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TRIPS y sus impactos a El Salvador. TRIPS - ADPIC. TRIPS (Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights) ADPIC (El Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio ). 1. Las Propiedades Intelectuales.
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TRIPS - ADPIC • TRIPS (Trade Related Aspects of Intellectual Property Rights) • ADPIC (El Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio )
1. Las Propiedades Intelectuales • Los derechos de propiedad intelectual se confieren a las personas sobre las creaciones de su mente. • Se otorgan al creador derechos exclusivos sobre la utilización de su obra por un plazo determinado. • Derechos del Autor • Marcas de fábrica o de comercio y marcas de servicio • Indicaciones geográficas • Patentes
2. La Historia de las Patentes y del TRIPS • Nuestros antepasados ancianos no conocían patentes, aunque si contaban con muchas invenciones. • En el medieval en Europa los gobernadores introducían monopolios y privilegios para invenciones. • Durante la industrialización en Europa fue establecido una sistema que otorgaba al inventor el monopolio de la utilización y comercialización de su invención.
2. La Historia de las Patentes y del TRIPS En los últimos años podemos observar una extensión de las patentes: • Se otorga patentes no solamente sobre invenciones pero sobre seres vivos. • El numero de las patentes se ha aumentado. • Las patentes son más amplio. • Los solicitantes son empresas transnacionales.
2. La Historia de las Patentes y del TRIPS • Variacion del grado de protección de las propiedades intelectuales entre los países: Fuente de tensiones en las relaciones económicas internacionales • EEUU: pérdidas hasta 50.000 millones de dólares anualmente • Solución: Imponer normas internacionales para “armonizar” las regulaciones
2. La Historia de las Patentes y del TRIPS • La regulación de Propiedades Intelectuales fue introducido a las negociaciones de la Ronda de Uruguay: TRIPS • La OMC (Organización Mundial de Comercio) siguió al GATT y fue fundado en 1995. • GATT/ GATS/ TRIPS/ etc. • Mecanismo para la solución de disputes • 146 miembros
2. La Historia de las Patentes y del TRIPS • El TRIPS fue impulsado por los países industrializados y sus empresas transnacionales. • El TRIPS significa una extensión y territorial y sectorial de las propiedades intelectuales. • El TRIPS entró en vigor a pesar de la oposición de muchos países del Sur.
3. Los Contenidos del TRIPS • Primera Parte: Los principios básicos como el trato nacional y la cláusula de la nación mas favorecida. • Segunda Parte: Regulaciones de los distintos tipos de derechos de propiedad intelectual (derechos del autor, marcas, patentes, indicaciones geográficas etc.). • Tercera Parte: los procedimientos de observancia de los derechos de propiedad intelectual que los países tienen que establecer.
4. Las Patentes • Protegen los derechos de un inventor • Otorgan el derecho de excluir otros de la utilización de la invención. • Estimulan la innovación, la invención y la creación de tecnología
4.1. ¿Para que sirven las patentes? Artículo 28:Derechos conferidos Una patente conferirá a su titular los derechos exclusivos de impedir que terceros, sin su consentimiento, realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, importación. Los titulares de patentes tendrán asimismo el derecho de cederlas o transferirlas por sucesión y de concertar contratos de licencia. Artículo 33: Duración de la protección La protección dura 20 años contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
4.2. ¿Qué se puede patentar? Artículo 27: Materia patentable 27.1. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos 2 y 3, las patentes podrán obtenerse por todas las invenciones, sean de productos o de procedimientos, en todos los campos de la tecnología, siempre que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial (...)
4.2. ¿Qué se puede patentar? Las excepciones: 27.2. Los Miembros podrán excluir de la patentabilidad las invenciones cuya explotación comercial en su territorio deba impedirse necesariamente para proteger el orden público o la moralidad, inclusive para proteger la salud o la vida de las personas o de los animales o para preservar los vegetales, o para evitar daños graves al medio ambiente, siempre que esa exclusión no se haga meramente porque la explotación esté prohibida por su legislación.
4.2. ¿Qué se puede patentar? 27.3. Los Miembros podrán excluir asimismo de la patentabilidad: a) los métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de personas o animales; b) las plantas y los animales excepto los microorganismos, y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales, que no sean procedimientos no biológicos o microbiológicos. Sin embargo, los Miembros otorgarán protección a todas las obtenciones vegetales mediante patentes, mediante un sistema eficaz sui generis o mediante una combinación de aquéllas y éste. Las disposiciones del presente apartado serán objeto de examen cuatro años después de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC.
