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CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN IMPUESTOS Y PROCEDIMIENTO DIPLOMADO EN RENTA E IVA UNIDAD SEGUNDA DE LOS CONTRIBUYENTES Página 47 al 96 Tomo I ART. 3 DE LA LEY 125/91 MODIFICADA CAPÍTULO II Decreto 6.359/05 Y SUS REGLAMENTACIONES. Sujeto activo del impuesto.
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CURSO DE ESPECIALIZACIÓN EN IMPUESTOS Y PROCEDIMIENTODIPLOMADO EN RENTA E IVA UNIDAD SEGUNDA • DE LOS CONTRIBUYENTES • Página 47 al 96 Tomo I • ART. 3 DE LA LEY 125/91 MODIFICADA • CAPÍTULO II • Decreto 6.359/05 Y SUS REGLAMENTACIONES www.ruoti.com.py
Sujeto activo del impuesto • El Estado o ente público que asume la posición acreedora de la obligación tributaria concreta y tiene el derecho o crédito para exigir el cumplimiento de la prestación del tributo. www.ruoti.com.py
Sujeto pasivo del impuesto • Es aquel que por su vinculación con la realización del hecho generador, o por disposición de la Ley, o de la Administración, autorizada para ello, resulta obligado con respecto al sujeto activo al pago de la obligación tributaria. www.ruoti.com.py
Capacidad tributaria para ser sujeto pasivo • La capacidad tributaria es la actitud para ser sujeto pasivo de la obligación tributaria. • La capacidad tributaria se resuelve en la imputabilidad del hecho generador, el cual es de contenido económico y no de contenido jurídico. www.ruoti.com.py
CONTRIBUYENTES EN GENERAL • Persona designada por la Ley para cumplir la obligación tributaria, quien debe: • Pagar el Impuesto • Cumplir con las obligaciones formales • Categoría de Contribuyentes: • Inscriptos en el RUC • No inscriptos www.ruoti.com.py
Clasificación de los sujetos pasivos • Primero: El contribuyente. Se denomina contribuyente de un impuesto, al SUJETO PASIVO de la obligación tributaria, es decir, la persona sobre quien recae la obligación económica del pago del tributo. Tiene "capacidad contributiva", conforme al diseño del tributo respectivo. www.ruoti.com.py
Tipos de contribuyentes • Contribuyentes de derecho: Es aquel que la Ley señala como sujeto del impuesto. Ej: en el IVA es el vendedor o importador de bienes, o el que presta el servicio. • Contribuyente de hecho: Es aquel que soporta en definitiva la carga económica del tributo. En el ejemplo anterior serían los compradores de bienes y de los servicios no siendo responsables del pago del tributo. Este traspaso de la carga tributaria de denomina “translación” www.ruoti.com.py
Clasificación de los sujetos pasivos 2) Los Responsables: Son las personas que sin tener carácter de contribuyentes, por disposición expresa de la Ley, deben cumplir las obligaciones atribuidas a estos. www.ruoti.com.py
Clases de representantes: Representantes legales o convencionales: Son responsables del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias de sus representantes o mandantes. Sucesores a Título Singular: El Art. 29 del MCTAL menciona: donatarios o legatarios por el tributo correspondiente a la operación gravada. Los adquirentes de fondo o establecimiento de comercioy demás sucesores en el activo y pasivo de la empresa (Art. 183 de la ley 125/91) www.ruoti.com.py
Clasificación de los sujetos pasivos • Responsable a título de Agentes de Retención o Agentes de Percepción: • De acuerdo al Art. 30 del MCTAL son responsables directos en calidad de agentes de retención o de percepción las personas designadas por la Ley o por la Administración, previa autorización legal, que por sus funciones públicas o por razón de su actividad, oficio o profesión, intervengan en actos u operaciones en los cuales pueden efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. www.ruoti.com.py
Clasificación de los Sujetos Pasivos El Agente de Retención retiene al contribuyente el monto del impuesto al momento de pagarlo Mientras que el Agente de Percepción, al momento de cobrar un consumo o servicio, recibe del consumidor o usuario el impuesto que grava la operación. www.ruoti.com.py
