trabajo que: • Elaboraron los programas de actuación • Confeccionaron los cuestionarios correspondientes • c) Programa general de fiscalización (aprobado por los Plenos de los órganos intervinientes), coordinado con su programa de actuación anual, para la revisión de las siguientes áreas: Organización interna y estructura funcional de cada universidad Rendición de cuentas, aprobación y ejecución del presupuesto y análisis situación económico financiera Gestión del personal, actividad docente, investigación, contratación e informática Los informes de cada órgano fueron aprobados y tramitados internamente por sus órganos competentes y remitidos a los respectivos Parlamentos Autonómicos; se cursaron al Tribunal de Cuentas, el cual a su vez, ha elaborado el informe conjunto definitivo, que fue aprobado por el Pleno de ese Tribunal y sometido a la Comisión Mixta Congreso-Senado
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas. A TRAVÉS DE LA ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN EN EL ÁMBITO LOCAL Y LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN DE TÉCNICOS INICIATIVA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS Los órganos competentes respectivos de los órganos de control externo participante, incluyeron este informe en su programa de actuación anual con las siguientes características: OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN 1. Verificar la constitución y el adecuado control del PMS. 2. Analizar los bienes que integran el PMS procedentes de operaciones realizadas en el ejercicio a fiscalizar. 3. Comprobar la gestión y utilización del PMS en el ejercicio a fiscalizar, verificando que los usos son conformes con las finalidades del PMS previstas legalmente.
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas B.- Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas. FASES DE LA FISCALIZACIÓN FASE 1 Legislación aplicable FASE 2 Estudio comparativo de las legislaciones FASE 3 Cuestionarios FASE 4 Trabajo de campo Realizada sólo por el TCU, quien ha efectuado un estudio comparativo de las legislaciones autonómicas y estatal sobre el PMS Cuestionario del que se ha obtenido información general de los ayuntamientos seleccionados (OCEX) Fiscalización “in situ” de los Ayuntamientos seleccionados (OCEX) Comparación de la legislación autonómica y estatal (OCEX)
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas B.-Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal delSuelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas. ÁMBITO SUBJETIVO Criterios de selección de los ayuntamientos para la FASE 3: • Los mayores de 100.000 habitantes. • Las capitales de provincia, cualquiera que sea su población. • Los 5 ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes de cada Comunidad Autónoma que hayan tenido un mayor crecimiento de población en los últimos 4 años, tomando como fuente la revisión del Padrón Municipal a 1 de enero de 2004 y 2000 (Instituto Nacional de Estadística).
B.-Informe de fiscalización horizontal del área del Patrimonio Municipal del Suelo, ejercicio de 2004 llevado a cabo en colaboración de los OCEX con el Tribunal de Cuentas. CONCLUSIONES GENERALES SOBRE LOS CUESTIONARIOS DE LA COMUNIDA VALENCIANA a) Todos los ayuntamientos disponían de Plan General y debían haber constituido el PMS. Sin embargo, ninguno lo ha constituido formalmente. b) La información sobre las altas de los bienes incorporados al PMS sólo la han proporcionado dos ayuntamientos. c) Igualmente, la información sobre el destino dado a los recursos del PMS ha sido limitada. d) El control interno presenta debilidades significativas y contables. TRAMITACIÓN El informe se tramitó interna y externamente por la Sindicatura de Cuentas y se remitió al Parlamento Autonómico y al propio Tribunal de Cuentas.
