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VI CURSO DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES SANTA CRUZ - OCTOBRE - 2005. VI CURSO DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES. El Proceso Sancionador en Brasil. Procesos Administrativos Sancionadores.
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VI CURSO DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES SANTA CRUZ - OCTOBRE - 2005
VI CURSO DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE MERCADOS SUDAMERICANOS DE VALORES El Proceso Sancionador en Brasil
Procesos Administrativos Sancionadores • Proceso Administrativo (apertura de investigación). • Proceso Administrativo Sancionador (hace pieza de acusación).
Procesos Administrativos Sancionadores • La imposición de sanciones o solopor medio delo competente Proceso Administrativo Sancionador. • Actos de Supervisión.
Procesos Administrativos Sancionadores • Ley nº 6 385/76 y suyas modificaciónes • Resolución de lo CMN • Instruccionesy Deliberaciones de la CVM Ley nº 9 784/99 (Regula o proceso administrativo em la Administración Publica Federal) “Art. 69 - Los procesos administrativos específicos continuaron a reger-se por leys proprias, aplicandose a elhos sólo subsidiariamente los preceitos de esta ley”.
Procesos Administrativos Sancionadores TIPOS DE PROCESOS • Rito Sumario • Término de Acusación (Rito Ordinario) • Comisión Procesante (Rito Ordinario)
Rito Sumario • Apura infraciones de naturaleza objetiva listadas en Instruciones de la CVM. • Legislación: Ley 9613/98, Decreto 2799/98, Instruciones CVM nºs 301/99 e 335/00 • Son Juzgados: 1ª Instancia - Superintendente del área afín al mérito. 2ª Instancia - Colegiado de la CVM. 3ª Instancia - Consejo de Recurso del Sistema Financiero (CRSF) o Ministro de la Hacienda (Ley nº 9.613).
Rito Sumario Plazos: • Defensa (10 días) • Juicio (30 días) • Recurso al Colegiado (10 días) • Recurso al CRSF o Ministro de la Hacienda (15 días) • Pena máxima de R$ 100 mil • Reincidencia envía al rito ordinario
Término de Acusación Normativo:Deliberación CVM n° 457, de 23.12.2002 Término de acusación Excusada la Comisión de investigación cuándo los elementos de autoria y materialidad de la infracción sean suficientes para que un superintendente ofreza un término de acusación • Rito ordinario • Proceso instaurado conla intimación para la defensa. • Instrumento fundamental para la agilización de la actividad punitiva de lo Órgano.
Término de Acusación • Informe Final • Juicio por el Colegiado • Indicación del reportero • Sesión pública, pudiendo ser restringido el acceso de terceros em función del interés público implicado • Possibilidad de celebración de Término de Compromiso • Possibilidad de recurso al Consejo de Recursos del Sistema Financiero Nacional
Rito Ordinario • Rito ordinario - Infracciones de naturaleza no objetiva. • Requer a constituición de Comisión para la apuração de los factos, en razón de suya complexidade o de suya importancia para lo mercado. Son juzgados: 1ª Instancia: Colegiado de la CVM 2ª Instancia: CRSF o Ministro de la Hacienda (Lei nº 9.613)
Rito Ordinario • Rito ordinario - Infracciones de naturaleza no objetiva. • Requer a constituición de Comisión para la apuração de los factos, en razón de suya complexidade o de suya importancia para lo mercado. Son juzgados: 1ª Instancia: Colegiado de la CVM 2ª Instancia: CRSF o Ministro de la Hacienda (Lei nº 9.613)
Comisión Procesante • Plazos: • Instrución (90 días) • Defensa (30 días) • Colegiado de la CVM (60 días) • Recurso al CRS,F al Ministro de la Hacienda (30 días)
Sanciones impuestas por la CVM • Advertencia; • Multa, hasta el límite maximo de R$ 500.000.00, o el correspondiente de 50% del valor de la emisión o operación irregular, o, no obstante, el correspondiente a 3 vezes el valor de la ventaja económica conseguida o de la pérdida prevenida em resultado del ilícito, pudiendo ser triplicada en caso de reincidencia;
Sanciones impuestas por la CVM • Suspensióndel ejercicio de la posición de administrador o consejero fiscal de compañía abiertas, de entidad del sistema de distribución o de otras entidades que dependen de autorización o registro en CVM; • Suspensión de la autorización o del registro para el ejercicio de actividades previstas en ley;
Sanciones impuestas por la CVM • Revocaciónde la autorización o del registro, para el ejercicio de las actividades descritas en ley; • Inhabilidad temporaria, hasta el máximo de veinte años, para el ejercicio de las posiciones de administrador de compañía abierta y de otras actividades de que trata la Ley;
Sanciones impuestas por la CVM • Prohibición temporaria, hasta el máximo de veinte años, para practicar determinadas actividades u operaciones, para los integrantes del sistema de distribución o de otras entidades que dependen de autorización o registro en CVM; • Prohibición temporaria, hasta el máximo de diez años, para actuar, directamente o indirectamente, en una o más modalidades de operación en el mercado devalores mobiliarios.
Procesos Administrativos Sancionadores CVM - competências e atuação Personas e instituciones implicadas con el Mercado Finaciero: • Compañías abiertas; • Auditores y consultorias; • Agencias de Bolsas, Repartidores, Bolsa de Acción, Bancos de Inversiones; • Administradores de la carpeta; • Agentes Independientes de la inversión; • Inversionistas Institucionales (Fundaciones, Aseguradores, Fondo de Inversiones Mutuos; • Inversionistas Extranjeros • Analistas de Valores Mobiliarios
Comunicación a otros órganos • Corregedoria de Justicia • Banco Central de Brasil • Secretaria de la Receta Federal • Superintendencia de Seguros Privados • Superintendencia de Previdencia Complementar • Consejo de Controle de Actividades Financieras • Ministerio Publico
Actos Supervisión • Independiente de la instauración de investigación,con el fin de prevenir,o corregir situaciones anormales de mercado, la CVM puede,con base en la Ley. • suspender la negociación de valores mobiliarios; • decretar el receso de la bolsa de valores; • suspender o cancelar registro; • divulgar informaciones o recomendaciones con el fin de aclarar o guiar;
Actos Supervisión • divulgar informaciones o recomendaciones con el fin de aclarar o guiar; • prohibir los participantes la práctica de actos dañosos en el funcionamiento regular del mercado • Determinar a las compañias abiertas republiquen las demonstraciones financieras,o aditamentos,los relatorios o las informaciones divulgadas.