Tipos de contribuyentes • Contribuyente de Derecho: Es aquel que la Ley señala como sujeto del impuesto. • EJEMPLO EL CONTRIBUYENTE DE IRACIS • Contribuyente de Hecho: Es aquel que soporta en definitiva la carga económica del tributo. • EL CONSUMIDOR FINAL EN EL IVA www.ruoti.com.py
De los contribuyentes del Impuesto a la Renta • Se requiere que los mismos cuenten con “capacidad tributaria” • Actitud para ser sujeto pasivo de la obligación tributaria. • Al tratarse de un Impuesto a la Renta, la capacidad contributiva está dada por la “ganancia”, es decir, el lucro. • No obstante, las entidades sin fines de lucro también se inscriben como contribuyente www.ruoti.com.py
Figura del contribuyente no inscripto • El contribuyente, o la persona obligada a pagar un impuesto, en lugar de presentarse a liquidar y pagar el mismo ante las oficinas de la SET o ante las Entidades Recaudadoras Autorizadas (ERAS), terceras personas realizan dicha tarea y antes de pagarles una suma, proceden a “descontar o retener” todo o parte del impuesto, con la obligación de entregar dicho dinero al Fisco y un “comprobante de retención” a la persona a quien descontaron dicha suma de dinero. www.ruoti.com.py
Personas físicas y jurídicas como contribuyentes • Persona física: Son las personas de existencia visible o real, los seres humanos, cuya capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones se encuentra dispuesta en los Artículos 28º y siguientes del Código Civil y en otras disposiciones especiales. • Deben ser capaces de hecho. • Mayoría de edad • Personas jurídicas o de existencia ideal: Son creaciones de la propia Ley. Nacen como tales a partir del reconocimiento por Ley o de su inscripción, según lo disponga la norma. • Deben estar legalmente constituidas. www.ruoti.com.py
Distinción entre personas jurídicas y sus miembros • En virtud de lo que establece el Artículo 94º del Código Civil, las personas jurídicas son sujetos de derecho distinto de sus miembros y sus patrimonios son independientes. • Sus miembros no responden ni individual ni colectivamente de las obligaciones de la entidad salvo las excepciones establecidas en este Código. • Los directores y administradores son responsables respecto a la persona jurídica conforme a las normas del mandato. www.ruoti.com.py
Contribuyentes del IRACIS dispuestos en la Ley 125/91 y reformas de la Ley 2421/04 • El Artículo 3 de la Ley 125/91 modificada en tres incisos designan como contribuyentes a: • Las empresas unipersonales, las sociedades con o sin personería jurídica, las asociaciones, las corporaciones y las demás entidades privadas de cualquier naturaleza. • Las empresas públicas, entes autárquicos, entidades descentralizadas y sociedades de economía mixta. www.ruoti.com.py
Contribuyentes del IRACIS dispuestos en la Ley 125/91 y reformas de la Ley 2421/04 • Las personas domiciliadas o entidades constituidas, en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos que realicen actividades gravadas en el país. • La casa matriz del exterior tributará por las rentas gravadas que obtenga en forma independiente. www.ruoti.com.py
LAS COOPERATIVAS COMO CONTRIBUYENTES • En las modificaciones establecidas en la Ley 2421/04, se incluye a las Cooperativas como contribuyentes del IRACIS, con los alcances establecidos en la Ley 438/94 “De Cooperativas”. • Posteriormente en el Art. 14º, numeral 2, inciso c), las Cooperativas son exoneradas del Impuesto a la Renta exclusivamente en los términos dispuestos en la actual Ley Nº 438/94. • Por tanto, la Cooperativa deberá abonar el IRACIS por todo aquello que no se halla expresamente exonerado en la Ley de Cooperativas. www.ruoti.com.py
Las empresas unipersonales como contribuyentes del IRACIS “Artículo 4°.- Empresas Unipersonales. Se considerará empresa unipersonal toda unidad productiva perteneciente a una persona física, en la que se utilice en forma conjunta el capital y el trabajo, en cualquier proporción, con el objeto de obtener un resultado económico, con excepción de los servicios de carácter personal. A estos efectos, el capital y el trabajo pueden ser propios o ajenos. • Las personas físicas domiciliadas en el país que realicen las actividades comprendidas en los incisos a), d), e) y f) del Artículo 2º, serán consideradas empresas unipersonales”. www.ruoti.com.py
