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DEFINICIÓN. La gestión discrecional e individualizada de carteras, es un servicio de inversión por el cual el cliente mediante la firma de un contrato autoriza a la entidad para gestionar su patrimonio en su nombre. La entidad, se compromete a asesorar y gestionar profesional, fiel y responsablemente el patrimonio puesto a su disposición por el cliente con el objetivo de maximizar su rentabilidad financiero-fiscal en base a un perfil de riesgo preestablecido. La Gestión discrecional de carteras es un producto de productos. 3
VENTAJAS. La mayor parte de las ventajas que ofrece la gestión discrecional de carteras, se derivan de sus propias características. Aún así podemos resaltar tres de ellas que son las que le confieren su principal atractivo: El cliente puede especificar el nivel de riesgo que esta dispuesto a asumir, sin tener que renunciar a una gestión global y personalizada. El cliente contará en todo momento con asesoramiento e información fiscal sobre el patrimonio gestionado. El cliente recibirá cumplida información de todos y cada uno de los hechos que afecten al patrimonio gestionado de una forma global, homogénea e integrada. 5
PÚBLICO OBJETIVO. • Persona física: Perfil. • Poder adquisitivo alto. Importe mínimo aconsejado: 150.000,00 € • Porcentaje elevado de ingresos destinados al ahorro y la inversión. • Preocupación por la fiscalidad. • Carece de tiempo y medios suficientes para llevar a cabo la gestión propia de su patrimonio. • Demandan un producto más sofisticado, ágil y rentable. • Persona jurídica: Perfil. • Compañías con excesos de caja permanentes que pretendan rentabilizar. • Demandan un producto mas sofisticado que los clásicos activos monetarios o fondos de inversión. • Búsqueda de profesionalización en la gestión. 6
INTERVINIENTES. El cliente o clientesautorizan a nuestra entidad a gestionar el patrimonio aportado al amparo de lo establecido en la firma del contrato. La entidadprestataria del servicio que invertirá el patrimonio puesto a su disposición por el cliente de forma profesional y responsable, de acuerdo con los criterios establecidos en el contrato. 7
CONTRATO. La gestión discrecional e individualizada de carteras está regulada mediante un modelo normalizado de contrato – tipo diseñado y definido por la CNMV (circular 2/2000). Durante la firma del contrato, el cliente establece: • Sus preferencias de inversión. • El perfil de riesgo de sus inversiones. • La operativa con instrumentos derivados. • El horizonte temporal de su inversión. • Autorizaciones expresas. • Realización de determinadas operaciones que pudieran ocasionar conflictos entre sus intereses y los de la entidad. • La utilización de cuentas globales de depósito. • El envío de información relativa a la cartera gestionada. • Tipo de operaciones financieras • que podrán realizarse. • Valores, mercados y divisas. 8
COMISIONES. La Gestión discrecional de carteras es un servicio de pago, y como tal devengará una comisión de gestión. El cliente podrá elegir entre la aplicación de una comisión fija, una comisión variable o de éxito o una combinación de ambas. Comisión Fija. Se devengará trimestralmente y será percibida por la Entidad por trimestres naturales vencidos sobre el valor medio diario del patrimonio mas el saldo real disponible en la cuenta corriente especial abierta a estos efectos, teniendo en cuenta aportaciones y retiros tanto de valores como de efectivo. Comisión Variable. Se devenga y se cobra anualmente calculándose como un porcentaje del beneficio obtenido por la cartera en el periodo, entendiéndose éste como el incremento patrimonial sufrido por la cartera en un año teniendo en cuenta aportaciones y retiradas de valores y efectivo. Comisión Mixta. Combinación de las anteriores. El cobro de dichas tarifas y comisiones se realizará mediante cargo a la cuenta administrada. 9
INSTRUMENTOS DE INVERSIÓN. Al tratarse de un producto compuesto a su vez por otros productos, existen infinidad de instrumentos financieros en el mercado, tanto de ámbito local, como internacional susceptibles de ser contratados. Aquí vamos a tratar de mostrar una breve selección: 10
Instrumentos Monetarios Son generalmente instrumentos con vencimiento a muy corto plazo (inferior al año), que garantizan la máxima liquidez y disponibilidad. Instrumentos de Renta Fija Activos de renta fija emitidos por estados soberanos, Administraciones públicas o compañías privadas con el objeto de financiarse. La rentabilidad que otorgan está directamente relacionada con la calidad crediticia del emisor, el plazo, la divisa en que estén denominados y la forma en que sean emitidos. Los más usuales son la Deuda Pública y la Renta fija privada en sus diferentes formas de instrumentación (bonos subordinados, bonos convertibles, bonos estructurados, etc.). • REPO • Depósitos en moneda • local o en divisa • Eurodepósitos • Swap • Forward sobre divisa, etc. • Deuda Pública • Deuda Comunidades Autónomas • Deuda Organismos Oficiales • Renta Fija privada: Bonos • ordinarios, estructurados, • convertibles, subordinados, • con cupón variable, etc. 11