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006. Las EELL pueden rendir sus cuentas ante el órgano de control autonómico o al Tribunal de Cuentas. Para evitar esta duplicidad se ha firmado un Convenio entre algunos OCEX y el Tribunal de Cuentas, basado en los siguientes principios generales: DE COOPERACIÓN DE LEALTAD INSTITUCIONAL PRINCIPIOS DE INFORMACIÓN RECÍPROCA DE UTILIZACIÓN CONJUNTA DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS DE EFICACIA Y EFICIENCIA, CON UTILIZACIÓN DE LOS MEDIOS TELEMÁTICOS E INFORMÁTICOS ACTUALES Las actuaciones y características fundamentales de este convenio que supone el avance más importante llevado a cabo en esta materia, son las siguientes:
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006. RENDICIÓN EN UN “ACTO ÚNICO” AL TCU Y SC Y NORMALIZACIÓN DE LA CUENTA GENERAL (según Convenio) • Convenio entre el Tribunal de Cuentas y Sindicatura de Comptes: a) Coordinar funciones fiscalizadoras b) Iniciar los pasos para un registro único de cuentas anuales de EELL c) Evitar duplicidades en la fiscalización • Características del Convenio Rendición en acto único y formato normalizado Características del Convenio Establecer con carácter obligatorio la rendición en soporte informático Implantar y regular la rendición telemática de las cuentas de las entidades y en soporte informático
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006. TRAMITACIÓN DE LAS CUENTAS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Tramitación interna y aprobación por el Pleno Presidente de la Entidad Remisión: telemática/soporte informático Sindicatura de Comptes Tribunal de Cuentas Examen de las Ctas. (incidencias) Cuentas rendidas Cuentas incompletas Cuentas no aprobadas Cuentas con deficiencias en su tramitación Entidades que no han rendido cuentas Entidad Local
C.- Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a partir del ejercicio 2006. FORMATO NORMALIZADO DE LA CUENTA GENERAL EN SOPORTE INFORMÁTICO • La Resolución de la IGAE de 28 de julio de 2006 recomienda un modelo a los OCEX, que combina dos formatos: • PDF que presentará la información con la forma establecida por respectiva instrucción • XML que presente la información numérica
2º. Actuaciones de cooperación de los OCEX con el Tribunal de Cuentas D.- Breve referencia a la actuación de los OCEX y el Tribunal de Cuentas en la fiscalización que lleva a cabo el Tribunal de Cuentas Europeo de los fondos procedentes de la Unión TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO Se lleva a cabo a través del TRIBUNAL DE CUENTAS NACIONAL Las relaciones entre con Los respectivos ESTADOS DE LA UNIÓN TRIBUNAL DE CUENTAS La inspección preliminar y posteriores comprobaciones de ayudas procedentes de la Unión Europea por iniciativa del Tribunal de Cuentas Europeo se efectúa por el Esta actuación debería ser objeto de reconsideración, intentando reconducirlo hacia una posible verdadera “auditoria única” en la que se aprovechara el personal y los conocimientos de los órganos de control autonómicos Que permite la participación de los órganos de control externo a través de la invitación que este último cursa al efecto.
V. LA PERSPECTIVA DESDE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI (ORGANIZACIÓN EUROPEA DE INSTITUCIONES REGIONALES DE CONTROL EXTERNO DEL SECTOR PÚBLICO)
V. LA PERSPECTIVA DESDE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS DE EURORAI Ni el Tribunal de Cuentas Europeo ni los Tribunales de Cuentas Nacionales forman parte, por definición del marco de control interno. Ante el Dictamen de la Comisión sobre la declaración 2/2004 del Tribunal de Cuentas Europeo, el Comité Directivo de EURORAI adoptó la: DECLARACIÓN DE MONTPELLIER • El control interno incumbe a los órganos de esta naturaleza, en el ámbito de la Unión Europea, la comisión y en el ámbito de los estados miembros a las unidades de control interno de los mismos. • Las instituciones regionales de control externo manifiestan la necesidad de establecer una cooperación estrecha con los tribunales de cuentas nacionales y el propio Tribunal de Cuentas Europeo. En este sentido proponen el establecimiento de procedimientos o convenios de cooperación voluntaria entre el control externo e interno. • Las instituciones regionales de control externo de Europa desean contribuir a la mejora de su actividad mediante la realización de fiscalizaciones propias que podrían estar basadas en el principio de cooperación con los órganos de control interno.