Las sociedades como contribuyentes • El Artículo3º, inciso a) de la Ley Nº 125/91, incluye como contribuyente a más de las empresas unipersonales a las sociedades, independientemente que las mismas cuenten con personería jurídica o no. • El Código Civil Paraguayo en el Título III, establece las disposiciones para los Contratos de Sociedad. • Las sociedades son personas jurídicas capaces de adquirir derechos y contraer obligaciones. www.ruoti.com.py
Carácter comercialde las sociedades • El Artículo 959º del Código Civil expresa que por el contrato de sociedad, dos o más personas, creando un sujeto de derecho, se obligan a realizar aportes para producir bienes o servicios, en forma organizada, participando de los beneficios y soportando las pérdidas. www.ruoti.com.py
El Artículo 1013º del Código Civil establece que se considera comercial: • a) La actividad industrial encaminada a la producción de bienes o servicios. • b) La actividad intermediaria en la circulación de bienes o servicios. • c) El transporte en cualquiera de sus formas. www.ruoti.com.py
d) La actividad bancaria, aseguradora, o de bolsas y • e) Cualquier otra actividad calificada como tal por la Ley del Comerciante. • Toda sociedad que tenga por objeto realizar actos mercantiles deberá inscribirse en el Registro Público de Comercio. 24 www.ruoti.com.py www.ruoti.com.py
Inclusión de sociedades de acuerdo al Decreto Nº 6359/05. Art. 10 • “Sociedades comerciales. Constituyen sociedades comerciales, a los efectos de la Ley que reglamenta las siguientes: sociedades anónimas, sociedades en comandita simple o por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades colectivas, las sociedades de hecho y las cooperativas con los alcances establecidos en la Ley N° 438/94 “De Cooperativas. • En lo que respecta a las sociedades de hecho, se excluyen aquéllas constituidas al solo efecto de realizar servicios personales alcanzados por el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal”. www.ruoti.com.py
Sociedad no comercial • “Sociedad Simple”. Artículo 1013º.C. Civil. • Es aquélla que no revista los caracteres de algunas de las otras regladas por este Código o en Leyes especiales y que no tenga por objeto el ejercicio de una actividad comercial. • Tal es el caso de las sociedades constituidas para el ejercicio de las actividades profesionales, tales como estudios jurídicos, contables y otros, las cuales no se encuentran gravadas por el IRACIS. • Al suspenderse hasta el 2009 la aplicación del Impuesto a la Renta Personal, estas sociedades pagan solamente IVA. www.ruoti.com.py
Sociedades sin personería jurídica, como contribuyentes • Las sociedades adquieren personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro correspondiente • Artículo 967º del Código Civil, modificado por la Ley Nº 388/94,. • En principio, todas las sociedades deben contar con personería jurídica, pero, sin embargo existen casos en que las sociedades a pesar de estar instrumentadas, están viciadas en su constitución por no satisfacer alguna de las formalidades impuestas por la Ley. www.ruoti.com.py
Estas sociedades se denominan “sociedades irregulares”y se diferencian de las “sociedades de hecho”, principalmente porque este tipo de sociedad funciona sin haber sido instrumentada. 29 www.ruoti.com.py www.ruoti.com.py
Sociedades de hecho y sociedades irregulares • Las sociedades de hecho • (Artículo 966º) • No tiene estatutos o contrato • Sociedades irregulares • (Artículo 967º) • Se ha constituido pero le falta la inscripción o tiene algún defecto legal. • EN AMBOS CASOS SON CONTRIBUYENTES www.ruoti.com.py
Asociaciones, corporaciones y otras entidades privadas como contribuyentes • Nuestro Código Civil legisla diversos tipos de asociaciones con personería jurídica, pero para actividades sin fines de lucro tales como: • Asociación Reconocida de Utilidad Pública, • Asociación Inscripta con Capacidad Restringida • y las Fundaciones. • Artículos 118º y siguientes del Código Civil www.ruoti.com.py