Instrumentos de Renta Variable Acciones emitidas por compañías privadas como fuente de financiación propia. Son participaciones alícuotas del capital social de una sociedad. Pueden estar admitidas o no a negociación en mercados organizados y confieren a su propietario tanto derechos económicos como políticos. Existen distintos tipos según el tipo y clase de derechos que conceden. Productos Derivados Se trata de productos de inversión cuya principal característica es la de permitir un nivel de apalancamiento muy superior al obtenido con productos clásicos de contado. Además permiten obtener plusvalías en tendencias bajistas del activo subyacente, lo cual les hace muy útiles en su utilización como cobertura de carteras. Pueden o no cotizar en mercados organizados. • Acciones ordinarias • Acciones preferentes • Acciones sin voto, ADR, etc. • Futuros • Opciones • Warrantas, Fondos de Inversión Son instrumentos de ahorro e inversión cuyo capital está dividido en participaciones de igual valor. Pueden tener distintas denominaciones en base a cual sea su filosofía inversora Podrán ser propios o de terceros. Productos Estructurados Productos de inversión a medida Generalmente construidos a partir de Instrumentos derivados. • FIM, FIAMM, SIMCAV, etc. 12
RELACIÓN RENTABILIDAD – RIESGO POR TIPOS DE ACTIVO FINANCIERO (A igualdad de divisa y mercado) PRODUCTOS DERIVADOS RENTA VARIABLE Mayor Riesgo Mayor Rentabilidad RENTA FIJA PRIVADA DEUDA DE LAS ADM. PÚBLICAS DEUDA PÚBLICA ACTIVOS MONETARIOS La clasificación de las IIC estará condicionada por su filosofía inversora. 13
FISCALIDAD DEL PRODUCTO. La gestión discrecional de carteras, tiene implicaciones fiscales para el cliente tanto a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas como a efectos del impuesto sobre el patrimonio o el impuesto de sociedades según se trate de una persona física o jurídica. A diferencia de otros productos de inversión, la gestión discrecional de carteras no tiene un tratamiento fiscal global sino que será la fiscalidad de cada uno de los activos que la componen la que se aplique sobre el cliente. 14
Dividendos, Primas de asistencia e intereses • Son rendimientos de capital mobiliario. • Retención del 15%. • Se multiplican por 140% al declarar. • La deducción se corresponde con el 40% del rendimiento integro. • Los gastos derivados de su cobro no son deducibles. • Pérdidas y/o ganancias patrimoniales. • Las pérdidas y ganancias se determinan por el criterio FIFO. • Las pérdidas y ganancias generadas hasta un año se integran en la parte general de la base imponible, mientras que las generadas en plazos superiores lo hacen en la parte especial. • Las ganancias patrimoniales obtenidas en un plazo inferior al año, tributarán al tipo marginal del sujeto del impuesto, mientras que las obtenidas en un plazo superior lo harán a un tipo fijo del 15%. • No computarán como pérdidas patrimoniales, las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores españoles, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas fechas. 15
Rendimientos de Capital Mobiliario. • Retención del 15% para los casos que establece la ley. • Los rendimientos de capital mobiliario generados en un plazo superior a dos años, tienen una reducción del 40%, aplicándose la retención del 15% únicamente sobre el 60% restante. • Los rendimientos de capital mobiliario siempre se integran en la parte general de la base imponible del sujeto que tributará por ellos a su tipo marginal de renta. 16
Las cuentas de pasivo, tanto a plazo como a la vista, computarán en la base imponible del impuesto por el mayor entre su saldo medio del último trimestre del ejercicio y su saldo a 31 de diciembre. • Por lo que respecta a los valores negociados en mercados organizados, se valorarán por el cambio medio del último trimestre. • Las participaciones en IIC computan por su liquidativo a 31/12. • No tributan los derechos consolidados de Fondos de Pensiones. • Los rendimientos de capital mobiliario exentos de retención son más frecuentes en el caso de personas jurídicas. • Para la determinación de las ganancias y pérdidas patrimoniales se utilizará el criterio de coste medio ponderado. • Tipo impositivo del Impuesto de Sociedades 35%. 17
VENTAJAS FISCALES FRENTE A OTROS VEHÍCULOS DE INVERSIÓN. 18
INFORMACIÓN INTEGRADA. 1 vez al año o Por Internet diariamente 19
PERFIL DE RIESGO. • De acuerdo a las expectativas de rentabilidad y riesgo, condiciones personales y preocupación por la fiscalidad del cliente, se establece su perfil de riesgo. El cliente formará parte en todo momento del proceso de creación de su cartera, especificando los activos, mercados, divisas y países en los que está dispuesto a Invertir y con que horizonte temporal. La rentabilidad de una cartera es directamente proporcional al riesgo. 20
2. POLÍTICA INVERSORA. En base a la información recogida en la primera parte del proceso se determinan las diferentes políticas inversoras: conservadora, moderada, arriesgada y muy arriesgada. El carácter implícito de cada cartera con respecto al riesgo y el horizonte temporal dela inversión, determinará el tipo y clase de activos financieros que la constituirán, los mercados en los que cotizarán y la divisa en la que estarán denominados : "Asset Allocation". 21
3. ASIGNACIÓN DE ACTIVOS. El tercer y último paso consiste en la asignación de activos por carteras, para cada una de las políticasde inversión definidas.Para todas las carteras, se establecen límites máximos de inversión en renta variable, divisas y productos derivados. LÍMITES MÁXIMOS 22
CARTERAS MODELO. Para cada perfil de riesgo se elaboran con carácter mensual cuatro carteras modelo. Los pesos asignados por tipo de activo, divisa, y área geográfica en cada cartera se elaboran en base a las directrices de carácter estratégico adoptadas en el comité de inversiones y dependerán de nuestra visión del mercado en cada momento. A cada cliente se le asignará una cartera en función de su perfil de riesgo. 24