VI. CONCLUSIÓN FINAL ¿UTOPÍA?
VI. CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA? Se han dado pasos para fijar unos principios y llevar a cabo un modelo de “auditoria única” pero aún queda mucho por hacer aunque de forma utópica podríamos fijar unas metas a conseguir: EMPRESAS PÚBLICAS, FUNDACIONES, ORGANISMOS AUTÓNOMOS, UNIVESIDADES, ETC. (con doble control posterior) (Órganos de gestión) Rendición de cuentas Control interno Plan plurianual de auditoría interna ÓRGANO DE CONTROL INTERNO: INTERVENCIÓN GENERAL Plan de auditoría de control financiero Empresas privadas de auditoría ÓRGANO AUTONÓMICO DE CONTROL EXTERNO Programa plurianual de actuación (Órgano competente del OCEX y Parlamento Autonómico) AUDITORIA ÚNICA Coordinación Normas comunes INFORME :
VI. CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA? CONCLUSIONES • 1. Sobre la fiscalización de las cuentas: • De regularidad y • De cumplimiento • 2. Fiscalizaciones horizontales • 3. Auditorias Operativas • 4. Auditorias Informáticas • 5. Auditorias de las nuevas figuras de contratación público-privadas SOBRE EFICIENCIA Y EFICACIA SEGUIMIENTO (fin del ciclo de “auditoría única”)
VI. CONCLUSIÓN FINAL. ¿UTOPÍA? Si se cumpliese este esquema habremos conseguido llegar a: UN NUEVO CONCEPTO DE CONTROL Que parta de una perfecta coordinación, información y comunicación entre los órganos de gestión, los de control interno y los de control externo. Que concluya con la elaboración de un informe final útil para los gestores y en última instancia para la opinión pública. Que ponga de manifiesto el cumplimiento de la eficacia y eficiencia de la gestión pública y de los objetivos propuestos AUDITORIA ÚNICA
VII. BIBLIOGRAFIA
VII. BIBLIOGRAFIA • CANARIAS. Gobierno. Convenio de colaboración entre la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y la Audiencia de Cuentas de Canarias para el establecimiento del sistema de auditoría única en el ejercicio de sus competencias de control. Las Palmas de Gran Canaria, 2007. • COLOM I NAVAL, Joan: El modelo de auditoría única y sus consecuencias para el control externo. Barcelona, 2006 • Declaración de los Presidentes de los Tribunales Autonómicos de Cuentas. Pamplona, 2006. • GARCÉS SANAGUSTÍN, Mario y Juan Miguel BÁSCONES RAMOS: Técnicas de coordinación del control de la actividad económico-financiera en España. Propuesta para un modelo de auditoría pública única, Barcelona: Auditores Públicos de España, 2006. • GARCÍA CRESPO, Milagros, dir. El control del gasto público en Europa. La coordinación de la auditoría pública en la Unión Europea, Madrid: Instituto de Estudios Fiscales, 2005. • Las Instituciones Regionales de Control Externo del Sector Público en Europa. 2ª ed. rev. y ampl., Valencia: EURORAI, 2007. • PEDROCHE ROJO, Luís: “El control de la actividad económico financiera del Sector Público Estatal. Consideraciones para el desarrollo de un marco de actuación diferente”, Cuenta con IGAE, 7 (junio 2003), pp. 37-51. • RUIZ DEL MOLINO, José Andrés: “El control de las universidades públicas valencianas: problemática y racionalización”, Auditoría Pública, 31 (octubre 2003), pp. 25-33. • SAN MARTIN CASTELLANOS, Ulpiano: “El informe de fiscalización del conjunto de las universidades públicas”, Financiación y rendición de cuentas en el sistema universitario público de España.24ª Jornadas de Gerencia Universitaria. Jaén, 2006. pp.19-35. • VICENTE QUERALT, Rafael: “La rendición de cuentas de las universidades públicas a sus agentes financiadores”, ”, Financiación y rendición de cuentas en el sistema universitario público de España.24ª Jornadas de Gerencia Universitaria. Jaén, 2006. pp. 39-56.