Asociaciones no inscriptas • Las sociedades que funcionen sin haber dado cumplimiento a los requisitos legales podrán existir, pero sin personería jurídica, lo cual implica que sus miembros serán personalmente responsables por lo que hagan en nombre de la sociedad. • En este sentido, las personas físicas que representan a tal agrupación, adquieren responsabilidad personal y solidaria por el pago de los impuestos. www.ruoti.com.py
Las empresas públicas como contribuyentes • El Artículo 3º, inciso b) de la Ley Nº 125/91 dispone que son contribuyentes Las empresas públicas, entes autárquicos, las entidades descentralizadas y las sociedades de economía mixta. • Mediante esta disposición, las empresas del Estado que obtengan ganancias, deben pagar IRACIS. • Actúan como agentes de retención www.ruoti.com.py
Las empresas públicas como contribuyentes • “Empresas Públicas” • Aquéllas en las que el aporte de capital y la dirección y administración de la empresa están a cargo del Estado. • “Entes Autárquicos” • Las personas jurídicas con descentralización de patrimonio y de funciones debido a la autosuficiencia para obtener sus propios recursos económicos. • “Sociedades de Economía Mixta” • Aquéllas en la que participan como socios el Estado y los particulares www.ruoti.com.py
Las personas domiciliadas en el exterior como contribuyentes • c) Las personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior y sus sucursales, agencias o establecimientos que realicen actividades gravadas en el país. • Nuestra Ley está fundada en el principio jurisdiccional de la Fuente o de la territorialidad de la fuente. www.ruoti.com.py
Modalidades para que las empresas extranjeras operen en nuestro país • Mediante sucursales, agencias o establecimientos permanentes en el país • Se hallan sujetas a las mismas reglas que las empresas nacionales • Diferenciándose en la aplicación de la tasa adicional del Impuesto a la Renta a ser aplicada en oportunidad del envío de los dividendos al exterior, de conformidad al Artículo 20º, inciso c) de la Ley Nº 125/91 modificada por la Ley Nº 2421/04. www.ruoti.com.py
La Ley exige que las mismas lleven contabilidad separada de sus casas matrices, a fin de poder determinar exactamente la ganancia de fuente nacional. 37 www.ruoti.com.py www.ruoti.com.py
Establecimiento permanente • Artículo 155º.- Establecimiento permanente. Se entiende que la expresión establecimiento permanente en el país comprende, entre otros casos, los siguientes: • a) Las sucursales o agencias. • b) Una fábrica, planta o taller industrial o de montaje o establecimiento agropecuario. • c) Las minas, canteras o cualquier otro lugar de extracción de recursos naturales. • d) Las obras de construcción o de montaje cuya duración exceda doce meses. www.ruoti.com.py
Mucho cuidado con no constituir establecimiento permanente • Una persona que actúe en el país por cuenta de una empresa del exterior, se considerará que constituye establecimiento permanente en el país si tiene y ejerce habitualmente en éste, poderes para concluir contratos en nombre de la empresa, a menos que sus actividades se limiten a la compra de bienes o mercancías para la misma. www.ruoti.com.py
Modalidades para que las empresas extranjeras operen en nuestro país • Mediante la realización de actividades comerciales en el país sin contar con establecimientos, agencias o sucursales en el mismo • las rentas obtenidas por las personas físicas o jurídicas del exterior se hallan gravadas tanto por el IRACIS como por el IVA. • Se utiliza la figura del “agente de retención”. www.ruoti.com.py
Actuación de la casa matriz sin intervención de su sucursal o agencia en el país • Sería el caso que la empresa tenga casa matriz, pero que realice actividades sin intervención de la misma. • En este caso, se aplican las mismas reglas dispuestas para empresas sin establecimientos, agencias o sucursales en el país. www.ruoti.com.py