4.3. La Locura de las Patentes a Seres Vivos • ¿Sin diferencia? • Patentes a seres humanos y patentes a machinas www.evb.ch/ index.cfm?page_id=347
5. El caso de El Salvador • Obligación de aplicar el TRIPS hasta el 2000 • 1993: La Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Intelectual ya cumple con las exigencias del TRIPS • Protección de medicamentos de 15 años a 20 años • Faltan procedimientos y recursos para la observación y la parte penal de los derechos de Propiedad Intelectual • Incremento de solicitudes de patentes en los últimos 10 años: de 90 a 245 en el año pasado • La mayoría de las patentes son para productos farmacéuticos (80% de empresas extranjeras)
5. El caso de El Salvador • Art. 107. No puede ser objeto de patente: • Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos; • Los planes, principios o métodos económicos o de negocios, los referidos a actividades puramente mentales o intelectuales, y los referidos a materia de juego; • Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico, aplicables al cuerpo humano o animal; excepto los productos destinados a poner en práctica alguno de estos métodos; y • Las invenciones cuya publicación o explotación industrial o comercial sería contraria al orden público o a la moral; la explotación de la invención no se considerará contraria al orden público o a la moral solamente por una razón de estar prohibida o limitada tal explotación por alguna disposición legal o administrativa.
5. El caso de El Salvador • La ley de fomento permite las patentes sobre los seres vivos y las obtenciones vegetales • Ya se encuentra solicitudes y patentes sobre plantas (tabaco, plátano) • Se encuentra solicitudes para patentes al nivel de genes, sobre transformaciones genéticas y sobre transgénicos (plátano)
6. Biopiratería – alimentado por el TRIPS • Biopiratería es la apropiación de recursos genéticos y conocimientos indígenas y de comunidades locales, especialmente de países del Tercer Mundo, por parte de empresas privadas, generalmente transnacionales, y/o de instituciones públicas, generalmente en el norte (Silvia Ribeiro). • Los recursos genéticos – el oro verde • Pérdida a causa de la destrucción del medio ambiente • Nuevas ganancias esperados por la ingeniería genética • Mayormente los recursos están en los países del sur, pero la tecnología esta en el norte
6.1. ¿Qué es la biopiratería? Países industrializados con tecnología Genes y Conocimientos tradicionales Productos industrializados (medicamentos, semillas mejoradas o transgénicos) Países del sur con recursos genéticos
6.1. ¿Qué es la biopiratería? ¿Quienes son los biopiratas? -Empresas transnacionales -Institutos de investigación (público o privado) • Estados ¿Qué hacen los biopiratas? • Búsqueda de plantas con características deseadas (con la ayuda de indígenas o comunidades locales) • Investigación de pruebas • Desarrollo de productos farmacéuticos o de agricultura • Patentar el producto
6.2. El Trasfondo de la biopiratería • Según RAFI 1997 el origen de por lo menos 7.000 componentes de medicamentos de la medicina occidental es de plantas, que se encuentre mayormente en los países del sur. Así que la contribución de los países del sur a la industria farmacéutica en los años 90 se agregaban hasta aproximadamente US $ 32 mil millones. En la parte de la agricultura los genes de los países del sur para los 15 mayor cultivos contribuyan a más que US $ 50 mil millones a la venta de dichos cultivos en los EEUU.
6.2. El Trasfondo de la biopiratería • Ya se conoce más que 1.000 patentes en relación con las mas importantes plantas de alimentación como trigo, maíz, arroz, soya. La mayoría de estas patentes tienen las transnacionales Bayer CropScience, Syngenta, Monsanto y DuPont (2001). • Hay 229 patentes sobre arroz (2001). • En la Oficina de Patentes de la Unión Europea se aumentó en numero de patentes: 1985 2001 Patentes sobre plantas 0 267 patentes de ingeniería genética 38 4.065
6.2. El Trasfondo de la biopiratería • En 1998 la Oficina de Patentes de EEUU otorgó 1.370 patentes a OGM en la agricultura. Tres cuartos de dichas patentes pertenecen a los cinco transnacionales Pharmacia (Monsanto), DuPont, Syngenta, Aventis, Dow y el Grupo Pulsar. • En relación con la posibilidad de patentar a seres vivos se vio un proceso de fusiones de las grandes transnacionales, lo que resultó en una concentración de poder de ellas. 94% de todo el aréa en que están cultivados transgénicos se cultiva semillas de una sola empresa: Pharmacia (Monsanto).
6.3 Biopiratería – alimentado por el TRIPS • El TRIPS permite las patentes sobre seres vivos. • El TRIPS no exige que los solicitantes de las patentes revelen el origen del material genético utilizado • El TRIPS no exige que los solicitantes de las patentes pidan autorización previa de los países para acceder a sus recursos biológicos. • El TRIPS no exige que los propietarios de las patentes compartan sus beneficios con los pueblos o territorios de donde proceden el material genético y los conocimientos. • El TRIPS no reconoce el valor de los conocimientos tradicionales.