La casa matriz como contribuyentes del IRACIS • Artículo 3º, inciso c) de la Ley Nº 125/91 • La casa matriz deberá tributar por las rentas netas que aquéllas le paguen o acrediten. • La casa matriz del exterior tributará por las rentas gravadas que obtenga en forma independiente. www.ruoti.com.py
Sucursales y Agencias • Artículo 17º.- Sucursales y Agencias. Las sucursales, agencias y establecimientos de personas o entidades constituidas en el exterior determinarán la renta neta tomando como base la contabilidad separada de las mismas. • La Administración podrá realizar las rectificaciones necesarias para fijar los beneficios reales de fuente paraguaya. • A falta de contabilidad suficiente que refleje el beneficio neto, la Administración estimará de oficio la renta neta. www.ruoti.com.py
Serán gastos deducibles para las sucursales, agencias o establecimientos de personas del exterior, los intereses por concepto de capital, préstamos o cualquier otra inversión que realice la casa matriz u otras sucursales o agencias del exterior, así como lo abonado a las mismas por conceptos de regalías y asistencia técnica, siempre que dichas erogaciones constituyan rentas gravadas para el beneficiario del exterior”. 44 www.ruoti.com.py www.ruoti.com.py
Sucursales y Agencias • La figura jurídica de sucursal de empresa extranjera se encuentra establecida en el Código Civil, siendo la casa matriz responsable por las actuaciones de la sucursal. De conformidad a este Artículo, cada una paga sus impuestos en forma separada. • Se discute aún la forma de cálculo de la tasa adicional para estas entidades, tema que será analizado con mayor detenimiento en el Artículo 20º de la Ley Nº 125/91. www.ruoti.com.py
Agentes de retención • Las sucursales, agencias o establecimientos de entidades constituidas en el exterior que paguen o acrediten rentas gravadas a la casa matriz, deberán actuar como agentes de retención y les serán aplicables las disposiciones previstas en el Artículo 94º, inciso c)del Decreto Nº 6359/05. www.ruoti.com.py
Artículo 94º, inciso c) del Decreto Nº 6359/05. • “Agentes de retención de personas o entidades del exterior. Quienes se encuentran domiciliados en el país, deberán actuar como agentes de retención en las siguientes situaciones: • a) Cuando se paguen o acrediten directa o indirectamente, rentas de cualquier naturaleza a personas domiciliadas o entidades constituidas en el exterior, que no posean sucursales, agencias o establecimientos en el país. • La tasa a aplicar sobre la renta neta será del 35 % (treinta y cinco por ciento). www.ruoti.com.py
A partir del 1 de enero de 2006 la tasa será del 30 % (treinta por ciento). • En las situaciones que corresponda se deberá tener en cuenta a los efectos de la retención, lo previsto en el Artículo 10° de la Ley, en cuanto a la determinación de la renta neta, en las condiciones y términos que establezca la Administración Tributaria. • b) En caso de utilidades o dividendos distribuidos a los socios o accionistas, domiciliados o constituidos en el exterior, deberán efectuar la retención del 15 % (quince por ciento) sobre el total de los importes netos acreditados, pagados o remesados, el que fuere anterior. • Las retenciones tendrán el carácter de pago definitivo”. www.ruoti.com.py
Presunción de distribución de utilidades en el caso de sucursales • El inciso c) del Artículo 3º de la Ley Nº 125/91 fue modificado por la Ley de Adecuación fiscal. • Antes de su modificación y con la aplicación de la tasa del 30% más la tasa adicional del 5% en caso de remesas de ganancias, la legislación pretendía prescindir del envío o remesas de las ganancias a la casa matriz, considerando que al final del ejercicio todas ellas habían sido acreditadas. www.ruoti.com.py
Presunción de distribución de utilidades en el caso de sucursales • Sin embargo, esta presunción legal ha sido dejada sin efecto con la modificación de la Ley Nº 2421/04. • No obstante, la anterior Ley no era clara sobre el tipo de presunción legal establecido en el presente Artículo, es decir, si se trataba de una presunción legal simple o relativa (Juris Tantum), la cual admite prueba en contra, o si se trataba de una presunción absoluta que no admite prueba en contra. www.ruoti.com.py