6.4. Impactos a la agricultura • La privatización de recursos naturales y conocimientos tradicionales de parte de las transnacionales considermos como robo de las comunidades indígenas o campesinos, porque ellos mismos no van a beneficiar de la patente. • Las empresas venden las semillas de variedades patentadas a un precio muy alto (por el monopolio) y así amenazan a los agricultores y la soberanía alimentaría de los países del sur. • La empresa que vende semillas de una variedad patentada puede impedir a los campesinos de utilizar, intercambiar y mejorar libremente las semillas que ellos manejan. Màs bien ellos tienen que comprar las semillas cada año de nuevo. • Si la empresa solicita la patente en el país de lo cual sacó los recursos naturales y conocimientos puede impedir a las comunidades campesinos y indígenas utilizar o vender sus productos tradicionales.
6.5. Impactos al medio ambiente • Las variedades patentadas no son cultivos adecuadas a una región, sino uniformes que aseguran un mercado mas amplio para la empresa. Por eso se necesita un insumo más alto de agroquímicos. Cultivar variedades uniformes tambien significa una pérdida de biodiversidad. • Los derechos de los agricultores de mejorar y adaptar las semillas son restringidos. Eso amenaza a la biodiversidad y también los conocimientos tradicionales de cultivación. • El TRIPS facilita patentar los transgénicos, los cuales podrían causar riesgos para el medio ambiente.
6.6. Biopiratería y transgénicos • Los productos de la ingeniería genética casi siempre están patentados. • La otra cara de la biopiratería es el bioimperialismo: La extensión de los mercados (por ejemplo de transgénicos) a los países del Sur • La extensión de los transgénicos y de las patentes aumenta el poder de las empresas transnacionales sobre los cultivos y la agricultura.
9. Mas allá del TRIPS: TRIPS plus • TRIPS plus se llama a todos los acuerdos con una reglamentación de los derechos de Propiedades Intelectuales más fuerte que el TRIPS mismo. • TRIPS plus viene por ejemplo con Tratados de Libre Comercio, con tratados bilaterales de inversión, con programas de cooperación de desarrollo o de investigación. • In relación con la agricultura TRIPS plus puede incluir la obligación: - de patentar plantas y animales, - de adherirse al UPOV - de la protección de invenciones de biotecnología
9.1. ALCA • La propuesta de los EEUU es que solamente sean excluidos de la patentabilidad: a)productos y procesos cuyo uso comercial en los paises del ALCA pueda ir en contra del orden publico y la moral o pueda poner seriamente en peligro la salud humana, animal o vegetal, o al ambiente b)los diagnosticos medicos o los veterinarios, los terapéuticos y los procesos quirúrgicos
9.1. ALCA • Es posible patentar plantas y animales. • Las obtenciones vegetales se tiene que proteger con patentes, un sistema sui generis o ambos. • Se cuenta con una protección especial para farmacéuticos y agroquímicos. • Las indemnizaciones por violación a los DPI y las acciones penales son más severas que en el TRIPS. El objetivo es que los países latinoamericanos ajusten a la legislación de EEUU aunque no pueden ganar con los derechos de propiedad intelectual más fuertes que el TRIPS.
10. Cancún: Los conflictos actuales • Los países del Sur aceptaron el TRIPS con la condición de que se revise el artículo 27.3. hasta el año 2000. La revisión se ha retrasado mucho. • Al fondo está el conflicto entre el grupo de África y EEUU: • El grupo de África y los países menos desarrollados rechazan patentes a seres vivos y exigen la protección de los derechos de los campesinos y comunidades locales en la protección de las obtenciones vegetales. • Los EEUU al contrario mantienen la exigencia de que ningún tipo de invenciones debe ser excluido de patentes, ni siquiera plantas y animales.
10.1. Propuestas de los países en desarrollo • Una patente solamente debe ser otorgado si la empresa revela el origen del material genético o los conocimientos tradicionales utilizados para la invención. • La empresa tiene que mostrar de que había informado antes al gobierno del país del origen sobre el objetivo de sus investigaciones. • La empresa tiene que mostrar de que hizo un contrato de repartimiento de los beneficios. • Propuesta del Grupo de África: inclusión de los conocimientos tradicionales al TRIPS como posibilidad de protegerlos
10.2. Reservas de la parte de la sociedad civil • Una reforma limitada del TRIPS va a legitimar y reforzar los derechos de propiedad intelectual sobre la vida. Permitir patentes si la empresa revele el origen contradice el principio “¡No a las patentes sobre la vida!”. • Las propuestas no sirven para las comunidades locales porque el consenso de información prior y el reparto de beneficios será entre las empresas y el gobierno nacional.
10.4. Reservas a la inclusión de los conocimientos tradicionales al TRIPS • La inclusión significaría una legitimación moral para la biopiratería, privatización y monopolización. • La propuesta infringe a la cultura de las comunidades porque para ellas sus conocimientos son parte de su vida y cultura y no son mercancía. • Otorgar Derechos de Propiedad Intelectual significaría una transformación de los conocimientos tradicionales y de las comunidades mismas. • La OMC es parte del problema de la pérdida y explotación de los conocimientos tradicionales. ¿Cómo puede ser parte de la solución?